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Publicado por Fabian - 02/06/10 a las 02:06:57 pm

Estamos a medio camino, y como siempre, muchos dejarán su declaración de renta para último momento. Es entendible, nadie quiere hacerla! Pero es una obligación.
Así que recordemos que no nos queda tanto tiempo, a través del siguiente cronograma:
- Petición del borrador de la Renta y los datos fiscales: desde el 5/04/2010 hasta el 23/06/2010.
- Confirmación del borrador de la Renta: desde el 5/04/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25/06/2010 si se domicilia el pago.
- Presentación de la Declaración: desde el 03/05/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25 si se decide domiciliar el pago.
- Petición de cita previa para la confección de la Declaración o modificación del borrador de la Renta: se puede solicitar del 5/04/2010 hasta el 29/06/2010.
Pero hay algunas ayudas que debemos tener en cuenta y que nos harán más sencilla la tarea, como lo es el programa PADRE, que intenta simplificar el trabajo y el cual puede descargarse desde la página de la Agencia Tributaria, apartado Campaña de la Renta 2009 y, desde ahí, en “Tramitación de los servicios de ayuda disponibles”, pinchar en Descarga programa de ayuda Renta 2009-PADRE.
Además para el cumplimiento de su obligación el contribuyente cuenta con asistencia de la Agencia Tributaria, a través de:
- Internet: en el portal de Internet de la Agencia Tributaria el contribuyente que cuenta con el DNI electrónico o un certificado digital y a través de la misma se puede consultar, modificar y confirmar el borrador, pedir cita previa, anularla o cambiarla, consultar sus datos fiscales, pedir el borrador o los datos, presentar la declaración, pagarla en el caso de que salga con resultado positivo, suscribirse al servicio de recepción de alertas SMS y consultar el estado de los trámites.
Quienes no cuenten con DNI electrónico o certificado digital, pero sí con una referencia enviada por la Agencia Tributaria al móvil o por carta (es un código con números y letras que la Agencia asocia a cada contribuyente que lo ha solicitado), se pueden realizar todas las operaciones anteriores, menos pedir el borrador o los datos fiscales, presentar la declaración y pagarla, en su caso.
Otra opción que permite acceder a los servicios de la Agencia Tributaria es contar con la casilla de la base imponible de la Declaración de la Renta 2008. Si se tiene el dato, a través de Internet se puede pedir cita previa con un asesor, anularla o cambiarla, solicitar los datos fiscales o el borrador y suscribirse al servicio de alertas con mensajes al móvil.
Con la casilla de la Declaración de la Renta de 2009, sólo se puede consultar el estado de tramitación de la declaración a través de Internet.
- Servicios telefónicos: la Agencia Tributaria cuenta con un servicio de atención automático en el número de teléfono 901 12 12 24, que funciona 24 horas. A través de este teléfono, el contribuyente tiene acceso a solicitar el borrador, confirmar su borrador a devolver, solicitar cita previa de atención presencial en una oficina de la Agencia, solicitar certificados de renta y etiquetas y consultar el estado de tramitación de devoluciones.
También puede hablar con un operador, a los siguientes teléfonos:
901 20 03 45: disponible de 9 a 21 horas. Se puede solicitar, modificar y confirmar el borrador.
901 22 33 44: disponible de 9 a 20 horas, desde el 15 de abril, permite solicitar cita previa para que un asesor de la Agencia Tributaria atienda al contribuyente en una de las oficinas repartidas por toda España.
901 33 55 33: disponible de 9 a 20 horas, proporciona información tributaria con carácter general.
- SMS: Mediante el envío de un mensaje SMS al 7743, se pueden confirmar los borradores con resultado a devolver.
- Oficinas de la Agencia y colaboradores: a través de las oficinas de la Agencia se pueden modificar y confirmar los borradores, así como hacer una declaración del IRPF personalizada.
- Entidades financieras: en cajeros automáticos de determinados bancos y cajas de ahorros también es posible confirmar el borrador si sale a devolver. De igual manera, en la banca telefónica y telemática de algunas entidades se puede confirmar el borrador. Algunas disponen de una pasarela de pago en la presentación de declaraciones por Internet.
- Colaboradores de la Agencia Tributaria: la Agencia tiene firmados convenios con asociaciones y colectivos profesionales para presentar declaraciones por vía telemática (asesores, gestores y sindicatos).
Alternativas de presentación y ayudas hay muchas, solo es cuestión de ponerse con anticipación a hacer la declaración, para que si surgen dudas o errores esten a tiempo de solucionarlo.
Publicado por admin - 21/04/10 a las 10:04:55 am
Hacienda también se equivoca. Todas las campañas de la renta sugen noticias acerca de errores en el borrador de la renta y en el Programa Padre. En el primero de los casos, los fallos pueden deberse a la forma en la que se han incluído los datos fiscales, porque no se ha practicado una deducción o simplemente porque los datos fiscales de la Agencia Tributaria no están completos -lo más habitual-. Cuando esto ocurre no queda otro remedio más que modificar el borrador.
Existen dos vías para modificar el borrador de la declaración. La primera pasa por contactar con Hacienda para solicitar una cita previa y que nos ayuden a hacer los cambios pertinentes. Esta alternativa está disponible hasta el 29 de junio y se puede pedir cita a la Agencia Tributaria por teléfono a través del 901 12 12 24 (servicio automático 24 horas) o en el 901 22 33 44 (de lunes a viernes de 9 a 20 horas) o por internet en el portal de la Agencia Tributaria o en la nueva Sede electrónica.
La segunda alternativa es más ‘costosa’ y requiere algo más de dedicación. Consiste en confeccionar uno mismo la declaración de la renta con los datos fiscales que nos proporciona la AEAT y los que podamos tener nosotros. Para hacerlo, la mejor opción es descargar el Programa Padre 2009 y hacer los cambios que consideremos pertinentes. En este sentido, el programa permite incluir de forma automática los datos fiscales y en ocasiones sólo con hacer esto se puede solucionar el problema, si es que este se debía a un error en el borrador.
El problema a la hora de modificar el borrador llega cuando este ya ha sido confirmado. Es decir, cuando se ha dado el visto bueno al borrador o la declaración de turno y después nos hemos dado cuente de que contenía algún error. En este caso, rectificar el borrador es algo más complicado. En este caso, el cauce varía si es Hacienda quien sale perjudicada o nosotros como contribuyentes.
Si el fallo o la emisión de datos perjudica a Hacienda, es necesario presentar una delcaración completaria a la original (definición de la AEAT) marcando la casilla de complementaria en el modelo correspondiente del ejercicio en que tuvo lugar el error. Después sólo hay que cumplimentar la declaración incluyendo los datos omitidos o subsanado la causa del error anterior.
Cuando el contribuyente es la parte perjudicada existen más opciones dependiendo del estado de la declaración y de la causa del error. De esta forma, si el fallo se debe a que olvidó deducir algún gasto o reducción, podrá solicitar en su Delegación de Hacienda la rectificación de su autoliquidación, siempre que la administración tributaria no haya practicado la liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo ni hayan transcurrido cuatro años.
Por el contrario, cuando el fallo se debe a un ingreso indevido se puede solicitar la devolución del importe a través de la siguiente ruta: Sede Electrónica > InicioProcedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) >Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones > Rectificación de declaraciones y autoliquidaciones . En este caso hay que hacer constar en las alegaciones que no se trata de una declaración lo que se impugna, sino un error en el ingreso.
Por último, si el error cometido es un error material, es decir, no se trata de un error de derecho, se puede solicitar la rectificación a través de la siguiente ruta: OSede Electrónica > InicioProcedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) >Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones > Rectificación de declaraciones y autoliquidaciones >.
En cualquiera de los casos siempre es posible acudir a la oficina de Hacienda más cercana para llevar a cabo estos trámites, lo que puede incluso resultar la mejor opción para resolver cualquier duda relacionada con la rectificación del borrador a la declaración.
Hay que recordar que el plazo para presentar alegaciones relacionadas con la declaración es de cuatro años.
Publicado por admin - 20/04/10 a las 09:04:59 am
Como viene siendo habitual, ya se han detectado los primeros errores en el Borrador de la renta 2009 que remite la Agencia Tributaria. Una vez más el fallo afecta a las deducciones por vivienda habitual (como ya ocurriera en 2009), tal y como explican desde El Mundo.
En este caso, la inversión realizada en vivienda durante 2009 no figura en el borrador y por lo tanto no se contemplan desgravaciones a las que tienen derecho los contribuyentes por las cantidades aportadas a este fin. En realidad, más que un fallo, lo que ocurre es que Hacienda ha preferido ser cautelosa a la hora de traspasar los datos que posee al borrador. Es decir, la AEAT dispone sólo de los datos del préstamo hipotecario y las cantidades aportadas a los bancos, pero no sabe si estas se han destinado a la vivienda habitual, a primera vivienda o a segunda vivienda. Por eso mismo, el borrador no realiza directamente la deducción, como sí venía haciendo en años anteriores -algo que también dio pie a errores-.
Este hecho obligará a muchos contribuyentes a modificar el borrador de la renta 2009. ¿Cómo hacerlo? Existen dos formas: por Internet en el portal de la Agencia Tributaria o a través de la sede electrónica; o por teléfono en los números 901 12 12 24 y en el 901 22 33 44. La otra alternativa es tomar los datos del borrador y confeccionar nosotros mismos la declaración con la ayuda del Programa Padre.
Por otra parte, Juan Carlos nos alerta de otro error diferente, en este caso referido al Programa Padre: “el Programa PADRE 2009 contiene un fallo en las deducciones de aquellas autonomías que tiene bonificación, por ejemplo para los residentes en Ceuta y Melilla, debería activarse la casilla 712 para incluir las rentas bonificadas y esto no ocurre, se activa solamente la casilla 710 que corresponde a la comunidad autónoma de Canarias, espero que se subsane pronto el error”.
Publicado por Fabian - 10/03/10 a las 06:03:30 pm

Cada año debemos interiorizarnos sobre las modificaciones introducidas para la declaración de la renta y si bien, muchas veces la normativa se aprueba con cierta anticipación, aún hoy no tenemos novedades que vayan a regir a partir de la renta de 2014.
Pero si está por emprender un negocio o está pensando en que su actividad sufrirá importantes cambios en los años venideros, será mejor que vaya calculando el impuesto, aunque sea con la normativa vigente hoy, para no tener sorpresas.
Una buena forma es ingresar y descargar el programa padre de la Agencia Tributaria y volcar allí los datos proyectados, ya que si bien utilizará para estimar el impuesto los parámetros para la renta de 2010, es un buen punto de partida para conocer los costos tributarios de su actividad.
Publicado por admin - 09/03/10 a las 10:03:32 am
La campala de la renta 2009 está cada vez más cerca. El próximo 3 de abril se podrá solicitar el borrador de la declaración de la renta y empezar a confirmarlo. Para entonces es de suponer que la Agencia Tributaria haya liberado la nueva versión del Programa Padre 2009 -aunque en los últimos ejercicios se ha demorado más de la cuenta en este sentido-.
Además de adaptarse a las novedades fiscales, el Programa Padre traerá otros importantes cambios según anticipa el blog Renta de Ventanilla, perteneciente a un funcionario de la AEAT. De esta forma, y en adaptación a la Ley 11/2007 de administración electrónica, el se podrá utilizar en plantaformas distintas a Windows. Es decir, que funcionará sobre MacOS y Linux.
Pero estas no serían las únicas novedades del Programa Padre para el ejercicio de IPRF 2009. En principio, la herramienta será más intuitiva y sobre todo más rápida a la hora de procesar los datos fiscales y los personales. De esta forma, Hacienda podrá devolver más rápido el dinero a los contribuyentes.
Todavía habrá que esperar para ver estas mejoras y poder descargar el programa Padre, pero en cuanto la AEAT lo libere os informaremos puntualmente.
Publicado por admin - 02/01/10 a las 09:01:45 am
Cada vez más contribuyentes se atreven a afrontar la declaración de la renta por su propia cuenta y riesgo gracias a las herramientas que la Agencia Tributaria pone a su disposición. Sólo hay que ver cómo han aumentado las solicitudes del borrador de IPRF y el número de descargas del Programa Padre. Estos dos elementos volverán a ser fundamentales durante la campaña de la renta 2009, que es a la que nos enfrentaremos en 2010.
La AEAT ya ha presentado el Programa Padre 2009, que incluye las novedades de la renta 2009 para que los contribuyentes puedan hacer las pruebas que deseen con su declración. Y es que en el fondo el Programa Padre no es más que un simulador de IRPF sobre el que hacer probaturas.
El Programa Padre permite incorporar los datos personales de declaraciones anteriores e importar los datos fiscales directamente de las la página web de la AEAT. Del mismo modo, se pueden guardar hasta 50 declaraciones distintas de diferentes miembros o simplemente de pruebas que hemos ido realizando con nuestros datos.
La instalación y manejo del Programa Padre es muy sencilla. Sólamente hay que descargar el programa padre del ejercicio correspondiente en la página de la AEAT. Quienes deseen hacerlo pueden pulsar este enlace o seguir esta ruta: AEAT > Inicio > Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2009 >Renta 2009
Publicado por admin - 29/10/09 a las 11:10:22 am
El Programa Padre se está convirtiendo en un elemento cada vez más familiar para millones de contribuyentes. Este software de ayuda permite simular nuestra declaración de la renta e incluir datos fiscales que la Agencia Tributaria no posea.
Descargar el programa Padre es gratuito y se puede hacer a través de la página web de la Agencia Tributaria. Hacienda modifica cada año este programa para adaptarlo a las novedades de la renta que se van produciendo tanto en el ámbito estatal como autonómico.
El Programa Padre 2009 (que muchos seguro que llaman Programa Padre 2010 por hacer la declaración ese año) ya está disponible,. Para descargarlo basta con pulsar en este enlace o seguir esta ruta en la página de la AEAT: Inicio > Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2009 >Renta 2009
Publicado por admin - 15/09/09 a las 08:09:10 am
El Programa Padre volverá a ser una herramienta imprescindible para cumplimentar la renta 2009, algo que todos los contribuyentes deberán hacer a partir de mayo de 2010. Como viene siendo habitual, la Agencia Tributaria todavía no ha liberado la versión del programa padre 2009 y si se cumplen los tiempos del anterior ejercicio, no lo hará hasta poco antes de que dé comienzo la campaña de la renta.
Hacienda ya ha liberado Programa Padre 2009 (que muchos seguro que llamarán erróneamente Programa Padre 2010 por hacer la declaración ese año) que está disponible en su página web siguiendo esta ruta: AEAT > Inicio > Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2009 >Renta 2009 Sin embargo, para facilitar la labor os dejamos un enlace directo a la descarga del programa.
Una vez descargado el Programa Padre sólo hay que instalarlo (el propio programa nos guía a través de este proceso) y empezar a probarlo. El programa de ayuda está dispobible para todas las plataformas y permite almacenar hasta 50 declaraciones por módulo.
Publicado por admin - 29/08/09 a las 09:08:44 am
El Programa Padre se ha convertido en un elemento indispensable para afrontar la declaración de IRPF. El Programa de Ayuda Declaración de la Renta (de ahí su nombre) es un software creado por la Agencia Tributaria para facilitar el cumplimiento de la declaración de la renta a los contribuyentes.
En realidad, el Programa Padre es un simulador de Hacienda que replica el resultado que ofrece el borrador de la declaración de la renta con la ventaja de que permite alterar los datos y hacer pruebas bajo diferentes supuestos. Así, por ejemplo, los matrimonios pueden comparar el resultado de la declaración si la hacen de forma conjunta o individual.
El Programa Padre permite incorporar los datos personales de declaraciones anteriores e importar los datos fiscales directamente de las la página web de la AEAT. Del mismo modo, se pueden guardar hasta 50 declaraciones distintas de diferentes miembros o simplemente de pruebas que hemos ido realizando con nuestros datos.
Para los más escépticos, su instalación y manejo manejo es bastante sencillo y hasta cierto punto se asimila al modelo que se puede adquirir en las oficinas de la AEAT. En cualquier caso, Hacienda dispone de un Manal del Programa Padre que actualiza todos los añospara incorporar las novedades fiscales que se hayan introducido para ese ejercicio (se puede acceder al de 2008 aquí) que la AEAT publica todos los años.
El primer paso será acudir a la página de la AEAT para descargar el programa padre del ejercicio correspondiente. Actualmente sólo está disponible el correspondiente a la Renta 2008, aunque cuando Hacienda libere el de 2009 tan sólo será necesario acudir a su página y seguir esta ruta: AEAT>Inicio>Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2009 o buscar en el apartado “Renta y Patrimonio 2008″ que Hacienda probablemente creará para la campaña 2008.
Una vez descargado el programa habrá que buscarlo en el lugar donde lo hayamos descargado y ejecutarlo. Su instalación es automática y nada más abrirlo lo primero que nos preguntará es si queremos importar los dato del anterior ejercicio fiscal (si lo hacemos y nuestros datos personales no han cambiado nos ahorraremos el tener que incluirlos de nuevo). El programa permite además descargar los datos fiscales mediante certificado digital o el número de referencia del borrador de la declaración de la renta. Esto facilita mucho la posterior tarea de tener que rellenar cada uno de los campos y permite hacer pruebas con los datos que la AEAT tiene sobre nosotros.
Publicado por Jose - 07/04/09 a las 08:04:32 am

La Campaña de la renta 2008 se ha puesto en marcha y desde la Agencia Tributaria ya se puede descargar el Programa Padre 2008, que se corresponde con los impuestos que deberemos pagar ahora en 2009. Este programa de ayuda se ha convertido en una herramienta casi imprescindible para quienes deseen hacer la declaración de la renta por su cuenta sin tener que pisar las oficinas de Hacienda. En cualquier caso no olvide que tambien tiene la opción de poder contar con los mejores expertos en Asesoría Juridica por un importe razonable si su declaracion tiene alguna complicación.
En realidad, el Programa PADRE ofrece una forma sencilla de realizar la declaración de la renta, sobre todo si lo hemos utilizado anteriormente, ya que permite incorporar directamente los datos de declaraciones anteriores, así como los datos fiscales en poder de Hacienda. Pero antes que eso hay que descargarlo e instalarlo. Para empezar aquí os dejamos el enlace para descargar el Programa PADRE desde la página web de Hacienda. Quienes deseen acceder directamente a través de la página de Hacienda también pueden hacerlo siguiente: AEAT>Inicio>Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2008
En cualquier caso, una vez se ha descargado e instalado el programa en el ordenador personal (prácticamente cualquier PC cumple los requisitos para su uso), tan sólo es necesario rellenar las casillas con los datos fiscales. Esta operación puede parecer muy complicada, pero existen fórmulas para hacerla más sencilla. En primer lugar, el propio programa PADRE cuenta con una herramienta de ayuda que guían al usuario durante todo el proceso en el plano informático-técnico. Además, también incluye las mismas instrucciones que los tradicionales papeles que se pueden adquirir en las oficinas de Hacienda para aclarar cualquier duda e indicarle qué datos poner en cada casilla.
Por otra parte, una buena estrategia para agilizar el proceso pasa por solicitar los datos fiscales de 2008 a la AEAT. En este sentido se pueden requerir tanto en formato papel como online. Los primeros sirven simplemente para tenerlos delante en el momento de rellenar las plantillas del programa PADRE, mientras que los segundos se pueden introducir directamente en el programa. Es decir, una vez se iniciado e introducidos una serie de datos básicos el programa ofrece la opción de importar los datos fiscales para incorporarlos automáticamente y así evitarse la costosa tarea de hacerlo a mano. Una vez realizada esta acción sólo resta comprobar que sean correctos y en caso contrario introducir los cambios necesarios (muchas veces hipotecas que la AEAT no ha tenido en cuenta o ingresos que Hacienda desconoce, por ejemplo).
Una vez rellenado el documento sólo resta imprimir las dos copias (una para Hacienda y otra para el usuario) y llevarlo bien a las oficinas de la AEAT o alguna entidad bancaria que se encargue de hacérselo llegar a Hacienda.
Ahora que ha comenzado la temporada para confirmar el borrador de la declaración, el programa PADRE es la mejor fórmula para subsanar errores en el borrador enviado por Hacienda por fallos en los cálculos o por que la AEAT no haya introducido todos los datos. Del mismo modo, sirve para hacer pruebas y ver cómo sería nuestra declaración bajo diferentes circunstancias.
En cualquier caso, quienes no se sientan del todo seguros en el manejo del programa pueden acceder al Manual de la Renta 2008 de la AEAT o en su defecto solicitar cita previa para que Hacienda nos ayude a completar la declaración. La otra opción pasa por contratar un asesor fiscal, aunque en este caso a costa de nuestro bolsillo.
Enlace para Descargar el programa PADRE 2008