Como declarar los 400 euros
Publicado por admin - 01/06/2009 a las 12:01:01La deducción de 400 euros en el IRPF ha sido una de las medidas más polémicas de las aprobadas por el Gobierno en 2008. Durante el pasado año fueron comunes las preguntas referentes a su aplicación y las quejas sobre los primeros 200 euros que se cobraron en junio. Ahora que llega el momento de enfrentarse a la campaña de la renta 2008 los famosos 400 euros de ZP vuelven a encender los ánimos de muchos contribuyentes.
Antes de nada recordemos que el llamado cheque de los 400 euros fue una reducción en las retenciones de IRPF por ese importe dividida en dos tramos. El primero, de un máximo de 200 euros, se practicó en junio, mientras que el segundo tramo y los 200 euros restantes se llevó a cabo entre julio y diciembre hasta alcanzar el total de 400 euros. En realidad, la medida fue una minoració de las retenciones, que además se mantendrá en 2009. Es decir, la Agencia Tributaria redujo en 400 euros las retenciones de IRPF que estaban practicándose y ahora trata esa reducción como un deducción más en la declaración de la renta. En este sentido, serían como el dinero que una persona se puede deducir por la hipoteca de su casa y por lo tanto ahora toca incluir esos 400 en la declaración.
La deducción de 400 euros se integra dentro de la base de las deducciones que puede practicarse cada contribuyente y que en ningún caso podrán superar el dinero que le retiene Hacienda. Es decir, que si el fisco retiene a una persona 3.000 euros sus deducciones nunca podrán superar ese nivel (en realidad hay una serie de límites sobre las deducciones a las que tiene derecho cada contribuyente). En el caso de los 400 euros, si las retenciones realizadas por Hacienda son menores de las debidas, este deberá devolver la cantidad correspondiente.
En principio, el borrador de la declaración de la renta debería incluir los datos de cada contribuyente respecto a los 400 euros, pero ya se han detectado errores al respecto. En primer lugar, para saber si la empresa ha practicado la minoración entre julio y diciembre hay que acudir a las nóminasy ver si realmente se ha producido una rebaja de la retención (en términos dinerarios se trata de unos 33 euros mensuales para los casos donde la minoración fue de 200 euros) hay que acudir a la nómina o en su defecto consultar a la compañía.
La retención de los 400 euros figura en la casilla 735 del programa PADRE y del modelo 100 de la Agencia Tributaria (el más habitual) y el programa de ayuda la rellena de forma automática (después no puede modificarse). Este es un serio inconveniente que obligará a las personas que deseen modificar estos datos a confeccionar su declaración rellenando de forma manual el modelo 100 de la AEAT.




