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IVA Modelo 349

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Hablamos días atrás del IVA intracomunitario y la vigencia de nuevas directivas de la Unión Europea. Estas modificaciones, como siempre, llevan a modificar los sistemas de información relacionados.

Así desde el 1 de Enero de 2010, el Modelo 349 ha sido modificado.

Este Modelo es una declaración recapitulativa de las entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y de las prestaciones intracomunitarias de servicios que realicen, consignando en la misma los datos de identificación de los proveedores y adquirentes de los bienes y los prestadores y destinatarios de los servicios, así como la base imponible total relativa a las operaciones efectuadas con cada uno de ellos.

Por lo tanto, el Modelo 349 será modificado para incluir información referente no sólo a operaciones intracomunitarias de bienes sino también a prestaciones de servicios no exentas del IVA y cuya localización se realice en sede del destinatario en otro Estado miembro. Asimismo, el modelo 349 se presentará mensualmente, en vez de trimestralmente, cuando las operaciones objeto de declaración superen los 100.000 euros.

Puede suceder que al final de cualquiera de los meses que componen cada trimestre natural se superara el importe de 100.000 euros, entonces deberá presentarse el modelo 349 para el mes o los meses transcurridos desde el comienzo de dicho trimestre natural. Y a partir de ese mes se presentará en forma mensual.

Existe la posibilidad de hacer una sola presentación anual del Modelo 349, para lo cual deberá cumplirse con estos dos límites:

- El importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios, excluido el IVA, realizadas durante el año natural anterior no sea superior a 35.000 euros

- El importe total de las entregas de bienes, que no sean medios de transporte nuevos, exentas del IVA, realizadas en el año natural anterior no sea superior a 15.000 euros.

Por lo tanto habrá que hacer un seguimiento de los importes de las operaciones para que no estemos en falta en el cumplimiento de nuestras obligaciones.

Imagen: google

IVA 2010

El IVA o Impuesto Sobre el Valor Añadido es el principal impuesto indirecto que se aplica en España y como tal afecta a todos los ciudadanos. Se trata de gravamen que no suele variar demasiado pero que gracias a la reforma fiscal 2010 que plantea el Gobierno a través del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2010.

Independientemente de cómo quede la propuesta, el IVA 2010 será diferente al de 2009 y seguramente mayor. La subida del IVA llegará por varios frentes y afectará a dos de los tres tipos de IVA en vigor.

El IVA 2010 contempla un aumento de dos puntos del tipo general del 16% al 18% y de un punto del tipo reducido, del 7% al 8% a partir del 1 de julio. El objetivo del Gobierno es aumentar los ingresos del Estado para hacer frente al alto déficit.

Sin embargo, estas medidas supondrán un fuerte incremento de la presión fiscal sobre los ciudadanos y algunas voces aseguran que sólo servirán para constreñir todavía más el consumo.

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