Buscar:

Renta 2011

Por más que todavía parecer lejano para muchos la renta de 2011 está a la vuelta de la esquina y según se va agotando el año menos oportunidades habrá de crear un buen plan fiscal para pagar menos en la declaración de la renta y, por supuesto, para ejecutarlo. Desde aquí os ofrecemos algunas claves para ahorrar en la factura fiscal y preparar el pago de impuestos del próximo año.

Suele ser habitual referirse a la Renta 2011 en relación a los impuestos que se pagaron durante ese año. Sin embargo, a efectos fiscales y para entendernos, un ejercicio o año fiscal se define como un periodo de 12 meses que, para simplificar, suele coincidir con el los 12 meses de un año. Por eso, cuando hablamos de la renta de 2011 lo hacemos en referencia a los actos de ese año, es decir, del salario, inversiones, compras, deducciones que nos practicamos en 2011. Por eso, en 2012 estaremos en plena Campaña de la Renta 2011, por más paradójico que pueda parecer.

Reforma fiscal y subida de IRPF

Una vez aclarado este punto podemos ya pasar a hablar de la campaña de la renta 2011, que trae importantes novedades, empezando por la subida del IRPF con dos nuevos tramos para las rentas más altas, que ahora deberán pagar más impuestos. De esta forma la tabla de IRPF queda de la siguiente forma:

Sin embargo, la gran novedad en el IRPF de 2011 es que ya no se puede deducir la inversión en vivienda de forma general. Desde el 1 de enero de 2011 sólo las rentas inferiores a 24.000 euros podrán desgravar por este concepto, aunque para ser más correcto lo que habrá que tener en cuenta no son los ingresos sino la base imponible, que surge de la suma del salario bruto más los rendimientos dinerarios (el rendimiento de depósitos y otros productos financieros) menos las deducciones del trabajo y otras deducciones que se pueden practicar en la declaración de la renta.

Planificación

 

Como siempre el mejor consejo para que la Renta 2011 sea lo menos dolorosa posible es la planificación fiscal y para ello lo primero es conocer las deducciones de IRPF vigentes en 2011:

Eso sí, nadie nos asegura que el Gobierno no introduzca nuevos cambios que limiten todavía más nuestra capacidad para pagar menos a Hacienda, sobre todo con la crisis.

El borrador de la renta

En estos últimos años el borrador de la renta se ha convertido en una herramienta imprescindible para millones de contribuyentes, ya que facilita mucho los trámites para hacer la declaración y agiliza la devolución de IRPF para los más afortunados.  Como es lógico, el borrador de la renta 2011 todavía no está disponible, aunque desde aquí daremos cumplica cuenta cuando la Agencia Tributaria lo libere. Con lo que sí podremos contar cerca del final de 2011 es con el simulador de la renta 2011, que no deja de ser una versión simplificada del Programa Padre, el otro gran pilar para muchos ciudadanos que deciden hacer la declaración de IRPF por su parte.

En cualquier caso y para simplificar esta tarea, aquí os dejamos una serie de enlaces con los trámites más habituales referidos al borrador de la renta, el programa Padre y el recién estrenado Programa Reno:

Artículos relacionados

16 Comentarios »

RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI

  1. Hola.
    Desde principio del año 2010 a septiembre sólo estuve empleada en una empresa. Pero desde octubre del 2010 a diciembre de 2010 he estado pluriempleada.
    Quisiera saber si es necesario que haga la declaración de la Renta este 2011 y cuales son las condiciones.
    Muchas gracias.

    Comentario por Cecilia — marzo 30, 2011 #

  2. HOLA CECILIA,

    Puedes consultar tu pregunta en el blog en este artículo: ¿Quien debe hacer la declaración de la renta?

    Comentario por admin — marzo 31, 2011 #

  3. Creo que nos vamos a quedar sin opciones para invertir en algo en España … nadie piensa que beneficiar a las personas repercute en levantar el pais. Salir del pozo seria muy complicado.

    Comentario por furinnai — abril 5, 2011 #

  4. Mi novio vive con su madre, su hermana y su sobrino y ambas están en el paro, él paga el alquiler del piso. ¿Tendría derecho a deducir algo por estar ellas a su cargo?
    Gracias, un saludo.

    Comentario por Silvia — mayo 30, 2011 #

  5. ¿Quisiera saber si me desgraba unas obras que he hecho en mi casa

    Comentario por Maria Josefa — mayo 30, 2011 #

  6. En la última empresa donde he trabajado me contrataron para impartir unos cursos gestionados por una empresa más grande. Los cursos comenzaron y yo abandoné la empresa por una mejora laboral.
    Mi pregunta es si hay alguna forma de saber si la empresa me ha hecho algún tipo de cargo a mi nombre como rendimiento de actividad económica que pueda afectarme en mi próxima declaración de hacienda.
    En mi vida laboral consta de manera correcta la fecha de baja por parte de la empresa. No he percibido ningún dinero por impartir esos cursos ya que no llegué a realizarlos pero sé que ellos no notificaron mi baja a la otra empresa y una compañera suplantó mi identidad. Muchas gracias

    Comentario por Lourdes — noviembre 7, 2011 #

  7. HOLA LOURDES,

    En principio si la empresa hubiese realizado algún ingreso deberías haberlo registrado en tu cuenta corriente. Otra cosa bien distinta es que la empresa haya cobrado esos servicios… Lo que debes asegurarte es que la empresa en la que ibas a impartir los cursos hizo el pago a nombre de tu anterior empresa y no al tuyo.

    Comentario por admin — noviembre 8, 2011 #

  8. Tengo unas acciones compradas en 2007 que a día de hoy valen muchísmo menos. ¿Compensa venderlas y compensar la minusvalía con el rendimiento positivo de las cuentas y depósitos durante 2011?. Al tenerlas 4 años ¿cuál es el porcentaje de minusvalía que puedo compensar?.
    Muchas gracias

    Comentario por LOURDES — noviembre 29, 2011 #

  9. Hola,
    queria hacer una consulta sobre desgravación de vivienda habitual, aportando dinero a final de este año 2011.
    En Septiembre 2011 he cambiado de trabajo y me he trasladado de comunidad, por lo que ahora resido de alquier en una casa distinta de mi casa en propiedad. Estoy censado en la nueva comunidad. Mi intención es hacer una aportación extra a la hipoteca y poder deducirla en 2011, puesto que he vivido más del 50% del año en mi casa en propiedad y me planteo hacer la declaración en ella, a pesar de estar empadronado en la nueva. Obiviamente, para la declaración 2012 ya habre pasado todo el año en la nueva comunidad y no poder desgravar mi vienda en propiedad.
    Mi pregunta es por tanto si es posible que tenga algun problema con hacienda en 2011 al declarar fiscalmente en una comunidad y estar censado y trabajando en otra.
    Gracias de antemano

    Comentario por Juanjo — diciembre 1, 2011 #

  10. Existe un limite a pagar sumados IRPF y Patrimonio? A cuanto asciende?

    Comentario por jose — diciembre 1, 2011 #

  11. Hola, yo estoy en vías de adquirir mi primera vivienda y tengo dos dudas (una sobre Renta 2010 y otra sobre Renta 2011).

    En 2009 firmé el pre-contrato y dejé pagado el 20% del valor del piso.
    En 2010 firmé el contrato de compra-venta y no hice más pagos al promotor.
    Por eso en dic-2010 abrí una cuenta vivienda para desgrabarme en la Renta 2010.

    A día de hoy, Hacienda aún no me ha pagado la devolución correspondiente a Renta 2010. He preguntado varias veces en las oficinas y me dicen que no me preocupe, que hay mucha gente como yo. Consulto constantemente el estado de la declaración por internet y siempre dice “Su declaración se está tramitando”, pero nada más.
    He leido vuestro artículo en el que decís que si se retrasan más allá del 31-dic-2011 deberían pagarme además una demora del 5%, y donde habláis sobre la posibilidad de reclamar, y de su “utilidad”.
    ¿Debo reclamar de algún modo para no perder mi derecho a cobrar la devolución de la Renta 2010…, o no es necesario hacerlo? ¿Caduca el cobro?
    Teniendo en cuenta que el año que viene tengo que hacer mi declaración de la Renta 2011…, ¿se puede incluir en la Renta 2011 el dinero que Hacienda me adeuda por la Renta 2010?

    Más dudas sobre la Renta 2011.
    Sospecho que mi base imponible rondará los 24000€ y que ello me dejaría fuera de desgrabarme por adquisición de primera vivienda.
    Pero teniendo en cuenta que yo firmé el contrato de compra-venta en 2010, yo podría seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€ declarados, sin más restricciones).
    Durante 2011 no he realizado pagos a promotor, y tampoco e ingresado nada más en la cuenta vivienda que abrí en 2010.
    Puesto que la fecha de la firma del contrato de compra-venta me permite seguir deduciéndome como antaño…, ¿es esto también aplicable a lo que yo ingrese en 2011 en mi cuenta vivienda…, o dicha excepción no se aplica a las cuentas vivienda?

    Otra duda más.
    Por si acaso no me sirviera de nada ingresar más dinero en la cuenta vivienda, estoy intentando hablar con mi promotora para adelantarle a ella parte del pago del piso, y así sí poder desgrabarme en la Renta 2011. Pero no me están haciendo caso y ni siquiera se dignan en contestarme…
    ¿Existe alguna forma de obligarles a atender mi solicitud de adelantar parte del pago?

    Muchas gracias por todo, y perdón por el ladrillo.

    Comentario por Miguel Angel — diciembre 1, 2011 #

  12. HOLA JOSE,

    No existe ningún límite a la hora de establecer los impuestos máximos que habrá pagar en el IRPF y Patrimonio

    Comentario por admin — diciembre 2, 2011 #

  13. HOLA JUANJO,

    En principio ya no puedes desgravar por la vivienda. Es decir, podrás desgravar por el tiempo que has residido en ella a lo largo de 2011, pero no por las aportaciones extraordinarias que hagas ahora que ya no es tu vivienda habitual

    Comentario por admin — diciembre 2, 2011 #

  14. HOLA MIGUEL ÁNGEL,

    Vamos por partes. En primer lugar, es relativamente normal que Hacienda no te haya pagado todavía y de hecho el plazo legal es hasta final de año. Si todavía no te ha pagado, cuando lo haga deberá incluir de oficio los intereses de demora.
    En segundo lugar, la referida a la deducción por vivienda, hay varias interpretaciones al respecto. En principio, lo que suele tenerse en cuenta es el momento de entrega de ellaves o firma de la escritura. Sin embargo, la ley también preve que quienes hayan realizado pagos a promotor puedan seguir desgravando como hasta ahora. De todas formas, si el PP cumple con sus promesas, habrá deducción por vivienda sin límites en cuanto a la base imposible.
    La tercera cuestión no termino de entenderla y en cualquier caso se sale un poco del ámbito de la fiscalidad y por lo tanto no es que no quiera responder, es que desconozco la respuesta. Ya lo siento…

    Comentario por admin — diciembre 2, 2011 #

  15. Muchas gracias por responder.

    No obstante, permíteme insistir en la 2ª cuestión.
    Yo ya sé que puedo seguir desgrabándome como antaño (15% de máximo 9015€) gracias a que antes del 31-dic-2010 yo ya había hecho pagos a promotor, e incluso ya había firmado el contrato de compra-venta (me lo llegaron a confirmar en las oficinas de Hacienda).
    Pero…, ¿qué gastos puedo incluir dentro de ese máximo de 9015€ a partir de 1-ene-2011?
    - Pagos a promotor, sí.
    - Gastos de escrituras, también.
    - Cuotas de hipoteca, también.
    - ¿ingresos en cuenta-vivienda? Esta pregunta no me la supieron responder en Hacienda.

    Respecto a que el PP cumpla o no esa promesa…, opinión mía personal aparte…, a día de hoy no puedo fiarme de futuribles, pues es “hoy” (antes de que acabe el año) cuando debo decidir si ingresar otros 9015€ en mi cuenta vivienda o no.

    Sólo podemos fiarnos de lo que ya esté aprobado y publicado en BOE. Y lo digo haciéndolo extensible a la otra promesa (compartida entre PP y PSOE) de prolongar durante todo 2012 la rebaja del IVA al 4%, pero que a día de hoy sigue siendo legalmente vigente sólo hasta 31-dic-2011.

    Muchas gracias.
    Un saludo.

    Comentario por Miguel Ángel — diciembre 2, 2011 #

  16. HOLA DE NUEVO MIGUEL ÁNGEL,

    En principio dentro de los gastos que puedes incluir en el tope de 9.015 euros figuran los que has comentado con la salvedad que en el caso de la cuenta vivienda, se aplicaría el límite de 24.000 euros en tu base imponible para poder deducir.

    Por otra parte, coincido plenamente contigo en que fiarnos, fiarnos, sólo de lo que está publicado en el BOE. Aunque finalmente den luz verde a recuperar la deducción por vivienda general, dudo mucho que sea para 2011. Así es como se generan incertidumbres y diferencias.

    Comentario por admin — diciembre 7, 2011 #

Dejar un comentario

XHTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

Bienvenidos a ImpuestosRenta.com. ImpuestosRenta.com es el blog deFinancial Red donde podremos encontrar artículos sobre fiscalidad, que nos serán muy útiles a todos los que nos enfrentamos con los impuestos..

Suscribete a la mejor información fiscal por email

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Red de Blogs Financieros | Bolsa | Economia | Productos Financieros