Renta 2012: todo lo que necesitas saber

Habitualmente se tienden a confundir ejercicios fiscales de forma que ahora, por ejemplo, muchas personas hablan de la campaña de la renta 2012 cuando en realidad quieren referirse a la renta 2011. Esto se debe a que pagamos impuestos de un año para otro. Es decir, ahora pagamos por los ingresos de 2011, de ahí que hablemos de Campaña de la renta 2011. Se trata de una distinción formal pero que conviene no perder de vista, sobre todo ahora en época de impuestos.

Tras aclarar este punto y dado lo más cercano en el tiempo es el ejercicio fiscal 2011, en ese será en el que nos centraremos por más incorrecto que sea referirnos a él como renta 2012. Quizás el punto más polémico y lioso para la renta de 2011 sea la deducción por adquisición de vivienda debido a los cambios en la misma a lo largo del año pasado. Primero el Gobierno del PSOE estableció un límite de 24.000 euros para poder desgravar que después eliminó el Gobierno del PP con la subida de IRPF 2012 con carácter retroactivo. Así que para aclararnos, ahora mismo  todo el mundo puede desgravar por la vivienda habitual independientemente de lo que cobre siempre, claro, está que se adhiera al concepto de vivienda habitual, que de forma muy resumida es la casa que habitamos de forma habitual (excluidas aquí las segundas viviendas) y que debemos habitar en un plazo de 12 meses desde la compra.

Dicho esto como primera piedra de toque, para empezar debemos tener claro son las fechas límite para la declaración de la renta 2012, que vendrán marcadas por el calendario fiscal. Las citas que debemos tener claras son las siguientes:

  • 10 de abril: comienzo de la campaña para solicitar borrador de la renta 2011 y confirmarlo.
  • 3 de mayo: comienzo de la campaña de la renta 2010. El borrador se puede solicitar antes pero si deseamos presentarlo en las oficinas de Hacienda o solicitar cita con Hacienda para que nos ayuden a confeccionar la declaración podremos hacerlo a partir de este momento.
  • 27 de junio: fecha límite para solicitar el borrador de la renta y confirmarlo para quienes el resultado de la declaración sea a a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 2 de julio: fecha límite para confirmar el borrador de IRPF con el resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta. Final de la campaña de la renta 2010.
  • 31 de diciembre: cierre del año fiscal 2012 y fehca límite para ladevolución de la renta por parte de la AEAT (conviene recordar que Hacienda puede retrasar aún más el pago pero en ese caso deberá además abonar intereses de demora los contribuyentes).

En cualquier caso aquí os lo dejamos al completo:

El borrador de la renta y el Programa Padre

Un año más el borrador de la renta 2012 y el Programa Padre 2012 volverán a ser herramientas imprescindibles para la mayoría de contribuyentes. El primero no es más que la estimación de Hacienda sobre los impuestos que deberá pagar cada contribuyente en función de los datos que posee del mismo. Conviene puntualizar que la Agencia Tributaria no tiene por que´contar con toda la información clave del contribuyente (por ejemplo, el borrador posiblemente no incluya el nacimiento de un hijo) ni practicar todas las deducciones posibles. Por eso mismo es necesario comprobar el borrador de IPRF y para eso nada mejor que el Programa Padre.

El programa padre es como el simulador de la renta 2012 sólo que además tiene carácter oficial, de forma que podremos hacer en él la declaración, imprimirla y entregarla en Hacienda. La ventaja radica en que es muy fácil de utilizar y que sólo es necesario introducir los datos fiscales para que después él se encargue de los cálculos.

Desde aquí nos explican como descargar el citado Programa Padre.

Pese a todo, una inmensa mayoría recurrirá al borrador. Para los que no lo hagan, deben saber que estas son las deducciones que con carácter general podrán practicarse:

  • Aportaciones a planes de pensiones
  • Adquisición de vivienda habitual
  • Rehabilitación de la vivienda habitual
  • Alquiler de vivienda habitual, tanto arrendador como arrendatario
  • Rendimientos del trabajo y actividades económicas
  • Donativos
  • Nacimiento de hijos y madres trabajadoras
  • Actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial

Navegando a través de nuestra página y en el buscador podrán encontrar como aplicar cada una de ellas, pero si lo prefieren una simple búsqueda del tipo “término site:impuestosrenta.com” en Google también debería servirles.

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15 Comentarios »

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  1. [...] si lo hacen, deben estar preparadas desde antes. Si bien aun falta mucho para el vencimiento de la Declaración de Renta 2012, es bueno estar preparado desde [...]

    Pingback por Borrador Renta 2012 — octubre 13, 2010 #

  2. trabajador publico con esposa en paro desde hace años , no se si desgraba la situacion de paro de mi esposa

    Comentario por ALEX ROEEWS — enero 25, 2012 #

  3. HOLA ALEX,

    Estar en paro no da derecho a disfrutar de ningún tipo de deducción en la declaración de la renta.

    Comentario por admin — enero 26, 2012 #

  4. Buenas noches, estoy en el paro, desde el 2011, estoy obligada a declarar porque tengo la ayuda de enmancipación, de donde saco los datos para la declaración? tengo que pedirlos en el inem? me fuí de la empresa en un ere, tengo que declarar tambien la indemnización? muchas gracias por las respuestas.

    Comentario por Caroline — febrero 24, 2012 #

  5. Tengo que pedir el crtificado de haberes del tiempo del 2011 que trabaje en la empresa donde trabajaba? porque siempre que pido el borrador nunca me lo mandan y tengo que sacar cita para hacer la declaración, normalmente saco la cita y ya esta pero este año estoy un poco desorientada.

    Comentario por Caroline — febrero 28, 2012 #

  6. [...] esta ocasión, no me toca dar buenas noticias dado que los impuestos han aumentado a partir de la renta 2012. Recordamos que las últimas subidas en 2010 fueron en dos [...]

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  8. BUENAS TARDES ,POR FAVOR ME PODRINAN DECIR DONDE Y COMO PUEDO COJER CITA PARA HACER LA DECLARACION DE LA RENTA POR INTERNET, GRACIAS

    Comentario por juan — abril 22, 2012 #

  9. Los gastos de ortodoncia y medicamentos ¿desgravan?
    Estoy en paro desde 2009, puedo meter los gastos legales en la declaración de mi esposa al no tener obligación de declarar.
    Me

    Comentario por Pepe — mayo 8, 2012 #

  10. HOLA PEPE,

    Los gastos de ortodoncia y medicamentos no desgravan como norma general. Por otra parte, lo que puedes hacer es la declaración conjunta con tu esposa, pero si optas por la individual no podrás traspasar gastos de una a otra.

    Comentario por admin — mayo 9, 2012 #

  11. buenas tardes,me gustaria saber si alguen me puede informar sobre el impuesto que tiene que pagar una tienda de compra de oro .tengo una pequeña tienda de joyas en particular mas plata pero tambien empezamos desde 2010 a comprar oro para comlemetar y claro el contable declara todo de la compra del oro anual,pero una amiga me dijo que tambien tendriamos que pagar a parte 4% sobre lo que le pagamos al cliente y encima nos vino una carta informativa hace poco.mi pregunta es si todos los comercio tienen que pagar este impuesto o solo los que compran al mayor?y si en caso que si me cobrarian hacenda una recarga por eso o se puede negociar?muchas gracias

    Comentario por gabriele — mayo 18, 2012 #

  12. Me gustaria saber: si a mi madre en su declaración al haber fallecido mi padre el año pasado(18 junio), si tendría derecho a deducir o bien los gastos funerarios o los honorarios del notario.
    Por otra parte al cobrar la pension de viudedad mi madre tendría obligación de realizar la declaración.

    Comentario por cayetano — mayo 20, 2012 #

  13. sobre la vivienda habitual donde resido, que no es de mi propiedad, tengo un crédito hipotecario desde 2008 el cual es compartido. yo abono el 14% del total hipotecado, podría alguien decirme si es posible declarar la cuantía abonada.

    Comentario por Mila — mayo 20, 2012 #

  14. HOLA CAYETANO,

    Aquí tendrías la respuesta impuestosrenta.com/presentar-la-declaracion-de-la-renta-de-personas-fallecidas/

    Comentario por admin — mayo 21, 2012 #

  15. HOLA MILA,

    Si no figuras como propietaria de la vivienda va a ser complicado declarar. Deberías demostrar que efectivamente pagas ese 14% y que además apareces en las escrituras del préstamo hipotecario.

    Comentario por admin — mayo 21, 2012 #

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