Buscar:

El alquiler de pisos para vivienda en la declaración de la renta 2007

El alquiler de pisos es, desde hace dos años, una de las prioridades del Gobierno para luchar contra el alto precio de la vivienda que ahora comienza a descender. En este sentido, existen una serie de deducciones e incentivos fiscales tanto para el propietario como para el inquilino del inmueble a la hora de realizar la declaración de la renta 2007 siempre y cuando el uso del inmueble sea exclusivamente para vivienda.

Para empezar, los propietarios están exentos del IVA. Es decir, no tienen por qué repercutir el IVA en las facturas que remiten a inquilino. En cualquier caso deberá declarar cuáles son los beneficios que obtiene por el arrendamiento del inmueble, lo que se calcula restando a los ingresos íntegros los gastos deducibles.

En el apartado de gastos deducibles se incluyen todos costes que origine el alquiler de la vivienda:

- Intereses y gastos de financiación de los capitales invertidos en la adquisición o mejora de la vivienda
- Intereses y gastos de financiación de los enseres cedidos con la vivienda
- Impuestos y tasas estatales que repercutan sobre la vivienda como es el IBI, las tasa por limpieza, recogida de basuras o alumbrado, por ejemplo
- Gastos por la formalización del arrendamiento
- Gastos por la defensa de carácter jurídico de la vivienda y su rendimiento
- Gastos de conservación y reparación
- Gastos de servicios y suministros
- La amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo)
- Gastos de administración, vigilancia, portería y otros servicios relacionados con la finca
- Las primas de contratos de seguro de la vivienda

Lo que en ningún caso podrá deducir el propietario son los pagos efectuados por siniestros ocurridos en la casa y que devalúen el valor de la misma, así como el importe de las mejoras efectuadas en los bienes inmuebles. Del mismo modo, y dado que la vivienda se encuentra en alquiler, no podrá deducirla como vivienda habitual, ya que no cumpliría ese requisito.

Al rendimiento neto obtenido por el alquiler del inmueble se le aplican una serie de reducción que sirven para aumentar el beneficio que obtiene el propietario y arrendador. La reducción de carácter general es del 50%, aunque puede llegar al 100% para los alquileres a inquilinos de entre 18 y 35 años.

Artículos relacionados

27 Comentarios »

RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI

  1. Estoy alquilada y pago 630 E al mes. Aparte pago la contribución. No entiendo porq’ tengo q’ pagar un impuesto sin ser dueña del objeto q’ lo genera. Quiero saber si puedo declarar el alquiler en la renta 2007 (2008 hoy), al igual q’ la contribución q’ tengo 3 años pagando (si no lo hacía no me rentaban el piso). Estoy en el paro hace 3 años y medio y NO COBRO NADA del estado. Nadie sabe bien explicar esto: ni por tf., ni en Hacienda, ni los gestores lo tienen claro. Gracias a quien tenga el conocimiento y la generosidad para contestarme!

    Comentario por Teresa — May 9, 2008 #

  2. te deduces en las deducciones autonomicas y SOLO SI LA fianza esta depositada a favor de la Generalitat valenciana en caso sea esta tu comunidad.jj

    Comentario por jenny — May 9, 2008 #

  3. [...] sólo los arrendatarios reciben bonificaciones fiscales por el alquiler de pisos como vivienda habitual. Los inquilinos [...]

    Pingback por deducciones por el alquiler de pisos en la declaración de la renta 2007 II : el inquilino — May 12, 2008 #

  4. vivo en un piso compartido desde hace mas de dos años, el año pasado no presente declaracion de la renta pero este año pretendo hacerlo y me gustaria beneficiarme de las deducciones de renta, pero no estoy en el contrato de alquiler, puedo hacerlo?

    Comentario por ariadna — May 14, 2008 #

  5. Yo estoy empadronada e Coruña pero resido desde Junio 2007 en Marbella. Por lo que entiendo la declaración la tengo que presentar en Coruña pero quisiera poder desgrabar por el alquiler del piso en Marbella. Es posible?
    Gracias por vuestra ayuda!
    Saludos

    Comentario por Maria — May 17, 2008 #

  6. [...El arrendamiento de un bien inmueble que se destine a ser utilizado como vivienda, podrá reducir el rendimiento neto que obtenga por el alquiler en un 50 %....]

    Tributación del arrendamiento de inmuebles en la declaración de la renta

    Comentario por xtrex — May 17, 2008 #

  7. Quería comentar que no todo lo que se dice en este
    artículo es del todo cierto. Los propietarios quedan como si pudiese desgrabarse cási del total de los rendimientos percibidos por el alquiler de la vivienda cosa que puede ser así en algunas comunidades autónomas pero, en mi caso, en Euskadi, no es así. Aquí debemos tributar por el total de lo percibido menos un 20% por lo que si se alquila un piso por 650 €, se cobra un neto de 570, sin tomar en cuenta gtos de seguros para protegerse contra impagos, seguro hogar, IBI, etc. No en toda España tenemos los propietarios las mismas ventajas fiscales, cosa que no entiéndo, que creo no beneficia a la politica de activación de alquileres y que no es igualitaria para todos los españoles, pero es lo que hay.

    KAIXO Joana,

    Tienes toda la razón. El sistema fiscal vasco cuenta con importantes diferencias respecto al resto del país, unas ventajosas y otras no tanto. Por ejemplo, un contribuyente vasco no puede utilizar el programa padre ni cuenta con ningún tipo de ayuda de este estilo. Además también es más complicado solicitar los datos fiscales, por ejemplo. Como expones, no todo son ventajas

    Comentario por joana — May 22, 2008 #

  8. deducciones autonomicas las realizas tu mismo

    Comentario por alquiler madrid — June 5, 2008 #

  9. Si en el 2001 me desgrave una vivienda como habitual, y se supone que prescriben a los 5 años las rentas. y por trabajo me fui de ciudad y vendí la anterior y compre otra y me la desgrave como habitual . y resumiendo por trabajo me fui a otra y la anterior no la he vendido , pero quisiera desgravarme esta pues es mi residencia. ¿He de contar lo desgravado en 2001 o esta ya puedo no hacerlo ya que se supone que como he diho hacienda prescribe a los 5 años y con la reinversión que hicieron en el 2002 segunda quede en paz y solo cuenta esta ya que la mantengo?Vamos que pretendo desgravarme la 3ª vivienda y se que he contar las desgravaciones de la del 2002 hasta ahora que la tengo , pero no la del 2001 que vendi

    Comentario por Anraju — June 7, 2008 #

  10. Soy propietaria y alquilo piso a estudiantes sólo 10 meses. ¿pueden pedir deduciones de hacienda?

    HOLA ISABEL,

    Tanto tú como propietaria como los inquilinos tienen derecho a deducciones en Hacienda, aunque la cuantía de estos últimos depende de cada comunidad autónoma.

    Comentario por Isabel — September 16, 2008 #

  11. Hola!

    Voy a aquilar, por primera vez, una habitación de mi casa, que es donde vivo, estoy muy pez. La futura inquilina me ha comentado lo del contrato y la petición de ayuda para los jovernes hasta los 30 años y además se proratearia con el resto de inquilinos…. además me gustaría saber si tengo que declarar en hacienda estoy y que supondría para mi… como veis NO TENGO NI IDEA… o si tambien me podrías indicar un sito donde pudiera informarme claramente.

    ANA

    Comentario por Ana — September 27, 2008 #

  12. Escribe aquí tu comentario.

    Parece que si alquilas un piso a una persona menor de 35 años, te desgrava el 100%.
    Si se lo alquilas cuando tiene 34 años y el contrato es renovable durante 5 años ¿que pasa cuando la inquilina cumple 35 años? los años siguientes ya no te desgravan el 100%.??
    Soy de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

    HOLA TOMÁS

    Efectivamente, los siguientes años no podrás disfrutar de esa desgravación.

    Comentario por Tomás Gabarda — October 18, 2008 #

  13. [...] conservación de la vivienda…) por otro. Respecto a la parte económica, existen una serie deducciones e incentivos fiscales por arrendar un piso, siempre que el uso sea exclusivamente para vivienda. Para empezar, el propietario está exento de [...]

    Pingback por Ayudas al alquiler: el propietario — November 13, 2008 #

  14. ¿Si está exento el 100% se ha de declarar a hacienda?

    HOLA SERGIO,

    Incluso en ese caso estás oblicado a declarar.

    Comentario por Sergio — November 16, 2008 #

  15. Escribe aquí tu comentario.
    Queria saber cuanto quita al arrendador hacienda en navarra en un alquiler de 575 euros muchas gracias

    Comentario por laura — December 17, 2008 #

  16. Escribe aquí tu comentario.
    Hola queria saber cuanto quita hacienda en navarra a un arrendador que alquila el piso por 575 euros muchas gracias

    Comentario por laura — December 17, 2008 #

  17. Buenos días,
    Vivo en piso compartido, el contrato de alquiler esta a mi nombre y solo estoy yo en el mismo, tengo domiciliado el cobro del alquiler en mi cuenta bancaria. El resto de compañeros de piso me pagan a mi y yo ingreso en efectivo el dinero en mi cuenta para pagar al propietario.
    ¿como declaro este dinero para que no parezca que estoy ingresando dinero en negro en mi cuenta? ¿puedo tener problemas si no tengo manera de demostrar de donde viene el dinero, ya que no tengo recibos ni nada de el dinero que me dan los compañeros de piso?

    Comentario por Josep — December 22, 2008 #

  18. HOLA A TODOS.

    EN 2008 TUVE EL PISO ALQUILADO DURANTE LOS ULTIMOS 6 MESES A UNOS INQUILINOS QUE NO QUIEREN DECLARARLO A HACIENDA. Y EN OCTUBRE ME CAMBIÉ EL DOMICILIO FISCAL AL DOMICILIO DONDE RESIDO ACTUALMENTE.
    LO CORRECTO EN LA DECLARACION DE ESTE QUE SERIA? YA QUE HASTA JUNIO FUE MI VIVIENDA HABITUAL Y A PARTIR DE AHI ESTUVO ALQUILADO.
    QUE PASARIA SI ME LO DESGRABARA COMO SI NO HUBIESE ENTRADO NINGÚN INQUILINO?
    GRACIAS DE ANTEMANO.

    Comentario por ANGEL — January 15, 2009 #

  19. Disculpa que sea reiterativa pero he de aclararme.
    Si, como propietario, alquilo el inmueble para una vivienda habitual, entiendo que este alquiler esta excento de iva, no?
    Cuando presento la declaración, esta sería en función de los beneficios los cuales se calcularían restando
    a los ingresos íntegro:
    mensualidades),
    los gastos deducibles:
    comunidad de vecinos
    IBI
    Impuesto por recogida de basuras
    recibos de luz y de agua
    reparaciones realizadas en ventanas, puertas, instalación electrica del inmueble, etc
    gastos de productos de limpieza y pintura del inmueble
    coste de mano de obra de limpiado y pintado del inmueble
    póliza de seguro del inmueble

    ¿Es todo eso así?
    ¿He de presentar las facturas de todos estos gastos o simplemente lo reflejo en la casilla del documento de la declaración?

    Por otro lado leo que hay unos beneficios para el propietario, me puede indicar cuales son?

    Le agradezco enormemente su ayuda
    Un saludo

    HOLA NOG,

    Mi recomendación es que guardes las facturas ante posibles inspecciones.

    Comentario por NOG — February 13, 2009 #

  20. mis padres tienen un piso que está alquilado, ese alquiler lo cobro yo. ¿como hago la declaración?

    HOLA ISMAEL,

    Si el piso está a nombre de tus padres no podrás incluir esas cantidades como alquiler.

    Comentario por ismael — April 8, 2009 #

  21. hola soy propietario de inmuebles y los tengo alquilados a personas menores de 35 años tengo obligacion de declararlos y si es asi cuanto seria el porcentaje un saludo

    Comentario por manuel — April 19, 2009 #

  22. Hola
    Mi situación es algo complicada:
    a) compre una vivienda de tres habitaciones hace 7 años en Barcelona y he vivido en ella hasta el año pasado
    b) al comprarla necesite hipoteca (claro) y he estado desgrabando como vivienda habitual
    c) el año pasado me traslade a otra ciudad (Madrid) donde estoy de alquiler
    d) el piso de Barcelona lo tengo alquilado, pero una de las tres habitaciones la tengo reservada, por contrato, para mi propio uso y de hecho la uso tres o cuatro días al mes
    PREGUNTAS:
    1- puedo mantener el piso de Barcelona como vivienda habitual?
    2- puedo seguir desgrabando la hipoteca?
    3- puedo compensar los ingresos por el alquiler que recibo en Barcelona con el coste del alquiler que pago en Madrid?
    Gracias

    Comentario por jose — April 20, 2009 #

  23. Buenos dias, mi pregunta es la siguiente. Vivo en un piso de alquiler junto con mipareja (no estamos casados)nuestro hijo en común, el alquiler está a mi nombre pero lo pagamos los dos a traves de una cuenta conjunta, nos podemos desgravar el 50% cada uno aunque él no conste en el contrato. (Podemos demostrar que lo pagamos los dos)

    Comentario por NATALIA — April 29, 2009 #

  24. Si uno tiene un inmueble, sea vivienda o local, destinado a alquiler:
    1) Si no consigue alquilarlo por algun tres meses a pesar de intentarlo, tiene que poner como rendimiento la renta imputada (2%) durante esos tres meses?.

    2) Un inquilino alquila a su propietario un local de negocio por un periodo de dos años pero a los cinco meses ve que el negocio no le funciona y se va.
    El propietario tiene que poner como rendimiento el importe de los meses que ya no ha estado el inquilino y que le ha dejado de pagar ?

    Por favor, si sabes las respuestas contestame al e-mail: madriddosveces@yahoo.es

    Comentario por Juanma — May 2, 2009 #

  25. En Febrero de 2006 vendí mi vivienda habitual y declaré el rendimiento de la venta como reinversión, pero han transcurrido dos años y no he hecho aún la compra de nueva vivienda habitual.
    Tengo intención de comprar durante el 2009, pero por lo pronto como he de considerar los rendimientos obtenidos en la venta en el IRPF de 2008.
    No sé si tiene relevancia, pero en 2007 me han declarado una invalidez absoluta.

    y me trasladé á Granada. En la declaración de 2006 declaré la ganancia obtenida por la venta pero exenta para reinvetir dentro lo

    Comentario por jose antonio diaz vidal — May 24, 2009 #

  26. yo tengo un piso de alquiler en valencia por no saber que tenia que declarar el alquiler no lo declare desde el año 2007 y 2008 , estoy pagando hipoteca mas cantidad que cobro por el alquiler ahora hacienda lo reclama, mi pregunta es me pueden sancionar.

    HOLA CARLOS,

    En principio el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, así que sí pueden sancionarte.

    Comentario por carlos alvarez — July 3, 2009 #

  27. Hola,
    Voy a alquilar un piso a un meno de 35 años. Me gustaría saber que trámite debo seguir para desgravar en la declaración de hacienda.

    HOLA SILVIA,

    Depende de la Comunidad Autónoma, aunque para acceder a todas las deducciones (incluídas las autonómicas) lo más seguro es que sea necesario que lo inscribas en la Sociedad Estatal de Alquiler o el organismo autonómico pertinente.

    Comentario por Sílvia — September 10, 2009 #

Dejar un comentario

XHTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

Bienvenidos a ImpuestosRenta.com. ImpuestosRenta.com es el blog deFinancial Red donde podremos encontrar artículos sobre fiscalidad, que nos serán muy útiles a todos los que nos enfrentamos con los impuestos.. Suscribete a las noticias por mail

E-mail:

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

FinancialRed.com es Bolsa | Economia | Productos Financieros