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Publicado por admin - 06/04/10 a las 09:04:16 am
Desde el 1 de abril y hasta el próximo 30 de junio es posible confirmar el borrador de la declaración de la renta 2010. La Agencia Tributaria abrirá el 3 de abril el plazo para que los más previsores puedan solicitaron el borrador, cumplir con sus obligaciones y, en caso de que el resultado sea a devolver, cobrar cuanto antes.
Antes de confirmar el borrador es imprescidible revisarlo, ya que este sólo contiene los datos que la Agencia Tributaria posee de cada contribuyente y estos no tienen por qué ser todos los que pueden o deben incluirse en la declaración de la renta. De hecho, en la campaña 2007 ya se detectó un importante error en la deducción por la compra de vivienda habitual, que después se repitió en la renta 2008. Ahora habrá que esperar para saber si ocurre lo mismo en la renta 2009.
Una vez se han comprobado los datos, el contribuyente puede confirmar el borrador o modificarlo. En el primero de los casos, el proceso es muy sencillo y supone la presentación efectiva de la declaración de la renta. Para empezar, quienes no dispongan de certificado digital deberán tener a mano su NIF y el número de referencia del borrador que aparece en la documentación remitida por Hacienda. Existen diferentes vías para confirmar el borrador en función de si el resultado es a pagar o a devolver o de si se decide domiciliar o no el pago.
La forma más sencilla de confirmar o rectificar el borrador es hacerlo es la telemática, es decir, a través de internet. Para ello hay que acceder a la Campaña de renta 2009 en el apartado correspondiente a borrador de la declaración y elegir la opción que deseemos. Tras introducir el NIF, primer apellido y el número de referencia del borrador o una casilla específica de la declaración del año anteriorpara identificarse como usuario se podrá proceder a confirmarlo.
También es posible llevar a cabo la operación por teléfono a través del número 901 200 354 de lunes a viernes de 9 a 21 horas comunicando el NIF y el número de justificante que aparece en la carta remitida por Hacienda. Del mismo modo, se puede acudir a la delegación de Hacienda más cercana. Adicionalmente, la AEAT permite presentar la declaración a través de mensaje SMS enviando RENTA espacio en blanco, número de justificante, espacio en blando y NIF al 5025 o en determinados cajeros automáticos y entidades autorizadas.
Publicado por admin - 11/09/09 a las 10:09:03 am
Confirmar el borrador de la renta es la forma más sencilla y rápida de cumplir con las obligaciones fiscales. Quienes hayan solicitado el borrador de IRPF podrán confirmarse desde el 1 de abril y hasta el 30 de junio.
Existen varias formas de confirmar el borrador de IRPF una vez se haya comprobado que los datos que aparecen en el mismo son correctos. La más sencilla es a través de internet, para lo que hará falta un certificado digital de firma electrónica que se puede obtener a través de CERES (CERtificación Española) y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Con el certificado debidamente instalado en el ordenador, sólo hay que entrar en la página web de la Agencia Tributaria y acceder a la nueva Sede Electrónica que sutituye a la Oficina Virtual. Una vez dentro, en la barra lateral derecha se puede acceder a los trámites disposnibles y en la sección de impuestos/IRPF aparece la opción de borrador de la declaración de la renta.
También se puede utilizar el teléfono llamando al 901 200 345 de lunes a viernes de 9 a 21 horas y comunicando el NIF y el número de justificante.
Otras vías para pagar los impuestos son los cajeros automáticos, banca electrónica y banca telefónica, así como el teléfono móvil enviando un SMS al número 5025 de la Agencia Tributaria indicando en el mismo: RENTA espacio en blanco, número de justificante, espacio en blanco y NIF. Además, por supuesto, siempre se puede acudir a una oficina de Hacienda.
Publicado por Jose - 28/04/09 a las 05:04:26 pm
Desde ImpuestosRenta venimos insistiendo en la necesidad de comprobar el borrador de la declaración de la renta para evitar sustos. Hay que recordar que el borrador no es más que la simulación de la declaración de IRPF que la Agencia Tributaria hace con los datos que tiene a su disposición. En este sentido, la experiencia nos dice que Hacienda falla más de lo que debiera porque no siempre tiene todos los datos fiscales del contribuyente y tampoco tiende a aplicar todas las deducciones posibles de la forma más beneficiosa para el declarante.
El año pasado fue la deducción por vivienda habitual la que se vio afectada por los errores de Hacienda y en la campaña de la renta 2008 ya se han detectado otros problemas que afectaban a 140.000 borradores en relación a la famosa deducción de los 400 euros. Ahora, los técnicos del Ministerio de Hacienda han informado a través de su sindicato, Gestha, de un nuevo error en que podría afectar 545.000 borradores que verían vulnerado su derecho a las deducciones por maternidad y el mínimo por hijos. En concreto, los borradores remitidos por Hacienda contendrían inccorecciones u omisiones por valor de 496 millones de euros.
El fallo se refiere al importe de los pagos anticipados de 100 euros mensuales por maternidad, que en teoría es deducible, pero que no figura como tal en los borradores. Esto supone un pago extra de 909 euros de media. Además, también se han detectado incorrecciones en las reducciones correspondientes al mínimo por descendiente debido a que la AEAT no dispone de información sobre los nacimientos de 2008. Así que quienes hayan sido padres el pasado año deberán revisar con especial interés el borrador para comprobar que se les están aplicando estas reducciones.
Adicionalmente, Gestha indica otro error que podría afectar a 1,3 millones de declaraciones conjuntas con derecho a deducción por vivienda. En este caso, algunos borradores de matrimonios que realicen la declaración de forma conjunta sólo estarían contabilizando la mitad de las cantidades pagadas por la hipoteca y no la totalidad.
Publicado por admin - 20/04/09 a las 03:04:54 pm
Hacienda puede equivocarse. De hecho es, bastante normal ver errores en el borrador declaración de la renta. Por eso mismo antes de confirmar el borrador del IRPF conviene repasarlo a conciencia. Y es que el documento que remite la Agencia Tributaria no es más que una simulación de la declaración de la renta con los datos fiscales que la AEAT posee (y que además suele remitir de forma adjunta), así que rectificar el borrador es algo relativamente habitual hoy en día.
Buena parte de los errores en el borrador del IRPF son favorables a la AEAT. Así, es relativamente normal que Hacienda no incluya las deducciones por la inversión en vivienda habitual (en la campaña de 2007 ya se detectó un error en el cómputo de las mismas), por el alquiler de vivienda, la cuenta vivienda o que simplemente no cuente con todos los datos sobre nuestra actividad económica. Es obligación de cada ciudadano cumplimentar adecuadamente la declaración e incluir todos los datos, incluso los que Hacienda no posee. Por fortuna, rectificar el borrador es casi tan sencillo como confirmarlo.
Se puede rectificar el borrador de diferentes formas, aunque la más sencilla es a través de la página web de la AEAT, que además dispone de un apartado específico para hacerlo. La propia Agencia Tributaria avisa de los errores más comunes en el borrador como puede ser el hecho de que las circunstancias familiares hayan cambiado, la vivienda (inversión en vivienda habitual, cuenta vivienda o alquiler), así como las aportaciones a planes de pensiones.
Al igual que para confirmar el borrador de la renta, para rectificarlo o modificar nuestros datos fiscales habrá que indicar el DNI en caso de contar con un certificado digital, y el DNI junto con el primer apellido y el número de referencia del borrador o el contenido de la casilla 698 de la declaración de 2007. A partir de ahí sólo habrá que indicar los datos que deseamos cambiar como si se tratase del programa PADRE y confirmar el borrador.

Otra opción para quienes no desean hacer el trámite de forma telémática es descargar el programa PADRE y utilizar el borrador con los datos fiscales (se pueden incluso adjuntar de forma automática a través de internet) para confeccionar la nueva declaración que después se puede entregar en su delegación de Hacienda más cercana o en las entidades bancarias autorizadas.
Publicado por admin - 06/04/09 a las 03:04:26 pm
Como todos los años la Agencia Tributaria ha introducido errores en el borrador de la declaración de la renta. Un lector, Chucky, nos alerta de estos fallos, que afectan un total de 140.000 borradores con un resultado favorable al contribuyente por el cálculo erróneo sobre la deducción de los 400 euros. La medida, que ha sido una de las que más problemas ha generado a lo largo del año entre trabajadores y empreasrios a cuenta de deducciones no realizadas es causante también del primer fallo de la campaña de la renta 2008.
El error se debe a una equivocación de una de las variables que usa la AEAT para realizar el cálculo de la deducción. En este sentido, los contribuyentes que el año pasado no recibieron esta deducción a través de sus nóminas (200 euros en junio y el resto prorrateados hasta diciembre) deben praticarla en la declaración de la renta. Lo peor de todo es que cerca de 2.600 personas ya han confirmado el borrador de la declaración con estos datos erróneos. Ahora, Hacienda deberá contactar con estos contribuyentes y ofrecerles una declaración alternativa.
Publicado por Jose - 01/04/09 a las 10:04:08 am
A partir del 1 de abril y hasta el próximo 30 de junio es posible confirmar el borrador del IRPF. Aquelas personas previsoras que bien solicitaron el borrador de la renta en el momento de realizar la declaración de la renta el pasado año o que lo han hecho a comienzos de este ya pueden cumplir con sus obligaciones con Hacienda y pagar sus impuestos. Este año un total de 16.630.000 personas han solicitado el borrador, un 9,9% más que en 2007. De esta cifra, 13.874.320lo hicieron el pasado año y otros 344.622 lo ha hecho este mes. Sin embargo, la Agencia Tributaria sólo ha remitido por el momento 2.500.000 borradores aunque prevé haber enviado todos a mediados de mayo.
La solicitud del borrador de la declaración de la renta está abierta hasta el próximo 25 de junio. Lo primero que hay que hacer con el borrador en la mano es comprobar si todos los datos son correctos y en caso de que no lo sean proceder a su rectificación. Esto es posible a través de internet, simplemente con el NIF y el número de referencia del borrador, llamando por teléfono al 901 200 345 de lunes a viernes de 9 a 21 horas o personándose en la delegación de Hacienda más cercana.
Existen diferentes vías para confirmar el borrador en función de si el resultado es a pagar o devolver y si se decide domiciliar el pago o no en el primero de los supuestos, aunque nunca se podrá hacer más allá del 30 de junio. En cualquier caso, es necesario contar con el NIF, número de cuenta corriente y número de referencia del borrador, que se facilita en la carta que envía Hacienda, y el número de justificante, también en la carta.
Para confirmar el borrador de forma telemática a través de internet no es necesario contar con un certificado de forma electrónica, siempre y cuando se vaya a diferir el pago. Hacerlo es tan sencillo como entrar en la página de Hacienda y seguir los pasos indicador. También se puede utilizar el teléfono llamando al 901 200 345 de lunes a viernes de 9 a 21 horas y comunicando el NIF y el número de justificante.
Otras vías para pagar los impuestos son los cajeros automáticos, banca electrónica y banca telefónica, así como el teléfono móvil enviando un SMS al número 5025 de la Agencia Tributaria indicando en el mismo: RENTA espacio en blanco, número de justificante, espacio en blanco y NIF. Además, por supuesto, siempre se puede acudir a una oficina de Hacienda.
Hacienda comenzará a ingresar las devoluciones de los borradores confirmados a partir del 16 de abril.