agencia tributaria. Archivos de la tematica agencia tributaria
A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática agencia tributaria. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo
¿Qué hacer cuando necesitamos una copia de la declaración de la renta? ¿Cómo podemos obtener un duplicado si hemos perdido el original? La Agencia Tributaria permite conseguir de forma rápida y sencilla un duplicado de la declaración de la renta siempre que contemos con certificado electrónico y hayamos presentado la declaración de IRPF por internet. En caso contrario los trámites se complican algo más pero aún así podremos completarlo de forma más o menos rápida. Os explicamos como hacerlo.
Existen diferentes supuestos en los que podemos necesitar una copia de la declaración de la renta. Desde la presentación a una beca hasta para justificar ciertos nivel de ingresos y recibir ayuda social, existen diversos motivos que pueden llevar a hacer que sea necesario obtener una copia o un certificado adicional de la declaración de IRPF. Desde la Agencia Tributaria explican las vías para hacernos con él, aunque en periodo de campaña de la renta es sencillo hacerlo.
Para empezar habrá que acudir a la página web de la agencia Tributaria y pinchar en el apartado Renta 2011 situado en la parte central. Una vez allí, será necesario acudir al apartado de “Más Trámite”, tal como se muestra a continuación. Seguir leyendo Como obtener una copia de la declaración de la renta…
En su lucha contra el fraude fiscal la Agencia Tributaria prevé multas y sanciones para quienes no presenten a tiempo su declaración de IRPF, para quienes defrauden al fisco e incluso para quienes rellenen de forma incorrecta la renta. Os explicamos con funcionan y cuanto suponen.
¿Qué pasa si se presenta la declaración de la renta fuera de plazo? ¿Y si contiene errores? Hacienda dispone de sanciones y recargos para quienes no cumplen a tiempo con sus obligaciones fiscales y para quienes optan por defraudar (con o sin conocimiento de que lo hacen) o detectan un error en la declaración cuando ya se ha cumplido el plazo para presentarla. La clave a la hora de establecer las sanciones dependerá en primer lugar de si somos nosotros mismos quienes optamos por hacer la declaración, aún fuera de plazo, o de si es Hacienda quien tiene que recordarnos nuestro error, y del tiempo transcurrido. Seguir leyendo Multas de Hacienda por errores en el IRPF…
Las personas con problemas económicos disponen de la posibilidad de aplazar deudas con Hacienda, independientemente de la cuantía de la deuda. Sin embargo, esta sí influye a la hora de los requisitos que deben cumplirse para que la Agencia Tributaria acepte retrasar el cobro. Si anteriormente abordarmos como solicitar el aplazamiento de deudas superiores a 18.000 euros, en esta ocasión haremos lo propio con las que no superan esa cifra.
Hacienda permite tanto a empresas como particulares aplazar el pago de casi cualquier tipo de deuda que se tenga con ella. Esta medida, contemplada en la Ley General Tributaria, sirve en primer lugar para aliviar los bolsillos de ciudadanos y compañías y en segundo para que la propia Agencia Tributaria se asegure el cobro de unas cantidades que de otra forma sería complicado que ingresases. Básicamente lo mismo que sucede con cualquier tipo de deuda.
Diciembre representa el final de año, con su llegada y antes que lleguen las fiestas, no s trae una serie de obligaciones que debemos cumplir antes de festejar, ante la Agencia Tributaria y con el Calendario Fiscal 2011 y más específicamente con el Calendario Fiscal Diciembre 2011, será otra oportunidad de llevar a cabo los pagos establecidos en el calendario fiscal 2011, para la presentación de declaraciones tras haber pasado ya los demás meses.
El Calendario Fiscal Diciembre 2011 viene con algunas novedades fiscales Algo que ya ha pasado con los demás calendarios fiscales de 2011.
Es por ello que las siguientes son las novedades y modelos que se deberán de presentar durante Noviembre para cumplir:
Hasta el 20 de diciembre
Renta y Sociedades:
Hora de hacer frente a retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Noviembre 2011:
Grandes Empresas. Modelos (111,115,117,123,124,126,128)
Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes.
Ejercicio en curso para el régimen General. Modelo 202 y el régimen de consolidación fiscal (Grupos Fiscales). Modelo 222
Noviembre 2011. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. Modelo 340
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353
Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
Impuesto Sobre Primas de Seguros: Modelo 430
Impuestos Especiales de Fabricación (Septiembre 2011)
Grandes Empresas Modelos (553,554,555,556,557,558)
Grandes Empresas. Modelos (561,562,563)
Grandes Empresas. Modelo 560
Noviembre 2011. Modelos (564,566)
Noviembre 2011 Modelos (570,580)
Respecto a los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo. Deberán presentar el Modelo 510
Hasta el 2 de Enero en 2012
Renta:
Renuncia o revocación Estimación Directa Simplificada y Estimación Objetiva para 2012 y sucesivos. Modelos (036/037)
IVA:
Renuncia o revocación Regímenes Simplificado y Agricultura, Ganadería y Pesca para 2012 y sucesivos. Modelos (036/037)
Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2012. Modelos ( 036/037)
Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2012 y sucesivos. Modelo 036
Opción o revocación por la determinación global de la base imponible en el Régimen especial de las Agencias de Viajes para 2012 y sucesivos. Modelo 036
Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2012 y 2013. Modelo 036
Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2012. No existe Modelo
Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
Opción o renuncia por la modalidad avanzada del Régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
Comunicación anual relativa al Régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
Solicitud de inscripción / baja. Registro de devolución mensual, grupo de entidades. Modelo 039
Existen diferentes fórmulas de contactar con Hacienda, pero una de las más útiles es hacerlo a través del teléfono de la Agencia Tributaria. Y es que el organismo pone a disposición de los ciudadanos una línea a través de la cual se pueden realizar diferentes trámites y resolver dudas relativas al pago de impuestos.
La AEAT no dispone de un único número de teléfono, sino que cuenta con varios para atender las diferentes peticiones sobre distintas cuestiones que le puedan plantear. Estos son los números de teléfono de la Agencia Tributaria:
La Dirección General de Tributos es el organismo encargado del análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario, así como quien debe interpretar la normativa tributaria, entre otras tareas. De su criterio dependerán la forma de aplicar la legislación fiscal y a ella habrá que formularle las consultas cuando nos surjan dudas relativas a impuestos.
Noviembre es de los últimos meses del año pero pese a acercarse las fiestas de fin de año aún hay especio para cumplir con la Agencia tributaria y no termina la obligación con el Calendario Fiscal 2011 y dentro del Calendario Fiscal Noviembre 2011, será otra oportunidad de llevar a cabo los pagos establecidos en el calendario fiscal 2011, para la presentación de declaraciones tras haber pasado ya los demás meses.
El Calendario Fiscal Noviembre 2011 viene con algunas novedades fiscales algo que ya ha pasado con los demás calendarios fiscales de 2011.
Es por ello que las siguientes son las novedades y modelos que se deberán de presentar durante Noviembre para cumplir:
Hasta el 7 de octubre:
Renta:
Se producirá el Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2010.
En caso de haberse fraccionado el pago con o sin domiciliación en entidad colaboradora. Para ello deben de utilizar el Modelo 102
Hasta el 21 de octubre :
Renta y Sociedades:
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Octubre 2011:
Grandes Empresas. Modelos (111,115,117,123,124,126,128)
IVA:
Octubre 2011:
Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303
Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322
Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. Modelo 340
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353
Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
Impuesto Sobre Primas de Seguros:
Octubre 2011. Modelo 430
Impuestos Especiales de Fabricación:
Agosto 2011:
Grandes Empresas Modelos (553,554,555,556,557,558)
Grandes Empresas. Modelos (561,562,563)
Grandes Empresas. Modelo 560
Octubre 2011. Modelo 564,566
Octubre 2011 Modelos ( 570,580)
Tercer Trimestre 2011:
Excepto Grandes Empresas Modelos (553,554,555,556,557,558)
Tercer Trimestre 2011. Excepto Grandes
Empresas. Modelos (561,562,563 )
Mientras que aquellos destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el Modelo. 510
Hasta el 30:
IVA:
Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual. Modelo 036
Solicitud aplicación Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2012. No existe modelo.
Y para quienes lo prefieran, una opción algo más visual:
Pese a los avances tecnológicos y los programas de ayuda de Hacienda no todo el mundo está capacitado o desea hacer la declaración de la renta por su cuenta. Para ayudar a este tipo de contribuyentes existe el sistema de cita previa de la Agencia Tributaria a través del cual se concierta un encuentro con la Agencia Tributaria para cumplimentar la declaración de IRPF, modificar o confirmar el borrador declaración.
En los últimos años la Agencia Tributaria ha dado un salto de calidad en lo que a facilidades para hacer la declaración de la renta se refiere. En primer lugar, el borrador de la renta permite a muchos ciudadanos olvidarse de hacer la declaración y confirmar directamente el borrador según lo manda la AEAT (ojo, siempre conviene revisarlo por si hay errores al introducir los datos o por si estos no están completos).
En segundo lugar, los contribuyentes ‘más osados’ o que simplemente hayan detectado algún error en el borrador, pueden descargar el Programa Padre, implementar los datos y hacer las probaturas que consideren necesarias en su declaración de la renta.
Y en tercero, entregar la declaración es actualmente mucho más fácil gracias a internet, aunque siempre se podrá acudir a las oficinas de la AEAT o de las entidades bancarias que aceptan recoger las declaraciones de sus clientes.
Sin embargo, estas opciones no tienen por qué ser suficientes para todo el mundo. El mundo fiscal está lleno de pequeños recovecos y casos concretos que no todos los ciudadanos tienen por qué conocer. A esto se añade el problema de la falta de concreción legislativa,que en ocasiones ofrece demasiado margen a la interpretación y la del particular no tiene por qué coincidir con la de Hacienda, como de hecho suele pasar habitualmente.
Por eso mismo Hacienda complementa sus servicios con la posibilidad de pedir una cita de la renta en sus oficinas para que nos ayuden a confeccionar la declaración o en su defecto a modificar el borrador que nos hayan enviado. Ese proceso se puede hacer por dos vías: telefónica o a través de internet. Dependiendo del motivo de la cita cambiará el procedimiento y el número de teléfono.
Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
Por teléfono en el 901 22 33 44 de cita previa para Renta (lunes a viernes, de 9 a 20 horas).
Documentación necesaria
Para solicitar la cita previa sólo necesitaremos nuestro DNI, pero una vez nos desplacemos a las oficinas de la AEAT para hablar efectivamente con el personal de Hacienda deberemos llevar toda la documentación que nos hubiese remitido la propia AEAT por correo, así como los DNI de todos los miembros de la unidad familiar y ascendientes con derecho a deducción y, por supuesto, nuestros datos fiscales, que incluyen las cartas del banco marcadas como “Información Fiscal”, el documento de retenciones que nos haya entregado la empresa, cualquier otro que acredite las inversiones que debamos incluir en la declaración, la documentación de la vivienda, incluida la Referencia Catastral, así como el DNI del arrendador en caso de que estemos alquilados.
Cuanto antes, mejor
El plazo para soliticar cita previa con Hacienda suele abrirse a mediados de abril para la vía telefónica y online. A finales de ese mes (el 28 de abril en 2011) ya sólo está disponible la opción telefónica en el 901 12 12 24. En cualquier caso, no conviene dejar pasar demasiado tiempo antes de llamar o hacer el trámite por internet, ya que generalmente la demanda supera con creces a la oferta. Es decir, hay menos plazas que personas que desean que Hacienda les ayude a hacer su declaración.
Este 2011 en el calendario fiscal traerá algunas novedades en materia de presentaciones a Hacienda, entre ellas, por primera vez habrá que presentar el modelo 513 “Impuesto sobre la Electricidad. Declaración Anual de Actividad”. El plazo para esta presentación será entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2011.
Pero para ser más ordenados, hablemos aquí de las obligaciones a cumplir en enero de 2011 y sus vencimientos, ya que la Agencia Tributariaha publicado el calendario fiscal para todo 2011.
Dentro del calendario fiscal Enero 2011 tenemos dos fechas de vencimientos importantes, los días 20 y 31, según el siguiente detalle:
Hasta el día 20 de enero: Para Rentas y sociedades: se destaca el vencimiento de los plazos para las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, rentas de arrendamiento de inmuebles, capital mobiliario. Esta información corresponde al mes de diciembre para grandes empresas y al cuarto trimestre para el resto de empresas.
También vence el plazo para: IVA : Modelos 039 y 367
Subvenciones, Indemnizaciones o Ayudas de Actividades Agrícolas , Ganaderas o Forestales: Declaración Anual 2010
Impuesto Especial de Fabricación
Impuesto Especial sobre el Carbón: Año 2010
Operaciones con Activos Financieros
Hasta el día 31 de enero: Pago Fraccionado de la Renta: Por el cuatro trimestre tanto en estimación objetiva como estimación directa.
Presentación del IVA correspondiente al cuarto trimestre del 2010 (modelos 303, 309, 311, 349, 371) o declaración mensual de diciembre (modelos 303, 311, 322, 340 y 371, entre otros).
Para Rentas y sociedades: vence el plazo para la presentación telemática, en soporte e impreso de los modelos 180, 188, 190, 193, 194 y 196, correspondientes al resumen anual 2010, para las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, rentas de arrendamiento de inmuebles, capital mobiliario.
Números de identificación fiscal: Modelos 195 y 199
Operaciones con Activos Financieros: Declaración anual con letras del Tesoro.
Para aquellos que desean poder bajar el Calendario Fiscal 2011 en pdf y competo pueden hacerlo desde aquí.
Existen temas en los que se puede hacer futurismo son caer en el ridículo pero en otros lo mejor es esperar a que se den las novedades, hablando de ello por ahora lo más recomendable es guiarse por el calendario fiscal 2011y esperar las novedades que se presenten en el calendario fiscal 2015.
Deberán las empresas, pymes y autónomos por ejemplo estar atentos a las modificaciones que se vayan produciendo y poder cumplir con sus obligaciones de pagos y presentación de los diferentes modelos.
Actualmente la Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes el Borrador Renta 2015, en el que figuran todos los datos fiscales además de envíar una liquidación de IRPF 2015, a partir de los cálculos ligados a las novedades que se den en la Renta 2015.
El calendario fiscal se vuelve imprescindible para seguir las posibles modificaciones que se lleven a cabo, pudiendo visitar la Web de la Agencia Tributaria, que con cada inicio de año y que se da durante la primer semana de enero de cada nuevo año, la Agencia Tributariapublica el calendario fiscal con las actualizaciones y fechas de presentación.