La hipoteca en parejas y matrimonios separados

La vivienda habitual constituye una de las principales fuentes de deducciones para los españoles, tanto en caso de alquiler como de compra. Por eso, una de las dudas más recurrentes de los lectores se refieren a la misma. En este caso abordaremos qué ocurre con la vivienda habitual en caso separación financiera y legal de matrimonios y parejas.

Es bastante común que en el momento de la separación todavía no se haya terminado de pagar la vivienda habitual y que por lo tanto reste capital por amortizar en la hipoteca. En algunos casos se pueden llegar a acuerdos para la venta de la parte de vivienda a la pareja, pero por diferentes circunstancias esto no siempre es posible. En este punto de la fiscalidad del divorcio hay que distinguir entre los matrimonios con hijos y sin hijos, ya que los primeros cuentan con un beneficio adicional en lo referente a la hipoteca.

En principio, para poder deducir por adquisición de vivienda es necesario que la casa en cuestión constituya efectivamente la vivienda habitual, que determina que el piso debe ser habitado de forma permanente por el contribuyente. Este precepto es difícil de cumplir cuando media una separación y una de las partes ya no vive el hogar. En este caso y de forma general, quien deje la vivienda ya no podrá desgravar por ella con independencia de si sigue o no pagando la hipoteca-sí podrá, sin embargo, deducir los pagos efectuados hasta el momento en que dejó de ser la vivienda habitual-.

Pero existe una excepción a esta norma general y es la que afecta a los padres separados con hijos. En este caso, un padre o madre cuyos hijos vivan con el antiguo cónyuge y siga pagando la hipoteca de la vivienda, podrá deducir por sus aportaciones a la misma como si esta fuese su vivienda habitual. Es decir, podrá deducir el 15% de las cantidades aportadas hasta un máximo de 9.015 euros. Además, si opta por adquirir otra vivienda para que sea su residencia habitual, podrá deducir por ambas hipotecas, siempre hasta el mencionado límite.

El pago de la hipoteca

La otra gran duda en el caso de divorcio es quien pagará la hipoteca. Para aclarar este punto, el Tribunal Supremo dictaminó en sentencia del 28 de marzo de 2011 que el pago de las cuotas de la hipoteca corresponderá a ambos componentes del extinto matrimonio por igual, según rezan los artículos 147.3 y 1362 del Código Civil. Esto se debe a que la deuda se entiende como de la sociedad (el matrimonio) y no como de una de las partes.

En el caso de las parejas no ocurre lo mismo y aquí deberán ponerse de acuerdo para el pago de la hipoteca, aunque al final será determinante lo que establezca el contrato hipotecario. Es decir, si en la escritura de la hipoteca figuran ambos la responsabilidad será de ambas partes a efectos del préstamo y en caso de ejecución de la hipoteca por impago el banco podrá reclamar los bienes de ambos cónyuges, independientemente de que residan o no en la vivienda.

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14 Comentarios »

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  1. Buenas noches,

    yo tengo una duda respecto a la deduccion por inversion en vivienda. Haber si me expreso bien:

    Si tuvieras dos casas desgravandote por la vivienda donde vives y despues te fueras a vivir a la otra que tienes habiendo pasao más de un año de la compra de ésta sin ir a vivir en ella, podrias deducirte por la nueva vivienda en la cual vives?. Es que el concepto de vivienda habitual es un poco..para la aplicacion de la deduccion.

    Si despues pasados 4 años más te volvieras a vivir a tu primera casa podrias deducirte nuevamente por ella? Al si ocupar esa primera vivienda en el 1r año de adquisición (aún habiendote mudado de esta)

    si alguien me pudiera aclarar estas dudas le estaria agradecido

    pd:ya se que no va con el tema de la deduccion por hipotecas con separaciones e hijos, pero trata de la deduccion de inversion en vivienda habitual

    Comentario por jose — mayo 21, 2010 #

  2. ¿Cuándo para dos copropietarios de la vivienda habitual el porcentaje de propiedad de la vivienda y el porcentaje de participación en una hipoteca, no es el mismo, como se establece la cantidad base de la desgravación para cada parte?

    Comentario por Gabriel — junio 2, 2010 #

  3. HOLA GABRIEL,

    No hay una norma clara, aunque lo más prudente es desgravar por el menor de ambos porcentajes, siempre que esto no haga que se quede una cantidad sin declarar.

    Comentario por admin — junio 7, 2010 #

  4. Buenas noches, en el caso en el que en la separacion existan hijos y el padre no custodio tenga un alquiler de piso, es posible desgravarse por la mitad de la hipoteca de la vivienda en la que viven los hijos y tambien por el alquiler(obligado) al que se va el padre que no tiene la custodia?¿Prevalecen las leyes de deduccion por alquiler a la situacion de la persona que lo solicita, me refiero sobre todo por si pasas las rentas maximas establecidas para el alquier ? Gracias y un saludo,

    Comentario por TG — marzo 17, 2011 #

  5. HOLA TG,

    Entiendo que ambas son compatibles, como lo es la compra de otra casa, tal y como se explica en el árticulo. Eso sí, también entiendo que si superas las rentas máximas establecidas para el alquiler no tienes derecho a las mismas. Es decir, que la situación personal (obligatoriedad a vivir de alquiler) no hace que se puedan aplicar leyes especiales a la deducción por el mismo.
    En cualquier caso, y dado lo particular de la situación, quizás lo más sencillo sería una llamada a Hacienda para confirmar estos datos.

    Comentario por admin — marzo 18, 2011 #

  6. Hola,
    3 meses antes de divorciarme, subrogamos la hipoteca de la vivienda habitual(de 60000 e, ya restaban 48000e y ampliamos la misma hasta 111000. Tras el divorcio y el reparto de bienes, me quedé con la vivienda habitual y su hipoteca y mis hijos, él con una vivienda libre de cargas, por lo que tuvo que compensarme con 15000e. Me revisan la declaración de renta y me dicen que no puedo desgravar el 100% de la hipoteca sino solo la parte que corresponde a los 60000e iniciales, no podría según me dicen desgravar mas que un 54% de la hipoteca actual. ¿Esto es cierto? Yo considero que volvi a comprar esa vivienda en el momento de mi divorcio y por los 111000 e. Gracias

    Comentario por Montse — diciembre 9, 2011 #

  7. HOLA MONTSE,

    En principio, no podrías deducir el dinero incluido en la ampliación del préstamo, ya que se entiende que no está destinado a la compra de la vivienda habitual, cuyo precio de compra es el marcado en la primera vivienda. Hacienda entiende, y en este caso compartiría su criterio, que sin escritura de compra de por medio no hay compra venta. Serviría quizás un acuerdo de condominio.

    Comentario por admin — diciembre 12, 2011 #

  8. en qué casos ante hacienda podría estar justificada la venta de una vivienda habitual antes de los tres años

    Comentario por chelo — febrero 22, 2012 #

  9. HOLA CHELO,

    En este enlace podrás ampliar información: Concepto de vivienda habitual

    Comentario por admin — febrero 24, 2012 #

  10. yo compré un piso con mi pareja en 1997 y nos divorciamos( sin hijos a cargo) en 2004 y yo me quedé con el piso pagándole su parte. En 2006 vendí el piso. ¿Cuándo empieza a considerarse vivienda habitual en 1997, la primera venta, o en 2004 cuando compro la otra parte? pues he tenido que pagar a hacienda por según ellos vender el piso antes de los tres años. Gracias. Espero respuesta por favor.

    Comentario por chelo — febrero 26, 2012 #

  11. HOLA CHELO,

    Yo entiendo que es vivienda habitual desde 1997…

    Comentario por admin — febrero 27, 2012 #

  12. buenas i caso es el siguiente me : compre una vivienda con el padre de mis hijos me case y el año pasado me divorcie a la hora de hacer la declaracion este año como la devo hacer ¿conjunta con el puedo ? si en el divorcio hay un acuerdo de que yo me hago cargo de los pagos de la vivienda hipoteca ? la puedo declarar integra ? o ya se aplica la ley de que la vivienda el pago es a partes iguales ? teniendo en cuenta quie esistn 2 hijos menores .

    Comentario por sara — marzo 2, 2012 #

  13. HOLA SARA,

    Si estás divorciada no puedes hacer la declaración conjunta con tu ya ex marido. En cuanto a la hipoteca ¿Cuando hablas de acuerdo te refieres a acuerdo escrito y ratificado por un juez?

    Comentario por admin — marzo 15, 2012 #

  14. Hola, buen dia. Mi caso es el siguiente: Compré una vivienda en 2005 y en la escritura figuramos mi pareja y yo como propietarios. En 2008 nos separamos (nunca nos casamos) y de mutuo acuerdo y tras firmar un papel, nos comprometimos a abonar desde 2008 hasta que se vendiera la casa, los gastos de hipoteca al 50 %. Mi pareja nunca ha abonada nada, porque no tiene ingresos, no trabaja ni figura de alta en ninguna empresa. Desde entonces yo me he hecho cargo de la hipoteca, gastos luz, agua, comunidad al 100%. Me gustaría saber si puedo declarar el 100% de la hipoteca o me tengo que limitar al 50%. Puedo demostrar que siempre he abonado yo porque los cargos se hacen desde mi cuenta personal (no compartida) donde ingresan mi nómina.

    Comentario por Carmen — abril 17, 2012 #

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