Descargar programa Padre 2010
Publicado por admin - 05/03/09 a las 08:03:49 amEl Programa PADRE se ha convertido en un aliado imprescindible para la mayoría de contribuyentes. Se trata de un programa que permite realizar la declaración de la renta desde el ordenador con los datos fiscales que proporciona la Agencia Tributaria. Por eso descargar el programa Padre 2010 será una de las primeras tareas que habrán de afrontar todos los contribuyentes el próximo año cuando comience la campaña de la renta 2009.
El programa PADRE está disponible en la página web de Hacienda. Actualmente sólo está disponible el programa PADRE que se utilizó durante la campaña de la renta 2008 y la descarga del programa PADRE 2010 no estará listo hasta poco antes de que empiece la campaña de la renta del ejercicio 2009 (que es la que presentaremos en 2010). En cualquier caso, si Hacienda no varía la distribución de su página web se podrá acceder al programa a través de su portal siguiendo esta ruta: AEAT>Inicio>Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2009
Desde Impuestosrenta os iremos informando puntualmente de los cambios legislativos que se produzcan y que tengan incidencia en la declaración de la renta 2010 y también os facilitaremos el enlace para descargar el programa PADRE 2010 tan pronto como la AEAT lo haga público.
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Pingback por Descargar programa Padre 2010 | Cómo ahorrar en tiempos de crisis — August 5, 2009 #
Buenos dias, intento calcular mi declarcion de rentas del 2009, que realizaré en el 2010, pero para conocer y poder realizar algunos ajustes en las posibles deducciones (vivienda y plan de jubilacion), he de hacer un pequeño calculo, cosa que pasado el 31 de diciembre nadie me permitira hacer nada. Pregunto, como y donde puedo hacer una pequeña estimacion de mi impuesto antes que termine el año.
HOLA MANUEL,
La opción más sencilla es utilizar el programa Padre 2008. Las deducciones por vivienda y jubilación son las mismas, así que en ese sentido no deberías tener problemas.
Un saludo
Comentario por Manuel — December 12, 2009 #
Apreciados señores:
La empresa cesò actividades desde el pasado 31 de diciembre de 2008, pero por viaje del representante legal se solicito la cancelaciòn de la matricula en marzo de 2009, y el cese de actividades ante la Dian en abril de 2009, la actualizaciòn del Rut que pasa de empresa persona natural a rentista de capital,en mayo de 2009, con la única obligaciòn de declarar renta por que el capital es superior a 100 millones de pesos.
Mi pregunta es, hasta que fecha se declara renta como empresa, y que diferencia hay para declarar renta ordinaria por los meses restantes del 2009?
Tambien tengo dudas sobre las fechas en que se debe presentar las declaraciones de renta, si como empresa el Nit terminaba en 619 y ahora con cédula de extranjería terminada en 7.
Gracias por su amable y pronta respuesta
Patricia.
Comentario por Patricia Rojas — January 13, 2010 #
Se habla mucho de la fiscalidad de los planes de pensiones. En el ejercicio fiscal por haber rescatado el capital es sabido que el 60% del rescate se incrementa directamente al rendimiento de trabajo y también que prácticamente, al final del periodo, se devuelve a Hacienda lo que se ha deducido en años anteriores (con matices).
Parece ser que ocurre lo mismo con las aportaciones efectuadas del titular al conyugue.
Me interesaría saber respecto a esto, si es posible:
- Si vale la pena, en lugar de rescatar, optar por una pensión vitalicia (yo entiendo, que los bancos, como siempre van a ganar, la paga mensual sería una miseria).
- Si se puede reclamar al banco por haberme engañado diciéndome verbalmente, al contratar, que al rescatar este plan especial está exento el 100% del capital rescatado.
- Si este producto se puede rescatar antes del hecho causante, esto es, antes de los 65 años.
- En definitiva, si hay algún tratamiento fiscal de este sistema de aportación a conyugue que no sea el convencional de cotizar por el 60% y estar exento de tributar el 40%.
Os saluda atentamente, Juan M. Aventin
Comentario por Juan Manuel Aventin Raluy — January 24, 2010 #
Hola ,mi duda es que la empresa donde trabjaba me djo de pagar un mes unos 1800 euros no tengo certificado de retenciones por lo tanto no se lo que hacer en mi empresa fuimos subrogado a otra desde el mes de abril
Comentario por Pedro — February 12, 2010 #
Buenos días,
Quisiera saber los plazos para presentar la declaración de 2009
Muchas gracias
Comentario por Iris — March 15, 2010 #