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Publicado por admin - 05/04/2010 a las 08:00:55
Desde hoy y hasta el 23 de junio se podrá solicitar el borrador de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2009, que cumplimentaremos en 2010. Quienes no hayan realizado su petición en el ejercicio 2008 podrán hacerlo ahora en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, por teléfono o a través de internet.
Quienes deseen acudir a su delegación de Hacienda deberán hacerlo con sus datos identificativos y su DNI, mientras que por teléfono le solicitarán esta misma información. Para solicitar el borrador por internet a través de la página de la AEAT se puede hacer con el certificado digital o a portando el DNI y unos datos correspondientes a anteriores declaraciones.
Podrán solicitar el borrador de la renta los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo; rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro; imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles; y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
La AEAT ya ha creado en su página web la sección para la Campaña de la renta 2009 donde se pueden además solicitar los datos fiscales y realizar otras gestiones como confimar o modificar el domicilio fiscal. Además, en ese apartado dedicado a la renta 2009 también se puede acceder a la información fiscal básica, aunque no al Programa Padre 2009, que la Agencia Tributaria todavía no ha liberado.
Desde hoy también podrán confirmar el borrador aquellos contribuyentes que ya hayan recibido el documento y estén de acuerdo con los cálculos de la AEAT, aunque sin la posibilidad de descargar el Programa Padre para hacer las pertinentes pruebas será complicado hacerlo.
Fecha de publicacion: abril 5, 2010
Categorias: Renta 2009
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Publicado por admin - 13/03/2010 a las 10:52:24
Como su propio nombre indica, los datos fiscales reúnen toda la información personal, económica y patrimonial de una persona a efectos fiscales. Es decir, se trata de todos apuntes que después se utilizarán para confeccionar la declaración de la renta.
Se pueden distinguir entre los datos fiscales de carácter exclusivamente económico y los personales. Los primeros incluirían los ingresos obtenidos durante el año, tanto a través de la nómina como de las inversiones, alquiler de vivienda…. así como los patrimoniales. Por su parte, los datos personales incluyen el domicilio fiscal -no confundir con el padrón-, el estado civil o las personas a cargo, entre otros.
Hacienda reúne los datos fiscales más importantes de cada contribuyente y los entrega junto al borrador de la renta. De todas formas, conviene recordar que estos datos que llegan al solicitar el borrador son sólo la información en poder de la Agencia Tributaria y que por lo tanto no tiene por qué estar todos ni siquiera ser los correctos -la administración pública también se equivoca y sino puede hacerlo su empresa al dar sus datos-.
Se puede acceder a estos datos fiscales en cualquier momento a través del siguiente enlace a la página de la AEAT con certificado digital o sin el mismo pero con la referencia del borrador de la renta.
http://dineroexperto.com/blog/que-es-una-nomina/
Fecha de publicacion: marzo 13, 2010
Categorias: General, irpf
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Publicado por admin - 25/08/2009 a las 13:57:46
Según publica el diario Expansión Hacienda ha incrementado la presión sobre el fraude fiscal y está multiplicando las inspecciones en busca de irregularidades. Al parecer la Agencia Tributaria ha realizado más controles de los esperados, superando incluso el 25% previsto por el plan antifraude.
Se trata de una grata sorpresa que tiene que ver con la caída de los ingresos fiscales por las medidas anticrisis y de apoyo al sector inmobiliario aprobadas por el Ejecutivo. Para compensar esta merma, la AEAT ha puesto su maquinaria a pleno rendimiento en busca del fraude fiscal. Esto se ha traducido en un aumento del 9,5% del fraude detectado, lo que ha reportado un total de 10.578 millones de euros, un 27,4% más de lo esperado.
El aumento de la recaudación no ha llegado a través del descubrimiento de redes de blanqueo de capitales o de grandes cantidades de dinero negro ocultas, sino a través de las inspecciones sorpresa a todo tipo de ciudadanos y empresas, así que quienes hayan defraudado a Hacienda (consciente o inconscientemente) pueden ir preparándo la cartera.
Fecha de publicacion: agosto 25, 2009
Categorias: General
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Publicado por admin - 08/08/2008 a las 11:18:54
Según los datos del Ministerio de Economía y Hacienda el primer año de vida del llamado cheque bebé se ha saldado con un desembolso de 1.002 millones de euros por parte de la Agencia Tributaria (AEAT) a más de 400.000 solicitudes de ayuda. Esta medida, que entró en vigor en julio de 2007 ha servido para dar 2.500 euros de ayuda por nacimiento o adopción y se complementa con los 1.200 euros anuales por hijos menores de tres años.
En cuanto al mal llamado cheque bebé, se trata en realidad de una subvención directa en forma de anticipo de la deducción de IRPF. Es una prestación económica no contributiva que ofrece la Seguridad Social, es decir, que no cotiza como rendimiento y puede deducirse en la declaración de la renta, a través de Hacienda. Se ha denominado cheque porque existe la posibilidad de que la AEAT anticipe los pagos que después el contribuyente deberá reflejar como deducciones al cumplir con el impuesto de IRPF.
La AEAT cuenta con un apartado específico en su página web donde detalla cómo y cuándo deben solicitarse estas ayudas, así como la forma de reflejarlas en la declaración de la renta.
Fecha de publicacion: agosto 8, 2008
Categorias: Fiscalidad
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Publicado por admin - 15/05/2007 a las 12:56:51
Todavía falta mucho para el periodo del IRPF 2012, sin embargo, la planificación financiera requieren un tiempo por lo que nunca es pronto para plantearnos como pagar menos en la declaración de la renta del 2013.
En primer lugar hay que tener en cuenta que después de la reforma del 2011, ya no será deducible la adquisición de su vivienda habitual al menos que tengamos una renta inferior a 24.000 euros. Nadie nos asegura que no se vayan a realizar más cambios fiscales, por lo que debemos estar atentos. Actualmente existen las siguientes deducciones:
- Aportaciones a planes de pensiones
- Alquiler de vivienda habitual, tanto arrendador como arrendatario
- Rendimientos del trabajo y actividades económicas
- Donativos
- Nacimiento de hijos y madres trabajadoras
- Actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial
Una recomendación para planificarnos mejor fiscalmente, es descargarnos el programa padre del ejercicio en curso, ya que habrá que utilizar la versión del año anterior , ya que el Programa Padre 2013 no se publicará hasta poco antes de tener que cumplimentar la declaración, complementarla y comprobar si podemos aplicar alguna deducción para pagar menos hacienda.
Publicado por admin - 15/02/2007 a las 12:39:42
El principal cambio que experimentaremos en IRPF 2011 lo encontraremos en el apartado referente a la vivienda habitual, sólo las rentas inferiores a 24.000 euros podrán deducir la adquisición de la misma. Además, la deducción será progresiva y sólo quienes cobren menos de 17.000 euros podrán acceder a la base actual de 9.015 euros.
El principal problema de la mayoría de los contribuyentes es que esperan al último momento para hacer la declaración de1 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2012 para plantearse cómo pagar menos impuestos. La solución es planearse un poco antes, ya que, lo que hagamos en 2011 será lo que pagaremos en 2012. Una buena solución para saber lo que nos podemos deducir o lo que nos toca pagar es hacer pruebas en el programa padre del ejercicio en curso. El programa padre del 2012 no se publicará hasta poco antes de tener que cumplimentar la declaración de la renta.
Existen diferentes deducciones del IRPH que están a nuestro alcance:
- Inversión en vivienda habitual, siempre y cuando tu renta sea inferior a 24.000 euros.
- Aportaciones a planes de pensiones
- Alquiler de vivienda habitual, tanto arrendador como arrendatario
- Rendimientos de trabajo y actividades económicas
- Donativos
- Nacimiento de hijos y madres trabajadoras
- Actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial.