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Manual Renta 2008

 Se acerca el final de año y a quienes no lo han hecho durante todo el año les toca empezar a trabajar en su declaración de la renta. Para ello nada mejor que contar con un Manual de IRPF 2008 que reúna los apartados básicos referentes a la declaración que se realizará en 2009.

Desde la Agencia Tributaria todavía no han creado un Manual de IRPF 2008 específico para la declaración de la renta de 2009, dado que todavía hay margen para que se produzca algún cambio de última hora, como ya lo fueron los famosos 400 euros de Zapatero que todavía siguen dando problemas a muchos trabajadores. En este sentido, una primera referencia puede ser el manual práctico que Hacienda dispuso para el año pasado. Sin embargo, hay que tener en cuenta algunos cambios fiscales que se han producido en 2008 y que afectan a las cantidades que habrá que tributar.

En primer lugar gracias a la deducción de los 400 euros ya hay que proceder a una serie de cambios en la tabla de retenciones, como informa en un apartado específico la web de la AEAT y en una página concreta el Ministerio de Economía y Hacienda. A esto hay que añadir la modificación del Reglamento de Impuesto IRPF para 2008 y las consecuentes nuevas tabla retenciones para la declaración de la renta de 2008. Su configuración es la siguiente:

  • Del 28% hasta 17.707,2 euros
  • Del 37% hasta 33.007,2 euros
  • Del 43% hasta 53.401,2 euros

Los contribuyentes solteros, viudos, divorciados o separados legalmente tendrán que declarar el Impuesto si tienen un hijo y superan los 12.996 euros de renta y si tienen dos hijos o más y superan los 14.767 euros. Además, quienes cuenten con un cónyuge que no percibe más de 1.500 euros anuales amplían el límite hasta los 12.533 euros si no cuentan con hijos, hasta los 13.985 desde los 13.765 euros, si tienen un hijo y hasta los 16.102 euros, desde 15.860 si tienen dos o más hijos.

Para el resto de supuestos el límite excluyente del IRPF para la próxima declaración será de 9.943 euros si para quienes no tengan hijos, de 10.569 euros con un hijo y de 11.376 euros a partir de dos hijos.

Al margen de estos cambios ya anunciados, hay que tener en cuenta que en 2009 (la declaración de 2008 en realidad) ya no habrá que declarar el impuesto sobre el patrimonio, lo que debería aliviar la carga fiscal de muchas personas.

Para resolver cualquier duda respecto a la declaración de la renta, la AEAT dispone de una apartado en el que formular preguntas para las que se busca respuesta en su propia base de datos.

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33 Comentarios »

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  1. quisiera saber como computa la retribución obtenida por una indemnización recibida por un seguro particular de accidente no laboral debido a las secuelas de lesión medular que me ha producido una incapacidad permanente ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO.
    espero su respuesta.
    muchas gracias.
    MARI CARMEN

    Comentario por MARI CARMEN CERDÁ ALBERO — November 29, 2008 #

  2. me gustaria saber si hay algiun tipo de deduccion en la decalracion de la renta por la compra de un terreno rustico.
    Gracias

    Comentario por geteal — December 5, 2008 #

  3. Buenas tardes.Necesito información exacta para mi próxima declaración de la renta ya que estoy dándole vueltas y no sé exactamente qué va a ocurrir.El año pasado vendí mi piso comprado en junio del 2003 por 151000 euros,siendo su precio de compra de 80.000.El piso estaba hipotecado y tuve que cancelar la misma por valor de 145.000 euros.Necesito que me asesoren para saber sobre qué cantidad tengo que pagar el 18% a hacienda,que entiendo que sería sobre la diferencia entre el precio de compra más gastos menos el precio de venta mas gastos una vez descontados los 145000 euros de cancelación de la hipoteca que grababa el piso del importe de la venta 151000,que sería unos 6000 euros.Espero con expectación su respuesta y quedo agradecido por la misma.
    Atentamente.

    Hola Alberto,

    Hay un par de datos que no termino de entender respecto a la hipoteca de 145.000 euros ¿Se trata del préstamo que constituíste para comprar el piso? Debes tener en cuenta que para calcular la plusvalía se utiliza no el importe de la hipoteca (que puede ser mayor al valor del piso), sino el valor del piso más los gastos de compra y la actualización del precio, que es lo que le debes restar a la cantidad obtenida (además, como bien apuntas de los gastos de la venta).

    Comentario por Alberto — January 25, 2009 #

  4. [...] 28% hasta 17.707,2 euros Del 37% hasta 33.007,2 euros Del 43% hasta 53.401,2 euros Manual Renta 2008 Deber?a poner [...]

    Pingback por Fechas de Declaraci?n de Renta - Burbuja Econ?mica — January 27, 2009 #

  5. [...] 28% hasta 17.707,2 euros Del 37% hasta 33.007,2 euros Del 43% hasta 53.401,2 euros Manual Renta 2008 Deber?a poner [...]

    Pingback por Fechas de Declaraci?n de Renta - Burbuja Econ?mica — January 27, 2009 #

  6. Hola, tengo una incapacidad permanente total y estoy cobrando el 55% del sueldo base (840 euros, y quiziera saber si en la declaracion de la renta del 2008 me cobraran algo por haber recibido el seguro del convenio por un accidente laboral por el cual me dieron la incapacidad, el seguro lo cobre en el 2008. A demas estuve trabajando un mes dado de alta y luego 10 dias mas pero en la misma empresa estos 40 dias.Tambien estoy casado con un hijo tengo a cargo mi padre que tiene 70 años.

    Comentario por diego — January 29, 2009 #

  7. por favor hay que salario minimo debo tener para estar obligado de declarar la renta?

    Comentario por felipe leandro — February 5, 2009 #

  8. Tengo un piso alquilado a dos jovenes entre las edades comprendidas de 18 a 35 años,quería saber para el ejercicio de la Renta 2008, cuál es la cantidad mínima establecida (IPREM), en dicho ejercicio impositivo, derivados de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas de los arrendatarios, a los efectos de deducción del 100 por 100 sobre los rendimientos del alquiler de la vivienda.

    HOLA SALVADOR,

    Puedes encontrar las respuestas en los siguientes artículos: El alquiler para la vivienda en la declaración de la renta: el arrendador y El alquiler para la vivienda en la declaración de la renta: el inquilino

    Comentario por Salvador — February 6, 2009 #

  9. [...] Manual Renta 2008 [...]

    Pingback por Fechas de Declaración de Renta — February 26, 2009 #

  10. Hola!! Hoy he recibido el borrador de la renta 2008 y he visto que no me han añadido las cuotas sindicales que pago cada año. Cuando lo modifico y las añado en la casilla 11,la cuota diferencial sigue siendo la misma. ¿No me tendrían que devolver un poco más de dinero?

    HOLA ELENA,

    La cuota sindical es un gasto deducible de la base imponible del IRPF, por lo que si no has alcanzado ya el máximo sí debería servir para pagar menos.

    Comentario por Elena — April 6, 2009 #

  11. hola me divorcie en junio del 2008 y no tienen constancia en hacienda antes compartia piso con una amiga pero debido a que me quede sin trabajo me e tenido que ir a vivir con mi abuela y a todo esto tengo 2 hijos con custodia compartida,me llego el borrador y el resultado de la declaracion es -576,32 ¿mi pregunta es tengo que pagar o no?no lo entiendo

    HOLA ANGELICA,

    En primer lugar si en Hacienda no tienen constancia del divorcio a efectos fiscales deberías revisar el borrador e incluir los datos corresondientes, así como las cantidades recibidas en concepto de manutención para evitar posteriores problemas. Respecto al resultado de la declaración, indica que la Agencia Tributaria debe abonarte esos 576,32 euros.

    Comentario por angelica — April 7, 2009 #

  12. Hola. Mi duda es respecto a la declaración de intereses de depositos y de ganancias en bolsa.
    Estoy casado en regimen de gananciales, pero por comodidad, muchas veces contrato depositos, a mi nombre o al de mi mujer (exclusivamente), aunque en origen el dinero es de los dos, pero así cojo más ofertas por nuevo cliente (primero a nombre de uno, y despues del otro). El caso es que en los datos que me manda hacienda, se refleja esto, hay interese de ctas o acciones a mi nombre o a nombre de mi mujer. En cuanto a los interese de los depositos, la variación es poca si lo declaro por indicidual o en conjunto, pero con las acciones hay bastante diferencia si reparto las ganancias o no. Yo supongo que como el dinero es de los dos, debería declarlo en conjunto, pero no lo tengo claro.
    Me podeis ayudar?
    Gracias

    Comentario por Pablo — April 20, 2009 #

  13. por favor que declaracion me corresponde hacer al ser viudo desde el 02/12/2008.GRCIAS

    HOLA ANGEL,

    Lamento tu pérdida. Tendrás que hacer la declaración individual, ya que las circunstancias familiares se tienen en cuenta a fecha de 31 de diciembre.

    Comentario por Angel — April 24, 2009 #

  14. Buenos dia, deseo consultar, me llego el borrador mi declaracion dice que es conjunta, soy viuda, tengo dos hijos uno de 20 y otro de 16 porque? debe ser conjunta gracias

    HOLA RAQUEL,

    La declaración debe de ser individual, pero en ellas puedes incluir a tus hijos.

    Comentario por Raquel — April 29, 2009 #

  15. Buenas tardes,

    Quería hacer una consulta: en el 2007 me abrí una cuenta vivienda y cuando hice la declaración del 2007 me deduje el dinero que tenía hasta el 31/12/07.
    En el 2008 empecé de nuevo a meter dinero en la cuenta vivienda y en el año 2009 me he comprado un piso. Como mi novio ya había aportado todas las entregas a cuenta, en el banco me dejaron el saldo que me deduje en la declaración del 2007 para los gastos de hipoteca, resultando al final los gastos inferiores al importe que tenía ahorrado.

    Entonces, las cuotas de la hipoteca del año 2009 me sirven para justificar el resto del dinero hasta alcanzar la totalidad de lo que me deduje?

    Y, en la declaración del 2008 me puedo deducir algo de las aportaciones que he efectuado en la cuenta vivienda en ese mismo año?

    Gracias.

    HOLA CAROL,

    Puedes deducir las cantidades aportadas en 2008 igual que hiciste en 2007.

    Comentario por Carol — April 30, 2009 #

  16. En los datos fiscales hacienda me atribuye la cancelacion de la hipoteca del domicilio habitual al 50% que realizo mi esposa tras el divorcio. En el acuerdo de separacion ella se quedaba con la vivienda y la hipoteca. ¿Tengo derecho a esa deduccion o solo a las cuotas aportadas en los meses de 2008 que estabamos casados?
    Gracias

    HOLA PABLO,

    Podrás deducir las cantidades aportadas hasta el acuerdo de separación.

    Comentario por Pablo — April 30, 2009 #

  17. HOLA.
    MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. ESTOY A PUNTO DE RECIBIR LA SENTENCIA SOBRE LA CUSTODIA COMPARTIDA DE MIS DOS HIJAS, UNA DE 18 AÑOS Y OTRA DE 15. SE QUE EN LA DECLARACIÓN DE 2.007 NO SE PUEDE HACER NADA, PERO ¿HACIENDA YA CONTEMPLA ESTOS CASOS DE CUSTODIA COMPARTIDA?, SI ES ASÍ ¿COMO SE DEBEN CONTEMPLAR EN LA DECLARACIÓN? ¿EN QUE CASILLA?. PARA VUESTRA INFORMACIÓN, YO ESTOY CASADO DE NUEVO Y TAMBIÉN CONVIVE CON NOSOTROS UNA HIJA DE MI MUJER DE 6 AÑOS.
    MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO. FELIX

    Comentario por FELIX — May 1, 2009 #

  18. .Me quede viudo en Agosto del 2008. Vivo con mi hija de 20 años que no trabaja. Siempre hice la declaracion de renta en la modalidad conjunta. ¿puedo seguir haciendola conjunta? y el minimo por descendiente me lo puedo deducir integramente?

    GRacias

    HOLA JORGE,

    Lamento tu pérdida, pero no podrás presentar la declaración conjunta, ya que Hacienda tiene en cuenta la situación personal a 31 de diciembre y en ese momento ya habías enviudado.

    Comentario por jorge — May 6, 2009 #

  19. Hola, hago la declaración conjunta e incluyo en la unidad familiar a mis dos hijos de 24 y 20 años. Ambos han tenido en 2008 ingresos de 5000 y 800 euros respectivamente con sus respectivas retenciones.
    Al incluirlos en la unida familiar y obtener desgravación por ello, ¿Tengo que declarar sus ingresos? ¿Puedo incluirles en mi declaración y al mismo tiempo que presenten declaración individual para recuperar las retenciones que les han practicado?

    Comentario por José — May 6, 2009 #

  20. Escribe aquí tu comentario.soy ciudo y vivo con mi hija menor de 25 ños que no trabaja. ¿puedo descontarme el minimo por descendiente de 1836 euros?

    Gracias.

    Comentario por jorge — May 7, 2009 #

  21. Escribe aquí tu comentario.soy viudo y vivo con mi hija menor de 25 ños que no trabaja. ¿puedo descontarme el minimo por descendiente de 1836 euros?

    Gracias.

    Comentario por jorge — May 7, 2009 #

  22. Hola tengo una duda en la declaracion de este año, durante 2008 acabe de pagar la hipoteca del piso donde vivia, en noviembre 2008 me compre una casa pero sin vender mi piso, osea que una hipoteca con todos sus gastos, la pregunta es puedo desgravar de las dos viviendas? o solo de una de ellas?los gastos de la hipoteca nueva se pueden desgravar?, la casa la uso como vivienda habitual y el piso lo pondre en alquiler, la verdad seria de ayuda saberlo ya que no se como hacerlo en la declaracion.

    Comentario por andreu — May 7, 2009 #

  23. Hola,

    mi problema es de falta de experiencia a la hora de hacer la declaración, dado que este ha año ha sido el primero que he solicitado el borrador. Me ha llegado hoy. La cuota diferencia es de 500,96 euros. Esto que quiere decir, que es lo que tengo que pagar ¿??? Gracias por anticipado.

    Saludos

    Comentario por Juan Alberto — May 11, 2009 #

  24. Buenas,

    El día 30 de Abril plantee mi situación y me dijisteis que podía desgravarme en la declaración del 2008 las cantidades aportadas en ese mismo año en la cuenta vivienda.

    Pero si esa cantidad no figura en escritura pública para la compra de la vivienda, ya que no me la tuvieron en cuenta a la hora de solicitar el préstamo hipotecario, puedo deducírmela en la declaración del 2008?

    Perdonad mi insistencia pero es que no lo tengo muy claro.

    Comentario por Carol — May 15, 2009 #

  25. Hola! tento una pequeña duda respecto a la declaración. El banco me ha regalado un gps por valor de 300 € y me gustaría saber si debería de tributar por él.
    gracias

    HOLA ISTHAR,

    Los regalos de los bancos triburan como rendimientos de capital. Es como los intereses que genera un depósito. En la información fiscal que te remite el banco debería aparecer reflejado.

    Comentario por Isthar — June 2, 2009 #

  26. hola: el año pasado por mi situacion economica no pude presentar la declaracion de la renta del 2007 me salia a devolver 2.891,92€. que debo hacer para presentar la renta del 2008,influye este año el que no haya hecho la del 2007 gracias por anticipado( entiendo que esa devolucion esta pendiente)

    HOLA JUAN CARLOS,

    Debes seguir los trámites normales para presentar tu declaración de 2008. En cuanto a la de 2007, deberás hacer una declaración complementaria.

    Comentario por juan carlos — June 7, 2009 #

  27. Hola, quiciera saber en que concpeto debo deberia declarar una cantidad que recibo regularmente por el alquiler de una vivienda familiar en Mexico.
    Muchas gracias.

    Comentario por Yolanda — June 27, 2009 #

  28. Hola. Tengo una vivienda, ya pagada, que ha sido mi residencia habitual durante más de 20 años. Ahora he adquirido otra vivienda y me he trasladado a ella, por lo que ha pasado a convertirse en mi nueva vivienda habitual. La primera no pienso venderla porque espero que algún día sea para mi hijo.
    ¿Puedo desgravarme la nueva vivienda sin tener que vender la vieja?, por supuesto deduciendo las cantidades que ya me desgravé en su día por la anterior.
    Otra cuestión. Acabo de escriturar la nueva vivienda pero llevo 2 años entregando cantidades a cuenta al promotor: ¿que pasa con esas cantidades? Muchas gracias.

    Comentario por Pedro Chuliá — June 28, 2009 #

  29. HAY ALGUN TIPO DE AYUDA PARA PERSONAS QUE TRABAJAN FUERA DE SU COMUNIDAD AUTONOMA(ANDALUCIA)6 MESES AL AÑO CON Y SIN FAMILIA Y ESTANDO EMPADRONADO EN LA COMUNIDAD EN LA QUE TRABAJA QUE ES ISLAS BALEARES

    Comentario por juan antonio — August 5, 2009 #

  30. [...] otra parte, las deducciones de cada región en 2007 aparecen reflejadas en el Manual de la Renta de la AEAT. Estas se pueden añadir a las que ofrece el Estado para completar las ayudas en forma fiscal que [...]

    Pingback por Ayudas al alquiler: el inquilino — September 11, 2009 #

  31. Hola

    Me divorcio en enero de 2008 y mi ex marido sin mi consentimiento hizo la declaracion del 2008 conjuntamente conmigompensado que corresponida hacerla aun conjunta , yo no trabajo y por lo tanto no hice mi declaracion porque no es obligatoria. En el borrador que le mando hacienda figuaran 2500 euros de cheque bebe ya que yo tuve una niña con mi actual pareja y le llego un requerimiento de hacienda pidiendole docimentos justificativos de esto, debo darselos , en que me perjudica a mi esto, que consecuencias tiene para

    Comentario por paola — October 21, 2009 #

  32. [...] indica el Manual de la Renta, las deducciones por alquiler de vivienda y por adquisición de vivienda habitual no son [...]

    Pingback por Alquilar habitaciones y deducir por vivienda habitual — October 22, 2009 #

  33. Hola, os expongo mi caso.

    Voy a comprarme un piso en mi pueblo de toda la vida. Sera mi unica propiedad (ahora mismo no tengo ninguna) y voy a pasar alli la mayor parte de mi tiempo.

    Se da la circunstancia que mi centro de trabajo se encuentra en una ciudad a 120km del pueblo. Ahora mismo vivo de alquiler en un piso de la ciudad, aunque mi puesto de trabajo no es presencial, y puedo trabajar desde mi casa. A la larga, supongo que acabare dejando el el piso de alquiler, pero por ahora me gustaria mantenerlo en la medida de lo posible.

    Mi pregunta es si puedo desgravarme la hipoteca (o el alquiler, o ambos, o nada).

    Muchas gracias

    HOLA ANGEL,

    Podrás desgravar la hipoteca o el alquiler, sólo uno de los dos, y en teoría debe ser el de la casa que constituya tu vivienda habitual.

    Comentario por angel — October 31, 2009 #

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