La prestación por desempleo en el IRPF
Publicado por admin - 03/11/2011 a las 10:55:15La declaración de la renta suele deparar sorpresas todos los años y una de las más desagradables afecta a quienes están o han estado en paro. Cuando llega el momento de rendir cuentas a Hacienda descubren que su factura es positiva y deben abonar importantes cantidades a la Agencia Tributaria.Y es que el paro en la declaración de la renta computa como rendimiento del trabajo
El error de la mayoría de contribuyentes es pensar que los ingresos que perciben como prestación por desempleo no tienen implicaciones fiscales. Este desconocimiento hace que no se planteen que Hacienda puede pedirles que rindan cuentas por ese dinero, que a efectos fiscales tiene consideración de rendimientos del trabajo y se sumarían a otras rentas percibidas durante el ejercicio 2009 en este caso.
Esto tiene una doble implicación. Por una parte afecta a toda la estructura de ingresos, ya que se suma a las rentas de trabajo con su cotización a la seguridad social y su retención de IRPF incluidas,y por otra puede incidir en la obligación de declarar.
En el primero de los casos, lo que debemos saber es que parte del dinero del paro se destina al pago de la Seguridad Social y otra muy pequeña a las retenciones a cuenta del IRPF. El problema reside en que la prestación por desempleo apenas incluye retención de IRPF y si hace suele ser del mínimo del 2%. De esta forma, el porcentaje restante que se debería practica de retención deberá correr a cargo del contribuyente. Es decir, después habrá que devolver a Hacienda la cantidad no retenida hasta alcanzar la escala fiscal que corresponda. La medida tiene su lógica, pues se supone que a una persona en paro no le sobran los recursos y necesitará que se adelante todo el dinero que pueda tener a su alcance, que es precisamente lo que hace Hacienda al reducir las retenciones de IRPF.
El segundo efecto del paro en la declaración de la renta es, en cierto sentido, complementario al primero y suele ser el causante de que muchas personas sin empleo deban pagar importantes cantidades a Hacienda, además de ser también el motivo más habitual de quejas por parte de los contribuyentes, Lo que ocurre es que al considerarse como un rendimiento del trabajo, el SPEE o antiguo IEN actúa como un pagador más a la hora de computar los ingresos del paro en la declaración de la renta, de forma que quienes hayan percibido el paro y además hayan trabajado pasarán a tener dos pagadores en el IRPF.
Hay que recordar que el límite de ingresos de 22.000 euros que obliga a hacer la declaración se establece sólo cuando hay un pagador. Para los contribuyentes con más de un pagador la situación es bien diferente. En este caso, el límite es de 11.200 euros cuando el segundo pagador y siguientes aporten más de 1.500 euros en total. Así, por ejemplo, una persona que haya perdido su empleo en agosto y haya cobrado el paro hasta final de año deberá declarar su percibió del SPEE más de 1.500 euros como su segundo pagador, ya que el primero sería la empresa que le despidió.
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esta mañana en Punto Radio han entrevistado a Lorenzo Amor presidente de la ATA sobre el subsidio de los autonomos por desempleo, aqui os dejo dos links de esta mañana
http://www.puntoradio.com/popup/audio.php?id=42216
http://www.puntoradio.com/popup/audio.php?id=42217
Comentario por Jaume — mayo 14, 2010 #
HOLA SE ME HA PASADO RENOVAR EL SUBSIDIO HACE UN MES POR QUE HE TENIDO UN PROBLEMA FAMILIAR Y NO QUIERO QUE ME LO QUITEN NUNCA ME HA PASADO ESTO Y TENGO DOS NIÑOS A MI CARGO Y NO TENGO MAS INGRESOS.PODRIA MANDARLO POR CORREO LOS PAPELES.
GRACIAS
Comentario por MARI JOSE — septiembre 13, 2010 #
buenos dias.
tengo una gran duda,estoy cobrando el paro el maximo de paro 1394 euros ,me descuentan 79 euros de seguridad social y el mes de enero me han descontado un 10%de IRPF 139 euros que ahora cobro 1185 euros ,comunico al inem que me explique el porque y me dicen que es hacienda que tienen unos baremos , bueno me boy hacienda hablo con el amnistrador y medice que el tanto por ciento aplicado hacido el inem,nueva mente doy explicacion al inem y nadie meda respuesta medicen que es la situacion familiar. mi pregunta es la siguiente el descuento que me practican no es abusibo ,estoy casado con 2hijos ,hipotecado y en el paro,y lo que realmente no entiendo que compañeros mio en mejor condiciones que yo y cobrando lo mismo que yo 1394 no le descuenten nada del IRPF.Y lo mas indicnante que inem no meden respuesta el porque, de tan descuento del IRPF que greo que es abusibo, gracias , por su atencion saludos
Comentario por RAFAEL — febrero 11, 2011 #
yo ya no cobro nada se me ha acabado el paro y el subsidio y ahora para cobrar los 400 euros me piden bastantes papeles y no aseguran que el curso dure 6 meses solo lo que ellos puedan que alguien explique que es lo que haran por que la gente esta desesperada o quieren que la gente salga como los paises arabes a botar a todos los politicos coruptos nadie quiere que te den uno quiere trabajar no para que te regalen nada tengo 2 hijas y sin paro y sin nada haber que hago robo o que las casas que la conviertan en carceles por que lo que viene es bien triste
Comentario por luis — febrero 28, 2011 #
Rafael, yo cobro el paro pero no recibo resumen.
¿A ti te lo envían o debes solicitarlo?
Gracias
Comentario por alfredo — mayo 28, 2011 #