Deducciones actuales de IRPF

La mejor forma de entender la ahorrar en la declaración de la renta es conocer conocer la fiscalidad vigente en este momento y para ello nada mejor que empezar por las deducciones actuales que podemos practicar en el IRPF.

Hay que tener en cuenta que existen una serie de deducciones generales a la cuota que se aplican en todo el Estado menos Navarra y País Vasco por tener estas competencias transferidas, y otras que dependen de Comunidad Autónoma y que puede ampliar o limitar las deducciones sobre determinadas actividades o pagos. Estas deducciones se restan integramente de la cuota que hay que abonar por el impuesto o IRPF.

Las deducciones generales vigentes en este momento son:

Deducción por vivienda habitual

Es una de las más importantes y en la actualidad permite deducir el 15% de las cantidades destinadas a adquisición, rehabilitación o adaptación de la vivienda habitual, así como las cantidades aportadas a la cuenta  ahorro vivienda. Para poder practicar esta deducción primero debe acreditarse que se trata de la vivienda habitual.

Los últimos cambios normativos incluidos en la subida del IRPF 2012 han recuperado la desgravación por vivienda universal, sin límites en función de la base imponible, y con carácter retroactivo. Esto quiere decir que ya en la renta 2011 todo el mundo podrá desgravar por la vivienda. ¿Cuánto? Un 15% sobre las cantidades aportadas sobre un límite de 9.9.040 euros, lo que arroja una deducción máxima de 1356 euros.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Esta deducción afecta por una parte al arrendador y por otra al arrendatario. En el primer caso, se contempla una reducción de caracter general del 50% de los costes que origine el alquilar la vivienda. La reducción puede ser del 100% cuando esta se alquila a personas entre personas entre 18 y 30 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores a 7.236,60 euros.

Por su parte, los arrendatarios podrán deducirse con catacter general el 10,05% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler de vivienda habitual siempre que la base imponible sea inferior a 24.020 euros. Al igual que la nueva deducción por vivienda que entrará en vigor en 2010, el impuesto está configurado de forma regresiva y sólo las rentas inferiores a 12.000 euros podrán aplicar la base de deducción máxima de 9.015 euros. A partir de ahí esta cantidad irá menguando hasta eliminarse en los mencionados 24.020 euros. A esta deducción se puede sumar la que practica cada comunidad autónoma.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual

Reformar la vivienda habitual también da derecho a deducción, aunque sólo bajo determinados supuestos. En concreto podrá deducir cualquier obra que “que tenga por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre , por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 , así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho período que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente”.

Además, para beneficiarse de la deducción la base imponible nunca podrá superar los 71.007.2 euros, aunque para beneficiarse del límite máximo de 6.750 euros anuales deberemos contar con una base inferior a 53.007.2 euros. A partir de esa cifra las cantidades sobre los que aplicar la deducción del 20% irán descendiendo a razón de 6.750 – 0,2 x (Base Imponible – 53.007,20).

Deducción por rendimientos del trabajo y actividades económicas

Se trata de la famosa deducción de los 400 euros que tanta polémica y problemas generó a la hora de rellenar la declaración de la renta de 2008. Su carácter ya no es general y sólo estará disponible para quienes tengan un base imponible inferiora 12.000 euros. Además, estos 400 euros sólo estarán disponibles en su totalidad para las rentas inferiores a los 8.000 euros, cifra a partir de la cual se irá reduciendo progresivamente en base a la siguiente fórmula:  400 ? 0,1 x (base imponible ? 8.000). El resultado de esta deducción figura en la casilla 735.

Deducciones por donativos

Se puede deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades aportadas a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley. El porcentaje a aplicar depende del tipo de institución y la actividad que realice. Conviene aclara que se puede deducir no sólo las aportaciones extraordinarias, sino también las cuotas que se pagan como socio, así como por las aportaciones no dinerarias. En cualquier caso el porcentaje de deducción está limitado al 10% de la base liquidable con carácter general y al 15% para determinadas actividades y programas prioritarios de mecenazgo.

Deducción por nacimiento de hijos y madres trabajadoras

El papel de los hijos en la declaración de la renta puede ser un tanto lioso para muchas familias, pero también permite acogerse a una deducción de 100 euros mensuales durante los primeros 36 meses de vida del bebé siempre y cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena. Por el momento no se ha planteado su modificación.

Deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundia

Esta es una de las deducciones en principio reservadas para las rentas más altas y supone una deducción del 15% de las inversiones o gastos para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico España que estuviesen fuera de nuestras fronteras, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios. La deducción no podrá superar el 10% de la base liquidable.

Deducción por planes de pensiones

La fiscalidad de los planes de pensiones no permiten una deducción propiamente dicha, sino que sirven para reducir la base imponible general en función de las aportaciones realizadas. Las cantidades a restar dependerán de la edad del contribuyente de forma que los menores de 50 años podrán deducir la menor de las siguientes cantidades: 10.000 euros (aportación máxima que pueden realizar) o el 30% de sus ingresos; y los  mayores de 50 años podrán deducir la menor de las siguientes cantidades: 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.

A estas deducciones hay que sumar las de carácter empresarial que incluyen las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa y las de estimación objetiva, así como la deducción por cuenta ahorro-vivienda. Además, también existe una deducción por las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.

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33 Comentarios »

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  1. Deducciones actuales de IRPF…

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  3. Hola,
    Quisiera saber qué documentación hay que presentar para la deducción del alquiler en Cataluña. Yo trabajo por cuenta ajena y mi pareja es autónomo. Tenemos el certificado del depósito de la fianza en el Incasol, ¿con esto es suficiente? No tenemos recibos de los pagos mensuales, puesto que pagamos el alquiler mediante transferencia bancaria (no lo tenemos domiciliado). También tenemos el contrato en regla. ¿que me van a pedir? Gracias.

    HOLA GEMMA,

    Deberás guardar toda esa documentación por si llegasen a solicitarla, pero en principio en la declaración de la renta sólo deberás consignar el DNI de quien os alquila el piso en la casilla 943 y el número de catastro de la vivienda.

    Comentario por Gemma — abril 12, 2010 #

  4. Hola,
    Me pasa una cosa muy rara, me han mandado el borrador de la declaración y en principio esta bien, pero como tengo que hacer alguna molificación instale el programa PADRE. La cuestión es la siguiente: Según mi borrador me tienen que devolver 80 euros, pero según voy metiendo en el programa cuotas deducibles(sindicatos, ONGs, y partidos políticos) me sale menos dinero a devolver esto sera por los famosos 400€ que yo no los cobre en su día pero si que me vienen reflejados en la declaración?? Sinceramente no se que hacer pongo todo eso y me devuelven menos o no pongo nada y me devuelven mas???

    Comentario por ALEX — abril 29, 2010 #

  5. deseo saber si en la declaracion de este año se puede aplicar la reduccion por un plazo de mas de 2 años.Si es asi en que casilla lo meto.

    Comentario por jose luis — mayo 6, 2010 #

  6. Hola,
    Mi pregunta: la reforma fiscal afecta también a las “deducciones de vivienda habitual” anteriores a la reforma o, por contra, es un derecho adquirido y puedo seguir deduciéndome por este concepto sin que me afecte la susodicha reforma.
    Gracias anticipadas.

    Comentario por Gustavo — octubre 5, 2010 #

  7. [...] En primer lugar, conviene recordar que las cuenta ahorro vivienda están sujetas a importantes deducciones fiscales similares a las de adquisición por vivienda. Es decir, sus  propietarios podrán deducir el 15% [...]

    Pingback por Cambiar de cuenta ahorro vivienda — noviembre 3, 2010 #

  8. Mi pregunta:

    Cuando hagamos la declaración de la renta del año 2010, nos podemos desgravar el alquilaer de la vivienda(tanto a nivel estatal como a nivelautonómico). O por el contrario, esas desgrabaciones se acabaron.

    Muchas gracias.

    Comentario por OSCAR — enero 19, 2011 #

  9. Buenos días. El año pasado me quedé en paro y me apunté a la universidad para ampliar mis estudios y poder así encontrar un trabajo. Quisiera saber si los gastos empleados en la formación son deducibles o no.
    Un galudo y gracias

    Comentario por Eduardo — abril 23, 2011 #

  10. los gastos ocasionados por cancelación de hipoteca, notaría, etc. ¿son deducibles en su totalidad?

    Comentario por rafael gómez — mayo 9, 2011 #

  11. que porcentaje del IRPF tendre en el 2012, siendo jubilado y divorciado, teniendo que pasar 9000 euros al año, por dos hijos ?

    gracias

    Comentario por vicente — noviembre 18, 2011 #

  12. hola
    tengo dudas con las retenciones
    vivo con mi pareja, no estamos casados ni somos pareja de hecho,y tenemos un hijo en común. Este año a mi me han bajado el irpf en la nómina por la maternidad pero a él no se lo han quitado. ¿Se lo devolverán con la declaración? Lo que cobro yo de más ¿lo tendré que devolver con la declaración?
    ¿Si estuviéramos casados o hiciéramos la pareja de hecho nos quitarían más irpf a los dos? y si es así ¿Lo tendríamos que devolver con la declaración?

    un saludo y gracias

    Comentario por maria jose — noviembre 18, 2011 #

  13. Hola, mi pregunta es la siguiente, actualmente no desgravo nada ya que estoy soltero, sin hijos ni hipoteca viviendo en casa familiar.

    Habia pensado en un cuenta ahorro vivienda pero como cobro 23.500€ brutos practicamente no me serviria de nada. He leido que la base imponible baja con un plan de pensiones… podria hacerme este plan para bajar a 20.000€ y desgravar por ahorro vivienda?

    Gracias!!

    Comentario por Luis — diciembre 7, 2011 #

  14. HOLA LUIS,

    No es una alternativa la que propones. Puedes leer más sobre ese tema en esta noticia: planes de pensiones en el IRPF.

    Comentario por admin — diciembre 9, 2011 #

  15. Debo hacer declaracion porque puse un poco de dinero en la bolsa SOY MINUSVALIDO,MI MINUSVALIA ES 72% tengo la gran invalidez,CUANTO PUEDO DEDUCIR.

    Comentario por Gabriel — diciembre 13, 2011 #

  16. [...] fiscalidad, mejorar la tributación de las prestaciones de los planes de pensiones y recuperar la deducción en el IRPF por inversión en vivienda [...]

    Pingback por Mariano Rajoy y la economía española. Retos para el nuevo presidente. — diciembre 21, 2011 #

  17. Buenos días, viendo el vídeo de Renta 2010 se indica que se pueden descontar 2652 euros de gastos de desplazamiento y más. Yo vivo en Valencia capital y mi lugar de trabajo también está en Valencia capital. Semanalmente hago un gasto de 7,50 euros para comprar un Bonometro para desplazarme a mi puesto de trabajo que pago de mi bolsillo y la empresa no me devuelve. ¿Yo me podría descontar estos 2652 euros en IRPF? Por otro lado decir que soy de Valencia y he visto que el Consell de Valencia ha decidido por decreto ley de 05/01/2012 la anulación de las deducciones autonómicas en la declaración de la Renta a partir de los 24.000 euros en el caso de las declaraciones individuales. Mi base es de 25000 euros, no se si esto me afectaría para descontarme los 2652 euros. Gracias

    Comentario por Ricardo — enero 8, 2012 #

  18. me gustaria hacer la declaración de la renta, de la renta de 2010 por haber trabajado y percibir la prestacion del paro ahora tengo que hacerla . No sé como, económicamente no puedo que me la haga un gestor me gustaria que me lo explicasen

    Comentario por juan carlos — enero 27, 2012 #

  19. Buenos dias. Yo vivo en casa de mis padres, ambos mayores de 65 y con rentas anuales inferiores a 8.000 euros, en el Modelo 145 sobre el IRPF que me ha dado mi empresa a rellenar, en el apartado 3, Adcendientes mayores de 65 años que conviven con el perceptor, pues tengo la duda de si debo ponerlos o al vivir yo en su casa no tengo que rellenar nada. Muchas gracias.

    Comentario por Sergio — enero 31, 2012 #

  20. Tengo parte de mi vivienda habitual alquilada a una asociación sin ánimo de lucro, de la que yo formo parte. Puesto que está exenta de IVA (no se deduce) y del Impuesto de Sociedades ¿ es obligatorio que yo le cargue el IVA y le haga retenciones?

    Comentario por Eugenio — febrero 7, 2012 #

  21. Tengo parte de mi piso alquilado. Esta renta me aumenta mi base imponible.Las deduciones son las proporcionales de los gastos de mi mivienda Luz,agua, calefacción, gastos de comunidad, etc. Al ser mi piso alquilado con dereho a subariendo ¿ Puedo deducir tambien la parte proporcional de la renta que yo pago, puesto que es un gasto necesrio para poder obtener ese beneficio?

    Comentario por Eugenio — febrero 7, 2012 #

  22. hola
    tengo una hipoteca sobre mi vivienda habitual y una segunda hipoteca sobre la misma vivienda , el dinero de la segunda hipoteca emplee la mitad en reformas y la otra mitad compre un terreno , ¿puedo deducir la segunda tambien ?

    saludos

    Comentario por pablo trujillo — febrero 21, 2012 #

  23. HOLA PABLO TRUJILLO,

    En principio no puedes desgravar la segunda hipoteca, a excepción de la parte destinada a reforma, pero no debes desgravar por compra de vivienda, sino por rehabilitación o reforma (siempre que cumplas las condiciones para hacerlo)

    Comentario por admin — febrero 21, 2012 #

  24. Soy estudiante y acabo de descubrir la página, que por cierto es una ayuda extra. Gracias por tener esta información a disposición.

    Mi pregunta es sobre el vídeo, ya que no llego a entender los requisitos que hay que tener para desgravar los 2600€ por desplazamientos.

    Gracias por todo.

    Comentario por Fernando — marzo 4, 2012 #

  25. Hola soy autonomo y queria saber si por pintar la casa me desgrava? O por poner un ascensor que he tenido que hacer mucha obra? Gracias. Un saludo.

    Comentario por juan — marzo 15, 2012 #

  26. cuando puedo solicitar barrador de declaracion 2012 y numeroro de referencia dpor mensaje de movil

    Comentario por carlos — marzo 31, 2012 #

  27. y donde puedo enterarme de l numero de movil para solicitar numero de referncia como el año pasado

    Comentario por carlos — marzo 31, 2012 #

  28. quisiera saber cuanto se puede desgravar mi marido (que ya lo es)porque nos casamos el 17-12-2011 y yo no trabajo,estoy en casa

    Comentario por carmen — abril 9, 2012 #

  29. ¿ha cambiado el porcentaje de deduccion de hipoteca? ¿ya no es un 15%?

    Comentario por Andreu — abril 12, 2012 #

  30. Hola ANDREU,

    EL porcentaje sigue siendo el 15%

    Comentario por admin — abril 12, 2012 #

  31. En la deducción por compra de vivienda, el limite máximo para desgravar son 9040 euros.Esta cantidad se refiere al 15% de los gastos totales, incluidos, amortizaciones, intereses, gastos de todo tipo del credito hipotecario.
    Es decir, si los gastos totales efectuados por la cmpraventa ascienden a 30.000 euros, como máximo te puedes desgravar el 7,5% con el límite de 678X2 en madrid, o sea,1356 euros. Es así?

    Comentario por paco — abril 16, 2012 #

  32. cuales casillas tengo que rellenar por alquiler, vivimos en madrid y somos los alquilados

    Comentario por vanesa — abril 16, 2012 #

  33. Hola
    En año pasado 2011 me apunte a un curso de formacion profesional y lo page por mi cuenta y pregunto si hay algun tipo de deduccion que me permite desgravar esta quota en mi declaracion en este año.

    Comentario por Marc — abril 17, 2012 #

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