Publicado por Fabian - 27/12/2011 a las 12:00:14

Al igual que las personas físicas con el IRPF, las empresas también están obligadas a tributar y lo hacen a través del Impuesto de Sociedades. En principio, deben presentar la declaración todos los sujetos pasivos del mismos con independencia de que haya desarrollado o no actividades y de que hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto.
La pregunta en cuanto al sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades es simple: ¿quienes estan obligados a presentarlo? Por definición, el Impuesto de Sociedades grava la renta de todas las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en suelo español (a excepción del Pais Vasco y Navarra, que cuentan con autonomía fiscal). Ahora bien. ¿en que consiste la residencia fiscal? Se considerarán residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos: Seguir leyendo ¿Quiénes están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades?…
Publicado por admin - 14/12/2011 a las 18:16:47

Diciembre es el mes en que las empresas y las pymes deben hacer efectivo el pago a cuenta del Impuesto Sociedades según el calendario del contribuyente de ese mes.
De hecho, el calendario fiscal de diciembre fija el 15 como último día para el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para quienes opten por hacerlo a través de domiciliación bancaria. Quienes prefieran hacer el pago a través del NRC o Número de Referencia COmpleto bancario el plazo se extiende hasta el día 20.
A la hora de calcular el pago fraccionado deberemos utilizar la cuota íntegra del último periodo impositivo como base, minorando en las deducciones y bonificaciones a que se refiere la ley del Impuesto de Sociedades, así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes. Al final, la cuantía del pago fracciona resultará de aplicar a las bases el tipo del Impuesto de Sociedades que corresponda según lo marcado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Para los trabajadores autónomos recordar que en enero de 2012 habrá que presentar la declaración trimestral de IVA y también el modelo 390 de declaración anual de IVA.
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Publicado por admin - 10/12/2010 a las 10:39:14
Las medidas anticrisis del Gobierno han servido para acabar con la ayuda de 460 euros a los parados y para cambiar el Impuesto de Sociedades. En el caso de este último se trata de una reforma de los tramos impositivos no en cuanto al porcentaje por el que se tributa sino en cuanto al límite de ganancias que puede acoger cada uno.
La rebaja del Impuesto de Sociedades da entrada al primer tramo del mismo a un mayor número de empresas. De esta forma, se amplía la base imponible para las empresas que tributan a tipo reducido, pasando de 120.000 a 300.000 euros de beneficios.
Del mismo modo, también se amplía el concepto de empresa de tamaño reducido. A partir de la reforma entran en este grupo las compañías que facturen menos de 10 millones de euros -dos más que los 8 millones anteriores-.
Publicado por Macarena Masedo - 25/01/2010 a las 15:48:25

Según el estudio realizado por KPMG Abogados en 106 países, se pone de manifiesto que los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades no han aumentado por primera vez en 14 años. Sin embargo, la existencia de una mayor base fiscal y medidas de cumplimiento cada vez más estrictas hacen que los impuestos indirectos obtengan mayor relevancia en todo el mundo.
Para KPMG, los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades han seguido bajando durante el pasado año, mientras que los gobiernos de todo el mundo impulsan y refuerzan los impuestos indirectos sobre bienes y servicios para compensar el descenso de ingresos resultante en las arcas públicas. Por su parte, en Europa se ha paralizado el descenso que se estaba produciendo en los últimos años en los impuestos sobre sociedades, mientras que los indirectos mayoritariamente está creciendo, como podemos observar claramente en el IVA. Todo ello provocará los consumidores serán los que terminen pagando el elevado endeudamiento estatal.
A nivel mundial, el tipo medio de los impuestos indirectos se coloca en el 15,7 %, cifra que apenas modificada en los últimos cinco años. Sin embargo, los impuestos indirectos de la UE (Impuestos sobre Bienes y Servicios o Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA) son los más altos del mundo, alcanzando el 19,49 %.
En los últimos años hemos sido testigos de como todos los gobiernos del mundo empezaban a dar una mayor importancia a a los impuestos indirectos, pero ha sido a lo largo de 2009 cuando esta tendencia se ha hecho aún más obvia. Natalia Pastor, socio director responsable del área de Tributación Indirecta de KPMG Abogados, nos explica los 3 aspectos principales confirman esta tendencia.
1. Los impuestos indirectos no han experimentado cambios en general, mientras que los recortes en los impuestos sobre sociedades han sido continuos.
2. Cada vez son más los gobiernos que están introduciendo sistemas de impuestos indirectos (actualmente 135 países cuentan con estos sistemas y otros tienen ya previsto su implantación).
3. Progresivamente son más las operaciones o actividades a las que se aplica este tipo de impuestos, y las autoridades tributarias cada vez son más eficientes en la recaudación de estos impuestos indirectos.
“En un mundo en el que las empresas y sus beneficios tienen cada vez más movilidad, los impuestos sobre el consumo constituyen una fuente de ingresos a la que pocos gobiernos pueden resistirse. Su aplicación no depende de beneficios empresariales, ofrecen un flujo continuo de ingresos en lugar de grandes sumas de dinero recibidas en amplios intervalos de tiempo, y generalmente se recaudan con mucha más rapidez que los impuestos sobre sociedades”, afirmó Alberto Estrelles, director del área de Impuesto de Sociedades de KPMG Abogados.
Dicho informe revela que, aunque la elevada competencia internacional sigue haciendo que los impuestos sobre sociedades se muevan a la baja, existen indicios de que los gobiernos también están reforzando el cumplimiento efectivo de las normas del Impuesto sobre Sociedades.
“La existencia de cadenas de suministro más eficientes y una actividad comercial cada vez más libre, junto con la necesidad de los gobiernos de garantizar sus ingresos y el mayor grado de supervisión que exigen los nuevos sistemas fiscales, nos lleva a creer que es más necesario que nunca adoptar planteamientos globales que sean innovadores y estén orientados a la creación de valor”, concluyó Estrelles.
Fecha de publicacion: enero 25, 2010
Categorias: General, iva
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Publicado por admin - 10/11/2009 a las 12:33:52
El IVA devengado o IVA repercutido es aquel que un empresario cobra a sus clientes al prestarles un servicio o venderles un producto. El IVA devengado forma parte del libro de contabilidad que los autónomos están obligados a presentar en caso de que fuese necesario y donde figuran los ingresos y gastos sobre los cuáles se hará después la declaración trimestral de IVA.
El IVA devengado o repercutido es la base sobre la que se resta el IVA soportado deducible, que es el correspondiente a los gastos que debe hacer frente el autónomo o empresa para desarrollar su negocio. De ahí se obtiene la cantidad de IVA que debe pagar de forma trimestral cada autónomo o empresa.
Un error de apreciación muy común hace que muchas compañías consideren el IVA devengado como parte de los ingresos, cuando en realidad esta cuantía no va a parar a la empresa, sino al Estado. De hecho, la sociedad sólo ejerce de intermediario o recaudador del impuesto, que después debe enviar a Hacienda en función del resultado de la declaración trimestral de IVA tras restar el IVA soportado.
En principio, se trata de una situación ventajosa para el Estado, que se ahorra parte de los costes de tener que recaudar directamente el impuesto y para la empresa, que recibe el capital del IVA adelantado y puede obtener rendimiento por el mismo.
Fecha de publicacion: noviembre 10, 2009
Categorias: iva
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