Solicitar el borrador de la renta
Accede a nuestros cursos Presenciales o a Distancia sobre Fiscalidad e Impuestos.
El borrador de la declaración de la renta se ha convertido en una herramienta cada vez más habitual para cumplir con Hacienda. Se trata del cálculo que la AEAT hace de nuestra declaración en función de los datos que posee y que puede servir como punto de partida para hacer la declaración. Eso sí, Hacienda no lo envía automáticamente a todos los contribuyentes, sino que es necesario pedirlo. Aquí os explicamos como.
Lo primero que ha que hacer en cuanto comienza la campaña de la renta es solicitar el borrador de la declaración. Hacerlo es muy sencillo y puede puede ahorrarnos muchos inconvenientes y tiempo a la hora de cumplir con la Agencia Tributaria. Este documento simplemente es el reflejo de cómo sería la nuestra declaración con los datos que Hacienda posee sobre nuestras actividades económicas y patrimonio. En este sentido, es la mejor fórmula para conocer cuáles son nuestros datos fiscales, que además suelen incluirse automáticamente como documento aparte con el envío del borrador.
En primer lugar conviene recordar quienes pueden solicitar el borrador a la AEAT, aunque sólo sea a efectos meramente informativos. Estos son los contribuyentes obligados a presentar la declaración cuyas rentas procedan exclusivamente de:
- Rendimientos del trabajo
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.
- Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
Hacienda ofrece la posibilidad de solicitar el borrador por diferentes vías. La forma más fácil de hacerse con el borrador de la renta es solicitarlo de un año para otro. En la declaración de la renta de cada año el Programa Padre o los propios impresos de Hacienda ofrecen la posibilidad de pedir el borrador de la renta del año siguiente. Para ello tan sólo es necesario marcar la casilla 86 en la que se solicita el envío del mismo.
Por teléfono
Quienes declaren por primera vez o no hubiesen solicitado el borrador el año anterior podrán hacerlo a partir del mes abril y hasta finales de junio (en cualquier caso, el calendario del contribuyente que publica a principios de año la AEAT).
El primer medio que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes es el teléfono. Los números de atención son el 901 12 12 24 (disponible las 24 horas) y el 901 200 345 en horario comercial de 9 a 21 horas.
Por internet
En el caso online, basta con acudir a la página web de la Agencia Tributaria o a Sede Electrónica. En la primera existe siempre un apartado específico con la campaña de la renta en curso y en el que se podrá encontrar una sección bajo el nombre de “Borrador de la renta” en el apartado de “Trámites” tal y como ilustran las dos siguientes imágenes.
Una vez allí se puede solicitar el borrador con o sin firma electrónica, además de con DNI Electrónico. Quienes posean firma electrónica sólo tendrán que indicar su DNI, mientras que quienes no cuenten con una deberán introducir su DNI y primer apellido, así como el contenido de la casilla especificada de la declaración de la renta del año anterior (habitualmente coincide con la del resultado de la declaración).
De todas formas hay que tener en cuenta que estos pasos no sirven para los contribuyentes con las competencias fiscales transferidas, que deberán seguir un proceso distinto dependiendo de la Comunidad Autónoma y no todas ofrecen tantas facilidades como la AEAT. Asimismo, podrán solicitar el borrador, pero este les llegará sin cumplimientar, a los trabajadores autónomos y cualquier persona con ingresos provenientes de Actividades Económicas.
Por último, también es posiblesolicitar el borrador en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria.
En cualquier caso, cuando esté disponible el borrador de la renta 2011 daremos buena cuenta de ello.
Contenidos relacionados:
Qué hacer cuando el borrador de la renta no llega
Como rectificar el borrador de la renta
Descargar Programa Padre
Rectificar un borrador ya confirmado
Como confirmar el borrador del IRPF
Cómo funciona el programa RENØ
Como comprobar la devolución de la renta
Bienvenidos a ImpuestosRenta.com. ImpuestosRenta.com es el blog deFinancial Red donde podremos encontrar artículos sobre fiscalidad, que nos serán muy útiles a todos los que nos enfrentamos con los impuestos..
Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad






