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El criterio de IVA en caja

Dentro de las propuestas fiscales del PP figuraba en letras bien grandes el que los autónomos y pymes no tendrían que pagar el IVA de las facturas hasta no haber cobrado, lo que se conoce como el criterio de IVA en caja. Más de tres meses después de llegar al Gobierno el PP sigue trabajando en esta medida y en como implementarla.

Por el momento sabemos por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, que el Gobierno está trabajando para que el pago del IVA por parte de las empresas sólo se lleve a cabo cuando la empresa haya cobrado la correspondiente factura.
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A vueltas con el IVA de las facturas y el momento de pago

Una de las promesas estrella del PP en materia fiscal dirigida a pymes y trabajadores autónomos consistía en que las empresas sólo tendrían que pagar el IVA de las facturas en el momento de cobrarlas, también conocida como el IVA en caja. La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha asegurado que esta medida “será una realidad”.

Sin embargo, tal como publica El Economista y recuerda Mister Empresa, va a ser más que complicado aplicar el IVA en caja. Y es que a los lógicos problemas técnicos para implementar la medida se suman otros de carácter adminitrativo y legal. En este sentido,la propia Unión Europea limita esta posibilidad. La UE permite, a través de una directiva comunitaria de 2010 acogerse a una norma excepcional para el IVA que ahora el Ejecutivo debe soliitar y Bruselas homegeizar con las que ya se desarrollan en otros países miembros.
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Ferias comerciales internacionales que podremos deducir en 2012

Las empresas tiene la posibilidad de deducir en el Impuesto sobre Sociedades parte del dinero destinado a la realizar actividades de exportación. Esto comprende acudir a ferias comerciales internacionales, incluidas las que se celebran en España con ese carácter. Para saber cuales son habrá que recurrir al calendario de ferias comerciales internacionales de 2012 que publica el BOE.

El artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades se refiere a las deducción por actividades de exportación que pueden practicar las empresas por sus actividades exportadoras. Dentro de las mismas el en el apartado 1.b se incluyen las siguientes:
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Código ISO de países y territorios para 2012

A la hora de cumplir con la Agencia Tributaria podemos tener operaciones con diferentes países y territorios que debemos declarar. Como cada año se actualizan los códigos de países y territorios os traemos los de 2012.

Los códigos ISO son unos códigos que sirve para identificar de forma sencilla y abreviada desde divisas hasta idiomas. En el caso que nos ocupa, la Agencia Tributaria y otros organismos utilizan estos códigos para reconocer países y territorios sin necesidad de tener que poner la denominación entera.
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Manual de IVA 2011

Ahora que las empresas y trabajadores autónomos están inmersos en el pago anual del IVA a través del modelo 390 es un buen momento para recordar que la Agencia Tributaria pone a disposición de todos los constribuyentes su Manual de IVA 2011.

Enero es el momento de que sociedades y autónomos cumplan con Hacienda en la declaración anual de IVA a través del Modelo de IVA 390 que deben cumplimentar antes del final de enero y que actuará a modo de resumen del IVA soportado y el IVA repercutido.
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Pago Impuesto de Sociedades 2012

El Impuesto de Sociedades es el equivalente al IRPF a las personas físicas. Se trata de un impuesto directo, que grava las ganancias de personas juridicas y que, por ley, exige pagos fraccionados del impuesto de Sociedades a lo largo del año.

El Impuesto de Sociedades es un impuesto de caracter anual. La imputación de los ingresos y gastos en uno u otro periodo impositivo se hace en función del principio del devengo aplicable. Esto significa que no es necesario que los gastos y los ingresos esten efectivamente pagados, sino solo realizados de manera temporal en el periodo. Seguir leyendo Pago Impuesto de Sociedades 2012…

¿Quiénes están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades?

Al igual que las personas físicas con el IRPF, las empresas también están obligadas a tributar y lo hacen a través del Impuesto de Sociedades. En principio, deben presentar la declaración todos los sujetos pasivos del mismos con independencia de que haya desarrollado o no actividades y de que hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto.

 

La pregunta en cuanto al sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades es simple: ¿quienes estan obligados a presentarlo? Por definición, el Impuesto de Sociedades grava la renta de todas las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en suelo español (a excepción del Pais Vasco y Navarra, que cuentan con autonomía fiscal). Ahora bien. ¿en que consiste la residencia fiscal? Se considerarán residentes en territorio español las entidades en las que concurra alguno de los siguientes requisitos: Seguir leyendo ¿Quiénes están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades?…

DEH: la Dirección Electrónica Habilitada ¿Qué es?

Las siglas DEH hacen mención a la Dirección Electrónica Habilitada, que es la dirección de correo electrónico que todas las empresas que sean sociedades limitadas o sociedades anóminas deberán dar a la Agencia Tributaria para que esta pueda enviarles las notificaciones electrónicas obligatorias.

Con motivo de los últimos cambios en las obligaciones tributarias formales y más concretamente en las notificaciones electrónicas hemos considerado que era el momento de hablar de la Dirección Electrónica Habilitada o DEH, un término con el que a buen seguro estarán familiarizadas las empresas, pero no tanto los contribuyentes particulares. La DEH no es más que la dirección de correo electrónico que una empresa debe dar a la Agencia Tributaria para que se ponga en contacto con ellos.
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Cambios en las obligaciones tributarias formales

La Agencia Tributaria ha introducido varios cambios en las obligaciones tributarias formales a través del Real Decreto 1615/2011 entre las que se encuentran los días de cortesía en las notificaciones electrónicas y algunos cambios en la presentación de los libros de registro.

A través de una nota informativa la AEAT se hace eco de la entrada en vigor del Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y se modifica el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Agencia Tributaria introduce varios cambios que David Ballester se encarga de resumir en el grupo Nueva Fiscalidad de LinkedIn. En este sentido, destaca tres cambios fundamentales.

El primero se refiere al modelo 347 de declaración anual operaciones con terceras personas en el que se exonera de la obligación de presentación de la declaración de operaciones con terceras personas a quienes estuvieran obligados a la presentación de la declaración de operaciones en libros registro (modelo 340) de acuerdo con el artículo 36 del Reglamento.

Además, en coherencia con la modificación a la que se ha hecho referencia con anterioridad, respecto a la exoneración de la obligación de presentar la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) a quienes están obligados a la presentación de la declaración de operaciones incluidas en los libros registro (modelo 340), se deberán declarar en el modelo 340 determinadas operaciones que antes se debían incluir como excepción en la declaración de operaciones con terceras personas (son las que ahora se relacionan en el apartado 2 del artículo 36 (Obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro).
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Como calcular el IVA y la base imponible

Entre las tareas que debe llevar a cabo un trabajador autónomo o cualquier empresa está la de calcular el IVA de las facturas que emite, para lo que puede utilizar un programa informático de gestión de facturas o hacer el cálculo por sí mismo a través de una sencilla fórmula. Os explicamos como hacerlo.

El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido es el impuesto indirecto por excelencia y uno de los mayores dolores de cabeza para empresarios y trabajadores autónomos, que cada trimestre deben enfrentarse a la declaración del IVA, pero también para el ciudadano de a pie cuando debe calcular el IVA que paga por cada producto. Antes de entrar de lleno en la fórmula para dar con IVA de cada operación y las operaciones más habituales con el mismo hay que tener claro es qué es el IVA y el tipo de IVA a aplicar a cada factura.

En este sentido, la Ley de IVA distingue tres tipos de IVA en función de los productos y servicios que se graven. Son los siguientes:

  • IVA general (18%). Se aplica por defecto a todos los productos y servicios que no formen parte de las otras categorías.
  • IVA reducido (8%).Incluye los alimentos en general, transporte de viajeros; servicios de hostelería; entradas a espectáculos; servicios funerarios; peluquerías; dentistas; edificios, viviendas y  y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
  • IVA superreducido (4%). Se aplica a los productos de primera necesidad, libros, periódicos y revistas no publicitarios; medicamentos de uso humano; sillas de ruedas para minusválidos y prótesis y Viviendas de Protección Oficial o VPO.

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