La deducción de los 400 euros del IRPF: un caso práctico
El pasado viernes se aprobó de forma definitiva la deducción de los 400 euros del IRPF y aunque todavía es necesario el desarrollo reglamentario a partir del próximo mes ya podremos disfrutar de esta medida. En las últimas semanas hemos recibido varias dudas sobre el funcionamiento de esta deducción del IRPF, así como quienes se podrán beneficiar de ella y cómo se aplicará en la práctica.
Según recoge la página del Ministerio de Economía y Hacienda, la aplicación se realizará en dos tramos. El primero se llevará a cabo en la nómina de junio, que incluirá una primera deducción de un máximo de 200 euros en el IRPF. El importe restante, hasta alcanzar los 400€, se prorrateará en los siguientes meses hasta final de año, mediante la aplicación de un menor tipo de retención, lo que traducido a euros supondrá cerca de 30 euros más al mes dependiendo del número de pagas.
Como esta información puede resultar en principio un poco farragosa para muchos lectores, lo mejor es observar su aplicación a través de dos ejemplos prácticos:
1- Un trabajador que cobra 1.500 brutos euros al mes en 12 pagas con una retención del IRPF de 250 euros y un sueldo neto de 1.200 euros al mes, pasará a ingresar en su cuenta 200 euros más en junio. Es decir, su retención se reducirá hasta los 50 euros y su sueldo neto, es decir, lo que cobra efectivamente, aumentará hasta los 1.400 euros. El resto de la deducción se le aplicará rebajando el porcentaje de su retención, lo que en su caso se convierte en 33,33 euros más al mes. De esta forma, la cantidad que aporta a las arcas del estado descenderá hasta los 216,67 euros y su salario neto se incrementará hasta los 1233,33 euros.
2- En este caso veremos que pasa cuando el trabajador no alcanza los 200 euros de retención mensual. Así, en una nómina que refleja ingresos brutos de 1.000 euros mensuales con una retención de 150 euros y un salario neto 825 euros, la deducción sólo podrá ser de 150 euros. Así, su porcentaje de IRPF en junio será del 0% y pasará a ingresar 975 euros. En caso de que durante ese mes percibiese además una paga extraordinaria, podría sumarle la cantidad que se retiene en la mismas hasta alcanzar los 200 euros. El texto publicado en el BOE ha servido para aclarar una de las mayores dudas para aquellas personas que no alcancen los 200 euros en la primera deducción de junio, como es el caso. A estos contribuyentes se les sumará el dinero que reste hasta alcanzar los 400 de forma mensual. Es decir, se añadirá a los 33,33 euros citados en el caso anterior. En nuestro ejemplo concreto, nuestro trabajador percibirá al mes 41,66 euros más (los 200 euros más los 50 que no se dedujo en junio), con lo que su sueldo será de 866,66 euros.
Cabe recordar que la deducción de 400 euros se mantendrá en 2009, aunque entonces se aplicará de forma prorrateada a lo largo de todo el año.
En el caso de los autónomos, se podrán deducir los primeros 200 euros en el pago fraccionado a presentar en el mes de julio y 100€ en cada uno de los siguientes, correspondientes a octubre 2008 y enero 2009. La cantidad no consumida en un trimestre, se podrá deducir en el trimestre siguiente del mismo ejercicio 2008.
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Comentarios al artículo
1
Fecha: May 26, 2008 at 10:10 am
Que pasa si por x razón se trabaja durante todo el año excepto el mes de junio?
Se prorratearan las deducciones en los siguientes meses?
O habrá que esperar a hacer la declaración para recuperarlo?
un saludo!
Hola Cristian,
Buena pregunta. Según el texto legal en junio la deducción será de 200 euros porque se refiere a todo el periodo anterior de 2008. Aunque no se dice nace específico al respecto, supongo que habiendo trabajado el resto del año será posible aplicar la deducción en los meses posteriores.
2
Fecha: May 26, 2008 at 12:07 pm
Todavía hay muchas dudas al respecto. ¿qué pasa con alguien que han despedido este mes? ¿qué pasa con la gente que hay en el paro? ¿van a poder hacer frente las empresas a ese gasto durante todo el mes de junio? (el dinero te lo adelanta la empresa para la que trabajas, luego al mes siguiente se lo devuelve Hacienda) ¿qué pasa con los autónomos? ¿por qué han mezclado la ayuda de los 400 € con lo de la vivienda? Eso huele raro…
3
Fecha: May 28, 2008 at 10:46 am
¿Y qué pasa de cara a la declaración de la renta del año que viene? ¿Habrá que declarar esos 400€? O lo que es lo mismo, a mí que devuelven cada año, ¿me devolverán 400 € menos que otros años?
4
Fecha: May 28, 2008 at 11:03 am
SI UN TRABAJADOR TIENE UN SOLICITADO PARA TODO EL AÑO UN PORCENTAJE DE RETENCIÓN SUPERIOR AL QUE REALMENTE LE CORRESPONDE ¿SE PUEDE APLICAR LA DEDUCCIÓN EN NÓMINA DE LOS 400€ O PREVALECE LA SOLICITUD INICIAL DEL TRABAJADOR Y YA SE LOS DEDUCIRÁ EN LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2008?
UN SALUDO,
JUAN
HOLA JUAN MANUEL,
Prevalecería la deducción de los 400 euros del IRPF.
5
Fecha: May 28, 2008 at 11:08 am
Escribe aquí tu comentario.
Un trabajador con un salario bruto de 1.700.18 incluidas pagas, y una retención de 204,90 tendria derecho a la reduccion de los 400 euros?
6
Fecha: May 28, 2008 at 11:12 am
HOLA SUSANA.
En principio sí que tendría derecho a percibir esa deducción.
Un trabajador con un salario bruto de 1.389,04 incluidas pagas, y con una retención de 111,12, tendria derecho a la deduccion de los 400 Euros.
7
Fecha: May 28, 2008 at 12:21 pm
<p>HOLA EVA MARÍA,.</p>
En un principio este trabajador sí teiene derecho a esa deducción. De todas formas, el próximo 4 de junio la Agencia Tributaria publicará la guía para que las empresas puedan aplicar la deducción en las nóminas de sus trabajadores
<p>Un trabajador con un salario bruto de 1.700,18 incluidas pagas, y con una retención de IRPF 221,02, tendria derecho a la deducción de los 400 Euros.</p>
<p>Muchas gracias</p>
8
Fecha: May 29, 2008 at 6:40 am
Buenos días, si un pensionista ademas de recibir su pensión estatal ,tiene contratado un fondo de pensión con fiscalidad IRPF, ¿ En estas prestaciones tiene dercho a la deducción de 400 Euros?
9
Fecha: May 29, 2008 at 9:19 am
y si no te descuentan irpf durante todo el año por reduccion de jornada ¿te los devolveran en la renta del 2008? aunque no te corresponda realizar la declaración porque no llegas al tope. gracias.
10
Fecha: May 29, 2008 at 10:08 am
¿Que es lo que pasa si no se tiene que hacer la declaracion del a renta? Me sale a pagar pero no tengo que hacer la declaracion por que tengo un bruto anual de 18000 €
HOLA MANUEL,
Si no estás obligado a hacer la declaración puedes dedicir no hacerla aunque salga a pagar. Eso sí, ten en cuenta que los ingresos brutos no son el único medio para saber si hay que hacer la declaración.
11
Fecha: May 30, 2008 at 1:04 pm
Buenas tardes, como se soluciona el problema de los trabajadores que han pactado un neto con la empresa? es decir, también tienen el derecho a la deducción? o por el hecho de haber pactado un neto no se les baja el IRPF?
HOLA MIRIAM,
Aunque hayas pactado un neto también tienes derecho a esas deducciones, ya que en cualquier caso esa cantidad net lleva aparejada un bruto total.
12
Fecha: May 30, 2008 at 3:36 pm
Escribe aquí tu comentario.Hola, vengo de revisar mi borrador y me sale a pagar, pero en hacienda me dicen que no estoy obligada a declarar, entonces mi pregunta es ; ¿tengo derecho a los 400€, ó es un requisito indispensable haber presentado la declaracion de renta, para poder recibirlos???
HOLA SANDRA,
NO es necesario hacer la declaración de la renta para percibir los 400 euros.
13
Fecha: May 30, 2008 at 4:07 pm
Si un trabajador con una retención muy baja, cercana al 2%, te viene con el siguiente planteamiento: Como me retienes tan poco, no puedo aprovecharme apenas de los 200 euros de Junio, así que voy a solicitarte un aumento de retención muy por encima de la que me corresponde y así podré beneficiarme más de los 200 euros.
¿Cómo le explicas a este trabajador que ese planteamiento es totalmente absurdo y que no sirve de nada?
HOLA ANTONIO,
MUy buena cuestión. Yo básicamente le explicaría en qué consiste exáctamente la deducción y de dónde sale ese dinero (es decir, de ese 2%), por lo que al final le va a dar igual. Una buena fórmula para alcarar malos entendidos sería indicarle exactamente cómo se estructura su nómina.
14
Fecha: May 30, 2008 at 4:34 pm
En mi empresa las nóminas las hacen de abajo, arriba, o sea, dan el líquido a la gestoria y ella se encarga de hacerlas de esa forma. Así juegan con nuestro sueldo base, extraordinarias e incentivos. Ahora me surge una duda, de esta forma lo de los 400 euros a mi no me va ha beneficiar, pero tampoco quiero que beneficie a mi empresa, puedo renunciar a ellos de alguna forma?
HOLA ANGEL,
No hay constancia de que se pueda renunciar a los 400 euros, pero en cualquier caso no es algo que deba o pueda beneficiar a la empresa de ninguna forma, ya que ella seguirá pagando lo mismo por cada trabajador independientemente de la deducción.
15
Fecha: May 31, 2008 at 8:54 am
Mirar esto de los 400 euros es la engañifa mas grande que se puede imaginar uno.
Te lo descuentan de la nomina de irpf, es decir que cobras mas en la nomina hasta ahi bien, pero que pasa cuando hagas la declaracion del año que viene entonces no los tendras es decir ahora te los doy luego te los quito, esto es bueno siempre que el año que viene no llegues a los 22000 euros y no tengas que declarar.
Lo normal seria que cuando hagas la declaracion del año que viene te los incluyeran dentro del irpf.
Pongo un ejemplo si a mi me han retenido durate todo el año 1000 euros me pusieran 1400 asi si seria lo justo.
16
Fecha: June 3, 2008 at 9:26 am
ME PREGUNTABA EXACTAMENTE LO MISMO QUE LA CUESTIÓN 15 … YA QUE ENTONCES ES QUE NOS TRATAN DE TONTOS…
O ¿ESTOS 400 EUROS SE AÑADIRAN A LAS RETENCIONES DEL 2008?
SI NO ES ASÍ… UNA AFIRMACIÓN: QUE TRISTE GOBERNAR UN PAIS DEL QUE PIENSAS QUE SUS CIUDADANOS SON TONTOS NO?….
17
Fecha: June 4, 2008 at 8:49 am
Estoy trabajando 6 horas nada más y mi rentención es de un 3%, por lo cual solo me retienen unos 13 euros más o menos, tengo derecho a los 400 €.
18
Fecha: June 4, 2008 at 9:56 am
HOLA BUENOS DIAS,
SOY AUTONOMA DE UNA SOCIEDAD LIMITADA, TENGO NOMINA MENSUAL, YO TENGO DERECHO A LOS 400 €.
Hola Ruth,
Tienes derecho a los 400 euros, pero no en la nómina, sino en el pago de tus cuotas mensuales.
19
Fecha: June 4, 2008 at 10:06 am
[…] de empresas y contribuyentes un programa para calcular las retenciones de 2008 una vez aplicada la deducción fiscal de 400 euros sobre el IRPF. Y es que para quien todavía no lo sepa este mes de junio se pone en marcha la […]
20
Fecha: June 4, 2008 at 5:35 pm
VIVO EN LACOMUNIDAD DE CASTILLA PERO TRABAJO EN UNA EMPRESA VASCA COMO ME VAN A DEVOLVER LOS 400 EUROS SEGUN LA NORMATIVA ESPAÑOLA O LA VASCA
21
Fecha: June 10, 2008 at 9:49 am
Trabajo 6 horas, con un retención del 13%, me corresponden los 400 €. Gracias
22
Fecha: June 10, 2008 at 12:50 pm
RESPECTO A MI PREGUNTA DEL DIA 4 DE JUNIO, NO ENTIENDO, CUALES SON LAS CUOTAS MENSUALES.
23
Fecha: June 12, 2008 at 11:27 am
En el caso de un trabajador que trabaja en 2 empresas y en la primera ya cubre la deducción de irpf de 200 euros prevista para la nomina del mes de junio, en la otra empresas no se deduciría nada, ¿es así?
Gracias y un saludo
24
Fecha: June 13, 2008 at 2:14 pm
buenas tardes,
hoy me han entregado el finiquito en mi actual empresa y cual ha sido mi sorpresa al ver que aún teniendo un 15% de retención de irpf en la nómina que me corresponde del 1 al 13 de junio, no se me había aplicado la deducción de los famosos 200€ y la explicación del asesor laboral ha sido que los que percibimos una cantidad fija todos los meses (tenemos negociado nuestro sueldo neto y no varía) no tenemos derecho a la deducción.. es esto correcto? cual es el motivo? (él mismo no me lo sabía explicar..)
muchas gracias
HOLA MABEL,
Sin ánimo de contradecir al asesor laboral, todo el mundo recibe un sueldo neto que generalmente no varía y la negociación del mismo (neto o bruto) no debe incidir en estos apartados porque no tienen nada que ver. El problema es que ni siquiera las propias empresas tienen muy claro cómo aplicar esta deducción y conozco casos al contrario, es decir, donde a un trabajaro que abandona su empresa en junio sí le han pagado el finiquito.
25
Fecha: June 16, 2008 at 6:24 am
Tengo 9.000 mil de ingresos del año pasado y no estoy obligada de hacer la irpf..He trabajado en varias empresas sin contratos fijos.Me devuelven 400 euros si no hago la declaración de la renta y dónde tengo que solicitarlas?
HOLA VALENTINA,
Los 400 euros te los devuelve la empresa en la que trabajas.
26
Fecha: June 16, 2008 at 8:20 am
¿Cúal es el mínimo de porcentaje de IRPF, por el que no te devuelven?.Sé que a un 2% de retención no te devuelven nada, por que nada te han retenido, pero ¿a un 10%, con un total de 120 euros al mes de IRPF? ¿me devuelven eso 120 euros en julio y el resto hasta los 400 hasta final de año?
27
Fecha: June 16, 2008 at 8:49 am
[…] primer lugar hay que tener en cuenta que la elección de una u otra fórmula para hacer la declaración del IRPF dependerá de las circunstancias personales de cada pareja. Sin embargo, en general se puede decir […]
28
Fecha: June 17, 2008 at 4:41 pm
Hola. Tengo la siguiente duda o questión a plantear.
Un autónomo puede deducirse los 400@ en el 2º, 3º y 4º pagos fraccionados del IRPF, pero ¿cómo refleja dicha reducción en el formulario mod. 130? Como no figura el concepto en el formulario, cuando haga la renta en 2009 correspondiente al ejercicio 2008, resulta que faltarán 400 eruos, pues no ha sido reflejada la reducción en ningún formulario presentado a la AEAT. ¿Es así o no?¿Cómo reflejo la reducción en el formulario del pago fraccionado? Gracias.
29
Fecha: June 18, 2008 at 12:45 pm
Tengo contrato con dos empresas distintas, y tengo pactado un fijo mensual 1000 € al mes. Mis preguntas son:
Yo voy a seguir cobrando 1000 euros, por lo que al hacer la declaración,me saldrá a pagar 400 euros mas
La devolucion de 400 euros, me la harán por empresa o solo en una de las dos.
Muchas gracias
HOLA JAVIER,
Aunque tengas pactado un fijo mensual, este mes deberías cobrar la primera parte de la deducción por los 400 euros. Respecto a las dos empresas, todavía sigue sin estar muy claro este punto y puede que ambas te apliquen la deducción.
30
Fecha: June 18, 2008 at 2:33 pm
Hola, tengo un par de dudas, como mucha gente…Trabajo en dos sitios, de uno de ellos se me acaba el contrato ahora en junio para finales, y creo (por lo menos el año pasado fue así, no tuve liquidación).Del otro empecé en mayo. De los dos me quitan el 2%.¿Tengo derecho a la deducción?¿¿ cuál me lo gestionará?. Gracias.
31
Fecha: June 20, 2008 at 9:57 am
Mi madre tiene dos pensiones y aunque no llega a los 22000 euros, al ser dos pagadores, le corresponde hacerla. Este año ha pagado alrededor de 1000 euros porque no le descuentan nada durante el año.
Al no retenerle, supongo no cobrara los 400 euros de momento pero de alguna forma los cobrara en el IRPF el próximo año. Es asi? pues ella no paga mes por mes porque lo paga todo al hacer la renta.
32
Fecha: June 26, 2008 at 9:05 am
Hola,
Me gustaria saber que pasará con la declaración de la renta del ejercicio 2008, despues de haber beneficiado de los 400€.
Saludos.
33
Fecha: June 29, 2008 at 9:30 am
Hola tengo dos trabajos en uno me quitan un 12 y en el otro un 6 en esta nomina ya me han metido lo que me correspondia, tanto del primer trabajo como del segundo, cada año estoy obligada hacer la declaracion y me sale a pagar,mi pregunta es:
al pagarme los 400 euros al hacer la declaracion de renta del año que viene, tendre que pagar mas, de lo que he pagado este año, por haberme pagado ya los 400 por adelantado? porque si es asi yo no los quiero, me viene justo llegar al mes como para encima ahorras mas para pagar hacienda, si es ese el caso como puedo hacer para que no me los paguen,gracias anticipadas
HOLA MARA,
Para que no te paguen los 400 euros tendrías que hablar con el departamento de administración o recuros humanos de tu empresa y pedirles que mantengan tu retención tal y como está.
34
Fecha: July 1, 2008 at 11:25 am
NO ME QUEDA CLARO SI ESTOS 400 € AUMENTARÁN EL IMPORTE A DECLARAR EN LA PROXIMA RENTA,ES DECIR ,ME LOS DAN AHORA PERO PENALIZAN MI DECLARACIÓN DEL 2008 ? O ESTAN EXENTOS?cREO QUE SE HA EXPLICADO MUY MAL A LOS CIUDADANOS,ADEMÁS QUIENES MENOS COBRAN NO LOS RECIBEN PORQUE NO DECLARAN ??
35
Fecha: July 3, 2008 at 11:12 am
Yo cobro todos los meses 1.000 euros, unos 750 en la nomina y el resto aparte. Este mes me han pagado lo mismo, pero la nomina viene mas alta. Hasta ahora mi empresa asumia las retenciones practicadas porque yo siempre cobraba lo mismo. Pero ahora resulta que al no haberme practicado retenciones he cobrado mas en nomina. A efectos de Hacienda consta que yo ya he percibido 90 euros a cuenta de los 400. El año que viene en mi IRPF va a figurar que yo ya los he percibido, pero en mi caso ¿donde estan? Yo no los he cobrado de mas. ¿Si no llego a que me retengan el total de los 400 al final de año, en la renta del 2008, me van a abonar la diferencia? ¿Me tiene que pagar la empresa los 90 euros aparte?
36
Fecha: July 4, 2008 at 2:24 pm
A mi marido le retienen aproximadamente al mes unos 40 Euros, su jefe le ha dicho que ya no tiene derecho a cobrar el resto hasta los 400 en las siguientes nóminas. Tiene un 3% de retención, con lo cual tampoco llegaría ya que finalizan los contratos el 31 de octubre. ¿Es verdad que no le van a devolver nada? ¿Tendremos que esperar a hacer la declaración de renta para beneficiarnos de los 400 ?.
Gracias,
HOLA MONSTSE,
Tu planteamiento es correcto.
37
Fecha: July 5, 2008 at 9:21 am
hola. Yo trabajo en dos empresas en una estoy fija pero en la otra llevo tres meses de prueba y me van a dejar fija.Voy a dejar el primer trabajo y queria saber si tendre derecho a la deduccion de los 400 euros si me voy.En el caso de que la dejase ¿Tendrian que abonarme toda la deduccion en el finiquito o no tendria derecho a ella? gracias.
38
Fecha: July 5, 2008 at 9:25 am
Tengo un trabajo a tiempo parcial desde hace 5 años. En la nómina de Junio he cobrado 10 euros de más respecto a las anteriores. La retención que se me practica es de un 2% y recibo al mes unos 453 euros.Si se me retiene menos de 400 euros al año ¿tengo derecho a recibir la cantidad retenida aunque sea inferior a los 400?
39
Fecha: July 7, 2008 at 8:30 am
Preguntarte
¿si este año pagamos menos de irpf con las devoluciones de los 400 euros, el estado recaudara menos, eso implica que tendre que pagar mas o que me devolveran menos el años que viene cuando haga la declaracion?
HOLA JAVIER,
Lo que ocurre es que tendrás menos dinero que poder desgrabar. Es decir, Hacienda puede devolver parte de las aportaciones que hayas realizado a lo largo del año al IRPF. En este caso, como ya se te ha devuelto parte cobrarías menos.
40
Fecha: July 8, 2008 at 10:54 am
hola me llamo cinthya a mi me retienen el 6 por ciento tengo derecho a los 400 euros por q en mi nomina me viene 60 euros para junio y me devolveran otros 60 euros en julio y alli acabo eso es lo q me dijo mi jefe es correcto o me estan engañando.besos gracias
HOLA Cinthya,
Te deben devolver hasta 400 euros antes de final del año (200 + 200 euros prorrateados), aunque tendría que conocer las condiciones exactas del contrato.
41
Fecha: July 8, 2008 at 11:37 am
y el empresario. Como recupera los importes de las deducciones a los trabajadores
42
Fecha: July 8, 2008 at 2:00 pm
Escribe aquí tu comentario.
Soy una trabajadora fija que tiene pactados con la empresa un neto y una retención fija. En junio me han devuelto los 200 euros pero ahora me dicen que no me corresponde el prorrateo de los 33,33 porque no me pueden bajar la retención al tenerla fija. En caso de ser cierto, cobraré los otros 200 en la declaración de la renta? Puede la empresa bajarme la retención para cobrar el prorrateo? Qué me compensa más?
HOLA EVA,
No debes preocuparte, ya que cobrarás esos 200 euros en la declaración de la renta. Cualquiera de las dos fórmulas es en teoría igual de beneficiosa, aunque casi siempre es mejor contar con el dinero anticipadamente para poder sacarle rendimiento.
43
Fecha: July 8, 2008 at 8:47 pm
Hola,
Cobro 1100 euros netos, este mes mi nómina asciende a 1174.85 euros por el tema de no tener retenciones, pero yo he cobrado 1100. Puedo exigirle a la empresa que me pague esos 74.85 euros que me faltan aunque yo pactara con ellos el sueldo neto, o si se ponene de malas puedo pedir que modifiquen la nómina para no quitarme las retenciones ya que no las recibo?
Saludos y gracias
HOLA ISASU,
Como he indicado en comentarios anteriores se trata de un caso complicado. Todo depende del acuerdo específico que alcanzases con la empresa y si está reflejado de forma explícita en el contrato. Por otra parte sí que puedes probar a pedirles que no te apliquen estas deducciones, ya que están pensadas para el trabajador y no para la emrpesa. Ten en cuenta que si no las cobras ahora ya lo harás en tu declaración de la renta de 2008.
44
Fecha: July 10, 2008 at 7:39 pm
Hola, esta pregunta ya ha salido pero no me queda muy claro. Yo trabajo en dos sitios distintos y en los dos me estan haciendo la reduccion del IRPF, ¿tengo derecho a esos 400 euros en los dos sitios o sólo en uno?
Muchas gracias
45
Fecha: July 11, 2008 at 3:14 pm
Un trabajador con un neto pactado, la empresa asume todo el año su cuota obrera y su irpf, por lo que mi pregunta es, ¿ es obligatorio el abono de los 200 euros en junio? y a incrementarle la deduccion del irpf en los meses posteriores?
46
Fecha: July 16, 2008 at 4:39 pm
el gobierno nos quiere tratar por tontos.
nos están engañando, el gobierno no nos da NADA
Una persona que su declaración de la renta le salga a devolver, lo único que va a ocurrir cuando haga la declaración correspondiente al ejercicio 2008 es que le van a devolver 400 EUROS MENOS, LOS MISMOS QUE AHORA DICE EL GOBERNO QUE NOS ESTA DANDO.
MENTIRA COMO TANTAS OTRAS
47
Fecha: July 16, 2008 at 5:39 pm
Hola,
Tengo un contrato en practicas y cobro 900 € netos, desglosados de la siguiente manera:
Devengos:
- 600 € de salario base,
- x de P/P Beneficios,
- C.S. Absorbible unos 400 € ( que dependen de las deducciones para asi cobrar los 900 justos)
Mi duda es la siguiente, en la nomina de Junio, se aplica la reducción del IRPF, pero de C.S.Absorbible, me lo restan para cobrar los 900 € justos. ¿ no tendría que cobrar los 900, más la deducción?
¿Tiene derecho la empresa a quedarse el dinero?
Gracias.
48
Fecha: July 19, 2008 at 7:03 pm
Buenas. Resulta que soy trabajador por cuenta ajena con nómina a la que aún no he tenido acceso (de junio) y profesional. Debo aplicar la deducción en los dos trabajos o solo en uno?? Puedo elegir? La verdad eso de dejar para el último día hacer el resumen trimestral me ha dejado con esta duda. Creo que no me aplicaré la deducción en el modelo 130 de este periodo y si acaso luego lo corrijo. gracias!!!
HOLA PKDOR
En principio sólo deberías aplicarla en uno de los casos. Me parece que la opción que propones es la más lógica. Además, siempre se aplicarán las deducciones a la hora de afrontar la declaración de 2008.
49
Fecha: July 21, 2008 at 2:04 pm
Hola,
Estoy bastante inquieta con respecto a estas cantidades que al parecer todo el mundo está recibiendo y sin embargo ni yo ni nadie en mi empresa (al menos que yo sepa)ha visto el pelo aún…El caso es que a mi me correspondía percibir 86 € que aparecen correctamente reflejados en mi nómina y sin embargo mi sueldo ha sido exactamente igual que en meses anteriores. Nadie en la empresa se ha dignado a darnos una explicación, sin embargo todos hemos visto como nuestros respectivos “complementos de función” que figuran en las nóminas se han visto disminuidos exactamente en un importe que se corresponde con el de la deducción que nos correspondía a cada uno. Es decir, que si en mi caso hasta el dia de hoy he venido cobrando un complemento de funcion de 200 €, en esta nómina se me ha reducido casualmente en 86 € (justo lo que me correspondía cobrar). Quisiera saber si a alguien le ha ocurrido algo parecido y si esto es un hecho denunciable ya que esto ha coincidido con el hecho de que la empresa lleva un tiempo anunciandonos malos resultados y por ello han decidido quedarse con nuestro dinero…
Gracias por vuestra ayuda,
Una trabajadora indignada
50
Fecha: July 25, 2008 at 11:52 am
¿Porque no contestais a la pregunta 32? O mejor dicho, a todas las preguntas que se refieren a la declaración de la renta del próximo año.
Gracias.
Saludos.
51
Fecha: July 30, 2008 at 7:45 pm
hola!.mi problema es el siguiente:en la declaracion del 2007 tuve que pagar 1100 euros a haciendo por el tema de los dos pagadores aunque no llegue ni mucho menos a los 22.000 euros.el caso es q soy enfermera estoy en bolsa y voy trabajando cuando me van llamando.este año me han llamado este mes de julio de 2008 para trabajar,pero en la nomina no me han descontado ningun tipo de dinero en el IRPF
? TIENE ALGO QUE VER
HOLA MARIA,
El problema de la medida es que está diseñada para trabajadores con contratos estables y no para trabajadores eventuales que saltan de contrato en contrato, aunque sea por obligación, como es tu caso.
52
Fecha: July 30, 2008 at 7:48 pm
HOLA! MI PROBLEMA ES EL DIGUIENTE : EN LA DECLARACION DEL 2007 TUVE QUE PAGAR 1100 euros a haciendo por el tema de los dos pagadores aunque no llegue ni mucho menos a los 22.000 euros.el caso es q soy enfermera estoy en bolsa y voy trabajando cuando me van llamando.este año me han llamado en lo público este mes de julio de 2008 para trabajar,pero en la nomina no me han descontado ningun tipo de dinero en el IRPF
? TIENE ALGO QUE VER que haya empezado a trabajar en julio,y no antes,ya que en junio dieron a la mayoria de gente la devolucion de 200 euros de los 400 que nos corresponden?contestad rapido,estoy hecha un lio no controlo tampoco el tema y no se donde reclamar.GRACIAS
HOLA MARIA,
El problema de la medida es que está diseñada para trabajadores con contratos estables y no para trabajadores eventuales que saltan de contrato en contrato, aunque sea por obligación, como es tu caso. Además, muchas empresas han optado por entregar los primeros 200 euros pero no los segundos, que podrás deducirlos en la declaración de la renta.
53
Fecha: July 30, 2008 at 7:54 pm
prosigo con el comentario 53:tiene algo que ver q yo no he trabajado hasta julio
y se hayan olvidado de descontarme a mi los 200 euros primeros y el resto poco a poco en las siguientes nominas????????
54
Fecha: July 31, 2008 at 12:30 pm
Hola. A ver si me podrías aclarar una duda, a mi novio, su empresa no le está haciendo la deducción del IRPF de los 400 euros. No le ha aumentado en nada su nómina. Le dicen que cuando haga la declaración del año que viene se los devuelven, y si le toca a pagar, pues que le tocará pagar 400 euros menos. Pero es que mi novio no está obligado a hacer la declaración, y de lógica, si le toca pagar, aunque sea menos, no la va a hacer. Ha ido mil veces a quejarse pero la respuesta que le dan es siempre la misma. Tiene contrato de obra desde hace casi dos años (en Diciembre le hacen fijo) y le hacen la nómina como si trabajara 5 horas cuando trabaja 6, pero con pluses que le ponen le llega al sueldo pactado. Es legal lo que están haciendo con lo de los 400 euros? Muchas gracias por tu información.
HOLA ELVIRA,
Lamentablemente la empresa está en su derecho de no hacer efectiva la deducción de IRPF, ya que no está obligada por ley. En este caso no le quedará más que esperar a la declaración de la renta de 2008 para poder beneficiarse de los 400 euros.
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Fecha: July 31, 2008 at 2:39 pm
Parece que mi pregunta no le ha parecido lo suficientemente interesante al moderador, ya que ha continuado contestando a las demás ignorando la nº 49…
ESTIMADA PATRI,
NO es que la pregunta no sea interesante, lo que ocurre es que el tiempo del moredor también es limitado y no se puede responder a todas las cuestiones. En cualquier caso, sólo con los datos que facilitas es difícil ofrecer una respuesta precisa. En primer lugar deberías preguntar a la empresa el por qué de esa minoración, ya que a muchos trabajadores que han pactado un sueldo neto les ha ocurrido algo similiar.
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Fecha: August 1, 2008 at 11:06 am
hola. yo tengo un salario pactado por lo tanto cobro mas de lo q me sale en la nomina, y por lo tanto no me descuentan el irpf de lo q cobro por q lo paga la empresa es parte de lo acordado pero ahora los q se van a beneficiar de los 400€ son ellos. eso no quiere decir q cobre mucho si no q mi empresa es muy …..
ejemplo en nomina me salen 900 mas o menos y cobro 1100 mensual con pagas y todo incluido
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Fecha: August 2, 2008 at 11:04 pm
Hola. Mi pregunta es saber si en Irpf se ha establecido una deduccion en la cuota diferencial por el importe de 400 €, como si ocurre con Maternidad, Nacimiento o adopcion, o si en la declaracion proxima me los descontaran. Gracias
HOLA FRANCISCO,
En la siguiente declaración no se descontarán los 400 euros.
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Fecha: August 5, 2008 at 4:22 pm
hola…mi pregunta es mas tonta si se piensa,,,¿quien paga esa deduccion del irpf?porque mi jefe dice que aunque aparece en la nomina no nos la va a pagar….¿que hago si es el,el que la tiene que pagar???
HOLA JUAN LUIS,
Depende del contrato que tengas, pero si aparece en la nómina debes cobrarla. Otra cosa es que la emprsa no la aplique y después te beneficies de ella al hacer la declaración de la renta.
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Fecha: August 7, 2008 at 1:42 pm
En nuestro caso ya nos pagaron en junio los 200€ y ahora en julio nos han rebajado el IRPF pero también han reducido los incentivos por lo que el monto a cobrar neto no aumenta. Esto es legal o se puede hacer algo al respecto?
HOLA MIMI,
En teoría no deberían haberos reducido los incentivos, ya que la ley lo que hacer es reducir la retención del trabajador, que es de donde se obtienen los 400 euros. Mi consejo es que preguntes el motivo de la reducción de incentivos en lugar de minorar directamente la retención de IRPF.
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Fecha: August 7, 2008 at 10:23 pm
Cobro una pensión de jubilada del INSS y un complemento de pensión de la Empresa. En la nómina del INSS de Julio me abonan 200 € y en el complemento de la Empresa la totalidad de la retención que no alcanza los 200 €, en total, 348,48 € por las dos. ¿Es normal que cobre por las dos pensiones?</p>
HOLA LUCRECIA,
Es un error que se está produciendo con bastante asiduidad pero que seguramente se subsane al hacer la declaración.








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