renta 2012. Archivos de la tematica renta 2012
A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática renta 2012. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo
Publicado por admin - 23/01/2012 a las 08:26:44

La deducción por vivienda ha sufrido importantes cambios en 2012, que además tienen carácter retroactivo y que afectan a la base de la deducción y a la posibilidad de desgravar sin tener en cuenta la base imponible de cada contribuyente.
Tal y como había prometido Mariano Rajoy, una de sus primeras medidas al frente del gobierno ha sido la de recuperar el carácter universal de la deducción por adquisición de vivienda. Gracias al Real Decreto-ley 20/2011 se vuelve a implantar la posibilidad de desgravar por la vivienda habitual independientemente de la base imponible del contribuyente. Y es que con la legislación anterior, quienes hubiesen comprado casa en 2011 sólo podían deducir si su base imponible era inferior a 24.000 euros. Ahora, dado el carácter retroactivo de la nueva normativa ya podrán desgravar sin problemas.
Seguir leyendo La deducción por inversión en vivienda habitual en 2012…
Publicado por admin - 22/12/2011 a las 08:20:05
El ajuste finalmente llegó. Y llego como todos esperabamos: con subida de impuestos en 2012. La meta a lograr en la reducción del déficit no se podrá hacer de otra manera que con un impuestazo 2012. De esta manera, entre la batería de medidas del Gobierno de Rajoy encontramos la subida de las Tablas del IRPF 2012, que no harán otra cosa que hacernos pagar la fiesta de sucesivos gobiernos a nosotros, los trabajadores.
Asi, los grandes genios de la economía mundial (aquellos que han tenido tambien responsabilidad en esta crisis) nos vienen a decir que hay que subir impuestos y realizar recortes varios en los gastos sociales. Y son muchos los países que estan aplicando estas recetas del FMI, Alemania y el BCE. Lo que ninguno de ellos piensa es que dentro de los países hay personas, algunas con graves problemas financieros, y que son ellos los que terminan pagando la fiesta de años anteriores.
Recordemos sino lo que le paso a Argentina: antes del crack de 2001, ese país tenía los mismos problemas que tiene España en la actualidad: altos indices de paro, deficit fiscal en niveles records y altísimo endeudamiento con respecto a su PIB. Y aplicó estas mismas recetas que hoy aplica España, Grecia, Portugal, Italia… Eso lo llevo a tener una agonía de más de 2 años hasta que todo estalló. Allí tambien fueron los argentinos quienes pagaron la fiesta…
Volviendo a lo nuestro. Los recientes cambios en materia fiscal han dejado un aumento -según la ley, excepcional por dos años- en el valor de la alícuota del IRPF 2012. El IRPF es el impuesto que más recauda en España, con más de un 60% de participación sobre el total de la recaudación impositiva anual. Así, los tramos IRPF 2012 se compondrían de siete tramos distribuidos de la siguiente forma:

Estos son los porcentajes de retenciones IRPF generales, pero que por fortuna no se aplican de forma directa sobre la nómina, sino sobre la base liquidable, que se calcula restando al salario algunas deducciones previstas por la ley y divididas en tres grupos que son los siguientes:

Por cada concepto deducible (hijos, cónyuge, etc.) hay un importe deducible. De esta forma y por poner un ejemplo, no estará sujeto a las retenciones de IRPFquien, según la tabla anterior, tenga un hijo y sea soltero, viudo o divorciado, y tenga salarios hasta 13.662 euros.
Quienes deseen realizar cálculo más exacto, pueden ingresar a la web de la Agencia Tributaria, que todos los años publica un programa que ayuda a calcular las retenciones con sólo introducir unos datos básicos como salario y situación familiar.
Por otro lado, es importante destacar que a prinicipio de año debe informarse al empleador a través del Modelo 145 todas las deducciones que le corresponden, a fin que se calcule bien la retención de IRPF.
Aqui os acercamos los anuncios de aumento del IRPF.
Fecha de publicacion: diciembre 22, 2011
Categorias: General, irpf
Tags:
Publicado por admin - 19/12/2011 a las 09:23:16

Contrariamente a lo que piensa la mayoría de los ciudadanos, la declaración de la renta no la hacemos en mayo, cuando toca rellenar y presentar el IRPF, sino durante todo el año anterior. Y es que a efectos reales lo que cuenta son nuestras ganancias, inversiones y sobre todo deducciones que hayamos podido realizar durante el ejercicio fiscal o año natural y por las que al año siguiente deberemos rendir cuentas en la declaración de la renta.
Tendemos a confundir los años fiscales y al hablar de la renta 2012 la mayoría de las veces queremos referirnos a la renta 2011. Esto se debe a que hacemos la declaración de un año para otro y por ejemplo en 2012 pagaremos impuestos por nuestros actos en 2011. Por eso mismo, para pagar menos impuestos no debemos esperar a que llegue mayo y el momento de presentar la declaración de IRPF. Hay que ponerse en marcha en 2011 (o el año anterior) y pensar que al final será por lo que hagamos en ese periodo por lo que podremos reducir la factura fiscal, ya que en mayo, nuestras alternativas se limitarán a la forma de rellenar el IRPF.
Seguir leyendo Como pagar menos impuestos…
Publicado por admin - 10/11/2011 a las 07:54:42

La deducción por vivienda habitual sigue siendo una de las principales vías de los contribuyentes para desgravar en la declaración de la renta y lo seguirá siendo en los años venideros pese a los cambios que puedan hacerse al respecto. La invertidumbre todavía planea sobre la deducción por vivienda en 2012 con una disposición actual que limita a una base imponible inferior a 24.000 euros la posibilidad de desgravar y las propuestas de los partidos políticos para cambiar esta situación como parte de su batería de promesas para las elecciones generales del 20-N.
La renta de 2012 es todavía una incógnita en muchos sentidos por lo que pueda pasar con el resultado de las elecciones del 20N y la vivienda habitual no se libra de esta incertidumbre. En el IRPF de 2012 volveremos a contar con varias formas de desgravar por la vivienda habitual, aunque a buen seguro la compra seguirá siendo la más recurrente. Tras el último cambio normativo sólo las rentas inferiores a 24.0000 euros pueden deducir por vivienda y además la cuantía máxima de deducción sólo estarán disponibles para aquellos contribuyentes con una base imponible inferior a 17.000 euros, una vez superada esa cantidad la base sobre la que aplicar el 15% de deducción irá disminuyendo de forma gradual desde los 9.105 euros hasta alcanzar el cero en los citados 24.000 euros.
Seguir leyendo Deducción por vivienda en 2012…
Publicado por admin - 03/10/2011 a las 00:04:17

Todavía falta mucho para que debamos pensar en la 2012 si entendemos que esta se refiere al ejercicio fiscal 2012. Es decir, a tributar por los ingresos logrados en el año 2012. Sin embargo, es un error común confundir los ejercicios fiscales e identificar la renta 2012 por la renta 2011. Dicho de otra forma, hablar del IRPF 2012 para referirnos a las rentas obtenidas en 2011. Debemos recordar que desde el punto de vista fiscal, hacemos la declaración de la renta de una año para otro, de forma que en 2012 estaremos declarando por nuestros actos en 2011.
Tras aclarar este punto y dado lo más cercano en el tiempo es el ejercicio fiscal 2011, en ese será en el que nos centraremos por más incorrecto que sea referirnos a él como renta 2012. Entre las novedades de renta en 2011 hay una que destaca por encima del resto y es la referida a la deducción por adquisición de vivienda. Y es que desde el 1 de enero de 2011 sólo las rentas inferiores podrán desgravar por la vivienda habitual. En realidad, más que las rentas, lo que se tiene en cuenta es la base imponible del contribuyente, que no es otra cosa que la suma del salario bruto más los rendimientos dinerarios (el rendimiento de depósitos y otros productos financieros) menos las deducciones del trabajo y otras deducciones que se pueden practicar en la declaración de la renta.
Por el momento se desconoce si habrá alguna medida compensatoria para sostener el mercado inmobiliario a partir de 2011 más allá de la anunciada rebaja temporal del IVA en vivienda nueva o si se bonificarán otras inversiones para permitir al contribuyente cubrir con otras deducciones ese vacío que deja la vivienda, pero la crisis hace difícil que así sea.
La planificación es la clave
Para pagar menos impuestos, tanto en la renta 2011 como en la renta 2012 y en los siguientes ejercicios, la clave reside en una buena planificación fiscal que permita adelantarnos al momento efectivo del pago de impuestos porque a fin de cuentas, cuando en mayo llega el momento de hacer la declaración de la renta nuestras opciones para pagar menos ha Hacienda son bastante limitadas.
Hay que tener en cuenta la lista de herramientas para deducir nuestra factura fiscal y a partir de ahí diseñar una estrategia inversora que nos permita sacar partido de las ventajas fiscales a las que están sujetos algunos productos. Si eliminamos la inversión en vivienda habitual, las posibilidades para el público general se reducen a:
Eso sí, nadie nos asegura que el Gobierno no introduzca nuevos cambios que limiten todavía más nuestra capacidad para pagar menos a Hacienda. Lo que sí sabemos con certeza es que de nuevo podremos apoyarnos en el borrador de la renta 2011 y el programa padre 2012 como herramientas básicas para ayudarnos a hacer la declaración
También te puede interesar:
Publicado por Fabian - 18/04/2010 a las 20:01:48

Aunque poco podemos adelantar sobre el futuro, hay algunas novedades para la Renta de 2012 que ya conocemos, es que mediante Real Decreto -Ley 6/2010, de 9 de abril se han introducido ciertas modificaciones tributarias que tendrán vigencia algunos a partir de este año y con fecha de finalización el 31/12/2012.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
Se ha aprobado una nueva deducción en el IRPF, por realización de obras de mejora en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, para los períodos impositivos 2010, 2011 y 2012.
Aunque para su deducción deben darse ciertas condiciones, con las siguientes características: Las obras han de tener por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o bien que favorezcan la accesibilidad al edificio o a la vivienda en los términos establecidos en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
Asimismo, también darán derecho a deducción las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de Televisión Digital en la vivienda del contribuyente (no en el edificio en este caso).
No darán derecho a deducción las obras que se realicen en garajes, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
Las obras se han de realizar entre el día 14 de abril de 2010 y el 31 de diciembre de 2012. Respecto de éstas, únicamente darán derecho a deducción los importes que se hayan satisfecho en este período, no los que se hubieran pagado con anterioridad o se paguen con posterioridad. En este sentido, es obligatorio poder acreditar el pago, con lo que únicamente se admiten pagos realizados por tarjeta de crédito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingresos en cuentas bancarias a las personas o entidades que realicen las obras.
También se prevén condiciones respecto del contribuyente que puede tomarse esta deducción y son aquellos que tengan su base imponible anual inferior a 53.007,20 euros.
La base máxima de la deducción por todos los conceptos (importe pagado sobre el cual se puede deducir) será de 4.000,00 euros anuales en caso de que el contribuyente tenga una base imponible no superior a 33.007,20 euros. Si la base imponible del contribuyente es superior a dicha cantidad pero inferior a 53.007,20 euros, la base máxima de la deducción será 4.000,00 – 0,2 x (Base Imponible – 33.007,20).
Si en el ejercicio se satisfacen importes superiores a la base máxima, el exceso se podrá aplicar a la base de los 4 ejercicios siguientes, computándose para la base máxima de dichos años en caso que en los mismos también hubieran importes objeto de deducción.
En cualquier caso, el límite máximo de inversión conjunto hasta 31/12/2012 no podrá superar los 12.000 euros por vivienda habitual. En caso de que la vivienda sea titularidad de varios propietarios, este límite se prorrateará entre ellos según sus porcentajes de participación.
Impuesto a las Sociedades:
Respecto de las sociedades este Decreto Ley ha ampliado a los ejercicios 2011 y 2012 (actualmente era solo para 2009 y 2010) la posibilidad de aplicar libertad de amortización por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y las inversiones inmobiliarias afectos ambos a actividades económicas, puestos a disposición en dichos ejercicios, con la condición de mantenimiento de empleo.
Imagen: google
Publicado por Fabian - 01/02/2010 a las 13:24:07

Ya sé, falta mucho para 2012, apenas podemos entender cuál es nuestra posición impositiva para 2010, no nos vamos a poner a planificar 2012.
Pero no todos piensan así, las empresas grandes arman sus proyecciones pensando en no menos de 10 años. Por algo les irá bien ¿no? Algo debe haber de bueno, en eso de planificar a largo tiempo.
Así que por más que no esté disponible el Simulador de Renta 2012, con los cambios impositivos que pueda haber para ese año, ciertos criterios básicos no cambian, y si tienen una proyección de ventas para 2012, hay que empezar a hacer cálculos.
El Simulador de Renta, es una herramienta muy útil y hay que saber sacar provecho de ella.
Es simple de usar, el formulario que nos propone la AEAT solicita que volquemos todos nuestros datos necesarios para el cálculo del impuesto, como los referidos a familiares para establecer las deducciones correspondientes, o los más importantes, los datos sobre los rendimientos obtenidos y la situación patrimonial.
Por ahora sabemos que en la renta 2011 habrá una gran novedad y es la relativa a la deducción fiscal por , que se verá reducida para las rentas inferiores a los 17.000 euros.
Mientras que para rentas superiores, se reducirá linealmente hasta desaparecer cuando la renta declarada esté por encima de 24.000 euros anuales.
Adelante, empecemos a organizarnos, empecemos a saber planificar nuestros impuestos.