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Deducciones actuales de IRPF

La mejor forma de entender la subida de impuestos anunciada por el Gobierno y la reforma fiscal a la que nos enfrentamos es conocer la fiscalidad vigente en este momento. Hasta ahora el Ejecutivo sólo ha adelantado cambios en el tipo impositivo de las rentas de capital, que actualmente tributan al 18%. Se especula que se podría elevar este porcentaje en dos o tres puntos porcentuales.

Sin embargo, también se habla de otras modificaciones en las políticas fiscales que afectarías a determinadas deducciones y bonificaciones en el IRPF. Para estar atentos ante posibles cambios antes debemos tener claras cuáles son las deducciones a las que tenemos derecho actualmente. De esta forma podremos comparar si salimos ganando o perdiendo.

Hay que tener en cuenta que existen una serie de deducciones generales a la cuota que se aplican en todo el Estado menos Navarra y País Vasco por tener estas competencias transferidas, y otras que dependen de Comunidad Autónoma y que puede ampliar o limitad las deducciones sobre determinadas actividades o pagos. Estas deducciones se restan integramente de la cuota que hay que abonar por el impuesto.

Las deducciones generales vigentes en este momento son:

Deducción por vivienda habitual

Es una de las más importantes y en la actualidad permite deducir el 15% de las cantidades destinadas a adquisición, rehabilitación o adaptación de la vivienda habitual, así como las cantidades aportadas a la cuenta vivienda. El ímite general está en los 9.015 euros, lo que genera una deducción máxima de 1.352,25 euros.

En caso de tributación conjunta se mantiene esta cantidad (no se multiplica por dos). En este momento la deducción por inversión en vivienda habitual no contempla ningún tipo de límite en cuanto al salario del contribuyente o al coste de la vivienda. Sólo debe acreditarse que se trata de la vivienda habitual. Sin embargo, esta va a cambia a partir de 2011. Una vez llegada se convertirá en una deducción regresiva a la que sólo podrán acogerse los contribuyentes con rentas inferiores a los 24.000 euros y donde la base deducible de 9.015 euros sólo estará disponible para quienes ingresen menos de 17.000 euros. Es decir, un incremento de la presión fiscal en toda regla que empezaremos a sentir en la declaración de la renta de 2011.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Esta deducción afecta por una parte al arrendador y por otra al arrendatario. En el primer caso, se contempla una reducción de caracter general del 50% de los costes que origine el alquilar la vivienda. La reducción puede ser del 100% cuando esta se alquila a personas entre personas entre 18 y 35 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores a 7.236,60 euros.

Por su parte, los arrendatarios podrán deducirse con catacter general el 10,05% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler de vivienda habitual siempre que la base imponible sea inferior a 24.020 euros. Al igual que la nueva deducción por vivienda que entrará en vigor en 2010, el impuesto está configurado de forma regresiva y sólo las rentas inferiores a 12.000 euros podrán aplicar la base de deducción máxima de 9.015 euros. A partir de ahí esta cantidad irá menguando hasta eliminarse en los mencionados 24.020 euros. A esta deducción se puede sumar la que practica cada comunidad autónoma,.

Deducción por rendimientos del trabajo y actividades económicas

Se trata de la famosa deducción de los 400 euros que tanta polémica y problemas generó a la hora de rellenar la declaración de la renta de 2008. El Gobierno ya anunciado su intención de suprimir esta deducción para quienes tengan un base imponible superior a 12.000 euros. Además, estos 400 euros sólo estarán disponibles en su totalidad para las rentas inferiores a los 8.000 euros, cifra a partir de la cual se irá reduciendo progresivamente. El resultado de esta deducción figura en la casilla 735.

Deducciones por donativos

Se puede deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades aportadas a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley. El porcentaje a aplicar depende del tipo de institución y la actividad que realice. Conviene aclara que se puede deducir no sólo las aportaciones extraordinarias, sino también las cuotas que se pagan como socio, así como por las aportaciones no dinerarias. En cualquier caso el porcentaje de deducción está limitado al 10% de la base liquidable con carácter general y al 15% para determinadas actividades y programas prioritarios de mecenazgo.

Deducción por nacimiento de hijos y madres trabajadoras

El papel de los hijos en la declaración de la renta puede ser un tanto lioso para muchas familias, pero también permite acogerse a interesantes deducciones. La primera de ellas es el conocido como cheque bebe y que en realidad supone el pago de 2.500 euros por deducción o prestación por nacimiento o adopción. Se especuló con su retirada pero el presidente José Luis Rodríguez Zapatero se mostró tajante en su negativa al respecto.

La segunda medida afecta a las madres trabajadores y consiste en una deducción de 100 euros mensuales durante los primeros 36 meses de vida del bebé siempre y cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena. Por el momento no se ha planteado su modificación.

Deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundia

Esta es una de las deducciones en principio reservadas para las rentas más altas y supone una deducción del 15% de las inversiones o gastos para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico España que estuviesen fuera de nuestras fronteras, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios. La deducción no podrá superar el 10% de la base liquidable.

A estas deducciones hay que sumar las de carácter empresarial que incluyen las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa y las de estimación objetiva, así como la deducción por cuenta ahorro-vivienda. Además, también existe una deducción por las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.

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5 Comentarios »

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  1. Deducciones actuales de IRPF…

    La mejor forma de entender la subida de impuestos anunciada por el Gobierno y la reforma fiscal a la que nos enfrentamos es conocer la fiscalidad vigente en este momento. Hasta ahora el Ejecutivo sólo ha adelantado cambios en el tipo impositivo de las…

    Trackback por www.floreame.net — September 14, 2009 #

  2. Deducciones actuales de IRPF…

    La mejor forma de entender la subida de impuestos anunciada por el Gobierno y la reforma fiscal a la que nos enfrentamos es conocer la fiscalidad vigente en este momento. Hasta ahora el Ejecutivo sólo ha adelantado cambios en el tipo impositivo de las…

    Trackback por www.negociame.com — September 18, 2009 #

  3. Hola,
    Quisiera saber qué documentación hay que presentar para la deducción del alquiler en Cataluña. Yo trabajo por cuenta ajena y mi pareja es autónomo. Tenemos el certificado del depósito de la fianza en el Incasol, ¿con esto es suficiente? No tenemos recibos de los pagos mensuales, puesto que pagamos el alquiler mediante transferencia bancaria (no lo tenemos domiciliado). También tenemos el contrato en regla. ¿que me van a pedir? Gracias.

    HOLA GEMMA,

    Deberás guardar toda esa documentación por si llegasen a solicitarla, pero en principio en la declaración de la renta sólo deberás consignar el DNI de quien os alquila el piso en la casilla 943 y el número de catastro de la vivienda.

    Comentario por Gemma — April 12, 2010 #

  4. Hola,
    Me pasa una cosa muy rara, me han mandado el borrador de la declaración y en principio esta bien, pero como tengo que hacer alguna molificación instale el programa PADRE. La cuestión es la siguiente: Según mi borrador me tienen que devolver 80 euros, pero según voy metiendo en el programa cuotas deducibles(sindicatos, ONGs, y partidos políticos) me sale menos dinero a devolver esto sera por los famosos 400€ que yo no los cobre en su día pero si que me vienen reflejados en la declaración?? Sinceramente no se que hacer pongo todo eso y me devuelven menos o no pongo nada y me devuelven mas???

    Comentario por ALEX — April 29, 2010 #

  5. deseo saber si en la declaracion de este año se puede aplicar la reduccion por un plazo de mas de 2 años.Si es asi en que casilla lo meto.

    Comentario por jose luis — May 6, 2010 #

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