Dudas renta
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quiero saber si tengo que pagar hacienda o me devuelven si en mi borrador pone: resultado a ingresar….euros
Comentario por pedro — May 20, 2009 #
HICE LA DECLARACION DE RENTA COMO CADA AÑO Y ESTE AÑO QUE ME TOCA QUE ME DEVUELVAN DINERO,NI ME HAN DICHO NADA NI SE ME HA INGRESADO LO QUE ME TIENEN QUE DEVOLVER
Comentario por MARIA-ANNA — May 21, 2009 #
Hola, tengos dos dudas, una es sobre pérdidas en un fondo de inversión. En 2008 tuve dos fondos que vencí en ese mismo año. En uno gane algo de dinero pero en el otro perdí 3 veces más de lo que gané en ese primero. También tengo algunas ganancias en venta de acciones. Quisiera saber si se pueden mezclar las ganacias y las pérdidas entre fondos y acciones? ¿o los fondos no se pueden mezclar con las acciones?
Por otro lado, con el BSCH tengo algunas ganancias que llaman derechos de suscripción. Cómo se declara esto??
Comentario por eva — May 29, 2009 #
Buenas tardes,
Me gustaria saber, si este año, en la declaración de la renta se puede incluir para deducir el seguro de vivienda y los seguros de vida que te obliga el banco al tener una hipoteca.
Yo presento la hipoteca para deducir, y ademas ¿puedo presentar estos documentos?
Muchas gracias.
Arte.
Comentario por arte — June 3, 2009 #
Hola, mi pregunta es la siguiente: nos casamos en el año 2008, se puede hacer una declaracion de la renta como solteros y despues de la fecha de matrimonio otra individual o conjunta ( ya como casados) gracias
HOLA MARÍA,
A efectos fiscales sólo se tiene en cuenta la situación personal a 31 de diciembre, así que debereís hacer la declaración en régimen de casados.
Comentario por maria — June 4, 2009 #
para desgravar por vivienda habitual se tiene en cuenta la fecha de compra venta o la de la escritura, pues año pasado hacienda me aplicó el 15% en vez del 20% que yo creo me corresponde, toda vez que la fecha de compra es del 2005 y la de la escritura del 2007.GRACIAS
Comentario por luisa — June 5, 2009 #
mi duda esque soy divorciada y estoy recibiendo la ayuda de 210 euros,estoy obigada a haacer la declaracion????
Comentario por maria — June 9, 2009 #
Hola, quería saber si estoy obligada a declarar la renta. el año pasado tuve dos trabajos que en total sumaban 15.000€ anuales y ademas obtuve 20 días de paro.
Muchas gracias
Comentario por ANALIA SILVANA MEDINA — June 12, 2009 #
HOLA, ME COMPRE UNA CASA EN EL 2008 Y PEDI UNA AYUDA DE VIVIENDA JOVEN, Y TODAVIA NO ME LA DAN PORQUE EN EL AÑO 2007 (QUE NO ESTABA OBLIGADA) NO DECLARE Y POR ESE PAPEL ESTA PENDIENTE LA AYUDA, LLAME A HACIENDA Y ME DICEN QUE DEL AÑO 2007 YA NO SE HACE, LA DEL 2008 SI LA HICE YA,QUE HAGO?ME PERSONO EN HACIENDA Y DOY LA TABARRA PARA QUE ME LA DEN?¿?¿?
Comentario por YURENA — June 15, 2009 #
Hola, vivo de alquiler desde hace dos años en Barcelona.Vivo con mi novia en un piso que nos cuesta 780 euros/mes, recibimos una ayuda autonomica de 2480 euros/anuales.El año pasado en la declaracion no nos entro el piso,Este año tampoco nos ha entrado y la yuda tampoco,Debo rectificar el borrador e incluir el piso y la ayuda?deducire algo?a mejor dejarlo ( no supero los 21000 euros/año)
HOLA GARI
Si quieres acceder a la deducción por alquiler deberás hacer la declaración de la renta.
Comentario por Gari — June 15, 2009 #
hola , vivo de alquiler en Barcelona y en el borrador no me aparece nada del piso, llevo mas de un año y recibo ayuda autonomica de 2400.Debo de comunicarlo?tendre deduccion?
no supero los 21000 anuales
HOLA GARI,
Si quieres acceder a la deducción por alquiler deberás hacer la declaración de la renta.
Comentario por Gari — June 16, 2009 #
Podría por favor sacarme de la siguiente duda
Compro 65 acciones de Zardoya en noviembre 2007
Vendo 65 acciones de Zardoya el 15/01/08
Perdida de -118,04
Compro 180 acciones de Zardoya el 28-feb-08
vendo 180 accciones de Zardoya el 4-mar-08
perdida de -96,08
compr 170 acciones de Zardoya el 5-jun-08
vendo 170 acciones de Zardoya el 6-jun-08
Perdida de -104,43
Con estas tres operaciones obtengo una perdida patrimonial global de 318.55 euros. Al no haber trancurrido más de dos meses entre la primera y la segunda operación dichas perdidas son o no imputables a 2008? Sino lo fueran ¿lo serían para el ejercicio 2009?
¿Puedo compensar la última operación con las ganancias del 2008?
Muchas gracias.
Comentario por JAIME — June 16, 2009 #
hola, queria saber donde se refleja en la declaracion de la renta, una subvencion que recibo de la xunta por alquiler de vivienda,
muchas gracias,
Comentario por maria — June 17, 2009 #
Hola muy buenas , este año he hecho la declaración telematicamente , y la he mandado con una devolución de 1706,56, sin embargo me ha llegado tansolo uos 1580 ,56 , no se el motivo, gracias.
Comentario por JOSEMANUEL ZAPATA — June 17, 2009 #
Buenas tardes,
En la declaración de la renta tengo derecho a deducirme por adquisición de vivienda habitual, ya que el año pasado compré una piso al 50% con mi pareja. El único problema es q la titularidad de la hipoteca es de 4 personas , de modo que el borrador que me enviaron sólo tengo una deducción del 25% de la parte pagada. A pesar de haber 4 titulares en la hipoteca, la misma se paga por mí y mi pareja y mi duda es si puedo deducirme el 50% en vez del 25% y cómo puedo demostrar que pago la mitad de la hipoteca.
Comentario por Ana — June 18, 2009 #
Hola!!
Yo queria saber si el porcentaje de retenciones de IRPF influye a la hora de cobrar una baja o la jubilacion,es decir, si tengo teniendo un 2% de IRPF en nomina cobraria menos jubilacion que si tubiera un 10% por ejemplo.
Muchas gracias!!
HOLA MAYTE,
La retención de IRPF sólo tiene que ver con temas fiscales, no con la pensión por jubilación o una baja, donde lo que influyen son las cotizaciones a la seguridad social.
Comentario por mayte — July 1, 2009 #
DONDE PONE EN LA DECLARACION DE LA RENTA LO QUE GANEEN EN EL AÑO
Comentario por BONIFACIO — July 10, 2009 #
Hola:
Se me plantea la posibilidad de comprar al contado un apartamento en la costa que no sería mi vivienda habitual, me comentan que me convendría pedir un préstamo hipotecario por una pequeña cantidad, por ejemplo 12000 euros, para así desgravar algo en la declaración de la renta. Mi duda es si me conviene pagar integramente el apartamento al contado, o pagar la mayor parte al contado y el resto pedir un pequeño préstamo hipotecario, y en el caso de esta última opción cual sería la cantidad óptima que tendría que solicitar de préstamo para desgravar lo máximo posible.
Gracias por su atención
HOLA JUAN,
En principio si no va a ser tu vivienda habitual no podrás desgravar, ya que la actual legislación tributaria sólo plantea la deducción cuando se invierte en vivienda habitual. Así que en teoría lo mejor será que pagues al contado para no tener que hacer frente a los intereses.
Comentario por Juan — July 11, 2009 #
hice la declaracion de la renta,esta confirmado desde principios de abril que me tienen que devolver,siempre que me dio a devolver me lo abonaron a los 15 dias, fui por hacienda y no me solucionan nada¡que puedo hacer para que me abonen ese dinero ¡gracias.
Comentario por carolina — August 4, 2009 #
Me han otorgado un grado de invalidez del 65%,soy autonomo,tengo un hijo de 7 años y mi mujer que tiene una invalidez del 33% y cobra una pension de unos 450€ al mes,mis ingresos son de unos 10.000€ anuales,
Que ayudas,descuentos,ventajas puedo conseguir???
gracias de antemano por la ayuda
Comentario por Juan manuel ruiz — August 18, 2009 #
Buenos días!! Quería hacer 1 consulta:
Actualmente estoy desempleada. Perdí el trabajo en Febrero d este año y estoy cobrando el paro. Mi pregunta es si tendría q hacer la declaración d la Renta el próximo año RENTA-2009.
La empresa me liquido con 12000 € en su momento y desde el despido no he trabajado mas!
Gracias
HOLA SILVIA,
El paro computa como rendimiento del trabajo a efectos fiscales, así que deberás tener en cuenta a la hora de ver si cumples con los requisitos para declarar.
Comentario por Silvia — August 26, 2009 #
BUENOS DÍAS
MI PROBLEMA ES EL SIGUIENTE, ME HE ESTADO DESGRAVADO POR MI VIENDA DURANTE VARIOS AÑOS, Y AHORA VOY A DEJAR DE VIVIR A ELLA Y QUISIERA ALQUILARLA Y DECLARAR ESTE ALQUILER Y POR LO TANTO DEJARIA DE DESGRAVARMELA COMO VIVIENDA HABITUAL.
ME HAN COMENTADO QUE SI HAGO ESO TENDRIA QUE DEVOLVER TODO LO QUE HAN DEVUELTO ANTERIORMENTE ES CIERTO? PUEDO HACERLO?
POR FAVOR CONTESTENME LO ANTES POSIBLE QUE ME URGE. GRACIAS
HOLA Mª CARMEN,
Deberás devolver el dinero desgravado si no han pasado más de tres años desde la adquisición de la vivienda. En caso contrario no deberías tener problemas.
Comentario por Mª CARMEN — August 27, 2009 #
Buenos dias,
Mi problema es el siguiente:
Despidieron en enero a mi hermano con una indemnizacion sin retencion de hda por 50000 euros y ahora cobra el paro que tampoco tiene retencion.
Entiendo que está obligado a declarar en 2009 todos los ingresos. ¿hay algo que pueda hacer restar lo que tendrá que devolver o directamente lo calculamos mas o menos y lo separamos para cuando haya que hacer la declaracion
Muchas gracias
HOLA FRANCISCO,
La única solución es calcular cuanto deberá pagar a Hacienda y separar ese dinero.
Comentario por Francisco — August 31, 2009 #
Buenas,
Mi marido no hizo la declaracion de la renta en el año 2006, por lo cual nos ha llegado una deuda de 1000 euros por no haberla echo.
Este año aparte de hacer la del 2008 tambien hicimos la del 2007 que tampoco la habia echo.
Llevamos ya 3 meses esperando recibirlas, puede ser que al no devolver los 1000 euros del 2006 no nos devuelvan las otras? No puede hacienda simplemente descontarnos la del 2006 con las otras?
Comentario por Selegna — August 31, 2009 #
Muchas gracias por la respuesta
Comentario por Francisco — September 2, 2009 #
Tantas preguntas me han surgido después de leer varios artículos referidos a este tema “alquileres” pero por lo pronto solo deseo si pueden ayudarme sobre las posibilides que tiene el pedir que te incorporen el alquiler en el sueldo del trabajo.
Comentario por alquiler apartamentos barcelona — September 4, 2009 #
Buenas tardes,
Mi duda es si fiscalmente se pueden compensar las perdidas (a la venta de un Fondo de Inversion) con el beneficio por inversiones en Bolsa, habiendose producido dentro de un mismo ejercicio.
Se que la tributacion por ganancia de capitales es del 18% (de momento), pero que la deduccion por perdidas no es tal.
Atte.,
Juan I. Hdez.
Comentario por Juan Ignacio — September 9, 2009 #
hola!
solo queria preguntar una cosita, el año pasado al echar la matricula de mi pequeña en la guarde me salio una cantidad de 51,57 Euros al mes, este año sin muchos cambios en la deeclaracion dicen que me sale el doble , entonces he ido ha pregfuntar y me dicen que mire en la renta de este año y compruebe la cantidad que ha ellos le dan y mi pregunta es:¿donde se mira esa cantidad y porque me ha subido tanto?
Comentario por paqui — September 11, 2009 #
Hola les agradeceria me ayudaran en lo siguiente:Soy jubilada, cobro 800€, poseo un local que tengo alquilado, importe anual de 5.866,34 €. poseo una vivienda en la costa desde el año 1977, por ella me imputan una renta anual de 900,85€, vivimos en un piso de alquiler en Barcelona, este año hemos desgrabado el alquiler, la vivienda en propiedad está en la provincia de Barna.en ella vivimos desde que se compró, los fines de semana y dias festivo, mas los veranos de todo estos años, mi pregunta es ¿No son viviendas habituales ambas? ¿Puede estar un domicilio a nombre de mi esposo y el otro al mio, sin estar empadronado ?Cuando trabajabamos ambos podiamos pagar, pero ahora es insoportable el resultado de la declaración. Les quedo muy agradecida por su ayuda, un saludo.
Comentario por Belen — September 16, 2009 #
Hola,
soy soltero, vivo con mis padres, realizo la declaracion de forma individualizada (trabajo por cuenta ajena) y la única propiedad que tengo es un parking a mi nombre; me he comprado un piso ( en una ciudad difente a la actual que ahora resido), pero hasta el próximo año no me entregan las llaves y tengo previsto poner a la venta el parking para poder pagar la entrada cuando me lo entreguen.
He preguntado en la delegación de mi ciudad y, me han dicho que al ser la venta para la adquisición de la primera vivienda habitual no lo debo declarar como patrimonio pero si he de declarar las ganancias que obtenga respecto al precio de compra y, poco más me explicaron, por lo que me dejaron con más dudas.
Por ello os hago las preguntas siguientes:
¿De qué manera me afecta esta venta en la declaración que haga el próximo año?. Si he de incluirlo, ¿en qué concepto he de ponerlo?. ¿Es aumento de patrimonio?. ¿Es aumento de ingresos? ¿O si pagando la Plusvalia no me tengo que preocupar a la hora de hacer la declaración?
Muchas gracias.
Comentario por Juan — September 17, 2009 #
Hola,
Me acaba de llegar una carta de hacienda reclamandome unos 1000 y pico de euros. Compre una vivienda (que es la habitual) en julio del 2008 al 50% con mi pareja. Nos deduccimos los porcentajes correspondientes.
Pero ahora me dicen que tengo que devolver ese dinero ya que no consta que sea mi vivienda habitual. Me he ido a vivir a ella en junio 09. Pero no estoy empadronada y no se como demostrar este hecho, ni si reclamo luego me vendra más intereses por no pagar antes del vencimiento.
¿Como puedo demostrar que yo estoy viviendo? ¿Que puedo hacer?
Muchas gracias por su ayuda.
HOLA NOEMI,
El padrón no debería tener que influir en que una vivienda sea considerada habitual. Si sólo estas viviendo en ella desde junio de 2009, no deberías haberte deducido las cantidades por compra de vivienda habitual, ya que en el ejercicio fiscal 2008 esta no constituía efectivamente tu vivienda habitual. Por otra parte, podrías demostrar que constituía tu residencia habitual a través de facturas, la nómina o similares.
Comentario por Maribel Vitoria — September 25, 2009 #
soy propietaria de un piso,le he alquilado a dos chicas el piso,y una de ellas solicita la RENTA BASICA DE EMANCIPACION,queria saber si yo debo aceptar o no, pues el piso no me interesa declararlo, y al facilitarle datos para que ellas rellenen la solicitud se va a declarar,¿me perjudica en cuanto a hacienda q se declare?¿debo acceder a la peticion de ellas sino me conviene?
Comentario por ROSA — September 27, 2009 #
Buenos días,
Mi novia y yo nos hemos dado de baja de una cooperativa, donde ella(estaba a su nombre) se ha ido desgravando todos los años las cantidades aportadas(3 años)dicha devolución la hemos metido en nustra nueva casa(de los dos al 50%).
Mi pregunta es: ¿nos podemos desgravar todos los gastos de la compra, los dos por separado(cada uno 9000 euros)sin que nos pongan problemas por habernos dado de baja de la cooperativa?
MIL GRACIAS
HOLA QUIQUE,
Para poder desgravar las aportaciones a la nueva vivienda sin tener que devolver las deducciones que os habeís practicado por el dinero aportado a la cooperativa habría que considerar el cambio como una reinversión en vivienda habitual. En ese caso, podríais empezar a desgravar una vez las cantidades aportadas superen las que sirvieron como base para la deducción de la anterior vivienda (la de la cooperatva). Que se pueda o no considerar reinversión depende ya de Hacienda, así que mi consejo es que lo consulteís directamente con la Hacienda Tributaria.
Comentario por Quique — September 27, 2009 #
me he comprado un piso en construccion a traves de una cooperativa,realizando las deducciones correspondientes al capital aportado.los promotores de la cooperativa han sido denunciados por estafa y el bloque sigue sin construirse y hacienda me reclama todo lo deducido a menos que presente la escritura ¿que puedo hacer? gracias por todo
Comentario por jose — September 28, 2009 #
Buenas tardes
Estoy gestionando la documentación de mi abuela de 96 años para solicitar las ayudas de la ley de dependencia y resulta que como cobra dos pensiones que superan los 8000€ anuales y la segunda pasa de los 1500 debería haber hecho la declaración pero no ha sido así, caso de que al solicitar la ayuda la sancionaran por no haber realizado la declaración , ¿A cuanto ascendería la multa? sus pensiones son no retributivas una de viudedad y otra de autónomos.Gracias
Comentario por MAYTE — September 28, 2009 #
Hola,
Gracias por la respuesta, solo comentar que nos hemos desgravado de la cooperativa, el máximo 9000 año, durante 3 años.
Si la cuantía que nos han dado ha sido en total 3900 euros, y toda la hemos metido en nuestra vivienda habitual, nos podríamos desgravar todos los gastos de nuestra nueva vivienda???
Gracias de nuevo
Comentario por Quique — September 28, 2009 #
HE COMPRADO UNA CASA EN UN PUEBLO DE ALBACETE Y ES LA PRIMERA VIVIENDA QUE COMPRO PAQGO HIPOTECA LA CUESTION ES QUE VIVO EN CASA DE MIMADRE Y TRABAJO EN BARCELONA ME DICEN QUE PARA QUE ME DESGRAVE TENGO QUE ENPADRONARME EN ALBACETE Y TENGO DUDAS ALOS PROBLEMAS QUE ME PUEDA CAUSAR EL ESTAR ENPADRONADO EN ALBACETE Y VIVIR Y TRABAJAR EN BARCELONA CUAL SERIA LA SOLUCION QUE ME CONVENDRIA MAS GRACIAS ALFREDO
Comentario por ALFREDO DOCON MARTINEZ — September 29, 2009 #
Hola; En enero de este año (2009) he terminado, por fin, de pagar el piso ingresando el máximo anual para seguir desgravándomelo en el siguiente ejercicio como vivienda habitual. Si ahora, por traslado, quisiera alquilarlo en Octubre 09 ¿ Como influiría en la declaración?¿Perdería la desgravación por vivienda habitual?
Muchas gracias por iluminarnos en esta oscuridad.
HOLA PEDRO,
La deducción por alquiler y por vivienda habitual no son compatibles, así que tendrías que optar por una de las dos.
Comentario por PEDRO — September 29, 2009 #
hola, he estado en hacienda porque hasta el dia de hoy no he cobrado por mi declaracion y me han dicho que es que no declaré la subvención que me han dado por la compra de una vivienda en el 2008 pero yo he recibido el dinero en marzo del 2009 por lo tanto crei que tendria que declararlo en 2010.Alli me han dicho que presentara una alegacion junto con el documento que demuestra que esto es asi y ahora estoy esperando la respuesta .Hacienda ya me tenia hasta una multa de 500 euros.Mi pregunta es si el dinero de la subvencion se declara el año despues del ingreso ósea en 2010 ¿como voy a declarar en el 2009 un dinero que se he dado en el 2009?
Comentario por isabel — October 2, 2009 #
Durante 18 meses que estoy trabajando no me han retenido nunca el irpf,ya que no estoy obligada hacer la declaracion, porque no llego a 22.000 euros.Ahora me dicen que al hacer la regulacion de la nomina se han dado cuenta y me tienen que retener lo del todo el año que estan obligados hacerlo. ¿ Es correcto lo que dicen? porque yo pienso que si no tengo que hacer la declaracion lo que me retengan lo perdere. Por favor contestarme lo antes posible. Gracias.
Comentario por inma — October 3, 2009 #
Hola; Por motivos laborales he tenido que trasladarme de la vivienda habitual a una de alquiler oct-2009.
¿Si me hacen contrato de alquiler en la nueva vivienda como afecta a mi declaración?
Yo quiero alquilar mi vivienda habitual.
¿Si la alquilo con contrato para todo el año, como me afecta a la declaración?
¿Si la alquilo en semana santa y verano con contrato por semanas o quincenas, como afecta a la declaración?
Hay alguna diferencia si empiezo alquilandola los dos últimos meses de 2009 o mejor esperar a 2010.
gracias
Comentario por ivan — October 7, 2009 #
Hola Pedro,
Cuales son los requisitos para alquilar mi piso que toma parte de una comunidad con otros dos vecinos tenemos el uso de la fosa ceptica, electricidad de las areas comunitarias y puertas de entradas.Actualmente una de las vecinas que es extranjera me ha dicho si estoy cumpliendo con las normas de alquiler. Como yo vivo abajo y el piso que alquilo esta en el primer piso no se si tengo que hacer algo. No hay alarma de incendio, tampoco uso las llaves para asegurar las puertas de entrada comunal. Se que ellos la usaban antes. yo soy nueva (2005)los otros vecinos ya llevan mucho tiempo pero solo usan sus viviendas de vacaciones.Practicamente solo yo y mi arrendatario vivimos aqui todo el tiempo.
Cuando ellos vienen encuentran algo malogrado y no se si tengo yo que repararlo o no.
Tampoco yo he declarado la renta que recibo por los alquileres de mi apartamento. Por favor podrias darme la informacion ya que no tengo ni idea. Estoy separada de mi esposo y vivo con mi hijo que empezo la escuela. Esto figura como un apartamento y abajo era la cochera y esta en mi nombre y tengo una hipoteca que figura como un apartamento pero que yo lo he separado con una puerta en la escalera para alquilar el primer piso. Ya lo llevo alquilado por un tiempo.
Con mi separacion y viviendo sola con mi hijo y mi trabajo pues la verdad no he hecho nada pero me he puesto a pensar sobre todo con la declaracion de los alquileres que recibo mensualmente. No se si necesito declarlo, si es asi puedo degravarmelo ya que figura como una sola escritura.Los otros propietarios podran exigirme algo.Que es lo que puedo hacer ya que no se que me tocara pagar por todo este tiempo. Recibo un alquiler mensual de £450 euros mensuales y ya he tenido tres inquilinos diferentes.
Necesito tu ayuda por favor contestame
Muchas gracias
Nelly
Comentario por Nelly — October 7, 2009 #
hola mi caso. tengo una vivienda en propiedad y ahora me compro otra vivienda que sera mi vivienda habitual (la primera es mía y la que compro ahora es a medias con mi novia) al ser vivienda habitual me desgrava de hacienda o que tengo que hacer para que me desgrave ?? mi novia es autonomo y a ella no le desgraba nada ?? bueno en definitiva es como hago para que me desgrabe algo
muchas gracias
Comentario por antonio — October 9, 2009 #
Hola,me acabo de separar, soy pareja de hecho y hace dos años compramos una vivienda en la que el va a hacer una extincion de condominio para tener mi 50%. Mi pregunta es:
-Debo pagar a hacienda por no tener la vivienda tre años? o Al separarme de pareja de hecho tengo los derechos del matrimonio?.Gracias
HOLA MINVERVA,
A efectos fiscales las parejas de hecho no tienen la misma consideración que el matrimonio. En este sentido, la vivienda habitual tendrá tal consideración pese a no haberse cumplico el plazo cuando “se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, cambio de empleo, u otras circunstancias análogas justificadas”.
Este caso no se ajustaría a la separación matrimonail, pero quizás podría incluírse en el apartado de circunstancias análogas justificadas, aunque esto ya dependería dela interpretación del texto. Por eso quizás lo mejor es acudir directamente a la AEAT y formular la pregunta.
Comentario por Minerva — October 10, 2009 #
Hola,mi pregunta es la siguiente.El año pasado hize una ampliacion de hipoteca,y en la renta del 2008 he puesto lo que page hasta la fecha de la nueva y hasta el final de año el resto.La cosa es que no me devuelven aun …en la pagina de internet me saqle su renta se esta comprobando…esto quiere decir que aun tardaran?gracias por anticipado
Comentario por maria — October 13, 2009 #
hola me gustaria que me resolvieran una duda, tengo 41 años y me voy a vivir de alquiler; me gustaria saber si me desgraba el alquiler no tengo ningun inmueble a mi nombre. Vivo en La Coruña. Muchas gracias
Comentario por maria luisa — October 13, 2009 #
Hola soy David y tengo una pregunta.
Tengo una vivienda habitual que he pagado y deducido a hacienda de 150000 euros, y mi mujer tiene otros 150000 ahorrados.
Tengo intención de comprar otra vivienda que será nuestra futura vivienda habitual.
¿Puedo donar mi actual vivienda a mi mujer y con sus 150000 pagar los 150000 euros que ya me he desgravado de mi primera vivienda para poder seguir desgravando en mi futura casa?.
Gracias de antemano.
Comentario por David Lacruz — October 25, 2009 #
Tengo una pequeña duda:
- Me he dado de alta como autonoma (profesora de portugués).El próximo año tengo que hacer la declaración de renta y lo que quisiera saber es si puedo deducir en mi declaración el alquiler de una habitación, puesto que es el sitio donde trabajo preparando mis clases y corriendo exámenes, y averiguando cosas en Internet.
Por supuesto, que me dan recibo por este alquiler.
Gracias
Comentario por Cristina — October 26, 2009 #
HOLA quero saber si en la fecha de hoi existe la posibilidad de haser la declaracion de renta gracias
Comentario por marian — October 26, 2009 #
Hola,
Soy arquitecto, y el año 2008 no realicé ningún trabajo. Pero no obstante pagué las cuotas del colegio de arquitectos, y la póliza de responsabilidad civil, y gasté tinta para realizar concursos, y pagué la renovación del norton. Pues bien la agéncia tributária dice que al no ingresar nada, que los gastos han de ir correlacionados con los ingresos por lo que no tnego derecho a desgravar nada. Es eso cierto? puedo argumentar con articulos y sentencias que estan equivocados? Agradeceria ayuda.
Comentario por Josep — October 27, 2009 #
hola yo tengo una duda y esque vendi mi casa en el 2007 y ahora en el ejercicio 2009 tengo que declararlo y mi nueva casa me la dan en noviembre pero se van a retrasar hasta enero 2010
¿ me va a perjudicar para la reinversion que tengo que hacer por no hacerla en el 2009 ?
mucha gracias
Comentario por patricia — October 28, 2009 #
otra duda cuando me compre la primera casa tuve una hipoteca de 118000€ pero al año siguiente hice una rehipoteca de 60.000€ ( para la reforma de este piso) mas dejando un total de 175000€ a los dos años despues vendi mi casa por 224.000€ mis ganacias fueron de 49000€ que se supone que es lo que tengo que declarar hacienda pero ellos me dicen que tengo que declarar el precio de la primera hipoteca( 118.000€) con el importe del total de mi venta ( 225.000) asi que tenria que invertir un total de 107.000€ pero yo no tengo ese dinero yo solo tengo el de los 49.000€ que hago??? muchas gracias
Comentario por patricia — October 28, 2009 #
Hola
Mi duda, es la siguiente mi madre cobra ahora 624 euros, es usufrutaria de un piso en el cual vive, ¿tiene que hacer la declaracion de la renta? Si Fuera que si que paso hay que dar, para llevarla a cabo.
Comentario por Lola — November 5, 2009 #
tengo un piso que puse que era mi vivienda habitual pero ahora me comprado otro piso con mi novia pero el piso que puesto en la declaracion que vivienda habitual la alquilado ahora como tengo que hacer la declaraciode la renta
Comentario por manuel — November 11, 2009 #
Me hace falta liquidar un fondo de inversión, pero ello me va a suponer que el Banco me va a retener una cantidad muy importante en concepto de retención por los rendimientos del capital. Mi pregunta es ¿legalmente hay alguna fórmula para disponer del capital sin que se me retenga esa desorbitada cantidad que es el resultado de haber renovado los fondos desde hace mucho tiempo? ¿Desde qué fecha hay reducción del rendimiento obtenido, es decir que no tributa?
HOLA JOSE MARÍA,
El Banco te retiene ese capital en concepto de impuestos que debes pagar a Hacienda.
Comentario por josé maría — November 11, 2009 #
Hola, tengo he abierto una cuenta ahorro vivienda con 9000 euros, para deducirlos en la renta del año 2009. Mi idea era escriturar en enero de 2009 y asi poder deducir la inversión de vivienda en el año 2010. Estoy haciendo lo correcto?
Gracias.
Comentario por Alberto — November 13, 2009 #
he tenido dos pagadores este año aunque el segundo no supera los 100€; quería saber si tengo que hacer la declaración de la renta y si padre se puede seguir desgravando por mi.
Gracias
Comentario por Patricia — November 19, 2009 #
una amiga ha estado de excedencia por maternidad en 2009 sin cobrar nada, en diciembre trabajó 7 dias ganando 300€ y luego al paro 28 dias de diciembre esta despedida por despido improcedente y le han indemnizado por eso 9500€ ?está obligada a hacer la declaracion de la renta 2009?
Comentario por pedro — November 30, 2009 #
En junio me jubilé y en noviembre abrí un Plan de Pensiones.¿Cuando podré rescatarlo?
HOLA ANTONIO,
Si has contratado el plan una vez jubilado, entiendo que podrás recuperarlo una vez alcances la edad legal de jubilación, es decir, los 65 años o, por el contrario, que podrás rescatarlo en cualquier momento. Lo mejor es que lo consultes en el contrato que firmaste.
Comentario por antonio — December 1, 2009 #
He recibido una propuesta de liquidación provisional de la renta de 2005. Por herencia adquirir la vivienda de mis padres, que no era mi vivienda habitual, sobre la cual habia un prestamo. Tuve que venderla para hacer frente a los gastos de las dos hipotecas, la que heredé y mi vivienda habitual. En la declaración declaré la ganancia patrimonial deduciendo el importe del prestamo ya que era una obligación que restaba mis ganancias patrimoniales. Ahora me reclaman las ganancias patrimoniales sin aplicar la deducción del prestamo, es correcto?
Comentario por Mariechu — December 10, 2009 #
Me gustaría saber cual es el porcentaje a retener en un contrato de alquiler de local comercial para el año 2010, siendo la renta 10.000 euros.
El contrato sdería de empresa a empresa.
Atentamente
Comentario por Juan Manuel — December 29, 2009 #
En enero de 2009 me dieron una indemnizacion por despido improcedente reconocido por la empresa superior a 20 dias por año trabajado.
Segun tengo entendido si hubiera sido por 20 dias está exento de tributación pero no estoy seguro.
¿En la declaracion de 2009 tengo que declarar todo lo percibido o el exceso a partir de los 20 dias?
Muchas gracias
Comentario por Francisco — January 8, 2010 #
hola, tengo una duda, soy propietario de una vivienda habitual y ademas poseo una quinta parte de otra vivienda junto con mis hermanos, ¿ se considera 1/5 segunda vivienda?, ¿ estoy obligado a presentar la declaracion de la renta por tener dos viviendas?
gracias y un saludo
Comentario por elaticu — January 11, 2010 #
HOLA: Soy arrendador de un local para negocios y hasta diciembre de 2009 he aplicado una retención del 18% ¿Que retención he de aplicar a partir de enero 2010 y que subida con respecto al IPC?
HOLA JOS MANUEL,
La retención de IRPF en 2010 será del 19% y para la actualización del IPC habrá que esperar a contar con el dato oficial de inflación de diciembre.
Comentario por JOSE MANUEL — January 12, 2010 #
Tengo 2 pisos, uno chico de 81 metros el cual tengo alquilado a una persona de 24 años por lo cual he podido deducir el 100% del irpf. Ahora bien, en este momento voy a alquilar el otro que es más grande pues tiene 158 metros construidos y 223 metros de terrezas, el arrendatario es menor de 35 años y la renta son 1.000 euros, mi pregunta es la siguiente: ¿Este último alquiler es deducible al 100% del irpf? Gracias.
Comentario por marta — January 16, 2010 #
En Junio de 2009 cobré una indemnización, como consecuencia de un ERE,autorizado por el Ministerio en el 2006 y firmado el que suscribe con la empresa en Junio de 2007.Me retuvieron la cantidad de 14700 Euros.En la próxima declaración ¿me devolverán lo retenido,basado en la reciente reforma fiscal sobre los EREs?En la actualidad estoy jubilado con 61 años desde el pasado mes de Junio.Gracias.
Comentario por antonio — January 18, 2010 #
tengo una cuenta vivienda desde octubre del 2005, este año por necesidades personales tuve que sacar de ella 8000 euros en diciembre de 2009. me han comentado que para la declaracion de hacienda del año 2009 la cuenta vivienda ya no entra, cuanto tendria que devolver
HOLA JUANI,
En principio, deberías devolver la cantidad proporcional a la desgravación de la que te benefiaste por esos 8.000 euros (en total, cerca de 1.300 euros aproximadamente)
Comentario por juani — January 21, 2010 #
Buenas tardes, durante el pasado ejercicio 2.009 cobre mensualmente 749.22 € por un seguro protección nómina firmado con Mapfre (a traves de Caja Madrid) que cubria dicho importe mensual en caso de despido.
Una vez despedido presente la póliza y me pagaban mensualmente esa cantidad sin ninguna retencion.
¿Tengo que incluirla como ingreso en el IRPF?
MUCAS GRACIAS.
Comentario por MANUEL — January 26, 2010 #
Que modificaciones va a haber en el impuesto de la renta de 2009
Comentario por luis — January 27, 2010 #
Hola, estamos interesados en comprar un apartamento en Francia. Disponemos del dinero en efectivo para la compra.
Como saco el dinero de España para pagar la casa en Francia ?
Como declaro la casa el año que viene en la Declaración de la Renta ?
Gracias
Comentario por Josep — January 27, 2010 #
Mis padres tienen dos pisos, mas la vivienda habitual, con el fallecimiento de mi padre me he convertido en co-propietario de los dos pisos y de la vivienda habitual donde resido,…, pues bien el primero de los pisos esta totalmente pagado
el segundo de los pisos tiene una hipoteca que aun se esta pagando.
Dada la situacion economica actual mi madre y yo decidimos vender el primero de los pisos y con lo que nos dieron de su venta, invertirlo en pagar una buena parte de la hipoteca del otro
Pues bien esta es la pregunta: ¿debo pagar plusvalia por la venta del primer piso, si invierto ese dinero en la hipoteca del segundo?
Comentario por JOSE MANUEL — January 28, 2010 #
Me estoy desgravando por ptamo vivienda. Me trasladan profesionalmente y me dan un importe para alquiler de vivienda por el que tributo en mi base imponible. ¿Puedo seguir desgravándome la primera vivienda?
Comentario por Jose — February 14, 2010 #
Hola. Expongo mi caso. Hace dos años que vengo pagando la entrada de una vivienda y por tanto en la declaración renta 2008, desgravé en concepto de compra de primera vivienda. La Constructora ha parado y estamos en juicio tras pedir la resolución del contrato. Me imagino que las cantidades entregadas en el 2009 no las puedo desgravar. Mi duda es, ¿tengo que devolver desgravadas en el ejercicio pasado?¿Cómo se hace?
HOLA JESÚS,
En principio deberías devolver las cantidades deducidas
Comentario por Jesús — February 15, 2010 #
Hola tengo una hipoteca al 50% de vivienda habitual con mi pareja de hecho desde el 2001. Mi novia no ha trabajado nada en el 2009 y no va a hacer declaración este año. Yo en cambio he ingresado en total 9000 € en la cuenta común de ambos asociada a la hipoteca para su amortización. Puedo desgravarme por vivienda los 9000 € por no estar trabajando mi pareja?
Comentario por Jose — February 15, 2010 #
Muy buenas, me compre un piso por el que desgrabé dos años, por la no finalización de ese piso el seguro me pagó el dinero entregado y me he metido este año en otra casa. Mi pregunta es:
Habiendo desgrabado dos años por un piso que ya no me pertenece podré desgrabar por este como si fuera nuevo y tener que devolver la desgrabación de los dos años anteriores?
Muchas gracias y saludos.
Comentario por jesus — February 22, 2010 #
quisiera saber que IPRF me ha descontar de mi pensión la seguridad social si tendre una paga la mes bruta de 1.720,00€ por 14 pagas.
Muchas gracias.
Comentario por maite — February 22, 2010 #
pueden explicar a nivel práctico como se calculan las casillas de la renta en una reinviersión en vivienda habitual…..gracias….
Comentario por carmen — February 24, 2010 #
Hola,
Tengo un problema importante y me gustaría que me ayudaran.
Tengo una deuda con la agencia tributaria por una empresa que tuve que cerrar por la situación económica y me han enviado una carta por la que me informan que van a embargarme la nómina para hacer frente a la deuda.
En la actualidad estoy trabajando para una empresa y cobro 950 € al mes, y la deuda es de 4.400€. Quisiera saber, qué porcentaje de nómina van a embargarme, si van a tener en cuenta que tengo un hijo a mi cargo y soy familia monoparental o sólo van a ver la cuantía de mi nómina, pues necesito saber cuánto dinero me van a retener todos los meses. Yo sé que lo debo y tengo que pagarlo pero hacerlo sin quedarme con lo necesario para comer y tirar para adelante con mi hijo.
Les agradecería que me contestaran cuanto antes, pues necesito saber cuanto antes cuál va a ser mi situación para hacerme a la idea de cómo poderlo llevar.
Muchas gracias de antemano
Comentario por María — February 25, 2010 #
Quiero que me desgrave la compra de un apartamento,trabajo en castilla la mancha pero me voy a en unos años a la comunidad valenciana que es donde me compro el apto..me empadrono allí (cvalencaina)??aunque trabaje aquí(ccastilla a mancha) hacienda me pondrá pegas??un saludo
HOLA MARíA,
Si he entendido bien, lo que pretendes es comprar un apartado y desgravar sin que este sea tu domicilio habitual… Debes tener en cuenta que para poder desgravar por la adquisición de vivienda habitual, esta debe cumplir los requisitisos de vivienda habitual, ya que de otra forma en teoría no opta a deducciones. Es decir, que en principio no podrías deducir por esta compra.
Comentario por maria — March 2, 2010 #
hola
Puedo desgravar por las retenciones que me hicieron al rescatar una cuenta ahorro?
Gracias
Comentario por Eva — March 3, 2010 #
Buenos dias,le agradeceria una aclaracion sobre impuestos a declarar, con relacion a la venta de una vivienda habitual escritura en unos 80.000€ para venderla en unos 290.000€. pues bien mi duda es que no comprendo bien la definicion siguiente:
- el 19% para los primeros 6.000€
- 21% el resto,,??? no logro comprender esto, es el 21% a los 6.000€ ó sobre la diferencia de 80.000-290.000 = 210.000?¿,si fuese hací seria una barbaridad de dinero, por eso no me cuadra este asunto.
Tambien mencionar que habria una inversion de 125/130.000€ para otra vivienda habitual, con lo cual ? creo que esta excepto ‘ ? que esta excepto, disculpe pero no logro pillar estos tecnisismos,burocraticos.
No se si me he explicado, con claridad, pero le estaria muy agradecido, esta aclaraciones.
saludos canario60
HOLA CANARIO60,
El IRPF al que te refieres es el de las rentas de capital. En este caso, lo que se hace el aplicar un tipo del 19% a los primeros 6.000 euros de ganancias (beneficio menos inversión o en este caso valor de venta menos valor de compra) y un 21% a las ganancias que superen los 6.000 euros.
Comentario por canario60 — March 3, 2010 #
Estoy casado y vivo en una casa en alquiler. Hemos decidido ahorrar para comprar un piso,y hemos abierto una cuenta vivienda en una caja de ahorros. Una vez
transcurrido los 4 años,la Caja nos
facilitará un crédito vivienda en condiciones preferentes por haber mantenido
dicha cuenta.
Mi mujer y yo no hemos hecho ningún tipo de pacto para regir nuestro régimen económico matrimonial. En el año 2009 invirtiemos en nuestra cuenta vivienda 20.000€.
Si hacemos la declaración por separado. ¡que cantidad podemos deducir cada uno?
HOLA PEDRO,
Si no indicastes nada al casaros, seguramente lo esteís en el régimen de gananciales. En principio sería mejor que contaseis con dos cuentas ahorro vivienda cada uno y aportaseis la mitad a cada una.
Comentario por pedro — March 4, 2010 #
hola.
recibí mi vivienda habitual en herencia junto con mis hermanos.El acuerdo es que yo ingrese en una cuenta mía 500 euros mensuales(que son destinados a la rehabilitacion y gastos tributarios de la vivienda)Mi pregunta es como puedo desgravar me ese importe?pensando que la cuenta corriente solo esta a mi nombre.y a cuanto podría ascender dicho alquiler para que no afectara al resto de mis hermanos?
HOLA TERE,
No termino de entender tu problema, pero según parece no has pedido un préstamo para la compra de vivienda, por lo que no tendrías derecho a deducción…
Comentario por tere — March 4, 2010 #
Tengo una hipoteca con mi exmujer de la que me desgravo la mitad, ahora he hipotecado una segunda vivienda con mi novia de la que ella se desgrava la mitad y mi pregunta es ¿que podemos hacer para que alguien se desgrave la otra mitad de la vivienda que tengo con mi novia sin perder la mitad de desgravación de la vivienda que tengo con mi exmujer? Gracias
Comentario por Ximo — March 6, 2010 #
hola ….y muchas gracias por hacernos la vida un poco menos complicada a los que de impuestos y rentas ….entendemos lo justo.
Mi problema es muy sencillo y complicado a la vez.
El año pasado me divorcie y a mi ex no se le ocurrió nada mas interesante (con el afán siempre de hacérmelo todo mas difícil aún) que hacer la declaración conjunta cuando ya estábamos separados.
Cuando recibí el certificado de retenciones del ejercicio pasado me encontré con la dichosa sorpresa y claro … en principio y con tal de no crearme mas problemas con esta señora,intente olvidar rápidamente su jugarreta…
Lo que sucede es que ademas de haberme puesto en la calle cuando los médicos me diagnosticaron una enfermedad degenerativa ahora tampoco puedo tener acceso a algunas ayudas sociales cuando perfectamente podría, ya que cuando presento el certificado de retenciones que tengo es el de una declaración conjunta y que ademas como ella cobró un finiquito de 10 años de trabajo, los números (que son altísimos) nada tienen que ver con mi realidad ya que en dicho ejercicio no tuve retenciones porque tampoco tenía trabajo.
Mi pregunta es ………hay algo que pueda hacer o no ?
HOLA PABLO,
En primer lugar ¿hicistes la declaración por tu cuenta o sólo se presentó la de tu ex mujer? Por otra parte, deberíais rectificar la declaración, no sólo para que puedas accceder a las ayudas, sino porque no se puede hacer una declaración conjunta si ha cesado el matrimonio y en caso de darse cuenta, Hacienca os puede multar.
Comentario por Pablo — March 8, 2010 #
HOLA.TENGO 42 AÑOS Y SOY PENSIONISTA POR ENFERMEDAD.TENGO LA ABSOLUTA.ESTOY COBRANDO 552 EUROS MAS LA AYUDA A LA DEPENDENCIA DE 355 EUROS. ¿ESTOY OBLIGADA A HACER LA DECLARACION?.
MUCHAS GRACIAS.
Comentario por EVA — March 14, 2010 #
hola,
el año pasado solo trabaje un mes y el resto he estado cobrando el paro.
tengo que hacer la decl. d. la renta?
Comentario por an — March 31, 2010 #
hola, mi pregunta es la siguiente:
Estoy divorciado desde sptbre`07, vivo en un piso de alquiler desde enero´07 y paso la pension por alimentos de mis hijos e mi ex. Éstos conceptos desgravan en la declaración de la renta??
muchas gracias por la labor,
Comentario por JULIO — March 31, 2010 #
Hola. Estoy preocupado porque llevo cotizando cinco años y nunca hice la declaracion de la renta ya que me decian que no era obligatorio, este año queria hacerlo y tengo mucas dudas ya que creo que por lo menos en 2006 pude haber superado los 22000 al año si es que si es que esa es la cantidad que hay que superar y me pregunto si me sancionaran por no haberlo hecho y como saber si debi de hacerlo. Gracias.
HOLA PABLO,
Si estabas obligado a declarar y no lo hiciste tendrás que hacer frente a una sanción. La forma más sencilla de saber si estabas o no obligado es que acudas al Manual de la renta del ejercicio fiscal en cuestión y compruebes si cumplías con los requisitos o no.
Comentario por pablo garcia — April 1, 2010 #
Buenos días,
He comprado una segunda vivienda para convertirla en mi vivienda habitual, sé que el impuesto de la renta no permite la desgravación en este caso hasta que se haya superado la inversión de la primera vivienda, quiere esto decir que hasta que no lleve pagados al banco, por ejemplo 90.000€ ( que fue la inversión anterior) no puedo empezar a desgravar por esta nueva vivienda?, ¿o que puedo empezar a desgravar ya, pero descontando del total invertido los 90.000 euros de la primera inversiòn?
HOLA ANA,
No puedes empezar a desgravar hasta que no hayas invertido el capital por el que desgravaste por la anterior vivienda. En este sentido no importa tanto el precio como el capital por el que desgrabaste (es decir, esa base máxima de 9.015 euros por la que deducías en tu declaración de la renta).
Comentario por ana — April 5, 2010 #
Estoy casado en gananciales y poseo una vivienda (herencia de mis padres fallecidos) en la que no resido pues vive en ella un hermano, eso sí, la tengo cómo domicilio fiscal a todos los efectos para evitar “sorpresas” desagradables a la hora de la segregación en tiempos económicos mejores.
Mi mujer tambien tiene el domicilio fiscal en esa dirección pero evidentemente tampoco reside en ella (no tiene ninguna propiedad), pero por motivos laborales ha tenido que alquilar un piso al lado de su trabajo por el que ha pagado en 2009 5,760,00€ en concepto de alquiler. Yo estoy de aquí para allá con mi trabajo y no figuro para nada en ese alquiler aunque es nuestro lugar de pseudoresidencia.
¿Puede deducirse de ese alquiler sin problemas ante la Agencia Tributaria?…¿Es mejor que no lo haga?…Al estar hablando de Castilla y León ¿tiene doble deducción?
Gracias.
HOLA JOSE CARMELO,
Vivienda Habitual y docimilio fiscal no tienen por qué coincidir (aunque suele ser recomendable que lo hagan). En este sentido, no habría mayor inconveniente en que tu mujer pueda desgravar por el alquiler de la vivienda habitual, tanto la parte estatal como la autonómica, siempre que cumpla con los requisitos que establece la ley, empezando por cobrar menos de 24.000 euros en la parte estatal. En cuanto a Castulla y León, la deducción es del 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros
Comentario por jose carmelo gonzalez — April 5, 2010 #
hasta cuando desgraban en hacienda por un piso si compro en 2010?
Comentario por jose — April 6, 2010 #
Por favor, me pueden decir si tengo obligación de solicitar el borrador de la declaración si he percibido durante el año 2009 las cantidad de 9.500 euros de un pagador y 500 euros de otro pagador y si no tengo obligacion de declarar si puedo confirmar el citado borrador para que me devuelvan el IRPF que me han descontado-gracias
HOLA JUAN ANTONIO,
En primer lugar, nadie tiene la obligación de solicitar el borrador -es optativo-. En segundo, si lo solicitas, debes saber que su caracter es puramente informativo y depende del contribuyente confirmarlo o no, pero en ningún caso estará obligado a hacerlo.
Comentario por juan antonio — April 6, 2010 #
ola tengo 27 años estoy percibiendo la ayuda de enmacipacion la de los 210 euros quisiera saber si me toca a pagar porque hasta ahora siempre me tocaba a devolver 200 o 300 euros
Comentario por angeles — April 6, 2010 #
Mi consulta es si me empadrono en una provincia y quiero seguir llendo a los médicos donde siempre los he tenido que es en otra, hay algún problema?
Muchas gracias
Comentario por maica — April 6, 2010 #
hola mi pregunta es que en el año 2009 he trabajado un total de 148 dias y actualmente no trabajo ni recibo ningun tipo de ayuda y pregunto puedo hacer la declaracion de la renta
muxas gracias
Comentario por sara — April 7, 2010 #
A finales de diciembre me inscribí en el registro de parejas de hecho de mi ayuntamiento (Catalunya) y me gustaría saber si esto afecta a mi renta pues mi pareja no la hace. Gracias por vuestra ayuda
HOLA ANITA,
Figurar como pareja de hecho no afecta a la declaración de la renta.
Comentario por Anita — April 7, 2010 #
Buenas tardes, en relación a mi consulta del pasado dia 5 de abril, sigo sin entenderlo.
Si mi vivienda primera costó 90000 euros (ya está totalmente pagada desde mediados de 2009)y la segunda, que se ha convertido en mi vivienda habitual me ha costado 275000 euros, cuando y con que límite puedo empezar a desgravar?
Gracias y saludos
Comentario por ana — April 7, 2010 #
Hola, mi consulta es la siguiente:
Soy titular de la las escrituras de una vivienda comprada e hipotecada a nombre mio y de mi pareja al 50%. ¿Tenemos derecho los dos a desgrabar la hipoteca siendo los dos titulares de ella aun siendo yo la unica titular de las escrituras?
Tambien quisiera saber si los seguros de hogar y de vida tambien desgraban…….
Gracias
Comentario por Susana — April 8, 2010 #
Voy a compartir el lugar de residencia,por motivos personales,seran mas o menos el mismo número de dias al mes,tengo una casa en propiedad donde estoy empadronada,fue de mis padres por lo que no ha tenido hipoteca..ahora me compro un apartament en c valenciana,-¿puedo desgrabarmelo como vivienda habitual?
Tengo que empadronarme en esa cuidad??
GRACIAS!!!
HOLA MARIA,
El Padrón no afecta a la declaración de la renta. Para poder desgravar por el apartamento de Valencia sólo deberá constituir tu residencia habitual.
Comentario por maria — April 9, 2010 #
Solo una pregunta muy breve.
¿Pueden indicarme si las COMISIONES que cobra el Banco de España en la amortización de Deuda Pública tiene carácter de GASTOS DE ADMINISTRACIÓN?
Saben Ustedes que la Ley del Impuesto IRPF solo permite la deduccion de los gastos administrativos y los gastos de custodia. Pero tengo dudas acerca de si las comisiones cobradas son tambien gastos de administración. Muchas gracias por su amables respuesta. JOSE
HOLA JOSE,
Entiendo que dependerá de como se interprete la ley, aunque a priori seguro que la respuesta de Hacienda será que no, que las comisiones no forman parte de los gastos de administración.
Comentario por JOSE — April 10, 2010 #
hola, en mi borrador aparece esto: “nos consta la existencia de perdidas pendientes de confirmar deejercicios anteriores..”
que significa?.
gracias.
HOLA GONZALO,
Sin más información es complicado contestar, aunque todo apunta a pérdidas por inversiones o relacionadas con el ámbito empresarial
Comentario por Gonzalo — April 12, 2010 #
Hola,
Tengo una duda. En diciembre del año pasado me compré un piso en Madrid por el que tengo una hipoteca, pero yo estoy empadronado en Córdoba. y así me gustaría seguir estando (sobre todo para poder votar allí) pero me he enterado que para deducir el pago de mi hipoteca necesito estar empadronado en Madrid. ¿Es eso cierto? También he leído algo del domicilio fiscal, pero ya estoy hecho un lío, para empezar porque yo creo que ya tengo el domicilioi fiscal aquí en Madrid, que es donde siempre hago la declaración de la renta. Alguien me puede ayudar? Gracias
HOLA NACHO,
En principio no tienes por que estar empadronado en Madrid para poder deducir por un piso como vivienda habitual. El padrón y la declaración de la renta son dos elementos independientes que no tienen por qué coincidor. Lo que sí debes cumplir es con el precepto de vivienda habitual para poder desgravar.
Comentario por Nacho — April 12, 2010 #
Hola mi nombre es Eva y tengo un par de dudas en cuanto la realizacion de la Renta 2009. en septiembre de 2009 he firmado la hipoteca de mi vivienda (que es la habitual), mi pregunta es: de esta compra que es lo que me puedo desgravar?Aparte tenía una cuenta de ahorro vivienda y durante el 2009 hice varios ingresos, puedo tambien deducirme esos ingresos ó como ya he firmado las escrituras y me desgravo todos los gastos esto anula a la desgravacion de la cuenta de ahorro vivienda?.Por otro lado en el 2009 he tenido un despido por ERe, la indemnizacion recibida he de declararla ó por el contrario está exenta?
Gracias anticipadas-
HOLA EVA,
En la página 420 del Manual de la renta 2009 de la AEAT puedes encontrar la información referente a los gastos que puedes desgravar en relación a la adquisicón de vivienda. En el caso del ERE, se han ampliado las cantidades que se encuentran exentas de tributar (no es el 100% de los que recibas). En este enlace puedes consultar los cambios respecto al ERE.
Comentario por Eva — April 13, 2010 #
Tengo una duda y quisiera saber si pueden resolverla. El año pasado trabajé 4 meses y el resto del año estuve cobrando el desempleo. He recibido el borrador de la renta y me sale a pagar 395 €. ¿Tengo la obligación de presentar la declaración al tener 2 pagadores a pesar de que uno de ellos corresponde al desempleo?. ¿El desempleo no está exento de cotizar a hacienda?. Muchas gracias.
HOLA EVA,
Los pagos del Inem computan como rendimientos del trabajo a efectos fiscales y no están exentos de tributar, de ahí que quienes hayan cobrado el paro tienen muchas posibilidades de estar obligados a declarar y además de tener que pagar, ya que el paro prácticamente no cuenta con ninguna retención.
Comentario por Eva — April 14, 2010 #
Hola mi nombre es Victor, tengo una duda sobre la deduccion vivienda. Mi novia y yo estabamos desde finales de 2007 a noviembre de 2009 en una promocion de viviendas haciendo pagos todos los meses, los cuales nos deducimos en las declaraciones anteriores. Pero en diciembre nos fuimos de esta promocion y no nos devolvieron nada de lo aportado, lo perdimos todo, luego entramos en otra promocion aportando otra cantidad en diciembre. La duda es si podemos deducirnos sobre todo lo aportado en el año a las dos promociones o si tenemos que devolver algo de lo anterior.
Muchas gracias
HOLA VICTOR,
El Manual de la Renta 2009 contempla una serie de supuestos por los que no tendrías que devolver las cantidades aportadas a las promotoras (aunque la marcha voluntaria no es una de ellas). En principio, sólo podríais desgravar por las cantidades aportadas a la segunda promoción, ya que estas son las que en realidad se dedicarán a adquirir la que será vuestra vivienda habitual, que es el concepto sujeto a deducción.
Comentario por Victor — April 14, 2010 #
Buenos días me gustaria que me aclararais una duda.
Este año recibido ingresos por varios sitios, cobre un par de meses de paro, luego me contrataron para trabajar en una empresa por medio de una ETT y despues me contrato directamente la empresa.No supere los 11200€ en total por lo que creo que no deberia presentar la declaracion. ¿Me podrias aclarar si la tengo que hacer o no ?
Gracias
HOLA SILVIA,
Si no superastes los 11.200 euros en principio no estarías obligada a hacer la declaración de la renta, aunque puedes encontrar más información al respecto aquí
Comentario por silvia — April 15, 2010 #
Hola, quisiera saber que tengo que hacer en el caso de que mi empresa me entregue un certificado de retenciones 2009 con unos ingresos y unas retenciones practicadas que no son reales. Es decir, me han puesto más ingresos de los que realmente he percibido en el año. existe alguna forma de que ellos puedan emitir de nuevo un certificado correcto? o como ya está declaro no se puede? pueden emitir otro tipo de documento con la corrección para que se compense? en este último casa tendrá efectos en mi declaración 2009 o ya 2010? si yo declaro mis ingresos y retenciones reales en mi declaración de la renta y no casa con el certificado de retenciones, cómo actúa la Agencia Tributaria?. Muchas gracias. un saludo
HOLA LAURA;
Lo primero que deberías hacer es indicarle a la empresa el error para que los corrijan y emitan un nuevo certificado con los datos reales.
Comentario por Laura — April 15, 2010 #
me gustaria que me aclaran mi duda del dia 5 de abril, y si el empadrono no afecta a la vivienda habitual, como puedo ponerla como tal.gracias
Comentario por mila — April 16, 2010 #
Buenas, nunca he hecho la declaración de la renta porque no supero el mínimo, pero hoy me comentaron que si he cobrado el paro tengo que hacerlo porque son dos empresas. Yo durante el 2009 cobré unos meses de subsidio y he trabajado para la misma empresa los demás meses, pero sigo sin superar el mínimo, ¿tendría que hacer la declaración? Gracias.
HOLA DOLORES,
Efectivamente, el INEM es considerado como un segundo pagador a efectos fiscales, lo que modifica los límites por los que estarías obligada a declarar. Así, deberás declarar si has obtenido más de 1.500 del segundo pagador y tus rentas totales superan los 11.200 euros.
Comentario por dolores — April 16, 2010 #
Buenas noches. En 2.009 estuve afectado por un ERE con suspensión de contrato. La Junta de Castilla y León me concedió una ayuda (Orden EYE/1120/2009 de 20 de Mayo) de algo más de 500 euros por el tiempo que estuve en paro (56 días).
¿Debo declarar esta ayuda? Lo digo porque en los datos fiscales que me ha facilitado la AEAT no aparece absolutamente nada.
Muchas gracias. Un saludo.
HOLA JUAN CARLOS,
En principio sí deberías incluir la ayuda.
Comentario por Juan-Carlos — April 16, 2010 #
Vivo en Madrid en la casa de mi novia desde hace 2 años y 10 meses. El año pasado compre un piso en mi pueblo, en Caceres, por valor de 42000 euros. lo pague en el acto, sin hipotecas. ¿Puedo desgravar la compra en la declaracion? Es mi primera vivienda, aun que no la habitual.
Gracias anticipadas.
Atentamente
Jesus
HOLA JESÚS,
La deducción por adquisición de vivienda habitual está reservada para los casos de financiación ajena (es decir, cuando se pide dinero para poder comprar la casa)
Comentario por Jesus — April 17, 2010 #
Hola a todos.
Mi consulta es la siguiente:
Mi madre es pensionista y reside en una residencia. Desde principio de año ha alquilado su piso de propiedad a una pareja, edades de 35 años.
Con su pensión no alcanza el mínimo para declarar a Hacienda.
¿Está obligada en este caso a realizar la declaración por tener el piso alquilado, aunque con la suma de su pensión y el alquiler no llege a ese mínimo para declarar?
Gracias por vuestra respuesta.
Saludos.
Comentario por Antonio m. — April 18, 2010 #
Mi mujer pagó cuotas a la Seguridad Social por haberse adherido a un Convenio Especial (para poder cobrar la pensión minima cuando cumpla 65 años) desde agosto de 2009 ¿cómo se recogen estas cuotas pagadas en la Declaración de la Renta 2009?
Gracias
Comentario por miguel — April 19, 2010 #
HOLA YO LLEVABA 7AÑOS Y MEDIO TRABAJANDO EN UNA EMPRESA QUE EN DICIEMBRE SE DECLARO EN QUIEBRA,Y ESTOY EN EL PARO,ANUAL ERAN 12500 NUNCA HE DECLARADO AHORA QUE VOY A TENER UN HIJO,DEBO DECLARAR PARA INGRESAR A MI HIJO A LA GUARDERIA ME MULTARAN POR NO HABERLO HECHO ANTES O ME DEVOLVERAN GRACIAS
Comentario por MARTHA AGUDEDLO — April 19, 2010 #
hola mi pregunta es me puede sancionar hacienda,si tenia un piso enero 2006 lo vendo 2009 en septiembre,lo que gano lo invierto en otro piso en octubre 2009 sin estar empadronado mas de tres años en el piso que vendo
HOLA ADEL,
No importa el tiempo que hayas estado empadronado, sino el tiempo que la vivienda haya constituido tu vivienda habitual de forma efectiva. De todas formas, el padrón puede ayudarte a justificar que la casa fue efectivamente tu vivienda habitual. En caso de no cumplir los tres años, lo que Hacienda haría es sancionarte y obligarte a devolver las cantidades deducidas.
Comentario por adel — April 19, 2010 #
Hola, vivo en Madrid en un piso alquilado desde Enero de 2008. Queria saber si puedo deducirme tanto la parte estatal entorno al 10% como la parte autonómica del 20%, cumplo los requisitos en ambos casos, pero no se si existe algún tipo de incompatibilidad.
De poder hacerlo, el año pasado solo me deducí la parte estatal por lo que me gustaria saber tambien si se pueden aplicar deducciones que no se aplicaron en años anteriores.
Gracias de antemano por tu respuesta
HOLA MIGUEL ÁNGEL,
Ambas deducciones son compatibles, así que si cumples los requisitos podrás beneficiarte de ellas. En cuanto a la posibilidad de deducir la parte estatal en anteriores ejercicios (sería sólo de 2008) tendrías que hacer una declaración complementaria.
Comentario por Miguel Angel — April 19, 2010 #
Hola, el año pasado trabajé un mes y el resto estuve en paro. Ahora me encuentro con la sorpresa de tener que devolver a hacienda 1800 euros porque no he tenido ninguna retención. ¿Porqué no me han realizado la retención, como les exigen a las empresas?
Saludos.
HOLA JULIO,
Hacienda no realiza apenas retención porque se supone que un parado necesitará toda la ayuda para poder cubrir la pérdida de ingresos.
Comentario por Julio — April 19, 2010 #
hola por primera vez voy hacer la declacion de la renta pero no tengo ni idea de lo que tengo que hacer mi sueldo no supera los 10000euros vivo de alquiler, si me podrias decir lo que tengo que hacer te lo agradeceria. muchas gracias
HOLA ANGIE,
En primer lugar, te recomiendo que solicites el borrador de la declaración y en segundo que veas si estas o no obligada a declarar (por las cantidades que indicar es muy posible que no lo estés)
Comentario por angie — April 20, 2010 #
Hola,me gustaria saber como puedo recuperar una retencion de hacienda por la venta de un fondo de inversion,al parcer mi comentario ha sido retirado,pero desconozco el motivo.
saludo gracias.
HOLA FRANCISCO,
No termino de entender la cuestión que planteas. Cuando vendes el fondo hacienda lo que hace es cobrarte el 18% de IRPF al que están sujetas estas operaciones y este capital no se puede recuperar.
Comentario por francisco — April 20, 2010 #
Buenas, pues mis ingresos totales del 2009 en la empresa han sido de unos 4000 euros más 2200 del inem por lo que no supero el límite de 11200 euros y con lo que supone que no tendría que hacer la declaración entonces. Gracias de nuevo.
El siguiente era mi anterior comentario con su respuesta:
“Buenas, nunca he hecho la declaración de la renta porque no supero el mínimo, pero hoy me comentaron que si he cobrado el paro tengo que hacerlo porque son dos empresas. Yo durante el 2009 cobré unos meses de subsidio y he trabajado para la misma empresa los demás meses, pero sigo sin superar el mínimo, ¿tendría que hacer la declaración? Gracias.
HOLA DOLORES,
Efectivamente, el INEM es considerado como un segundo pagador a efectos fiscales, lo que modifica los límites por los que estarías obligada a declarar. Así, deberás declarar si has obtenido más de 1.500 del segundo pagador y tus rentas totales superan los 11.200 euros.”
Comentario por dolores — April 21, 2010 #
Hola,tengo una duda en las declaraciones de otros años yo podia deducir por ascendiente ya que convivia con mi madre,mi madre fallecio en eel año pasado (2009) en el borrador de este año(2010), viene incluida tambien, mi pregunta es si tengo derecho a la deducción por ascenciente(mi madre fallecio en agosto 20009) proporcionalde este año, es decir desde que empieza el año fiscal hasta agosto muchas gracias.
Comentario por Juan Carlos — April 22, 2010 #
Buenos días,
Estoy en un caso parecido. En 2006 y 2007 me desgravo unas cantidades entregadas al promotor de la vivienda en construcción, era una cooperativa. En 2009, nos damos de baja, y nos devuelven el dinero (julio de 2009).
En octubre de 2009, compramos otra vivienda.
HOLA MOSSY,
AL tratarse de viviendas diferentes, por mucho que reinviertas las cantidades abonadas, deberás devolver la deducción
Entiendo que no tengo que devolver nada a Hacienda por esos pagos devueltos por parte del promotor, no? Al haber comprado otra vivienda habitual, aunque sea distinta a la primera, estaría todo correcto?
Gracias de antemano y un saludo.
Comentario por Mossy — April 23, 2010 #
Una vez que tienes la propuesta hecha cmuchas gracias a todos.omo se puede aceptar esa propuesta para que sea enviada a tu domicilio.
Comentario por estitxu — April 23, 2010 #
una vez que te metes en la pagina de datos para ver si tienes ,una propuesta generada en hacienda. como puedes aceptarla para que sea enviada a tu domicilio. Porque hasta este año siempre me la han enviado a casa pero este año de momento no, aunque si tengo una propuesta en internet. Como la puedo acetar ?
gracias
HOLA ESTITXU,
El que el borrador todavía no te haya llegado a casa no significa que no te lo vayan a mandar.
Comentario por estitxu — April 23, 2010 #
Hola
Hoy, día 23 de Abril, haciendo gestiones en la Diputación de Alava (que disfruta de un régimen fiscal propio) descubro que debería haber presentado la declaración de IRPF el año pasado, 2009.
Gané solamente 14000 € en 2008 y creía que el mínimo a partir del cual es preciso presentar la declaración era de 15000 €; pero resulta que en Alava el mínimo es de 12000 €.
En definitiva, he presentado hoy la declaración pendiente y quisiera saber a cuánto pueden ascender los recargos por retraso, intereses de demora, si los hay, o sanciones, si las hay, sobre la base de esos 14000 € y suponiendo que la declaración salga probablemente a pagar (también sería bueno conocer el resultado en caso de que salga a devolver).
Tampoco conozco en qué situación debe estar el contribuyente para recibir o no un borrador de declaración de la administración. Si lo hubiera recibido en su momento, obviamente me hubiera ahorrado a día de hoy este problema.
Gracias por adelantado y saludos.
Comentario por Samuel — April 23, 2010 #
Hola,
llevo varios años viviendo en pareja, pero no estamos casados. Si esta pareja vive a mis expensas, ¿se puede deducir algo en la declaración de IRPF?
Muchas gracias.
HOLA CONCHI,
No, sólo podrías incluirla en la declaración en caso de estar casados y realizarla de forma conjunta.
Comentario por Conchi — April 23, 2010 #
buena!!!!
me acaban de mandar el borrador y veo que me toca pagar 482€,lo que me parece raro que habiendo trabajado solo tres meses y el resto en el paro me toque pagar.Lo que he cobrado en todo el año ha sido 13611€,aparte estoy pagando un alquiler del IVIMA desde el mes de junio del año pasado,cumpli 36 años en dicembre.no me puedo deducir nada.
gracias
HOLA ROBERTO,
El dinero recibido del paro cuenta como slario a efectos fiscales, con el inconveniente de que no se realiza ninguna retención sobre el mismo, de ahí que el resultado de la declaración sea a apgar.
Comentario por roberto — April 24, 2010 #
Buenos dia,resulta que ya he confirmado el borrador, he recibido el pago de la declaracion de este año unos 1335 euros,pero ahora me entero de que tengo que declarar las ayuda del gobierno
por la compra del coche,que tengo que hacer,otra declaracion y si es asi ,en que casilla meto esta ayuda ,me dicen que es 1000euros.
gracias.
Comentario por MABEAL — April 25, 2010 #
Yo compre la vivienda habitual en 2009, quisiera saber si me desgrava este año al hacer la fdeclaración, y en ese caso que papeles debo incluir para ello, ya que en el borrador no he encontrado ningun dato, solo la cuenta de la hipoteca
HOLA ASUN,
En principio sí tendrías derecho a la deducción. Lo que ocurre es que el borrador ya no hace la deducción de forma automática (de ahí que sólo aparezcan los datos pero no se practique la deducción)
Comentario por Asun — April 25, 2010 #
necesito estar empadronado en la vivienda que declaro como domicilio principal?????????
yo tengo una hipoteca de una vivienda, pero ahora no vivo en ella, quisiera saber si puedo continuar declarandola si me empadrono en mi nuevo domicilio o si me interesa no cambiar el empadronamiento.
HOLA JUAN,
Para poder desgravar por la vivienda esta debe constituir tu domicilio habitual. El padrón no afecta a la declaración de la renta, pero sí puede ser un elemento que delate que ya no vives en esa casa y que por lo tanto no tienes derecho a deducir por ella.
Comentario por Juan — April 26, 2010 #
Buenas, estoy intentando hacer la declaración y mi situación es la siguiente. Vivo en un piso propiedad de mi padre, con mi pareja y nuestra hija. No pagamos ningún alquiler. Que referencia debo poner? 2: usufructo? o 4: otras situaciones. Debo poner los datos catastrales?
Gracias
Comentario por Cristina — April 26, 2010 #
Hola buenas, yo el año pasado estube de enero a finales de abril en una empresa privada y tengo una retribucion dineraria de 7689.19 y de mayo a diciembre el desempleo con un total de 8.559.96,
en total me sale 16249.96 estoy obligado hacer la declracion de la renta
Por otro lado es para preguntar tambien que el año pasado a hacer el seguro del coche me tuve que sacar un pequeñoseguro de vida, para poder sacarme el seguro, me puede deducir algo
HOLA MIGUEL JESúS
Por las cantidades que indicas, sí estarías obligado a declarar al tener dos pagadores, superar el segundo los 1.500 euros y tus ingresos totales los 11.200 euros. Por otra parte, respecto al seguro, los seguros vinculados a vehículos no son deducibles.
Comentario por miguel jesus vegas cano — April 26, 2010 #
hola!
Tengo un piso en alquiler.Lo alquile a una empresa y no pagué el iva. Ahora la agencia tributaria me reclama el iva de hace 3 años.
¿puedo deducir el iva de todo lo que compre para el piso?
HOLA JUAN CARLOS,
AL tratarse de un arrendamiento a empresa, se considera que es para actividad económica y por lo tanto está sujeto a IVA.
Comentario por juan carlos — April 26, 2010 #
En el momento de declarar: las ayudas por primera vivienda tanto del estado y de las CCAA se declaran?, cual sería su percentaje y se puede hacer fraccionado, por trimestre o anual?
Gracias
HOLA JAQUELINE;
Debes declarar las ayudas recibidas por primera vivienda.
Comentario por Jacqueline — April 26, 2010 #
Hola, me gustaría saber si tengo que hacer una declaración complementaria del 2008 al cobrar en 2009 por el concepto de “atrasos” 180€ correspondientes al año 2008 y que obviamente no declaré en la del 2008 (por mi ignorancia). Este año me sucede lo mismo, lo declaro en la renta 2009 aunque lo haya cobrado ahora en 2010?? y dónde tendría que ponerlo porque en el certificado de haberes de 2009 se mencionan los atrasos del 2008 pero no los 180 € que he cobrado ahora en 2010 correspondiente al 2009.
Gracias
Comentario por Violeta — April 26, 2010 #
Hola, tengo una duda gorda que agradecería que me respondieran. Trabajé como becario hasta mayo en una empresa, recibiendo unos 3000€ (a través de una fundación). En junio fui contratado por esa empresa, recibiendo unos 13000€ hasta fin de año. En teoría no llego al mínimo, pero no sé si al tener 2 pagadores distintos, ¿debo presentar la renta? el borrador que me ha llegado me sale a pagar mucho…
Muchísimas gracias y un saludo.
HOLA DAVID,
Al tener dos pagadores en principio estarías obligado a hacer la declaración
Comentario por LDavid — April 27, 2010 #
Hola.tengo que hacer la renta del 2010 y tengo algunas dudas.
1.puedo seguir desgrabando la hipoteca que hice con una entidad en el año 2000 que inclui en ella algunos prestamos y que hasta ahora e estado deduciendo.
2.e oido que tambien desgraban los intereses que le e estado pagando a la seguridad social de los recibos de autonomos que no pude pagar en su dia por ir mis empresas mal las cuales tuve que cerrar.es eso cierto.gracias de antemano por su ayuda.un saludo leonor
Comentario por antonio — April 27, 2010 #
Hago la declaración conjunta, mi conyuge cobra una pensión de invalidez permanente absoluta sin retenciones, tiene una minusvalia del 67%.
yo cobro 22000 Euros de un mismo pagador, hipoteca. el borrador nos llega a devolver…..mas o menos coinciden con mis retenciones, en ningún momento constan los ingresos de la pensión, es correcto? no deberia constar los ingresos de la pensión en la declaración??
HOLA TONI,
En principio sí deberías hacerlo constar.
Comentario por Toni — April 27, 2010 #
eto es un rollo
Comentario por MABEAL — April 29, 2010 #
Hola. He leído en algún sitio que dentro del aparatado de “adquisición de vivienda habitual” (compra), para el ejercicio 2009, se pueden desgravar, entre otros, los gastos de suministros (agua, luz y gas). ¿Esto es cierto o sólo afecta a los alquileres?
HOLA ALBERTHOVEN,
Los gastos de suministros, luz y gas no son deducibles como parte del gasto en adquisición de vivienda habitual.
Comentario por Alberthoven — April 30, 2010 #
Hola, he pedido el borrador y me toca pagar 800€, esto meparece absurdo, porque yo tengo bruto 17000€ por el año pasado. Tengo 3 pagadores, dos empresas y una es el paro. A parte tengo alquiler de 700€ y hija de 5 años. He cumplido 35 años en 27.10.2009. Mi mujer ha cobrado 17000€ de un pagador. Ahora me sale pagar 800€ ò si se hace conjunta 2400€. Me puede decir alguien, si tnego derecho de deduccion de alquiler?
Gracias
HOLA ALEX,
Lo que ocurre es que el paro prácticamente no practica retenciones y al cambiar de trabajo las retenciones también suelen ser mínimas. Respecto al alquiler, sí hay deducciones por el mismo, tanto estatales como autonómicas, pero para ello debes cumplir unos requisitos. Te dejo dos enlaces donde consultar si estás obligado a declarar y las deducciones por alquiler: http://impuestosrenta.com/¿quien-debe-hacer-la-declaracion-de-la-renta/ y http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendatario/
Comentario por Alex — April 30, 2010 #
tengo una niña pequeña de tres años , hasta cuando era la ayuda del gobierno?? Tambien soy soltera y no tengo ingresos extras por la niña, el año pasado se me comtemplo en el borrador pero este año no. Por favor me podrian decir si me pertenece recibir algo?? deberia rectificar mi borrador??
Gracias
HOLA MATILDE,
La ayuda ed los 100 euros mensuales, que debes reflejar en la declaración, está activa hasta que el niño/a cumple los tres años.
Comentario por MATILDE — May 1, 2010 #
Soy autonoma y retengo en mis facturas un 7% por inicio de actividad.tengo que presentar el modelo 130?
gracias
HOLA ANA,
En principio todos los autónomos deben presentar el modelo 130 en el que declaran los ingresos que han obtenido en el trimestre.
Comentario por anaolm — May 2, 2010 #
Buenas tardes , agradecería que alguien me diga que hacer cuando en el borrador aparecen unos ingresos que la empresa no ha satisfecho por haber presentado un ere de extincion y posteriormente haber entrado en concurso de acreedores sin haber llegado a pagar ni un solo euro de los que figuran en el borrador , puede que la empresa haya tributado por esos ingresos , pero el trabajador no ha percibido nada , que se hace en semejante situacion ??? , agradezco información al respecto , gracias
HOLA PEPE,
En primer lugar, siempre puedes modificar los datos del borrador (son lo que posee Hacienda, pero esto no quiere decir que sean los correctos). En segundo, lo más fácil es que consultes directamente con Hacienda (teléfono de atención al ciudadano) el caso.
Comentario por Pepe — May 2, 2010 #
hola. Dentro de poco me caso y me gustaria saber cual es el metodo más conveniente si ganaciales o separacion de bienes. En estos momentos tenemos comprada una casa al 50%. Mi pareja ha creado una empresa con otros dos socios y claro tanto las ganacias como las deudas serían para él en el caso de separación de bienes, pero yo he reducido jornada para cuidar de nuestra hija y gano menos.
y además tengo una cuenta de ahorro con mi hermana, en este caso si hacemos ganaciales le correspondería algo de esa cuenta. Gracias
Comentario por carol — May 3, 2010 #
Saludos. Vivo en Madrid y por mi base imponible estoy excluido de la deducción por gastos educativos que este año hay en esta Comunidad. Mi esposa, en cambio, no supera ese límite. ¿Puede ella aplicarse esa deducción o hay que tener en cuenta todos los ingresos aunque hagamos declaraciones individuales?. Agradezco una aclaración. Gracias.
HOLA LUIS MIGUEL,
En principio los ingresos, a excepción de los obtenidos por rendimientos de trabajo, se computarían al 50% en caso de estar casados en régimen de gananciales.
Comentario por luis miguel — May 3, 2010 #
Hola,
durante el año pasado solo obtuve 14.000 euros por rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador, y creo que el límite para no estar obligado a declarar es de 22.000 euros. Mi pregunta se debe a que en los primeros meses del año alquilé un piso (yo era la arrendataria junto a una amiga), y no sé si esa circunstancia me obliga a declarar.
Gracias.
Comentario por María — May 3, 2010 #
Buenos días,
en el año 2000 me compré un piso y pedí una hipoteca de 54.091,09 EUR, durante estos años me he estado desgravando, el 100% de los pagos pues está a mi nombre. En julio de 2009 me quedaban 32.721,77 EUR por pagar.
En julio del año 2009 me compré una casa al 50% con mi pareja actual (no estamos casados), saldé el préstamo del piso y pedí una hipoteca de 200.000,00 EUR. Entre el impuesto de transmisiones patrimoniales, gastos de tasación y las mensualidades en el año 2009 hemos pagado por la casa 12.574,80 EUR cada uno.
A su vez en los meses de octubre a diciembre de 2009 alquilé el piso y recibo una renta de 650 EUR mensuales.
He leído en el manual de la renta que:
Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrán practicar deducciones por la adquisición o rehabilitación de la nueva vivienda hasta que el importe invertido en ella exceda de las cantidades invertidas en las anteriores que hubieran gozado de deducción.
¿Qué es lo más conveniente para este año y posteriores?
¿Cómo reflejo todo esto en la declaración?
¿En que campos de la declaración hay que poner las rentas recibidas por el alquiler?
Gracias.
HOLA FRANCISCO,
Creo que la respuesta del manual de la renta es bastante clara… Lo que quiere decir es que no podrás desgravar hasta que hayas pagado por el nuevo piso las cantidades que sirvieron de deducción (los famosos 9.015 euros que sirven de base para deducir por la adquisición de vivienda).
Comentario por Francisco — May 5, 2010 #
hola, puedo desgrabar la hipoteca si mi suegra es la usufructuaria del piso, mi mujer es la sucesora en la escritura y mi suegra no vive con nosotros
HOLA KIKE,
En teoría, para poder desgravar por la hipoteca debes ser el titular del piso y este debe constituir tu vivienda habitual.
Comentario por kike — May 5, 2010 #
Tengo una consulta y necesito ayuda.
Tengo una hipoteca por una vivienda en valladolid y por razones de trabajo me he trasladado a un pueblo de huelva, estoy de alquiler pero sin ocntrato. La AEAT me pide aparte de mi vivienda en propiedad otra referencia catastral para confirmar mi borrador. Se que me debería desgravar por el alquiler y la 2ª vivienda me perjudicaria, pero al no tener contrato la AEAT me ha dicho que quite la vivienda de valladolid ponga únicamente la de Huelva y me desgrave por la hipoteca. ¿SE puede hacer?
Muchas gracias.
Comentario por ANA — May 6, 2010 #
Hola a todos.
Quisiera saber si son deducibles dentro del aparatado de “adquisición de vivienda habitual” (compra), para el ejercicio 2009, los gastos de comunidad ya que en ellos se engloban conceptos como “limpieza de zonas comunes”, “mantenimiento de jardines y piscina”, “honorarios del administrador”, etc.
Muchas gracias. Un saludo.
Comentario por Alberthoven — May 6, 2010 #
En Septiembre de 2009 me divorcié (fecha de la sentencia judicial: 17 de septiembre). Tenemos dos hijos menores y se me asignó a mí la guarda y custodia. Mi pregunta es ¿en la declaración de 2009 quién desgrava por los menores: a medias o yo sola?
HOLA ELENA,
En principio si tienes la custodia y vivien contigo puedes incluirlos tú sola.
Comentario por Elena — May 6, 2010 #
Hola,
he trabajado para la misma empresa en dos establecimientos distintos con contratos distintos. el pagador es la central de esta empresa con un mismo CIF. tengo la obligacion de realizar la declaracion? constaría como dos pagadores o uno? gracias.
HOLA ROBER,
Si el CIF es el mismo cuenta como un solo pagador.
Comentario por rober — May 7, 2010 #
POR FAVOR ES URGENTE EN HACIENDA CADA VEZ ME DICEN UNA COSA DISTINTA:
-si soy fija discontinua y trabajo en periodo escolar cobrando 6000e anuales y en el verano voy al paro cobrando 1000e.Total gano 7000 y me descuentan 100. ¿estoy obligada hacer la declaracion con esos ingresos al esta pagando una hipoteca?. en caso de no estarlo ¿mi marido tiene que hacerla individual o puede hacerla conjunta al tener dos niños menores?.
-En 2006 compre el piso en el que vivimos por lo que la titularidad y la hipoteca esta ami nombre, me case en el 2009 ¿él puede desgravarse del 50% de esa hipoteca?, Según con quien hable me dicen que al estar adquirido antes del matrimonio y estar a mi nombre no puede y otros que si la cartilla donde van los pagos esta a nombre de los dos eso vale para demostrar que él tambien la paga
¿Cual de las dos cosas es cierta?¿Puede o no desgravarse del 50% de esa hipoteca?
HOLA ROSI,
En Hacienda te dan diferentes respuestas porque en tu caso -y en otros tantos- la ley se presta a interpretación. En el caso de la obligatoriedad a declarar, indica lo siguiente: Están obligados a declarar “b) Contribuyentes que, con independencia de la cuantía y naturaleza o fuente de las rentas obtenidas, tuvieran derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten el correspondiente derecho.”
Es decir, si te has beneficiado o quieres hacerlo de alguna de estas deducciones, debes declarar.
En cuanto a la segunda cuestión, en principio para poder deducir debes ser titular del piso y de la hipoteca, pero en este punto Hacienda suele ser bastante benevolente. Además, en vuestro caso dependerá también del régimen matrimonial que hayáis elegido -si es el de gananciales no habría discusión y tu marido podría desgravar-.
Comentario por rosi — May 8, 2010 #
Hola. El año 2009 constituimos un nuevo prestamo hipotecario sobre la vivienda habitual. Con ese préstamo, cancelamos el que teníamos con la vivienda habitual, y compramos una segunda residencia. ¿puedo desgravar las cantidades de este segundo préstamo? Gracias.
HOLA PEPA,
Si el segundo préstamo se ha destinado a la compra de vivienda habitual (es decir, si la segunda vivienda es la habitual), podrás desgravar una vez la inversión supere las cantidades que sirvieron como base para la deducción de la primera vivienda.
Comentario por pepa — May 10, 2010 #
Hola,
Tengo 24 años y he realizado unos trabajos este año para la Universidad por los que he cobrado 700€ (soy estudiante).
Si mis padres me incluyen en su declaración se me devuelve lo que me retuvieron, pero ¿puede afectarme esto a la hora de recibir becas? ¿o no me influye en ningún aspecto?
Muchas gracias
HOLA X,
En principio si tus padres te incluyen en la declaración perderías el dinero que te ha retenido Hacienda, aunque no veo como puede afectarte a la hora de recibir una beca.
Comentario por x — May 10, 2010 #
hola
he pedido el borrador de la declaracion y me sale a pagar 622 euros.Es la primera vez que la hago.El año pasado trabaje hasta mayo en una empresa,despues estuve hasta octubre en el paro y en octubre empece en otra empresa.No llego al tope salarial de 22.000€
pero me han dicho que estoy obligado a hacerla por estar en 2 empresas distintas.Aparte estoy pagando el alquiler de un piso a medias con mi novia y no sale reflejado en el borrador y el propietario si que lo declara.mi novia tiene un hijo de otra relacion y tampoco hace la de declaracion.Ahora estamos ambos en el paro.¿estoy obligado a pagar?
HOLA JAIME,
Si percibiste del segundo pagador y siguientes más de 1.500 euros y tus ingresos totales superaron los 11.200 euros estarías obligado a declarar. Por otra parte, si el alquiler del piso no aparece en el borrador, sólo tendrías que incluirlo y practicar la correspondiente deducción, en caso de tener derecho a ella.
Comentario por jaime lopez fernandez — May 11, 2010 #
HOLA QISIERA SABER SI DESGRAVAN LOS GASTOS DE UNA UNIVERSIDAD PRIVADA. GRACIAS
HOLA MARTA,
Los gastos de la universidad privada no desgravan.
Comentario por marta — May 12, 2010 #
Necesito que hacienda me baje el irpf de la nomina; ¿A qué apartado de hacienda debo dirigirme ? ¿que solicitud pido? ¿tengo que alegar algo?.Simplemente no llego al final.Gracias.
HOLA BERNARDO,
Quien debe rebajar el IRPF que se te aplica es la empresa, no Hacienda, aunque existen una serie de mínimos que deben cumplirse. En cualquier caso, ten en cuenta que si te bajan el IRPF, después es muy posible que el resultado de la declaración sea a ingresar.
Comentario por bernardo — May 12, 2010 #
hola,vivo en alquiler desd enero 2009,me gustaria saber si m desgraba algo a la hora de hacer la declaracion cuando mis ingresos son de 23.435 euros anuales-alquiler 420
HOLA DANI
En el artículo Deducción por alquiler: el arrendatario encontrarás toda la información al respecto
Comentario por dani — May 12, 2010 #
Hola, vivo en Cataluña y han echo unas reformas en la escalera, las puedo desgravar en la declaración?
Muchas gracias
HOLA LAILA,
No todas las reformas se puede desgravar. Según el Manual de la Renta, se puede deducir por :
a)Inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual y cantidades depositadas en cuentas vivienda: 9.015 euros anuales.
Este límite será único para el conjunto de los conceptos de inversión reseñados y se aplicará en idéntica cuantía en tributación conjunta.
En este punto conviene aclarar que para considerarse rehabilitación debe concurrir que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas o que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas,
b) Cantidades destinadas a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual del contribuyente por razón de discapacidad: 12.020 euros anuales.
Comentario por LAIA — May 12, 2010 #
Duda sobre deduccion por maternidad. El importe debe ser cotizaciones efectuadas a la seguridad social del empresario y del trabajador (maximo 100 €)¿Y si el contrato del trabajador es para la Formacion (codigo 421), que importe le corresponderia?
HOLA JOSE,
En principio correspondería el mismo importe.
Comentario por JOSE — May 12, 2010 #
Buenas tardes, tengo varias dudas.
Soy autonoma, dada de alta en la comunidad de madrid, estoy empadronada an valladolid, pero vivo en un piso de alquiler en madrid.
Puedo deducirme el alquiler del piso?
HOLA ANA,
Si resides la mayor parte del tiempo en Madrid y esta constituye tu vivienda habitual no deberías tener problemas por desgravar el alquiler, aunque en estos casos sí suele ser recomendable empadronarse para poder justificar mejor que efectivamente el piso en alquiler es tu vivienda.
Comentario por ana — May 12, 2010 #
Buenos dias:
Necesitaria que me ayudarais a resolver mi duda. El año pasado tuve ingresos por rendimientos de trabajo( unos 10000€) y tambien recibi unas comisiones por valor de unos 9000€, de las que se me retuvieron unos 1350€, pero no soy autonoma. ¿Como declaro estas comisiones?, ya que en los datos fiscales me vienen como rendimientos de actividades economicas.
Un saludo
Comentario por Mª José — May 13, 2010 #
¿se puede desgravar el seguro de hogar e la vivinda hipotecada?
Comentario por isidro — May 13, 2010 #
Hola,
El año pasado, 2008, realicé la declaración y no me realizaron la deduccion por alquiler, me dihjeron que no modificaba nada mi declaración. Pero este año si la ha modificado y si me han deducido,¿fue entonces un error el año anterior al no deducirme´? mi situación perosnal sigue siendo la misma, soltera, sin niños y con el mismo alquiler del año anterior. Lo único que ha cambiado es mi situación labora ¿influye esta? No sé cuando entró en vigor la deducción por aluiler, pero según me he informado, el año pasado ya estab funcionando¿por qué no me dedujeron entonces? Muchas gracias
HOLA LOLA,
Sin más datos es imposible saber si la deducción modificaba o no el resultado de tu declaración, aunque lo más seguro (casi al 100% es que sí lo hiciese), así que deberías modificar tu declaración de 2008.
Comentario por Lola — May 13, 2010 #
Hola,
He vendido mi casa dos meses antes de cumplir 3 años de vivienda habitual por cuestiones laborables ya que me voy a otra ciudad a trabajar y la pregunta es: ¿he de devolver las deducciones por vivienda habitual que he tenido? yo entiendo que no, pero a parte , ¿y a mi mujer le afecta? tenemos separación de bienes y el piso era mío al 60% y ella el resto. De todas formas aunque trabajo ya en otra ciudad de donde tenía la vivienda aun vivo en la ciudad anterior tanto yo como mi mujer y ella no se ha cambiado de trabajo. ¿como nos afecta todo esto?
HOLA MARCOS,
En principio, los motivos laborales son uno de los que hacen que no se tenga que cumplir el requisito de los tres años para vivienda habitual, así que entiendo que no estás obligado a devolver las deducciones…. Sin embargo, si todavía vives en la misma ciudad ya estarías incumpliendo el requisito…
Comentario por Marcos — May 13, 2010 #
Hola, era autónoma hasta septiembre del 2009 y presenté la declaración de IVA del 3 trimestre. Ahora al buscar papeles para hacer el IRPF me doy cuenta que no hice el 390 ¿debería haberlo presentado? lo presento ahora? me pondrán una multa?
HOLA PAZ,
Deberías haberlo presentado y lo mejor es que lo hagas ahora, aunque estés fuera de plazo.
Comentario por Paz — May 13, 2010 #
Estoy pagando la hipoteca de mi primera vivienda desde el año 1.997. El caso es que desde el 31 de septiembre de 2.009 la he alquilado y me ido de alquiler.
Puedo desgravarme solo este año, la parte proporcional de la hipoteca y el alquiler?
Declarando los ingresos del alquiler.
A partir del 31 de septimbre mi vivienda habitual es la que estoy en alquiler.
Comentario por Dolors — May 14, 2010 #
Buenos dias:
Mi pregunta es la siguiente:
Mi marido y yo hemos comprado una segunda vivienda para la que hemos sacado una hipoteca. Ya me han dicho que no como no es la vivienda habitual no podemos desgravar nada. ¿Si alquilo esta segunda vivienda que repercusiones pueden tener en mi declaracion de IRPF? Los posibles inquilinos son menores de 35 años y quieren solicitar la renta de emancipacion. ¿Que beneficios fiscales podria tener en este caso?
HOLA CHARI,
Si alquilas la vivienda deberás consignarlo en la declaración, pero si los inquilinos son menores de 35 años tienes bastantes ventajas fiscales. Puedes encontrar más información en el siguiente artículo: http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/
Comentario por CHARI — May 15, 2010 #
Buenas tardes,
Quisiera saber si debo presentar declaracion del ejercicio 2009 si mis trabajos durante el año pasado han sido.
Enero- una empresa. 2082 brutos.
Febrero a septiembre - INEM. Prestacion por desempleo. 8037 € brutos.
Sept-a diciembre. 6200 € ( sin IRPF , 0% de retencion).
Debo presentar declaracion?? gracias,
Saludos cordiales,
HOLA FEDERICO,
En principio según los datos que indicas sí estarías obligado a presentar la declaración al tener más de un pagador que te ha ingresado más de 1.500 euros y superar tus rendimientos del trabajo los 11.200 euros. Eso sí, el 0% de retención y lo poco que suele retener el INEM no jugarán a tu favor y puede que te toque pagar…
Comentario por Federico — May 16, 2010 #
hola ya e solucinado el problema que preguntaba anteriormente.ahora tengo una duda he hecho la renta en una asesoria por voa telematicamente y en la gestoria me dijeron que esta todo averiguado y que solo a esperar que me devuelvan el dinero queria saber si las rentas enviadas por esta via tiene algun inconveniente? y cuanto suele tardar en devolverla? .Es que al final de la renta pone firmar los declarantes o en su defecto la firma mecanica que me supongo yo que sera corfirmarlo via telematicamente como lo an hecho en la gestoria ¿ no me queda claro si tengo yo que hacer algo mas con la rneta o ya esta todo bien asin? a ver si me podeis ayudar ahora
Comentario por idenia23 — May 16, 2010 #
HOLA ISIDRO,
En principio puedes desgravar cualquier seguro ligado a la hipoteca.
Comentario por admin — May 17, 2010 #
Hola,mi suegro me a donado un local,del cual ya le he pagado a hacienda su parte,pero ahora me ha venido la plusvalia del local que se lo tengo que pagar al ayuntamiento.Pedi el borrador a hacienda de eso hace un mes y todavia no me ha venido.¿sera que hasta que no page la plusvalia no me viene?
Comentario por maria — May 17, 2010 #
HOLA COMO SE CUANTO ME TOCA PAGAR O SI ME TIENEN QUE DEVOLVER EN EL BORADOR NO ME LO ESPECIFICA. GRACIAS
Comentario por ABEL — May 17, 2010 #
Hola, tengo una duda sobre el plan 2000E y su declaración en la renta 2009, en concreto me gustaría conocer que hay de cierto sobre la posibilidad -comentada en algunos foros- de poder declarar como périda patromonial el valor del automóvil que obligatoriamente se chatarrea para tener derecho a la ayuda -por ejemplo, acudiendo a las tablas del Ministerio de Hacienda de valoación de vehículos usados empleadas en el cálculo del impuesto de transmisiones patromoniales-. Muchas gracias,
Comentario por Nacho — May 17, 2010 #
HOLA ARMANDO,
Entiendo que no, ya que ese capital ya era tuyo con anterioridad.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA NACHO,
No termino de ver clara esa posibilidad que comentas… Sobre el Plan200E y su tributación puedes encontrar más información en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/el-plan-2000e-y-otras-ayudas-estatales-en-la-declaracion-de-la-renta/
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA ABEL,
En la última página del borrador se especifica el resultado de la declaración, a no ser que esta esté afecta a Actividades Económicas, en cuyo caso Hacienda ’se limpia las manos’ y sólo ofrece los datos fiscales.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA MARIA,
Una cosa no tiene que ver con la otra… El borrador debería llegarte independientemente del pago de la plusvalía.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA IDENIA,
En principio Hacienda dispone de plazo hasta final de año para hacer abonar el pago de las declaraciones, aunque no suele tardar más de un mes o mes y medio en hacerlo. Por otra parte, el proceso telemático es igual de válido y seguro. Si todavía tienes dudas, lo mejor es que consultes con la asesoría, ya que para algo les has pagado para que te hagan la declaración, pero no deberías tener problemas.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA DOLORS,
En principio podrás desgravar la parte proporcional de cada uno de ellos.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA MARIA JOSE,
En principio deberías sumarlas al rendimiento de trabajo. Los 9.000 euros de forma íntegra y las retenciones a la parte destinada a las retenciones.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA ANA,
En principio lo ideal es que lo hagas todo ‘legal’, pero sin un contrato de alquiler y supongo que sin la referencia catastral del piso no vas a poder rellenar la declaración. La opción que ofrece la AEAT es la menos mala.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
HOLA ANTONIO,
En principio sólo podrás desgravar por la parte de la hipoteca destinada a la adquisición de vivienda, no las posteriores ampliaciones que tienen otros fines diferetnes.
Comentario por admin — May 18, 2010 #
hola tengo un problema y me gustaria que alguien me acesore he ido hacer la declaracion de hacienda y en ella me han dicho que no me la pueden hacer porque no saben que emprestamo ponerme tengo tres hipotecarios pero desde hace 4 años he declarado el de mi segunda vivienda ya que la primera la tengo en venta y esta pagada pero he ellos les parece mucho lo que el banco me ha cobrado en interes y dicen que ese no me lo ponen porque si lo ponen me mandan una sancion mi pregunta es la siguiente yo podia declarar la segunda viviendad o es que no se podia declarar porque si es hacin como es que cuando me lo hicieron la primera vez no me lo informaron y me dejaron hacerlo durante 4 años
Comentario por yasmin — May 18, 2010 #
Hola,
Mi pregunta es la siguiente, bueno preguntas porque la verdad estoy hecha un lio.
El año pasado (2009) trabajé hasta noviembre.
Noviembre y diciembre cobre el paro pero la cantidad no llega a los 1500€.
En cuanto a lo recibido por la empresa en la que estaba contratada, en el certificado de retenciones me apararece:
Por rendimientos del trabajo 13525€.
Por dietas y asignaciones para viajes (exento de gravamen) 1432€.
Para saber si estoy obligada a declarar tengo que hacer la suma de los 3 importes?O solo los 13525€.
si lo sumo todo supera los 22000 pero si la indemnización no se ha de tener en cuenta para el cómputo no tendría que declarar porque el segundo pagador no supera los 1500, no?
Muchas gracias
Comentario por Jesica ortiz — May 19, 2010 #
PERDÓN ME FALTABA PONER UN DATO (LA INDEMNIZACIÓN)
Hola,
Mi pregunta es la siguiente, bueno preguntas porque la verdad estoy hecha un lio.
El año pasado (2009) trabajé hasta noviembre.
Noviembre y diciembre cobre el paro pero la cantidad no llega a los 1500€.
En cuanto a lo recibido por la empresa en la que estaba contratada, en el certificado de retenciones me apararece:
Por rendimientos del trabajo 13525€.
Por dietas y asignaciones para viajes (exento de gravamen) 1432€.
Por la indemnización (rentas exentas del IRPF): 5925€.
Para saber si estoy obligada a declarar tengo que hacer la suma teniendo en cuenta la indemnización y las dietas?O solo los 13525€.Es decir, se tiene en cuenta para llegar a los 22000 también las dietas y la indemnización???????
si lo sumo todo supera los 22000 pero si la indemnización no se ha de tener en cuenta para el cómputo no tendría que declarar porque el segundo pagador no supera los 1500, no?
Muchas gracias
Comentario por jesica — May 19, 2010 #
Buenos días.
Presenté mi primera declaración hace dos semanas. Desconocía que hace 15 años mis padres compraron una vivienda de la cual me hicieron propietario en un 37,5%. Nunca se ha lucrado nadie de esta vivienda, ni he vivido jamás ahí (de hecho vivo en otra comunidad autónoma desde hace 2 años).
El caso es que no declaré nada sobre esta vivienda. Aún no me han realizado la devolución.
¿Debo avisar con urgencia a Hacienda para realizar una modificación e incluir la vivienda?
Si no hago ninguna modificación, entiendo que algún año llegará el día que tenga que declarar que ese 37,5 % de la casa es mío. ¿Habría problemas en el futuro si no lo he declarado por primera vez este año?¿Podrían sancionarme si no lo corrijo?
Muchas gracias por todo.
Saludos.
Santiago.
Comentario por Santiago — May 21, 2010 #
HOLA SANTIAGO,
Si ya has presentado la declaración deberás modificarla o presentar una declaración complementaria. Te recomiendo que lo hagas, ya que de otra forma Hacienda podría multarte. Además, en cualquier caso tendrías que declararla el próximo año.
Comentario por admin — May 21, 2010 #
Hola,
A mi esposa le llego su borrador de este año en positivo le sale a pagar 500 euros , en el certificado de retenciones la empresa le pone un ingreso de 1499,08 y le retiene 958,75 y por otro lado cuando le dan de baja por riesgo de embarazo la mutua le paga 2375 y también le hizo una retención de 154 si no me equivoco, acabo de leer que si ganas menos de 22.000 no tienen porq declarar es primera vez q le sale a pagar es correcto puesto que sigue siendo el mismo pagador no! ya que de la mutua recibe una prestacion y no asi el pago por un trabajo o como funciona esto? espero me ayuden
Comentario por Diego — May 21, 2010 #
hola bueno mi duda es q necesito para la declaracion de la renta me compre el año pasado un piso tengo cita el dia 25 de mayo y no se q tengo q llebar trabaje durante todo el año pasado y bueno eh pedido el borrador y solo aparece un aporte q hago a la cruz roja no aparece nada del piso ni de la nomina espero una respuesta rapido llame para cambiar los datos fiscales y me mandaron el borrador y me ponia q tenia q guardar un numero de referencia porque lo podia necesitar ayuda por favorr
Comentario por ainhoa — May 21, 2010 #
hola necesitaba saber si este año estoy obligado a hacer la declaracion de hacienda,me quede en paro en agosto de 2009 y he estado cobrando paro asta marzo,ahora cobro el subsidio y mis ingresos no llegaron a los 22.000 anuales.mi pregunta es,estoy obligado a hacerla?me he llegado el borrador,que debo hacer???gracias
Comentario por Vendelin — May 22, 2010 #
HOLA VENDELIN,
En primer lugar, debes saber que la renta 2009 se refiere al ejercicio 2009. Es decir, no importan los ingresos de 2010. Dicho esto, puedes encontrar más información en los siguientes artículos: el paro en la declaración de la renta y ¿Quien debe hacer la declaración de la renta?
Comentario por admin — May 24, 2010 #
HOLA AINHOA,
En principio con el borrador han tenido que llegar tus datos fiscales, lo que debería incluir la referencia catastral del piso, tus ingresos, cuentas bancarias… Deberías llevar esos papeles. Es decir, deberías llevar el número de referencia catastral del piso, documentación sobre la hipoteca y las cantidades que has pagado hasta el momento para adquirir la casa -siempre que esta sea tu vivienda habitual- los papeles con información fiscal que te haya remitido tu banco y los papeles con información fiscal que te haya dado la empresa en la que trabajas.
Comentario por admin — May 24, 2010 #
Hola.
Resulta que el año pasado estuve de alquiler en una casa desde Enero a Agosto y pagaba 750 euros mensuales con el contrato a 2 nombres. y de Septiembre a Diciembre en otro sitio pagando 550 euros mensuales con un contrato solo a mi nombre. Resulta que me he enterado que se puede hacer la declaracion para degrabar el alquiler tanto por el estado y por la comunidad. La del estado la tengo clara pero la de la comunidad al parecer es la casilla 803. MI comunidad es Andalucia y no se el importe que poner ya que como esutve en 2 alquileres porque tambien solo pide 1 dni.
BUeno espero me podais resolver mi duda porque realmente lo necesito.
Muchas gracias
Comentario por Vicky — May 24, 2010 #
HOLA DIEGO,
En el post Maternidad y declaración de la renta puedes encontrar la respuesta.
Comentario por admin — May 24, 2010 #
Hola me divorcié en septiembre 2009 de mutuo acuerdo, mi ex se quedó con la casa y me dio 30000 euros, hacienda dice que tengo una venta, cuanto les tendré que pagar?
Comentario por Cristina — May 24, 2010 #
HOLA CRISTINA,
La plusvalía obtenida por la compra venta de un inmueble tributa al 18%. En tu caso es algo más complicado al no vender el total del inmueble, entiendo. Lo que debes hacer es calcular las ganancias que obtuviste -entendidas estas como la diferencia entre el precio de compra y el de venta más un diferencial- y sobre esa cantidad deberás pagar el 18%.
Comentario por admin — May 25, 2010 #
Hipoteca y 2ª hipoteca.
Buenos días, tengo una duda a la hora de hacer la declaración de la renta. Me he comprado una casa en 2009 en una cooperativa y me he subrogado a la hipoteca. Además he hecho una segunda hipoteca, porque he necesitado más dinero para la compra de la vivienda (entrada..). Todos los meses tengo dos recibos indepedientes, uno para la hipoteca y otro para la rehipoteca. La duda es, me puedo desgrabar de las dos o sólo de la primera?? en cada sitio me dicen una cosa. Unos me dicen que no porque hacienda sólo tiene la referencia de la primera hipoteca, otros me dicen que si, que sume ambos importes con la misma referencia, porque claramente es demostrable que esa segunda hipoteca es para pagar la misma vivienda… no se que hacer….
gracias.
Comentario por Susana — May 25, 2010 #
HOLA SUSANA,
Como bien dices, es muy posible que Hacienda sólo tome en consideración el primer préstamo, pero por eso mismo tienes la posibilidad de hacer por tí misma la declaración, para poder modificar e incluir datos que la AEAT no tiene o no consigna de forma correcta. En principio, se puede desgravar todas las cantidades aportadas para la compra de vivienda y no hay un límite de créditos, siempre que ese dinero se haya destinado efectivamente a comprar la casa. En este sentido si puedes demostrar que ese dinero se utilizó para adquirir la vivienda habitual no deberías tener problemas en sumar ambas cantidades. De todas formas lo más sencillo es que te pongas en contacto con Hacienda para plantearles la duda.
Comentario por admin — May 26, 2010 #
Buenos días:
Mi caso es el siguiente. Mi mujer y yo hemos donado el terreno de nuestra casa( casa baja donde viviamos) a nuestros hijos para construir un edificio de 5 pisos. Un piso sería para cada uno de nuestros hijos y otro para nosotros. Hicimos la donación y pagamos los impuestos correspondientes pero quiero saber a efectos de irpf como debo tributar este año. Con el préstamo a la construcción que pedinmos entre todos cancelé la hipoteca de mi casa¡puedo deducirme esa cancelación y los pagos realizados el año pasado??Por cierto en el préstamo actual estamos también mi mujer y yo. Cuando termine la construcción cada piso tendrá su hipoteca salvo el nuestro; es decir la actual hipoteca se dividirá entre mis 4 hijos.
Un saludo
Comentario por ALBERTO — May 26, 2010 #
buenos dias,
mi consulta es la siguiente. Trabajo en España y vivo en España. En el año 2008 realizé diversos trabajos esporadicos en francia aprovechando mis dias libres y de vacaciones. Esto lo hizé hasta el mes de julio. Ahora me reclaman por medio de una carta enviada al domicilio de un amigo del que deje su direccion, me reclaman el pago del impuesto del 2008.
Que debo hacer? Yo presente mi declaracion, como todos los años en españa.
Muchas gracias
Comentario por montse — May 26, 2010 #
Muchas gracias por tu respuesta, el lunes 31/05/10 tengo cita con hacienda para que me hagan la declaración a ver que tal. Voy a decir que me metas las dos. Tengo manera de justificarlo porque mes a mes tengo la letra del banco de cada uno de los prestamos hipotecarios. Ya os contaré. un saludo. gracias por todo.
Comentario por Susana — May 26, 2010 #
HOLA MONTSE,
Supongo que quien te está reclamando el pago del impuesto es Francia. ¿Podrías confirmarlo para poder responder?
Comentario por admin — May 27, 2010 #
buenos dias,
si, efectivamente, es francia. Solo que como yo residia y resido en españa la declaracion yo tenia entendido que se debe realizar en el pais de residencia.
gracias
Comentario por montse — May 27, 2010 #
Hola, tengo una duda… estoy separada desde hace nueve años y vivo con mi pareja, tengo dos hijos de los que tengo la custodia.
Debido a mis escasos ingresos no estoy obligada a hacer la declaracion de la renta y mi ex marido me hace firmar cada año un papel para que él pase a ser unidad familiar a efectos fiscales y desgravar asi a los hijos, ¿es esto correcto?
muchas gracias
Comentario por Sara — May 28, 2010 #
Buenos días, tengo una duda importante: tengo que hacer la declaración de la renta ya que he trabajado como autónoma desde enero a junio del 2009 en España. Sin embargo, de julio a diciembre he estado viajando, fuera de España, y por lo tanto sin residencia fija. Mi duda es la siguiente: ¿en la declaración debo consignar la vivienda que alquilé esos 6 meses para poder beneficiarme de las ayudas autonómicas (consignando sólo el monto del alquiler correspondiente a los meses que viví ahí) sin hacer mención de que no tuve residencia en España los siguientes 6 meses del año? ¡Muchas gracias!
Comentario por Vanessa — May 28, 2010 #
Buenos días, vendimos la casa que teníamos en la ciudad con un jardín pequeñito y hace dos años reinvertimos el dinero de la venta en comprarnos otra en un pueblo muy cercano con la idea de tener un jardín muy grande. Compramos una casa con una parcela de 8000 metros de terreno aprox., para plantar arboles y tener un gran jardín ya que nos gusta mucho la naturaleza y hacienda nos dice que ese terreno es mucho para dedicarlo a jardín, por tanto no nos deja desgravarnos la compra del terreno, solo en lo que ellos dicen que está valorada la casa y en vez de valorarla según el valor de los recibos de contribución del terreno y de la casa para sacar las proporciones, para valorarla nos exigieron llevar la tasación del banco y en la tasación que estaba engordada, el tasador dice que se podría obtener un rendimiento de 35.000 euros al año sembrando no se qué productos, porque es tierra de regadio. Pero ahora no tiene agua y está baldio, tiene unos pocos olivos medio secos. Debido a lo que dice en la tasación ahora hacienda nos dice que aquello es una finca en producción. Hemos presentado fotos pero no las aceptan y por google se ve perfectamente el estado de abandono. Por la casa pagamos impuestos municipales pero por el terreno no. Pedimos más prestamo para arreglar la casa y el jardín pero no hemos hecho nada. ¿Hay alguna ley que limite el terreno que se puede dedicar a jardín?.
Comentario por Maria Dolores — May 28, 2010 #
Hola,
mi madre viuda quiere poner un depósito que está solo a su nombre, al de los dos. Cómo me afectará esto en la declaración del año que viene? Son 140.000€. Entiendo que es un incremento de patrimonio por la mitad de esa cantidad. Tendré que declararlo? Gracias de antemano.
Comentario por david — May 28, 2010 #
HOLA PEDRO,
Ingresar es que tú tienes que pagar
Comentario por LIDIA — May 28, 2010 #
hola¡¡ este es el primer año que hago la declaracion y no me han metido el iva correspondiente a la casa que compre con mi novio el año pasado lo unico es que me la confirmaron¡
puedo hacer la reclamacion?? y como debo hacerlo??
gracias de antemano
tere
Comentario por tere — May 29, 2010 #
HOLA TERE,
Por lo que entiendo ya has confirmado la declaración… Si este es el caso deberías proceder a rectificar tu declaración de la renta (en este enlace puedes econtrar más información al respecto).
Comentario por admin — May 31, 2010 #
HOLA DAVID,
Efectivamente se trataría de un incremento patrimonial (deberéis mirar si lo hacéis como una donación). A efectos fiscales, deberás declarar por el capital que te genere ese depósito.
Comentario por admin — May 31, 2010 #
HOLA SARA,
Sin saber el contenido del papel que firmas es complicado indicar nada… En cualquier caso y como norma general, los hijos suelen incluirse como unidad familiarpor la parte que tiene la custodia, siempre que esta no sea compartida, en cuyo caso se suelen deducir de forma porcentual.
Comentario por admin — May 31, 2010 #
HOLA VANESSA,
En principio sí podrías incluir el dinero destinado al alquiler en tu declaración para deducir por el mismo, siempre que cumplas los requisitos.
Comentario por admin — May 31, 2010 #
buenos dias,
no he leido la respuesta a mi pregunta, me solicitaron Uds que concretara si era francia quien me reclamaba y yo les conteste, solo quiero saber que hacer porque quiza en españa tengo que hacer algo respecto a la declaracion del 2008. Espero su respuesta. muchas gracias
Comentario por montse — May 31, 2010 #
Hola,
Mi pregunta es la siguiente, bueno preguntas porque la verdad estoy hecha un lio.
El año pasado (2009) trabajé hasta noviembre.
Noviembre y diciembre cobre el paro pero la cantidad no llega a los 1500€.
En cuanto a lo recibido por la empresa en la que estaba contratada, en el certificado de retenciones me apararece:
Por rendimientos del trabajo 13525€.
Por dietas y asignaciones para viajes (exento de gravamen) 1432€.
Por la indemnización (rentas exentas del IRPF): 5925€.
Para saber si estoy obligada a declarar tengo que hacer la suma teniendo en cuenta la indemnización y las dietas?O solo los 13525€.Es decir, se tiene en cuenta para llegar a los 22000 también las dietas y la indemnización???????
si lo sumo todo supera los 22000 pero si la indemnización no se ha de tener en cuenta para el cómputo no tendría que declarar porque el segundo pagador no supera los 1500, no?
Muchas gracias
Comentario por JESICA — June 1, 2010 #
hola mi pregunta es yo contraje matrimonio en el 2008 y a mi marido le han mandado el borrador del 2009 de el solo yo quisiera saber si la podemos hacer conjunto yo no trabajo ni cobro nada el problema es que estamos enpadronados en distinto lugar tengo algun problema por eso.
Comentario por mary — June 1, 2010 #
Buenas tardes:
Tengo una GRAN DUDA
Hacienda me hace una declaración paralela con propuesta de expediente sancionador relativa al año 2005. La cuestión es que compré una vivienda en marzo de 2003 y vendí la anterior según escritura en agosto de 2005. Al pasarme 5 meses del plazo de dos años, hacienda me reclama la tributación del importe de la plusvalía de la vivienda y me dice q no acepta la fecha de contrato privado de compraventa, que sí está en plazo, sino que sólo es válida la fecha de escritura.
¿Me podrían confirmar ese punto? ¿es o no válida la fecha de contrato privado de compraventa??
muchísimas gracias
Comentario por Julia — June 1, 2010 #
HOLA JULIA,
En este caso Hacienda tiene razón al fijar la fecha de la escritura como punto de referencia temporal.
Comentario por admin — June 2, 2010 #
HOLA MARY,
Lo lógico sería que estuvieseis empadronados en el mismo domicilio, pero en principio esto no tiene efectos fiscales. Respecto a tu pregunta, si estáis casados podréis hacer la declaración conjunta sin problemas.
Comentario por admin — June 2, 2010 #
Buenos dias de nuevo
Me pregunto si no van a responder a mi pregunta. Leo todos los dias las respuestas y la mia no aparece.
Por favor diganme algo
Montse
Comentario por montse — June 2, 2010 #
Hola !, primero graias por prestar su ayuda en esta situacion!
Lo que pasa es lo siguiente, vivo en Suecia desde enero, y los ultimos 8 anos estuve viviendo en Barcelona! En este momento acabo de solicitar hacerme autonomo aca en Suecia, pero ellos me piden un justificante de Barcelona o Espana, (no se como va), que diga que no tengo ninguna deuda con hacienda!!!
El tema es que no se ni como pedirlo , ni con quien , pues en Espana nunca fui autonomo, y nunca hize ningun tramite con hacienda…. No tengo ni idea que debo hacer!, ademas ya no estoy alli! se puede solicitar por internet?!!…
Comentario por Jaime — June 2, 2010 #
tengo que declarar si mi empresa a cambiado el cif en 01-12-2009 manteniendo la misma actividad profesional y subrogando a todos los empleados, segun me comunican a sido una sucesion de empresa y me comenta que no estoy obligado a realizar la declaracion, es cierto? ellos se basan la ley d.g.t 40/1998
gracias anticipadas
pacoruda
Comentario por paco — June 3, 2010 #
Buenos días,
En el año 2009 sólo cobre la prestación por desempleo y no llego al mínimo para estar obligada a hacer la declaración, tengo un hijo que en agosto cumple 4 años y una hipoteca al 50% con mi pareja (desde el 2008). ¿Puedo desgravar algo?.
Gracias.
Comentario por Silvia — June 4, 2010 #
Hola: el 26/05 hice una consulta. Podría alguien contestar. es muy importante. GRACIAS
Comentario por ALBERTO — June 4, 2010 #
Tengo un prestamo hipotecario sobre mi vivienda habitual, pero dicho prestamo no es para financiar dicha vivienda, si no para asuntos particulares.
¿Puedo desgravarme intereses de este prestamo en mi declaracion de renta.
Muchas gracias.
Comentario por fulgencio — June 5, 2010 #
buenos dias:nunca he echo la declaracion de la renta, he tenido hasta dos trabajos en un mismo año y he cobrado el paro, no he echo la declaracion porque me han dicho que no llegando al tope np tengo obligacion pero claro ya son muchos años y estoy con la duda, el año pasado trabaje hasta marzo, cobre el paro hasta junio y en diciembre empece a cobrar la ayuda que ha dado el gobierno de 426euros, quisiera saber por favor si alguien me podria asesorar s debo hacer la declaracion para evitar posible sanciones.Muchas gracias
Comentario por erika — June 6, 2010 #
Hola, expongo mi caso.
Mi domicilio fiscal esta en una ciudad de andalucia, y el año napsado(2009) estube alquilada en otra ciudad por motivos de trabajo, pero seguia pagando mi hipoteca de la ciudad donde resido habitualmente.
Mi pregunta es:
¿podria desgrabar el importe del alquiler y los de la hipoteca, o solo puedo meter la hipòteca?
Gracias.
Comentario por gema alcaide — June 6, 2010 #
HOLA GEMA ALCAIDE,
En principio podrías el del alquiler y la hipoteca, pero sólo el tiempo que efectivamente utilizaste cada uno de ellos.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
Hola. A estas alturas del mes de junio aún no he recibido el borrador habiéndolo solicitado. ¿Es esto normal?
Comentario por José Antonio Arias Corrales — June 7, 2010 #
HOLA ERIKA,
Si estas o no obligada a hacer la declaración de la renta dependerá de las cantidades percibidas de cada pagador. Puedes encontrar más información en el siguiente artículo: http://impuestosrenta.com/¿quien-debe-hacer-la-declaracion-de-la-renta
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA FULGENCIO,
En principio no podrías, ya que no se trata de un préstamo destinado a la adquisición de vivienda, por muy hipotecario que sea.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA PACO,
En teoría, si la empresa ha cambiado el CIF, por mucha subrogación que haya realizado de los empleados estarías obligado a declarar. De todas formas voy a investigarlo un poco más a fondo y esta misma semana prepararé un post al respecto.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA NUBE,
Dependerá de los importes de cada pagador y de cual fue el primero. Si el total de los segundos superan los 1.500 euros, deberás declarar.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA SILVIA,
Para empezar, podrás desgravar por el 50% de la hipoteca, lo cual, si optas por la declaración individual, puede suponer bastante dinero.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA JOSÉ ANTONIO,
Lo normal es que ya hubieses recibido el borrador y en este sentido te recomiendo que te pongas en contacto con Hacienda para saber si hay algún problema o que vuelvas a pedirlo. En cualquier caso, puedes acceder a tus datos fiscales y a la configuración básica de tu declaración a través de la página web de Hacienda y del programa padre (para descargar los datos e incorporarlos automáticamente al programa sólo será necesario que cuentes con tu declaración del año anterior)
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA ALBERTO,
En principio, podríais consignar el dinero destinado a la cancelación de la hipoteca como el destinado a la compra de vivienda habitual y desgravar por ello dentro de los límites.
Comentario por admin — June 7, 2010 #
HOLA JAIME,
En principio, en la nueva sede electrónica de Hacienda puedes llevar a cabo este tipo de gestiones de forma telemática o, en el peor de los casos, preguntar qué pasos debes seguir: http://www.agenciatributaria.es/esede/eSede.html
Comentario por admin — June 7, 2010 #
TENGO EL PISO VENDIDO DEL AÑO 2008 ME DIVORCIE Y AHORAS ME RECLAMAN ESA ESCRITURA DE VENTA Y NO LA TENGO COMO HAGO LA DECLARACION
Comentario por ESTEFANIA — June 8, 2010 #
HOLA ESTEFANIA,
Deberías buscar esa escritura. Si no la encuentras en el registro deberían tener una copia de la misma. Otra alternativa es acudir a la notaría que selló la compra-venta para que te faciliten una copia.
Comentario por admin — June 9, 2010 #
Hola buenos días, deseo saber si al estar en paro, ese dinero entra en la declaracion, o me lo degraban. Y que es lo que en realidad se puede degrabar aparte de la hipoteca…
Ademas deseo saber si uno puede pagar hacienda en 3 pagas.
Comentario por marlen — June 9, 2010 #
Hola
En Noviembre de 2009 compré una vivienda, mi vivienda habitual 190.000€(la llamaremos actual), ahora en junio de 2010 venderé en la que vivía (la llamaré antigua, la compré en 78.000€, la vendo en 90.000€).
Bien, ahora vendo la antigua, y me informan que para estar exento del pago del plusvalía tengo que reinvertir el total de la venta en la adquisición de la actual.
No habría problema si no fuese porque mi banco me tiene puesto un tope del 25% de cancelación parcial sin coste. Con lo que me propone contratar un depósito a un año para parte del dinero de la venta….
Qué plazo tengo para la reinversión de los 90.000 de la venta.
En atención telefónica de Hacienda me han dicho que dos años desde la compra de la nueva, es decir que como adquirí mi vivienda actual en noviembre de 2009, tendría hasta noviembre de 2011 para reinvertir los 90.000€ de la venta.
Podrían aclararme los plazos?
Gracias, saludos
Comentario por MANUEL — June 9, 2010 #
Hola
Tengo una duda: soy arrendataria de una vivienda y de la cantidad que pago mensualmente al arrendador, una parte es renta, otra parte me repercute el IBI, y otra parte son los gastos de limpieza y luz de escalera. Me gustaría saber si puedo deducirme la cuantía globar que pago o solo estrictamente la parte que se considera renta. Me he leído el manual de renta de este año y parece que no especifica. Gracias
Comentario por may — June 9, 2010 #
hola,
tengo unos rendimientos de trabajo de 16000 euros.Tengo una vivienda en propiedad pero no es habitual con lo cual no me la puedo desgravar.Tengo que hacer la declaración de la renta?
Comentario por mayte — June 9, 2010 #
Hola, muy buenas. Tengo una duda relativa a deducción por vivienda habitual: en 2005 compré piso de VPO,siendo mi vivienda habitual y estando deduciendo al 100% hasta la fecha.
En 2007 me casé en régimen de gananciales, no teniendo mi mujer ninguna propiedad a su nombre. Ahora, en junio de 2010,vamos a comprar un piso que queremos que pase a ser nuestra vivienda habitual: ¿podríamos deducir como vivienda habitual por el nuevo piso? Si yo no tuviera derecho al no poder vender de momento mi anterior vivienda, ¿podría ella deducir como vivienda habitual por la nueva vivienda en su 50% al no tener anteriormente ninguna propiedad? (hacemos declaraciones separadas al estar trabajando los 2)
Comentario por pablo — June 9, 2010 #
HOLA MARLEN,
El dinero percibido del paro no es deducible y de hecho computa como rendimiento del trabajo (al igual que el sueldo) Puedes encontrar más información en el siguiente post: El paro en la declaración de la renta. Por otra parte,l respecto a los elementos que degravan en el IRPF, tienes más información en el post Deducciones actuales en el IRPF.
Por último, Hacienda sólo prevé la posibilidad de abonar el pago del IRPF en dos tramos, aunque puedes encontrar más información en el post Aplazar el pago del IRPF
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA MANUEL,
En principio el periodo es de dos años desde la compra de la vivienda. Lo que no tengo claro es si puedes invertir en dos tramos. En cualquier caso, sólo perderías la deducción de la parte que no inviertas en la vivienda.
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA MAY
Efectivamente, en el Manual sólo indica que podrás deducir las cantidades satisfechas en concepto de alquiler. En este caso, entiendo que deberías atenerte a la cantidad que figure en el contrato de alquiler, tanto si esta incluye el IBI -que debería pagarlo el propietario- como si no lo hace.
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA MAYTE,
Puedes encontrar la información en el siguiente post: Exentos de hacer la declaración de IRPF
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA PABLO,
Ambos podréis deducir por vivienda habitual el 50% de las cantidades aportadas si optáis por la declaración individual -en estos casos suele ser lo más aconsejable-. La diferencia está en que mientras tu mujer podrá hacerlo desde el primer momento, tú deberás esperar hasta haber invertido en la nueva vivienda las cantidades que sirvieron para deducir por la anterior vivienda (la VPO).
Comentario por admin — June 10, 2010 #
Hola,
mi cuestion es la siguiente. En septiembre de 2009 adquirí mi primera vivienda que es deducible. Con ella, tambien adquirí una cochera para el vehiculo, pero no se encuentra en el mismo bloque (distinta referencia catastral) con escritura distinta, ya que el promotor no le quedaban cocheras en el mismo.
Mi cuestion es si debo incluir los gastos de la plaza de garaje en mi actual declaracion para que me desgrave.
Un saludo
Comentario por Marci — June 10, 2010 #
mi pregunta es la sieguiente:
Llevo varios años en el sector servicios, concretamente en el sector de transporte, hace algunos dias uno de mis clientes me genero una duda, y me dice lo siguiente:
El transporte intracomunitario no debe de ser facturado con i.v.a.?
Llevo mas de 25 años en el sector de transporte y siempre se me a dicho que el transporte se debe facturar con i.v.a., si el cargador (Productor) es español y si el que me realiza el transporte es de algun pais de la zona euro (no residente en España), me debe facturar sin i.v.a., al menos asi lo tenia entendido, pero el cliente que es un fabricante Español argumenta que al ser una transporte intracomunitario dicho transporte se debe de facturar sin i.v.a., espero que me disipeis esta duda, y a ser posible poder demostrar a mi cliente que no o si, segun el caso su razon.
Comentario por Ramon — June 10, 2010 #
Alguna opinión sobre mi duda?
Buenos días,
Soy pensionista (con grado de minusvalía 1)y he percibido 18.419 € en concepto de pensión en el año 2009. Por otro lado, la Comunidad de Propietarios de la que formo parte alquiló el año pasado la portería como vivienda, por la que he recibido 140 € en concepto de rendimiento inmobiliario.
Teniendo estos dos únicos ingresos, ¿estoy obligado a presentar la declaración este año?
Muchas gracias anticipadas por vuestra respuesta.
Comentario por Julio — June 10, 2010 #
Buenos días,
Quisiera saber como presentar la declaración de años anteriores. Me han enviado el pago de la declaración del 2005 a pagar 1500 euros pero los datos no son correctos ya que debo incluir a mi mujer para hacerla conjunta. Además debo presentar la del 2006, 2007 y 2008.. Debo pedir cita y hacerlo todo a la vez?
Gracias y un saludo
Comentario por JAVIER VARS — June 10, 2010 #
tengo una duda,existen deducciones para los que estamos en paro,somos pareja de hecho y solo mi compañera trabaja.gracias
Comentario por juan — June 10, 2010 #
Siendo un trabajador autónomo dado de alta en actividades económicas en estimación directa, en que casilla de la declaración de la renta hay que poner si procede, el importe de las cotizaciones al régimen especial de la seguridad social de trabajadores autónomos
Comentario por andres rodrigo — June 10, 2010 #
Hola JUAN,
No existen ningún tipo de deducciones especiales para parados. De hecho, estos se ven más bien perjudicados porque el paro cuenta como retribución de trabajo, pero como el Inem no practica retenciones, suelen haber sorpresas negativas a la hora de declarar.
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA MARCI,
Al no encontrarse en el mismo edificio no podrás incluirla. Según el concepto de vivienda habitual que se aplica a efectos de IRPF: “Se asimilan a efectos de la deducción por vivienda habitual las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda, con un máximo de dos siempre que se encuentren en el mismo edificio o complejo y se entreguen en el mismo momento que la vivienda, que su adquisición se realice en el mismo acto que la misma y que sea utilizadas por el adquiriente sin que su uso esté cedido.”
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA JULIO,
En principio, con los ingresos que comentas no estarías obligado a declarar.
Comentario por admin — June 10, 2010 #
HOLA RAMON,
Puedes encontrar la respuesta en el siguiente post: IVA Intracomunitario.
De todas formas y a modo de resumen, desde el 1 de enero de 2010 hay una nueva normativa que exime del pago de IVA a determinadas operaciones entre miembros de la UE. En el post podrán encontrar los requisitos que deben cumplirse para que, como indica tu cliente, puedas estar exento de incluir el iva en la factura.
Comentario por admin — June 10, 2010 #
Hola, queria hacer una pregunta. Me han mandado la declaracion 2010 hecha y esta mal. No han metido a mi hijo menor de 6 años, pero el plazo para reclamar ha pasado. ¿Que debo hacer para poder cobrar ese dinero?
Muchas gracias.
Myriam
Comentario por MYRIAM — June 10, 2010 #
HOLA MYRIAM
Todavía estamos en plena campaña de la renta, así que no creo que haya pasado el plazo. En cualquier caso, siempre puedes rectificar tu declaración. En este post puedes encontrar más información: rectificar un borrador ya confirmado
Comentario por admin — June 11, 2010 #
HOLA JAVIER,
Puedes hacer las declaraciones con el Programa Padre correspondiente a cada uno de esos ejercicios o, en su defecto, pedir cita con Hacienda y hacerlas todas de golpe.
Comentario por admin — June 11, 2010 #
HOLA ANDRES RODRIGO,
Estas cantidades se consignan en la casilla 112.
Comentario por admin — June 11, 2010 #
Hola,
Mi pregunta es la siguiente el año pasado hice unas obras en mi domicilio habitual para mejorar el aislamiento termico. Me pregunto si puedo desgravar en la declaración el importe de estas obras en el apartado de rehabilitacion de vivienda habitual.
Comentario por pilar — June 11, 2010 #
en el año 2004 compre mi vivienda, y en el año 2006, mi madre vendio su vivienda habitual para comprar otra.de esa vivienda, eramos herederos mi hermana y yo, pero no recibimos nada de dinero, para que mi madre pudiese comprar su nueva casa.Es más ell pedio hipoteca y nosotros fuimos avales para que se la diesen.Ahora hacienda me pide cuentas porque dice que yo he tenido un incremento patrimonial.Como puedo demostrar que no recibi ni un duro,Podria desgravar sobre mi viveinda hipotecada comprada en el 2004
Comentario por rosae — June 12, 2010 #
A mis hijos por no poder continuar con el pago de su hipoteca el banco les ha adquirido la propiedad por DACION. Ahora al hacer la declaracion el precio de compra tiene incluidos intereses y gastos de cancelacion, lo que genera una plusvalia de 60.000 euros, tienen que pagar ? es un beneficio inexistente, se han quedado en la calle.
Comentario por Valentina — June 13, 2010 #
Hola, quería hacer una pregunta ¿Hay algún límite por parte de hacienda en los metros que tenga que dedicar a jardin al comprar una vivienda que pienso usar como vivienda habitual? ¿Si lo compro todo a la vez, en la misma escritura la vivienda con el terreno ¿me lo puede desgravar todo?.
Comentario por Maria Belén — June 13, 2010 #
HOLA MARIA BELEN,
En principio no me consta que existan límites al tamaño de la propiedad o de su jardin. Por lo menos estos no se indican dentro del concepto fiscal de vivienda habitual
Comentario por admin — June 14, 2010 #
HOLA VALENTINA,
En teoría, la dación es como una compraventa a efectos fiscales, lo que en este caso habría originado una ganancia patrimonial a tus hijos y por lo tanto deberían tributar sobre la misma al 18%. Sin embargo entiendo que en este caso la plusvalía es nula, ya que, como bien dices, se han quedado en la calle… El tema es complicado y sobre todo sujeto a internpretación, pero en principio con la ley en la mano es como lo plantea Hacienda… De todas formas buscaré algo más de información para ver si puedo concretar algo más la respuesta-
Comentario por admin — June 14, 2010 #
HOLA ROSAE,
Efectivamente, a efectos fiscales y legales, tuviste un incremento patrimonial derivado de la venta de la cada, por más que tú no fueses la beneficiaria. En principio poco puedes hacer al respecto, ya si deseabais ceder la vivienda a vuestra madre deberíais de haber realizado una donación (que también lleva aparejados una serie de gastos, pero mucho menores que una compra-venta).
Por otra parte y respecto a la segunda cuestión que planteas, en principio no podrías desgravar a no ser que la vivienda haya sido tu residencia habitual durante ese periodo y además esté a tu nombre.
Comentario por admin — June 14, 2010 #
HOLA PILAR,
Hacienda es bastante restrictiva en lo que a obras de rehabilitación se refiere, aunque en el último año ha aflojado un poco los requisitos. Si puedes demostrar que la mejora era imprescindible, sí podrás desgravar. En cualquier caso lo más fácil es que lo consultes directamente con el teléfono de atención al ciudadano de Hacienda (si es posible con dos operadores distintos)
Comentario por admin — June 14, 2010 #
Agradezco que trates de ayudarnos. Si no hay mas que pagar, como pueden financiar esa cantidad ?? al pedir ayuda en Hacienda nos dieron un papel para presentar un pedido de financiacion y solo contestaron que eso lo decidia uns msquina.
Aun no han presentado la declaracion, espero vstra.respuesta, Gracias.
Comentario por Valentina — June 14, 2010 #
Hola quisiera saber si es deducible un prestamo invertido en salud, dental en este caso.
gracias
Comentario por david — June 14, 2010 #
HOLA VALENTINA,
La otra alternativa que tienen es tratar de aplazar el pago a Hacienda y establecer así un calendario de pagos que puedan cumplir.
Comentario por admin — June 15, 2010 #
HOLA DAVID,
Este tipo de préstamos no son deducibles.
Comentario por admin — June 15, 2010 #
si, el pago no pueden hacerlo son casi 7.000 euros, el es mileurista y ella esta desempleada con un bebe.Pero el tema seria hablar con alguien para no tener que aceptar esa deuda por un beneficio que no es tal. En la escritura de la dacion esta perfectamente detallado el valor de la propiedad, los intereses y los gastos.
Comentario por Valentina — June 15, 2010 #
Hola quisiera hacer la siguiente consulta.
Estuve trabajando hasta agosto del 2009 la empresa planteo un ere de 28 dias que fue aprobado en agosto, al recibir el borrador de la declaracion tenia que modificar las retribuciones dinerarias ya que habian incluido los 8 dias por año que no estaban exentos, rectifique ese dato ya que segun la nueva normativa las indemnizaciones por Ere estan exentas hasta 45 dias por año, esto lo hice en abril y todavia no se nada de hacienda esta bien realizado el tramite?me da miedo no sea que haya metido la pata.
Gracias.
Comentario por pi — June 15, 2010 #
Hace 2 años me desgrave por la adquisición de vivienda y cuenta vivienda. Al año siguiente tuve que renunciar al piso y cancele la cuenta vivienda pero no me apareció nada en la siguiente declaración ni en la de éste año. He oído que me pueden multar por no haber devuelto el dinero pero no veo ningún apartado en la declaración para ponerlo ni se cómo. Me gustaría que me ayudasen para saber las opciones que tengo.
Gracias
Comentario por PABLO — June 15, 2010 #
Muy buenas de nuevo.
Muchas gracias por la aclaración (mail de Pablo de fecha 09 de junio), si bien me gustaría confirmar una duda: por tu respuesta interpreto que no tengo por qué vender mi anterior vivienda para deducirme de la nueva vivienda habitual (una vez que pague en la nueva todo lo que me he deducido de la anterior) ¿sería correcto? ¿no tendría que vender en 2 años mi anterior vivienda?(por el tema de VPO no puedo vender mi anterior vivienda hasta dentro de 5 años)
Comentario por pablo — June 15, 2010 #
HOLA OTRA VEZ PABLO,
En principio no es obligatorio vender tu vivienda para deducir por la nueva, pero sí deberás tener en cuenta que no podrás deducir hasta que no hayas invertido en la nueva las cantidades que sirvieron para deducir en la anterior, como bien indicas.
Comentario por admin — June 16, 2010 #
HOLA PI,
En principio sí está bien realizado el trámite, así que no deberías preocuparte. Efectivamente, las indemnizaciones por ERE están exentas siempre que se ajusten a los plazos legales.
Comentario por admin — June 16, 2010 #
HOLA PABLO,
Efectivamente Hacienda te puede multar por no devolver las cantidades que te dedujiste en concepto de vivienda habitual. Lo que debes hacer es realizar una declaración complementaria correspondiente a 2008 indicando este hecho. El programa padre ofrece esta opción.
Comentario por admin — June 16, 2010 #
HOLA OTRA VEZ VALENTINA;
La única opción que se me ocurre es plantear una pregunta vinculante a Hacienda para que estudien el caso más detenidamente. Como ya te comenté, entiendo que no hay beneficio real, sino más bien al contrario (han perdido la casa), pero a efectos fiscales lo que han obtenido es una ganancia… En este punto ya dependerá de la capacidad interpretativa de Hacienda.
Comentario por admin — June 16, 2010 #
La declaración complementaria referente a 2008, es decir la del año pasado ¿cómo la hago si en ese año no tuve que hacer declaración?.
Gracias
Comentario por PABLO — June 16, 2010 #
Como o ante quien se plantea una pregunta vinculante????????????????????
Comentario por Valentina — June 16, 2010 #
hola, tengo una vivienda de mi marido y mia, pero el banco hizo la hipoteca a nombre de 4 personas, todos los años venia el 25% y nosotros lo cambiamos al 50%, llevamos 5 años asi, en la renta del 2008 le envian un escrito a mi marido diciendo que solo le pertenece el 25%, vamos a hacienda y una funcionaria nos dice que eso es asi, que el 50% que corresponde a las 2 personas que no son propietarios de la vivienda se pierde y se pierde, esa fue su contestación, como estabamos en las oficinas, confirmamos lo que ellos decian. Dos meses despues me envian a mi un comunicado reclamando lo que me ingresaron a mi y me informo mejor y veo que demostrando que nosotros 2 somos los unicos pagadores nos pueden dar la razon, asi que presento una alegación con la documentación que decian, y me ha llegado la notificación dandome la razón, ahora quiero saber si puedo reclamar la cantidad que le dieron de menos a mi marido en el 2008 y tambien la renta del 2009 que los 2 la presentamos al 25%, porque cuando me llego mi reclamación ya habiamos presentado la renta del 2009 con el 25% cada uno. Gracias
Comentario por silvia — June 16, 2010 #
Hola! Siembre he hecho la declaracion de la renta en Bilbao, pero en 2009, me echaron a finales de Febrero y me fui a Palma de Mallorca para cambiar de aires y encontrar trabajo. Hice lo papeles del paro alli y he estado cobrando el paro durante los 10 mese restantes del año 2009.
Ahora he vuelto a Bilbao porque me ofrecieron un trabajo.
Mientras vivi alli, me empadrone para poder beneficarme del descuento de residente en los vuelo. Vivi compartiendo piso con otra persona pero el contrato estaba a su nombre.
En Bilbao este año me han andado al domicilio que tenia antes de irme( el de mis padres) el borrador de la declaracion por vizcaya.
Estan tanto los ingresos recibido los dos primero meses en Bilbao como los 10 meses del paro.
Puedo entonces hacer la declaracion por Vizcaya o tengo que hacerla Estatal?
Comentario por Jana — June 16, 2010 #
HOLA VALENTINA,
Las preguntas vinculantes debes plantearlas ante la Dirección General de Tributos. Antes sólo se podían realizar por escrito, pero creo que ahora también admiten la vía telefónica. El número es el 901 33 55 33
Comentario por admin — June 17, 2010 #
HOLA JANA,
En principio deberías hacer la declaración en Palma de Mallorca, ya que es donde has percibido la mayor cantidad de tu dinero y donde has residido la mayor parte del año 2009. Sin embargo, no creo que tengas problemas por hacerla en Bilbao.
Comentario por admin — June 17, 2010 #
HOLA SILVIA,
Si Hacienda ya os ha dado la razón no deberías tener problemas en reclamar las cantidades correspondientes a 2008 y en modificar vuestra declaración de 2009.
Comentario por admin — June 17, 2010 #
Hola.Tuve deducciones por una cuenta vivienda en los ejercicios 2004 a2008.En 2008 compré mi vivienda por 84000 y vendí en 2009 por 92000.En 2010 lo reinvertí en un piso de 168000.Yal hacer la declaración de 2009 me exigen la totalidad de las deducciones.Al haber vendido antes de los 3 años y no considerarla vivienda habitual incluso habiendo reinvertido.Podriais aclarar mi duda .Gracias
Comentario por Emilio — June 17, 2010 #
Hola:
Mi duda es la siguiente: Durante el pasado año recibí ingresos por parte de dos pagadores: uno, por importe de 17.000 euros, y otro por 900 euros (desempleo). Hago la declaración de forma individual, y sólo tengo estos ingresos y una hipoteca. Mi duda es saber si estoy obligado a hacer la renta o no. Gracias.
Comentario por Francisco Javier — June 17, 2010 #
Hola.
Estoy de alquiler y estoy recibiendo la ayuda rbe.La solicite en 2009 pero no la he cobrado hasta 2010.¿Tengo que declararla este año o el que viene?
Comentario por alfonso mateos — June 17, 2010 #
Hola me llamo Ruth y tengo unan duda. Estoy de alquiler y recibo la rbe. La solicite en 2009 pero no la he recibido hasta 2010. ¿Tengo que declararla este año o el que viene?
Comentario por ruth — June 17, 2010 #
holla,he hecho la declaracion de la renta ahora hace 2 s3emanas y me lo ha hecho un hestor y tenia que devilverme la hacienda 7 euros y ya lo devolvio pero es que tengo und duda porque en el certificado de mi empresa ponia que tiene que devolveerme mas y no de que hacer para modificar la misma declaracion ,he intentado de pedir por mi cuenta el borrador de 2009 pero me dice que lqa declaracion este ya resuelta y yo quero ver otra ves el borrador para comparar .que puedo hacer,donde puedo pedir otra vez el borador me URGE la respuesta por favor.gracias
Comentario por carol — June 17, 2010 #
Hola, mi caso es el siguiente
Tengo 3 pagadores, de uno recibo 19000 euros y del segundo y tercero 1100 euros, luego a su vez tengo unas perdidas en bolsa de mas de 500 euros, pero he leido esto en el capitulo 1: La regla 2ª y sus límites son independientes de los contenidos en la regla 1ª, actuando en todo caso como criterio corrector de la regla 1ª para rentas de escasa cuantía. En consecuencia, si un contribuyente no está obligado a declarar por razón de la naturaleza y cuantía de las rentas obtenidas conforme a los límites y condiciones de la regla 1ª, no procederá la aplicación de la regla 2ª. Cuando, de la aplicación de los límites y condiciones de la regla 1ª, el contribuyente estuviera obligado a presentar declaración, debe acudirse a la regla 2ª y sus límites para verificar si opera la exclusión de la obligación de declarar al tratarse de rentas de escasa cuantía.
Esto quiere decir que si cumplo la regla 1 que en verdad la cumplo, no tengo porque atenerme a la regla 2 y entonces no tendria que hacer la declaracion verdad.
Comentario por Antonio — June 17, 2010 #
HOLA CAROL,
Si tienes dudas acerca del resultado sólo tienes que descargar tus datos fiscales y aplicarlos al Programa Padre. Por otra parte, si has pagado a un gestor para que te haga la declaración y no estás del todo segura del resultado, lo lógico sería consultarle a este mismo gestor y que te explique las diferencias entre lo que dice el certificado que te envió tu empresa y el resultado final de la declaración.
Comentario por admin — June 18, 2010 #
Hola.Durante ejercicios 2004a2008 me desgrabe por una cuenta vivienda.En2008 compre el piso por valor de 85000 luego vendi en2009 por valor de 92000 y lo reinvertí en 2010 en un nuevo piso por valor de 168000.Al haccer la declaracion de 2009 me exigen el pago,de todas las deducciones 8120 incluso habiendo reinvertido.Al no considerarlo vivienda habitual al vender antes de 3 años.Podriaís resolver mi duda.Gracias
Comentario por admin — June 18, 2010 #
HOLA FRANCISCO JAVIER,
En principio con esos datos no estarías obligado a declarar, aunque deberías hacerlo si quieres beneficiarte de las deducciones por inversión en vivienda habitual.
Comentario por admin — June 18, 2010 #
HOLA RUTH,
En principio, dependerá de cuando te la concedieron. Es decir, si se aprobó en 2009 o 2010 y las cantidades que figuren en el ministerio como que se te pagaron en cada ejercicio.
Comentario por admin — June 18, 2010 #
HOLA ANTONIO,
¿Podrías especificar a qué título corresponde el Capitulo 1 del que hablas? En principio, los límites para declarar son 22.000 con un sólo pagador o 11.200 euros cuando hay más de un pagador y se reciben del segundo y posteriores más de 1.500 euros en total.
Comentario por admin — June 18, 2010 #
Dentro del manual de la renta 2009, en el capitulo 1 pagina 4 (¿quienes estan obligados a presentar la declaracion de la renta?)aparece el cuadro siguiente:
Comentarios al cuadro:
La regla 2ª y sus límites son independientes de los contenidos en la regla 1ª, actuando en todo caso como criterio corrector de la regla 1ª para rentas de escasa cuantía. En consecuencia, si un contribuyente no está obligado a declarar por razón de la naturaleza y cuantía de las rentas obtenidas conforme a los límites y condiciones de la regla 1ª, no procederá la aplicación de la regla 2ª. Cuando, de la aplicación de los límites y condiciones de la regla 1ª, el contribuyente estuviera obligado a presentar declaración, debe acudirse a la regla 2ª y sus límites para verificar si opera la exclusión de la obligación de declarar al tratarse de rentas de escasa cuantía.
¿Esto quiere decir que si cumples la regla 1 no tienes que hacer la declaracion?Lo digo porque tengo perdidas en bolsa de mas de 500euros , pero esta se ajustaria ya a la regla 2
Comentario por Antonio — June 18, 2010 #
HOLA ANTONIO,
Gracias. Al final no sabía si te referías al Manual o la Ley en sí… Si te fijas, la segunda regla se refiere al punto dos del capítulo, que reza lo siguiente: “2. Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2009 exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, sometidos o no a retención, hasta un importe máximo conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación individual o conjunta.” Es decir, se refiere quienes su renta proviene exclusivamente de estos rendimientos, lo cual no es tu caso.
De todas formas, tampoco alcanzas los primeros límites de 22.000 euros, ya que del segundo y tercer pagador (ten en cuenta que la AEAT aplica un criterio temporal y no de cuantía) sólo has recibido 1.100 euros.
Comentario por admin — June 18, 2010 #
Perdona por la insistencia, ¿entonces no tengo que hacer la declaracion o si tengo que hacerla?, mi duda respecto a las reglas era que tenia mas de 500 euros de perdidas en bolsa y me sale a pagar 1000 euros pero como gano mas de lo estipulado en la regla 1, parece que no tengo que hacerla.
Muchas gracias.
Comentario por Antonio — June 18, 2010 #
Otra vez, hola de nuevo (mails de Pablo de fecha 09 y 15 de junio).Muchas gracias por tu aclaraciones, si bien me ha surgido una nueva duda: al preparar la compra-venta de la nueva vivienda, me comenta el notario que al ser la 1ª vivienda de VPO (y al no poder ni alquilar ni vender hasta dentro de 5 años,puedo tener “problemas” si pongo la nueva vivienda como vivienda habitual y la de VPO como 2ªvivienda (me comenta que puede que la JJ.CC Castilla La Mancha me sancione por tenerla desocupada, siempre que cruce datos con Hacienda)¿es normal que crucen datos las comunidades autónomas con Hacienda por el tema de qué vivienda se poner como habitual en IRPF?
Si tuviese que seguir deduciendo la VPO (al 100% al ser privativa) como habitual por evitar una posible sanción, ¿podría mi mujer (al hacer declaraciones individuales y no haber deducido nunca por viv.habitual) deducir al 50% la nueva vivienda?
Y por último: si se diese la última posibilidad, ¿podría yo, una vez pueda alquilar la vivienda VPO dentro de 6 años, poner la que compro ahora como vivienda habitual y deducirme a partir de entonces por mi 50%?
Comentario por pablo — June 20, 2010 #
HOLA PABLO,
Efectivamente, en el caso de las VPO deben cumplirse una serie de plazos para poder alquilarla o venderla y si los incumples te expones a sanción. En cuanto a la segunda opción que indicas, la de que sea tu mujer quien se desgrave el 50% de la hipoteca de la nueva casa, también podría suponer un problema y me explico. En principio, el matrimonio, como unidad familiar, suele residir en la misma vivienda habitual (esto no siempre es así pero sí lo más habitual) por lo que en este caso podríais levantar la liebre en Hacieda sobre vuestra situación si ella desgrava la 2ª casa como la habitual y tú la VPO. Generalmente no suele pasar nada por hacerlo, pero debes tener en cuenta esta posibilidad, que también conllevaría sanción si después no podéis demostrar que cada uno habita una vivienda de forma que esta cumpla con el concepto de habitual a efectos fiscales.
Por último, una vez transcurridos los 6 años siempre podrías poner la segunda vivienda como la habitual y alquilar la VPO. En ese caso, podrías empezar a desgravar una vez hayas invertido en la segunda vivienda las cantidades que sirvieron como base para desgravar en la VPO.
Comentario por admin — June 21, 2010 #
Buenos días,
Estoy separado judicialmente y pago el 100% de la hipoteca por resolución judicial (consta en la sentencia). Sólo soy propietario del 50% de la vivienda, por lo que Hacienda me dice que sólo puedo desgravar por el 50% de lo que pago por hipoteca.
La pregunta es, ¿podría desgravar el 100% de la hipoteca, que es lo que estoy pagando?
Gracias
Comentario por Manuel — June 21, 2010 #
Buenos días,
Enhorabuenba por el portal,
En noviembre del 2008 compre acciones de BSCH, cuya venta la efectué en junio 2009, obteniendo una plusvalía de 220 € aprox.
En el certificado de situación fiscal no me traslada la citada información a la declaración, no sé muy bien porque (me lo contempla como información no traspasada).
La cuestión es, debe imputarse a la declaración 2009?. Que tributan los beneficios un 18%, es así? en que casillas, en la G2 de acciones?
muchas gracias
Comentario por Ed — June 21, 2010 #
HOLA,
SOY VIUDA Y QUISIERA SABER SI TENGO QUE DECLARAR YA QUE SE ME ESTAN PRACTICANDO RETENCIONES EN MI PENSION Y EN MI CUENTA BANCARIA.GRACIAS.
Comentario por ETORRE HORCASMILIA LA — June 21, 2010 #
Tengo una segunda vivienda en la Costa el pasado año la he alquilado tres meses de verano y me han pagado 2.000 euros. Estoy pagando una Hipoteca. ¿Que gastos puedo deducirme?
Comentario por Jose Luis — June 21, 2010 #
buenos días, quería haceros una consulta. Vivo de alquiler con mi marido y mi hijo. Hemos hecho la declaración de la renta, pero el dueño del piso no nos ha permitido que declaremos el alquiler. Lo he consultado con un gestor y salimos perjudicados. Me comenta el gestor que al dueño del piso no le afectaría en nada, ya que tenemos 29 y 27 años respectivamente y el dueño tendría una deduccion del 100% de los ingresos. Mi pregunta era si hay alguna ley que regule eso para poderselo enseñar. Muchas gracias
Comentario por marga — June 22, 2010 #
HOLA MARGA,
Simplemente con que el dueño lea por encima en Manual de la Renta 2009 podrá comprobarlo. Las deducciones por alquiler forman parte de la Ley de IRPF, que es la que recoge bajo que condiciones se puede deducir el alquiler para vivienda habitual. En el caso que comentas, resulta más que evidente que salís perjudicados. De todas formas, ten en cuenta que para poder desgravar por el alquiler el primer requisito es que exista un contrato. Además, el casero está obligado por ley a declarar los ingresos que obtiene del alquiler, así que él mismo debería ser el primer interesado, siempre que no esté cobrando en negro.
Comentario por admin — June 22, 2010 #
HOLA JOSÉ LUIS,
Puedes encontrar toda la información en el siguiente post: Alquiler de vivienda habitual, el arrendador
Comentario por admin — June 22, 2010 #
HOLA MANUEL,
En principio, Hacienda se pliega a la normativa general. Lo que puedes hacer -y suele dar resultado- es alegar que pagas el 100% de la hipoteca, cosa que además puedes demostrar.
Comentario por admin — June 22, 2010 #
HOLA ED,
En principio sí debes ponerlo en la declaración de 2009. Los beneficios tributarían al 18%.
Comentario por admin — June 22, 2010 #
Hola otra vez (email 18 de junio), ¿entonces no tengo que hacer la declaracion o si tengo que hacerla?, mi duda respecto a las reglas era que tenia mas de 500 euros de perdidas en bolsa y me sale a pagar 1000 euros pero como gano mas de lo estipulado en la regla 1, parece que no tengo que hacerla.
Muchas gracias.
Comentario por Antonio — June 22, 2010 #
Buenas, mi consulta es sobre alquiler como arrendador, tengo una vivienda con mi pareja al 50% no estamos casados. El contrato de arrendamiento está a nombre de mi pareja, ¿puede ser imputado los ingresos tan solo a ella?
Gracias
Comentario por Francisco — June 22, 2010 #
me compre en junio del 2009 una vivienda con mi pareja, acabamos la relacion y en marzo del 2010 el me devolvio miparte y se quedo con la vivienda. tengo yo que declarar esa compra de la vivienda, si yo ya no la tengo,ademas no cumplo los requisitos de vivienda habitual, por lo que el año que vienen me pueden penalizar, ¿ que debo hacer?
Comentario por ana — June 22, 2010 #
HOLA,mi pregunta es la siguiente yo tengo una deuda con hacienda que ya estoy pagando cada mes pues la tengo fraccionada este año la declaracion conjunta con la de mi marido el primer declarante nos sale a devolver y la que tiene la deuda soy yo.ahora quisiera saber si se me devolvera o por el contrario me la retendran.GRACIAS
Comentario por ROSA — June 22, 2010 #
Si una persona solo tiene los siguientes datos para hacer la renta: ha ganado 35.000 euros, le han retenido 5800 euros, de seguridad social unos 2600 y tiene dos niñas ¿por que solo le devuelven 96 €? ¿si se supone que hacienda te devuelve lo que te retiene porque no le devuelve mas?
Gracias
Comentario por Dudosa — June 22, 2010 #
Hola tengo un trabajo a 28 hrs es decir q mi sueldo es 600 euros mensuales (a menos q haga horas extras y sea un poco mas) asi q debo hacer yo la declaración de la renta? no tengo hipoteca ni alquiler ni nada, lo único de lo q se me descuenta algo mensualmente es de una ONG (las aldeas infantiles). gracias
Comentario por anngely — June 23, 2010 #
me da la opcion de la declaracion conjunta pero no me permite realizarla (lo he intentado varias veces)
Mch gracias
Comentario por carmen — June 23, 2010 #
Hola, he montado este año pasado una empresa con otro socio donde el porcentaje de participación es del 50% con la diferencia que el otro socio también es socio trabajador. La empresa es una comunidad de bienes y me gustaria saber si en mi declaración tengo que poner el total de ingresos y gastos o solo el 50%. Y también saber donde tengo que reflejar las retenciones por el alquiler del local donde esta la empresa.
Gracias,
Raúl
Comentario por RAUL — June 23, 2010 #
HOLA CARMEN,
En principio el programa debería dejarte generarla. Puede que se trate de un error en la instalación. Siento no ser de más ayuda.
Comentario por admin — June 24, 2010 #
HOLA ANNGELY,
Puedes encontrar la respuesta en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/%C2%BFquien-debe-hacer-la-declaracion-de-la-renta/
Comentario por admin — June 24, 2010 #
obtengo el resultado de la declaracion conjunta, el resumen pero no se puede obtener el documento con todas sus paginas
Comentario por carmen — June 24, 2010 #
Quisiera saber si existen deduciones en la renta por estudios, en mi caso un master oficial
Comentario por Alberto — June 24, 2010 #
HOLA ALBERTO,
En principio el IRPF no prevé deducciones por estudios.
Comentario por admin — June 25, 2010 #
Buenos días,
La ayuda percibida por el estado de 210 e. mensuales motivado por las Ayudas a la promoción de viviendas en alquiler,
como se debe plasmar en la declaracion de la renta? en que apartado?
muchas gracias
Comentario por Patricia — June 25, 2010 #
como puedo obtener el el documento con todas sus paginas despues de haber realizado la declaracion conjunta en el programa padre?
gracias
Comentario por carmen — June 25, 2010 #
Hola La casilla que dice “Otras pérdidas o ganancias del capital” que antes era la 27 con cual se corresponde ahora.
Y otra pregunta las perdidas de futuros en bolsa, se pueden poner en la casilla 313? y en la base imponible del ahorro casilla 454
Gracias.
Comentario por mariadolores — June 25, 2010 #
Tengo el mismo pagador con dos conceptos diferentes, 12.000 como empleado con unas retenciones del 2% y 3.600 euros en concepto de cursos y conferencias con retenciones practicadas del 15%, ademas estoy dado de alta en actividades economicas pero no he facturado nada en el año 2.009 (ingresos por actividades economicas = 0,00 euros)¿estoy obligado a realizar la declaración de la renta?
Comentario por Marcelino — June 25, 2010 #
Buenas tardes.
Tengo una duda sobre la declaración de Renta,
He recibido del Paro la cantidad de 12594 €.
De un local alquilado 450 €. en 2009.
De intereses bancarios 182 €.
Por otra parte,tengo un plan de pensiones al que he aportado la cantidad de 360 € año.
¿Tengo la obligación de declarar teniendo en cuenta que las cantidades percibidas en concepto de alquiler e intereses bancarios no superan los 1000 € anuales?.
Gracias por su ayuda.
Comentario por Bomtempi — June 26, 2010 #
HOLA MARCELINO,
A la hora de establecer las cantidades límite por las que estás obligado a declarar no importa tanto el concepto como el pagador y en este caso, aunque los conceptos sean diferentes, se contabiliza como un mismo pagador.
Comentario por admin — June 28, 2010 #
HOLA BOMTEMPI,
En principio no estarías obligada a declarar.
Comentario por admin — June 28, 2010 #
HOLA MARIA DOLORES,
Creo que te refieres a la Casilla 28. Por otra parte, las ganancias o pérdidas derivadas de la operación con futuros y opciones se integran en la base inponible del ahorro en las casillas de la 360 a la 385. Cuando el salgo es negativo aparecerán efectivamente en la casilla 454.
Comentario por admin — June 28, 2010 #
Pero…estoy o no estoy obligado a hacer la declaracion?, leer apartado d, articulo 96 de la ley del impuesto. Gracias
Comentario por Marcelino — June 29, 2010 #
Mi pregunta era para saber que requisitos eran necesario para lo de la deduccion del alquiler, yo ya llevo mas de 1 año de alquiler, y queria saber que tenia que hacer para poder beneficiarme sobre lo que me tienen que devolver por el alquiler. gracias.
Comentario por Elizabeth — July 4, 2010 #
HOLA ELIZABETH,
Puedes encontrar estos requisitos en el siguiente port: http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendatario/ aunque has de tener en cuenta que para poder bemeficarte de estas ayudas edberías haberlas incluido en la declaración de la renta.
Comentario por admin — July 5, 2010 #
hola, la cooperativa ltda que entre a representar tiene su ultima declaracion presentada el24 de abril del 2007,en mayo del mismo año serro su actividad comercial.este año se qiere reactivar que procedimiento debo realizar para ponerla al dia con la dian
Comentario por luis ivan — July 7, 2010 #
hola, tenia un piso y lo vendi el 31 de marzo de 2008 y me he comprado otro el 28 de mayo de este año, se que hay que invertir en un plazo de dos años y me he pasado un par de meses, tendría que pagar por la ganancia patrimonial? Gracias
Comentario por ESTHER — July 18, 2010 #
Nosotros realizamos unas obras de reforma en la vivienda, bueno aun estamos con ellas. La cuestión es que tengo la sospecha que nos están facturando un IVA que no se declara, por lo que además de desgrabar este importe se han deducido las facturas de compras como gastos… Yo he solicitado las facturas. ¿Cómo puedo asegurarme de que han tributado este IVA?? muchas gracias
Comentario por Raquel — July 22, 2010 #
HOLA ESTHER,
basta con que se supere el plazo en un solo día, así que lo siento, pero tendrás que tributar por esa ganancia patrimonial.
Comentario por admin — July 23, 2010 #
Soy un jubilado que, como muchos, he visto que en 2010 se me ha reducido la pensión a pesar del incremento. En 2009 no me deducian IRPF y en 2010 sí. Ahora me gustaría saber si debo presentar declaración cobrando un importe neto anual de 12.325 €, y en el supuesto que la presente ¿me devolverían el importe deducido de IRPF?
Comentario por Tomás — July 27, 2010 #
HOLA TOMÁS,
La obligatoriedad de declarar dependerá del tipo de pensión. Puedes ampliar información en este post: ¿Quien está obligado a declarar en el IRPF?
Comentario por admin — August 5, 2010 #
HOLA RAÚL;
En priner lugar, debes distinguir entre la declaración de IPRF personal y el Impuesto de Sociedades. En este sentido, las ganancais etc de la empresa tributarán en el impuesto de sociedades.
Comentario por admin — August 5, 2010 #
HOLA ROSA,
En principio deberían devolverla.
Comentario por admin — August 5, 2010 #
HOLA ANA,
Deberás declarar si figurabas en las escrituras y la hipoteca y so todavía lo haces.
Comentario por admin — August 5, 2010 #
HOLA FRANCISCO,
En principio sí podrían imputarse a ella los ingresos por el alquiler, siempre y cuando la casa sólo esté anombre de ella.
Comentario por admin — August 5, 2010 #
Buenos días
Tengo una hipoteca de la que era mi vivienda habitual hasta que me divorcié. Me deduje de dicha vivienda en la declaración. Después de divorciarme me compré un apartamento. En la declaración dejé de deducirme de la anterior vivienda y comencé a hacerlo de mi nueva vivienda habitual. Hacienda me dice que no procede hasta que las cantidades invertidas en la nueva vivienda excedan de las cantidades invertidas en las anteriores. Esto es así en caso de divorcio?? Quizás no tienen información de mi actual situación de divorciado y por eso me contestan así.
Muchas gracias
Comentario por Manuel — August 7, 2010 #
Hola,
Vivo actualmente en un piso de mi propiedad el cual es mi vivienda habitual y por el que estoy pagando una hipoteca.
Ahora se me ha quedado pequeño porque vivo con mi pareja y hemos tenido una niña y tengo que irme a uno de alquiler y a su vez alquilar el mio ya que tengo que seguir pagando la hipoteca. ¿Puedo seguir desgravándome mi piso como vivienda habitual? Yo creo que no puedo desgravarme el alquiler del nuevo piso ya que mi renta es mayor de lo que se establece como máximo y soy mayor de 35 años.
¿Qùé puedo hacer para desgravarme la hipoteca?
Muchas Gracias por su ayuda,
Ana
Comentario por Ana — August 8, 2010 #
HOLA MANUEL,
Hacienda tiene razón. El hecho de que seas divorciado no te libra de tener que esperar hasta que las cantidades invertidas en la nueva vivienda excedan de las cantidades invertidas en las anteriores para poder deducir.
Comentario por admin — August 11, 2010 #
HOLA ANA,
En principio, si te cambias de casa tu anterior piso (el de la hipoteca) deja de ser tu vivienda habitual y por lo tanto no podrías seguir desgravando las cuotas de la hipoteca (podrás desgravar la parte proporcional que hayas pagado durante el ejercicio en curso mientras la casa sí era tu vivienda habitual). Lo que sí puedes es deducir el pago de los intereses por el préstamo siempre y cuando alquiles el piso. En el siguiente post puedes encontrar más información: http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/
Comentario por admin — August 11, 2010 #
hola:
soy una chica que hasta ahora vivia en mi piso y desgravaba la hipoteca, el caso es que voy a alquilarla, peor a la vez yo voy a alquilar otra vivienda para vivir yo.queria saber como se hace la declaracion, y que me desgrava a mi, gracias!
Comentario por deitze — August 19, 2010 #
HOLA DEITZE,
Ahora podrás desgravar por el alquiler que pagas y el que percibes, pero no por la hipoteca. Puedes encontrar la respuesta en el siguiente post y los enlaces del mismo: Deducción por alquiler de vivienda habitual
Comentario por admin — August 19, 2010 #