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Publicado por admin - 13/03/2012 a las 15:38:09

El borrador de la declaración de la renta 2011 volverá a ser determinante para la mayoría de contribuyentes a la hora de afrontar el IRPF 2011. De hecho, para las declaraciones más sencillas el borrador de la renta 2011 es la forma más fácil y rápida de cumplir con hacienda. Os contamos todo lo que debéis saber al respecto.
Aunque la llevemos a cabo en 2012, este año estaremos cumpliendo con la campaña de la renta 2011. Y es que desde un punto de vista estrictamente técnico, la renta 2011 se refiere al ejercicio fiscal 2011. Lo único que ocurre es que la Agencia Tributaria retrasa el pago del impuesto seis meses para que tengamos tiempo de organizar los papeles que después habremos de presentar. Por eso mismo, lo correcto en 2012 es hablar del borrador de la renta de 2011.
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Fecha de publicacion: marzo 13, 2012
Categorias: irpf, Renta 2010
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Publicado por Fabian - 10/03/2012 a las 19:31:01

El Borrador de la renta 2012 volverá a ser una herramienta esencial para millones de contribuyentes a la hora de enfrentarse a la Renta 2012. De hecho, desde que Hacienda entrega el borrador y permite su confirmación directa cada vez son más las personas que se acogen a esta posibilidad. Desde aquí os enseñaremos como pedirlo, confirmarlo y, sobre todo revisarlo.
El borrador de la renta 2012 es el documento que la Agencia Tributaria remite a los contribuyentes y en el que figura cómo haría ella el IRPF 2012 con los datos que dispone. Es importante aclarar este punto, ya que la AEAT no tiene por qué tener todos que se pueden incluir en la declaración de la renta.
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Publicado por admin - 05/04/2011 a las 10:52:57
Nos llega una consulta de Sergio, que pregunta cómo solicitar el borrador de la declaración si el año pasado no presentó el IRPF. Esta pregunta se puede ampliar para las personas que deberán declarar por primera vez en su vida en el ejercicio de la renta 2010 (recordar que la renta se paga siempre al año siguiente).
Como bien hemos comentado en un post anterior sobre el borrador de IRPF online para pedir el borrador de forma anticipada (algo que se puede hacer desde el 4 de abril) el programa RENO , una de las novedades para la campaña 2011, permite solicitar el borrador con el DNI, el dato de la casilla 698 de la renta 2009 y un número de teléfono móvil.
Quienes no hayan declarado en su vida o no hiciesen la declaración el año anterior también pueden pedir el borrador y sus datos fiscales. Para ello sólo tienen que dirigirse a la página de la Agencia Tributria e ingresar en el apartado de Campaña de la Renta 2010. Una vez allí, tanto en el apartado de novedades como en el de tramitación podrán encontrar sendos enlaces a solicitar el borrador (pinchando aquí se puede simplificar el proceso)
Como muestra la siguiente imagen obtenida de la página de la AEAT, tan sólo deberemos ingresar DNI, primer apellido y marcar la casilla de No Declarante en relación al anterior ejercicio.

Una vez hayamos solicitado el borrador ya podremos aprovecharnos de las ventajas del programa RENO, que en realidad sólo está disponible para quienes ya solicitaron el borrador y que permite confirmar el borrador de forma más rápida, sin tener que esperar a que este llegue a nuestro domicili.
Fecha de publicacion: abril 5, 2011
Categorias: irpf, Renta 2010
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Publicado por Fabian - 02/06/2010 a las 14:14:57

Estamos a medio camino, y como siempre, muchos dejarán su declaración de renta para último momento. Es entendible, nadie quiere hacerla! Pero es una obligación.
Así que recordemos que no nos queda tanto tiempo, a través del siguiente cronograma:
- Petición del borrador de la Renta y los datos fiscales: desde el 5/04/2010 hasta el 23/06/2010.
- Confirmación del borrador de la Renta: desde el 5/04/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25/06/2010 si se domicilia el pago.
- Presentación de la Declaración: desde el 03/05/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25 si se decide domiciliar el pago.
- Petición de cita previa para la confección de la Declaración o modificación del borrador de la Renta: se puede solicitar del 5/04/2010 hasta el 29/06/2010.
Pero hay algunas ayudas que debemos tener en cuenta y que nos harán más sencilla la tarea, como lo es el programa PADRE, que intenta simplificar el trabajo y el cual puede descargarse desde la página de la Agencia Tributaria, apartado Campaña de la Renta 2009 y, desde ahí, en “Tramitación de los servicios de ayuda disponibles”, pinchar en Descarga programa de ayuda Renta 2009-PADRE.
Además para el cumplimiento de su obligación el contribuyente cuenta con asistencia de la Agencia Tributaria, a través de:
- Internet: en el portal de Internet de la Agencia Tributaria el contribuyente que cuenta con el DNI electrónico o un certificado digital y a través de la misma se puede consultar, modificar y confirmar el borrador, pedir cita previa, anularla o cambiarla, consultar sus datos fiscales, pedir el borrador o los datos, presentar la declaración, pagarla en el caso de que salga con resultado positivo, suscribirse al servicio de recepción de alertas SMS y consultar el estado de los trámites.
Quienes no cuenten con DNI electrónico o certificado digital, pero sí con una referencia enviada por la Agencia Tributaria al móvil o por carta (es un código con números y letras que la Agencia asocia a cada contribuyente que lo ha solicitado), se pueden realizar todas las operaciones anteriores, menos pedir el borrador o los datos fiscales, presentar la declaración y pagarla, en su caso.
Otra opción que permite acceder a los servicios de la Agencia Tributaria es contar con la casilla de la base imponible de la Declaración de la Renta 2008. Si se tiene el dato, a través de Internet se puede pedir cita previa con un asesor, anularla o cambiarla, solicitar los datos fiscales o el borrador y suscribirse al servicio de alertas con mensajes al móvil.
Con la casilla de la Declaración de la Renta de 2009, sólo se puede consultar el estado de tramitación de la declaración a través de Internet.
- Servicios telefónicos: la Agencia Tributaria cuenta con un servicio de atención automático en el número de teléfono 901 12 12 24, que funciona 24 horas. A través de este teléfono, el contribuyente tiene acceso a solicitar el borrador, confirmar su borrador a devolver, solicitar cita previa de atención presencial en una oficina de la Agencia, solicitar certificados de renta y etiquetas y consultar el estado de tramitación de devoluciones.
También puede hablar con un operador, a los siguientes teléfonos:
901 20 03 45: disponible de 9 a 21 horas. Se puede solicitar, modificar y confirmar el borrador.
901 22 33 44: disponible de 9 a 20 horas, desde el 15 de abril, permite solicitar cita previa para que un asesor de la Agencia Tributaria atienda al contribuyente en una de las oficinas repartidas por toda España.
901 33 55 33: disponible de 9 a 20 horas, proporciona información tributaria con carácter general.
- SMS: Mediante el envío de un mensaje SMS al 7743, se pueden confirmar los borradores con resultado a devolver.
- Oficinas de la Agencia y colaboradores: a través de las oficinas de la Agencia se pueden modificar y confirmar los borradores, así como hacer una declaración del IRPF personalizada.
- Entidades financieras: en cajeros automáticos de determinados bancos y cajas de ahorros también es posible confirmar el borrador si sale a devolver. De igual manera, en la banca telefónica y telemática de algunas entidades se puede confirmar el borrador. Algunas disponen de una pasarela de pago en la presentación de declaraciones por Internet.
- Colaboradores de la Agencia Tributaria: la Agencia tiene firmados convenios con asociaciones y colectivos profesionales para presentar declaraciones por vía telemática (asesores, gestores y sindicatos).
Alternativas de presentación y ayudas hay muchas, solo es cuestión de ponerse con anticipación a hacer la declaración, para que si surgen dudas o errores esten a tiempo de solucionarlo.
Publicado por Fabian - 01/06/2010 a las 17:24:13
Todos sabemos que el impuesto a la renta, el IRPF, debe pagarse todos los años. Obviamente no todas las personas lo pagan, pero aquellos que si lo hacen, deben estar preparadas desde antes. Si bien aun falta mucho para el vencimiento de la Declaración de Renta 2015, es bueno estar preparado desde antes.
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un Borrador Renta 2015, donde constan todos nuestros datos fiscales que el organismo tiene a su disposición y a su vez nos envía una liquidación de IRPF 2015, según sus propios cálculos.
En este sentido, conviene recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que es habitual que contenga errores, casi siempre por la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador.
De hecho, el borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.
El borrador de la renta 2015 se puede solicitar a través de la anterior declaración de la renta o bien se puede pedir a través de la página web de la Agencia Tributaria.
Fecha de publicacion: junio 1, 2010
Categorias: renta 2011
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Publicado por Fabian - 01/06/2010 a las 12:50:33
Todos sabemos que el impuesto a la renta, IRPF, debe pagarse todos los años. Pero no todas las personas lo deben abonar, para aquellas que si deben realizarlo, deben tener en cuenta algunos aspectos para poder estar preparadas desde antes. Si bien aun falta mucho para el vencimiento de la Declaración de Renta 2015, es bueno tenerlo en cuenta desde ahora.
Como todos los años, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un Borrador Renta 2015, en el mismo figuran todos nuestros datos fiscales que el organismo tiene a su disposición. Asimismo nos envía una liquidación de IRPF 2015, según sus propios cálculos.
A su vez, cabe recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que es habitual que el mismo contenga errores, en la mayoría de lo s casos por la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador.
El borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.
La Agencia Tributaria facilita la obtención del borrador de la renta 2015 ya que se puede acceder al mismo a través de la página web que tiene la Agencia Tributaria. También puede ser solicitado en la declaración de la renta anterior.
Fecha de publicacion: junio 1, 2010
Categorias: renta 2011
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Publicado por admin - 13/02/2010 a las 11:29:47
Como todos los años el borrador de la renta 2010 volverá a ser una herramienta imprescindible para afrontar la renta 2010, en la que rendiremos cuentas por nuestros actos en 2010 y que a buen seguro muchos confunden con la renta 2011.
A través del borrador de la renta 2010 tendremos acceso a nuestros datos fiscales y al resultado del IRPF 2010 según el cálculo realizado por Hacienda. En este sentido, conviene recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que puede contener errores -algo bastante habitual- o no contar con toda la información fiscal -también relativamente habitual-. De hecho, el borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o, simplemente han recibido algún pago por alguna colaboración o trabajan como autónomos.
El borrador de la renta 2010 se puede solicitar a través de la anterior declaración de la renta o bien se puede pedir a través de la página web de la Agencia Tributaria. De hecho, la novedad de este año se llama programa Reno y permite adelantarse a la llegada física del borrador y acceder al mismo de forma telemática, también a través de la página web de la AEAT. Tan solo es necesario contar con nustro DNI, el dato de la casilla 698 de la renta 2009 y un número de teléfono móvil. Tras ingresar los datos Hacienda nos envía un SMS con el número de referencia del borrador con el que ya podremos acceder al mismo, consultarlo, modificarlo….
Aquí os dejo además algunos enlaces de interés.
Programa Padre 2010
Errores en el borrador
Rectificar un borrador ya confirmado
Publicado por Fabian - 25/01/2010 a las 18:05:35

Todos aquellos que lo soliciten tendrán a su disposición, enviado por la Agencia Tributaria, un Borrador de la declaración de Renta 2014, donde constarán todos los datos fiscales que el organismo tiene, enviando a su vez una liquidación de IRPF 2014, hecha según sus propios cálculos y, por ende, probablemente sujeta a errores.
Es conveniente recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que como mencionamos, es habitual que contenga errores, casi siempre por la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador. De hecho, el borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.
El borrador de la declaración de renta 2014 se puede solicitar a través de la anterior declaración de la renta 2013 o bien se puede pedir a través de la página web de la Agencia Tributaria. Si bien aun no concemos las fechas de la declaracion de renta 2013-2014, la fecha probable en que este disponible para los contribuyentes el Borrador de la Renta es desde el 1º de marzo de 2014 hasta el 23 de junio de 2014.
Fecha de publicacion: enero 25, 2010
Categorias: irpf
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Publicado por Fabian - 25/01/2010 a las 18:02:32

Todos aquellos que lo soliciten tendrán a su disposición, enviado por la Agencia Tributaria, un Borrador de la declaración de Renta 2013, donde constarán todos los datos fiscales que el organismo tiene, enviando a su vez una liquidación de IRPF 2012, según los cálculos realizados por la Agencia.
Es conveniente recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que es habitual que contenga errores, casi siempre por la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador. De hecho, el borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.
El borrador de la declaración de renta 2013 se puede solicitar a través de la anterior declaración de la renta 2010 o bien se puede pedir a través de la página web de la Agencia Tributaria. Si bien aun no concemos las fechas de la declaracion de renta 2012-2013, la fecha probable en que este disponible para los contribuyentes el Borrador de la Renta es desde el 1º de marzo de 2013 hasta el 23 de junio de 2013.
Fecha de publicacion: enero 25, 2010
Categorias: irpf
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