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	<title>Comentarios en: Renta 2011</title>
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	<description>Blogs sobre Impuestos y la Declaracion de la Renta</description>
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		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105637</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Dec 2011 06:50:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105637</guid>
		<description>HOLA DE NUEVO MIGUEL ÁNGEL,

En principio dentro de los gastos que puedes incluir en el tope de 9.015 euros figuran los que has comentado con la salvedad que en el caso de la cuenta vivienda, se aplicaría el límite de 24.000 euros en tu base imponible para poder deducir. 

Por otra parte, coincido plenamente contigo en que fiarnos, fiarnos, sólo de lo que está publicado en el BOE. Aunque finalmente den luz verde a recuperar la deducción por vivienda general, dudo mucho que sea para 2011. Así es como se generan incertidumbres y diferencias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA DE NUEVO MIGUEL ÁNGEL,</p>
<p>En principio dentro de los gastos que puedes incluir en el tope de 9.015 euros figuran los que has comentado con la salvedad que en el caso de la cuenta vivienda, se aplicaría el límite de 24.000 euros en tu base imponible para poder deducir. </p>
<p>Por otra parte, coincido plenamente contigo en que fiarnos, fiarnos, sólo de lo que está publicado en el BOE. Aunque finalmente den luz verde a recuperar la deducción por vivienda general, dudo mucho que sea para 2011. Así es como se generan incertidumbres y diferencias.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Miguel Ángel</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105149</link>
		<dc:creator>Miguel Ángel</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2011 20:50:39 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105149</guid>
		<description>Muchas gracias por responder.

No obstante, permíteme insistir en la 2ª cuestión.
Yo ya sé que puedo seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€) gracias a que antes del 31-dic-2010 yo ya había hecho pagos a promotor, e incluso ya había firmado el contrato de compra-venta (me lo llegaron a confirmar en las oficinas de Hacienda).
Pero..., ¿qué gastos puedo incluir dentro de ese máximo de 9015€ a partir de 1-ene-2011?
- Pagos a promotor, sí.
- Gastos de escrituras, también.
- Cuotas de hipoteca, también.
- ¿ingresos en cuenta-vivienda? Esta pregunta no me la supieron responder en Hacienda.


Respecto a que el PP cumpla o no esa promesa..., opinión mía personal aparte..., a día de hoy no puedo fiarme de futuribles, pues es &quot;hoy&quot; (antes de que acabe el año) cuando debo decidir si ingresar otros 9015€ en mi cuenta vivienda o no.

Sólo podemos fiarnos de lo que ya esté aprobado y publicado en BOE. Y lo digo haciéndolo extensible a la otra promesa (compartida entre PP y PSOE) de prolongar durante todo 2012 la rebaja del IVA al 4%, pero que a día de hoy sigue siendo legalmente vigente sólo hasta 31-dic-2011.

Muchas gracias.
Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas gracias por responder.</p>
<p>No obstante, permíteme insistir en la 2ª cuestión.<br />
Yo ya sé que puedo seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€) gracias a que antes del 31-dic-2010 yo ya había hecho pagos a promotor, e incluso ya había firmado el contrato de compra-venta (me lo llegaron a confirmar en las oficinas de Hacienda).<br />
Pero&#8230;, ¿qué gastos puedo incluir dentro de ese máximo de 9015€ a partir de 1-ene-2011?<br />
- Pagos a promotor, sí.<br />
- Gastos de escrituras, también.<br />
- Cuotas de hipoteca, también.<br />
- ¿ingresos en cuenta-vivienda? Esta pregunta no me la supieron responder en Hacienda.</p>
<p>Respecto a que el PP cumpla o no esa promesa&#8230;, opinión mía personal aparte&#8230;, a día de hoy no puedo fiarme de futuribles, pues es &#8220;hoy&#8221; (antes de que acabe el año) cuando debo decidir si ingresar otros 9015€ en mi cuenta vivienda o no.</p>
<p>Sólo podemos fiarnos de lo que ya esté aprobado y publicado en BOE. Y lo digo haciéndolo extensible a la otra promesa (compartida entre PP y PSOE) de prolongar durante todo 2012 la rebaja del IVA al 4%, pero que a día de hoy sigue siendo legalmente vigente sólo hasta 31-dic-2011.</p>
<p>Muchas gracias.<br />
Un saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105085</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2011 07:24:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105085</guid>
		<description>HOLA MIGUEL ÁNGEL,

Vamos por partes. En primer lugar, es relativamente normal que Hacienda no te haya pagado todavía y de hecho el plazo legal es hasta final de año. Si todavía no te ha pagado, cuando lo haga deberá incluir de oficio los intereses de demora. 
En segundo lugar, la referida a la deducción por vivienda, hay varias interpretaciones al respecto. En principio, lo que suele tenerse en cuenta es el momento de entrega de ellaves o firma de la escritura. Sin embargo, la ley también preve que quienes hayan realizado pagos a promotor puedan seguir desgravando como hasta ahora. De todas formas, si el PP cumple con sus promesas, habrá deducción por vivienda sin límites en cuanto a la base imposible.
La tercera cuestión no termino de entenderla y en cualquier caso se sale un poco del ámbito de la fiscalidad y por lo tanto no es que no quiera responder, es que desconozco la respuesta. Ya lo siento...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA MIGUEL ÁNGEL,</p>
<p>Vamos por partes. En primer lugar, es relativamente normal que Hacienda no te haya pagado todavía y de hecho el plazo legal es hasta final de año. Si todavía no te ha pagado, cuando lo haga deberá incluir de oficio los intereses de demora.<br />
En segundo lugar, la referida a la deducción por vivienda, hay varias interpretaciones al respecto. En principio, lo que suele tenerse en cuenta es el momento de entrega de ellaves o firma de la escritura. Sin embargo, la ley también preve que quienes hayan realizado pagos a promotor puedan seguir desgravando como hasta ahora. De todas formas, si el PP cumple con sus promesas, habrá deducción por vivienda sin límites en cuanto a la base imposible.<br />
La tercera cuestión no termino de entenderla y en cualquier caso se sale un poco del ámbito de la fiscalidad y por lo tanto no es que no quiera responder, es que desconozco la respuesta. Ya lo siento&#8230;</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105083</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2011 07:00:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105083</guid>
		<description>HOLA JUANJO,

En principio ya no puedes &lt;a href=&quot;http://impuestosrenta.com/desgravar-por-la-vivienda-habitual/&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;desgravar por la vivienda&lt;/a&gt;. Es decir, podrás desgravar por el tiempo que has residido en ella a lo largo de 2011, pero no por las aportaciones extraordinarias que hagas ahora que ya no es tu vivienda habitual</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA JUANJO,</p>
<p>En principio ya no puedes <a href="http://impuestosrenta.com/desgravar-por-la-vivienda-habitual/" rel="nofollow">desgravar por la vivienda</a>. Es decir, podrás desgravar por el tiempo que has residido en ella a lo largo de 2011, pero no por las aportaciones extraordinarias que hagas ahora que ya no es tu vivienda habitual</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105082</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2011 06:58:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105082</guid>
		<description>HOLA JOSE,

No existe ningún límite a la hora de establecer los impuestos máximos que habrá pagar en el IRPF y Patrimonio</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA JOSE,</p>
<p>No existe ningún límite a la hora de establecer los impuestos máximos que habrá pagar en el IRPF y Patrimonio</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Miguel Angel</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105035</link>
		<dc:creator>Miguel Angel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Dec 2011 16:11:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105035</guid>
		<description>Hola, yo estoy en vías de adquirir mi primera vivienda y tengo dos dudas (una sobre Renta 2010 y otra sobre Renta 2011).

En 2009 firmé el pre-contrato y dejé pagado el 20% del valor del piso.
En 2010 firmé el contrato de compra-venta y no hice más pagos al promotor.
Por eso en dic-2010 abrí una cuenta vivienda para desgrabarme en la Renta 2010.

A día de hoy, Hacienda aún no me ha pagado la devolución correspondiente a Renta 2010. He preguntado varias veces en las oficinas y me dicen que no me preocupe, que hay mucha gente como yo. Consulto constantemente el estado de la declaración por internet y siempre dice &quot;Su declaración se está tramitando&quot;, pero nada más.
He leido vuestro artículo en el que decís que si se retrasan más allá del 31-dic-2011 deberían pagarme además una demora del 5%, y donde habláis sobre la posibilidad de reclamar, y de su &quot;utilidad&quot;.
¿Debo reclamar de algún modo para no perder mi derecho a cobrar la devolución de la Renta 2010..., o no es necesario hacerlo? ¿Caduca el cobro?
Teniendo en cuenta que el año que viene tengo que hacer mi declaración de la Renta 2011..., ¿se puede incluir en la Renta 2011 el dinero que Hacienda me adeuda por la Renta 2010?


Más dudas sobre la Renta 2011.
Sospecho que mi base imponible rondará los 24000€ y que ello me dejaría fuera de desgrabarme por adquisición de primera vivienda.
Pero teniendo en cuenta que yo firmé el contrato de compra-venta en 2010, yo podría seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€ declarados, sin más restricciones).
Durante 2011 no he realizado pagos a promotor, y tampoco e ingresado nada más en la cuenta vivienda que abrí en 2010.
Puesto que la fecha de la firma del contrato de compra-venta me permite seguir deduciéndome como antaño..., ¿es esto también aplicable a lo que yo ingrese en 2011 en mi cuenta vivienda..., o dicha excepción no se aplica a las cuentas vivienda?

Otra duda más.
Por si acaso no me sirviera de nada ingresar más dinero en la cuenta vivienda, estoy intentando hablar con mi promotora para adelantarle a ella parte del pago del piso, y así sí poder desgrabarme en la Renta 2011. Pero no me están haciendo caso y ni siquiera se dignan en contestarme...
¿Existe alguna forma de obligarles a atender mi solicitud de adelantar parte del pago?

Muchas gracias por todo, y perdón por el ladrillo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, yo estoy en vías de adquirir mi primera vivienda y tengo dos dudas (una sobre Renta 2010 y otra sobre Renta 2011).</p>
<p>En 2009 firmé el pre-contrato y dejé pagado el 20% del valor del piso.<br />
En 2010 firmé el contrato de compra-venta y no hice más pagos al promotor.<br />
Por eso en dic-2010 abrí una cuenta vivienda para desgrabarme en la Renta 2010.</p>
<p>A día de hoy, Hacienda aún no me ha pagado la devolución correspondiente a Renta 2010. He preguntado varias veces en las oficinas y me dicen que no me preocupe, que hay mucha gente como yo. Consulto constantemente el estado de la declaración por internet y siempre dice &#8220;Su declaración se está tramitando&#8221;, pero nada más.<br />
He leido vuestro artículo en el que decís que si se retrasan más allá del 31-dic-2011 deberían pagarme además una demora del 5%, y donde habláis sobre la posibilidad de reclamar, y de su &#8220;utilidad&#8221;.<br />
¿Debo reclamar de algún modo para no perder mi derecho a cobrar la devolución de la Renta 2010&#8230;, o no es necesario hacerlo? ¿Caduca el cobro?<br />
Teniendo en cuenta que el año que viene tengo que hacer mi declaración de la Renta 2011&#8230;, ¿se puede incluir en la Renta 2011 el dinero que Hacienda me adeuda por la Renta 2010?</p>
<p>Más dudas sobre la Renta 2011.<br />
Sospecho que mi base imponible rondará los 24000€ y que ello me dejaría fuera de desgrabarme por adquisición de primera vivienda.<br />
Pero teniendo en cuenta que yo firmé el contrato de compra-venta en 2010, yo podría seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€ declarados, sin más restricciones).<br />
Durante 2011 no he realizado pagos a promotor, y tampoco e ingresado nada más en la cuenta vivienda que abrí en 2010.<br />
Puesto que la fecha de la firma del contrato de compra-venta me permite seguir deduciéndome como antaño&#8230;, ¿es esto también aplicable a lo que yo ingrese en 2011 en mi cuenta vivienda&#8230;, o dicha excepción no se aplica a las cuentas vivienda?</p>
<p>Otra duda más.<br />
Por si acaso no me sirviera de nada ingresar más dinero en la cuenta vivienda, estoy intentando hablar con mi promotora para adelantarle a ella parte del pago del piso, y así sí poder desgrabarme en la Renta 2011. Pero no me están haciendo caso y ni siquiera se dignan en contestarme&#8230;<br />
¿Existe alguna forma de obligarles a atender mi solicitud de adelantar parte del pago?</p>
<p>Muchas gracias por todo, y perdón por el ladrillo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: jose</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105031</link>
		<dc:creator>jose</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Dec 2011 15:31:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105031</guid>
		<description>Existe un limite a pagar sumados IRPF y Patrimonio? A cuanto asciende?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Existe un limite a pagar sumados IRPF y Patrimonio? A cuanto asciende?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Juanjo</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-105007</link>
		<dc:creator>Juanjo</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Dec 2011 11:31:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-105007</guid>
		<description>Hola,
queria hacer una consulta sobre desgravación de vivienda habitual, aportando dinero a final de este año 2011.
En Septiembre 2011 he cambiado de trabajo y me he trasladado de comunidad, por lo que ahora resido de alquier en una casa distinta de mi casa en propiedad. Estoy censado en la nueva comunidad. Mi intención es hacer una aportación extra a la hipoteca y poder deducirla en 2011, puesto que he vivido más del 50% del año en mi casa en propiedad y me planteo hacer la declaración en ella, a pesar de estar empadronado en la nueva. Obiviamente, para la declaración 2012 ya habre pasado todo el año en la nueva comunidad y no poder desgravar mi vienda en propiedad.
Mi pregunta es por tanto si es posible que tenga algun problema con hacienda en 2011 al declarar fiscalmente en una comunidad y estar censado y trabajando en otra.
Gracias de antemano</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,<br />
queria hacer una consulta sobre desgravación de vivienda habitual, aportando dinero a final de este año 2011.<br />
En Septiembre 2011 he cambiado de trabajo y me he trasladado de comunidad, por lo que ahora resido de alquier en una casa distinta de mi casa en propiedad. Estoy censado en la nueva comunidad. Mi intención es hacer una aportación extra a la hipoteca y poder deducirla en 2011, puesto que he vivido más del 50% del año en mi casa en propiedad y me planteo hacer la declaración en ella, a pesar de estar empadronado en la nueva. Obiviamente, para la declaración 2012 ya habre pasado todo el año en la nueva comunidad y no poder desgravar mi vienda en propiedad.<br />
Mi pregunta es por tanto si es posible que tenga algun problema con hacienda en 2011 al declarar fiscalmente en una comunidad y estar censado y trabajando en otra.<br />
Gracias de antemano</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: LOURDES</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-104820</link>
		<dc:creator>LOURDES</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Nov 2011 15:19:17 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-104820</guid>
		<description>Tengo unas acciones compradas en 2007 que a día de hoy valen muchísmo menos. ¿Compensa venderlas y compensar la minusvalía con el rendimiento positivo de las cuentas y depósitos durante 2011?. Al tenerlas 4 años ¿cuál es el porcentaje de minusvalía que puedo compensar?.
Muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo unas acciones compradas en 2007 que a día de hoy valen muchísmo menos. ¿Compensa venderlas y compensar la minusvalía con el rendimiento positivo de las cuentas y depósitos durante 2011?. Al tenerlas 4 años ¿cuál es el porcentaje de minusvalía que puedo compensar?.<br />
Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/renta-2011/comment-page-1/#comment-103238</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Nov 2011 07:10:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/?p=262#comment-103238</guid>
		<description>HOLA LOURDES,

En principio si la empresa hubiese realizado algún ingreso deberías haberlo registrado en tu cuenta corriente. Otra cosa bien distinta es que la empresa haya cobrado esos servicios... Lo que debes asegurarte es que la empresa en la que ibas a impartir los cursos hizo el pago a nombre de tu anterior empresa y no al tuyo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA LOURDES,</p>
<p>En principio si la empresa hubiese realizado algún ingreso deberías haberlo registrado en tu cuenta corriente. Otra cosa bien distinta es que la empresa haya cobrado esos servicios&#8230; Lo que debes asegurarte es que la empresa en la que ibas a impartir los cursos hizo el pago a nombre de tu anterior empresa y no al tuyo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
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