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	<title>Comentarios en: Deducción por alquiler de vivienda habitual: el arrendador</title>
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	<description>Blogs sobre Impuestos y la Declaracion de la Renta</description>
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		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-113428</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Feb 2012 13:09:02 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA MANUEL,

En principio el piso sigue siendo tuyo por mucho que estés casado en gananciales, ya que terminaste de pagarlo antes del matrimonio. Otra cosa son los beneficios derivados del alquiler, que quizás sí podrían incluirse al 50% (no estoy 100% seguro). En cualquier caso y para que no se dispare la factura fiscal te recomiendo que busques inquilinos menores de 30 años y que estés muy al tanto de no pasar por alto ningún tipo de deducción.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA MANUEL,</p>
<p>En principio el piso sigue siendo tuyo por mucho que estés casado en gananciales, ya que terminaste de pagarlo antes del matrimonio. Otra cosa son los beneficios derivados del alquiler, que quizás sí podrían incluirse al 50% (no estoy 100% seguro). En cualquier caso y para que no se dispare la factura fiscal te recomiendo que busques inquilinos menores de 30 años y que estés muy al tanto de no pasar por alto ningún tipo de deducción.</p>
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		<title>Por: Manuel Casas</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-112883</link>
		<dc:creator>Manuel Casas</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Jan 2012 15:32:34 +0000</pubDate>
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		<description>Hola José, lo primero muchas gracias por este artículo; tengo una duda que no he encontrado entre las consultas de otros lectores (o eso creo), si no es así disculpa por repetir:

Tengo un piso ya pagado que adquirí en 2000 y terminé de pagar en 2007, solo a mi nombre. En 2010 me casé en &quot;gananciales&quot;. Ahora vivimos fuera de Madrid y queremos alquilar ese piso. Mi IRPF es alto (cerca del 40%) y el de mi mujer alrededor del 16%.

¿Se supone que el piso es ahora de los dos una vez casados en ese régimen? ¿Podría por tanto alquilarlo mi mujer para que en la declaración de la renta aplique su % de irpf y no el mío? (Hay una diferencia a considerar). ¿O por el contrario solo lo puedo alquilar yo?

Muchísimas gracias de antemano y un saludo.
Manuel</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola José, lo primero muchas gracias por este artículo; tengo una duda que no he encontrado entre las consultas de otros lectores (o eso creo), si no es así disculpa por repetir:</p>
<p>Tengo un piso ya pagado que adquirí en 2000 y terminé de pagar en 2007, solo a mi nombre. En 2010 me casé en &#8220;gananciales&#8221;. Ahora vivimos fuera de Madrid y queremos alquilar ese piso. Mi IRPF es alto (cerca del 40%) y el de mi mujer alrededor del 16%.</p>
<p>¿Se supone que el piso es ahora de los dos una vez casados en ese régimen? ¿Podría por tanto alquilarlo mi mujer para que en la declaración de la renta aplique su % de irpf y no el mío? (Hay una diferencia a considerar). ¿O por el contrario solo lo puedo alquilar yo?</p>
<p>Muchísimas gracias de antemano y un saludo.<br />
Manuel</p>
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		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-112417</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Jan 2012 09:14:28 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA VICTOR,

No, la vivienda tiene que estar en España para poder desgravar por ella.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA VICTOR,</p>
<p>No, la vivienda tiene que estar en España para poder desgravar por ella.</p>
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		<title>Por: victor</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-112406</link>
		<dc:creator>victor</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Jan 2012 07:49:25 +0000</pubDate>
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		<description>HOla, 

me gustaría saber si es posible ser elegible para la deducción por el alquiler de una vivienda en el extranjero.

Actualmente vivo en el extranjero pero cotizo en el irpf en España, así que entiendo que podria ser posible. Si alguien tiene idea o experiencia, estaré muy agradecido.

Gracias de antemano</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOla, </p>
<p>me gustaría saber si es posible ser elegible para la deducción por el alquiler de una vivienda en el extranjero.</p>
<p>Actualmente vivo en el extranjero pero cotizo en el irpf en España, así que entiendo que podria ser posible. Si alguien tiene idea o experiencia, estaré muy agradecido.</p>
<p>Gracias de antemano</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-111451</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Jan 2012 07:01:08 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA ENRIQUE,

Ahora mismo ya no tienes ventajas adicionales por alquilar a menores de 35 años, ya que el límite está en 30 años. En cuanto a los &lt;a href=&quot;http://hipotecashipotecas.es/intereses-prestamo-hipotecario/&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;intereses del préstamo hipotecario&lt;/a&gt;, puedes restarlos al dinero que ganas con el alquiler, así como el resto de gastos que se mencionan en el artículo. El 3% del valor catastral es un gasto más que puedes detraer de los ingresos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA ENRIQUE,</p>
<p>Ahora mismo ya no tienes ventajas adicionales por alquilar a menores de 35 años, ya que el límite está en 30 años. En cuanto a los <a href="http://hipotecashipotecas.es/intereses-prestamo-hipotecario/" rel="nofollow">intereses del préstamo hipotecario</a>, puedes restarlos al dinero que ganas con el alquiler, así como el resto de gastos que se mencionan en el artículo. El 3% del valor catastral es un gasto más que puedes detraer de los ingresos.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Por: Enrique</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-111414</link>
		<dc:creator>Enrique</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Jan 2012 21:18:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/#comment-111414</guid>
		<description>Hola!, tengo un piso en Zaragoza que me he estado deduciendo como vivienda habitual, ahora me han trasladado a Valladolid y lo voy a alquilar.
Sobre el piso tengo una hipoteca.
El piso lo alquilo a una pareja menor de 35 años.
¿qué ocurre a partir de ahora?
Entiendo que no me lo puedo deducir como vivienda habitual, pero el resto...no tengo nada claro:
1º)al ser menores de 35 años, ¿qué beneficio tengo?
2º)al seguir teniendo hipoteca ¿puedo desgravarme algo? No entiendo lo del 3%
Muchísimas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!, tengo un piso en Zaragoza que me he estado deduciendo como vivienda habitual, ahora me han trasladado a Valladolid y lo voy a alquilar.<br />
Sobre el piso tengo una hipoteca.<br />
El piso lo alquilo a una pareja menor de 35 años.<br />
¿qué ocurre a partir de ahora?<br />
Entiendo que no me lo puedo deducir como vivienda habitual, pero el resto&#8230;no tengo nada claro:<br />
1º)al ser menores de 35 años, ¿qué beneficio tengo?<br />
2º)al seguir teniendo hipoteca ¿puedo desgravarme algo? No entiendo lo del 3%<br />
Muchísimas gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-110751</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Jan 2012 07:49:43 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA ISABEL, 

Se entiende que la amortización efectiva del inmueble como el resultado del coste de adquisicion del inmueble menos el valor del suelo en el momento de la compra. Aquí se incluyen los gastos de escritura de compra-venta  los gastos proporcionales de la escritura de la hipoteca, los gastos de tasacion del inmueble  y la parte proporcional de la &lt;a href=&quot;http://hipotecashipotecas.es/comision-de-apertura/&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;comisión de apertura&lt;/a&gt; de la hipoteca sobre el coste de adquisicion del inmueble.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA ISABEL, </p>
<p>Se entiende que la amortización efectiva del inmueble como el resultado del coste de adquisicion del inmueble menos el valor del suelo en el momento de la compra. Aquí se incluyen los gastos de escritura de compra-venta  los gastos proporcionales de la escritura de la hipoteca, los gastos de tasacion del inmueble  y la parte proporcional de la <a href="http://hipotecashipotecas.es/comision-de-apertura/" rel="nofollow">comisión de apertura</a> de la hipoteca sobre el coste de adquisicion del inmueble.</p>
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	<item>
		<title>Por: Isabel</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-110632</link>
		<dc:creator>Isabel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Jan 2012 11:09:58 +0000</pubDate>
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		<description>Hola, tengo una duda. Voy a alquilar mi piso para vivienda habitual de una familia. A la hora de la declaración de la renta, me deduciré todos los gastos de comunidad, ibi.. pero veo que también se puede deducir &quot;La amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo)&quot;. ¿Qué significa esto? ¿Me puedo deducir anualmente el 3% del valor castral del piso?? Muchas gracias por su ayuda.
Isabel</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, tengo una duda. Voy a alquilar mi piso para vivienda habitual de una familia. A la hora de la declaración de la renta, me deduciré todos los gastos de comunidad, ibi.. pero veo que también se puede deducir &#8220;La amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo)&#8221;. ¿Qué significa esto? ¿Me puedo deducir anualmente el 3% del valor castral del piso?? Muchas gracias por su ayuda.<br />
Isabel</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: admin</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-109204</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Jan 2012 07:04:02 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA INMA,

Si no resides en la vivienda y esta no es tu vivienda habitual no puedes desgravar por ella y de hecho, al no haber cumplido los tres años de residencia necesarios para que esta sea considerada tu vivienda habitual deberías devolver el dinero deducido hasta el momento.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA INMA,</p>
<p>Si no resides en la vivienda y esta no es tu vivienda habitual no puedes desgravar por ella y de hecho, al no haber cumplido los tres años de residencia necesarios para que esta sea considerada tu vivienda habitual deberías devolver el dinero deducido hasta el momento.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Inma</title>
		<link>http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/comment-page-3/#comment-108084</link>
		<dc:creator>Inma</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Dec 2011 19:32:20 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/#comment-108084</guid>
		<description>Hola!
En Junio del 2010 adquirí mi primera y única vivienda. Anteriormente había tenido cuenta vivienda por la cual me deduje. A finales de año (2010) me empadroné en dicha vivienda, pero unos meses después cambié el empadronamiento.
En marzo de 2011 la alquilé, aunque las facturas de agua, luz y gas siguen estando a mi nombre.
¿Podría desgravar como vivienda habitual si mi inquilino no declara el alquiler? Y si él lo declara, contando con que es mayor de 30 años, de qué deducciones podría beneficiarme?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!<br />
En Junio del 2010 adquirí mi primera y única vivienda. Anteriormente había tenido cuenta vivienda por la cual me deduje. A finales de año (2010) me empadroné en dicha vivienda, pero unos meses después cambié el empadronamiento.<br />
En marzo de 2011 la alquilé, aunque las facturas de agua, luz y gas siguen estando a mi nombre.<br />
¿Podría desgravar como vivienda habitual si mi inquilino no declara el alquiler? Y si él lo declara, contando con que es mayor de 30 años, de qué deducciones podría beneficiarme?</p>
]]></content:encoded>
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