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Compensar Ganancias Patrimoniales en el IRPF


Si a lo largo de 2007 has vendido alguna inversión y obtenido por ello una ganancia patrimonial, podrías contemplar vender algún activo que te esté dando pérdidas para compensar una con otra y neutralizar, de este modo, el impacto fiscal.

No obstante, la nueva ley del IRPF, ley 35/2006, de 28 de Noviembre, establece una cautela para evitar que la gente venda sus inversiones para realizar pérdidas e inmediatamente después vuelva a adquirir exactamente los mismos activos. Así, sólo se darán por buenas las pérdidas de acciones o fondos vendidos y vueltos a comprar tras un plazo mínimo de 2 meses.

En cuanto a la compensación de pérdidas patrimoniales, pendientes de compensación a 1 de Enero de 2007, hay que distinguir:

Si son pérdidas patrimoniales generadas en más de 1 año (las acciones, fondos o activos se tuvieron en el patrimonio hasta la venta con pérdidas desde 1 año y un día), procedentes de los ejercicios 03, 04, 05 ó 06, sólo pueden compensarse con ganancias patrimoniales que formen parte de la renta del ahorro, es decir, de ganancias derivadas de la transmisión de activos.

Si son pérdidas de los mismos ejercicios (03, 04, 05,06) generadas en 1 año o menos, pueden compensarse con ganancias ajenas a la transmisión de bienes y el saldo restante con las rentas del ejercicio, salvo las de capital mobiliario, con el límite del 25%.

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Comentarios al artículo

1

Escrito por: Lo mejor de la semana en Financial Red
Fecha: November 12, 2007 at 11:52 am

[…] Compensar Ganancias Patrimoniales en el IRPF en Impuestos Renta Sin comentarios, Comentario o Enlace desde otra web […]

2

Escrito por: Lo mejor de la semana en Financial Red
Fecha: November 12, 2007 at 11:57 am

[…] Compensar Ganancias Patrimoniales en el IRPF en Impuestos Renta […]

3

Escrito por: jose
Fecha: December 11, 2007 at 8:18 pm

si tengo 100 acciones a 10 euros/acc, y posteriormente compro 100 acciones más a 7 euros/acc. si después vendo 100 acciones a 8 euros. ¿puedo tributar por la pérdida de 2 euros por acción?

4

Escrito por: grillo35
Fecha: December 15, 2007 at 11:42 am

Y o existe un limite de beneficios y perdidas a compensar?? O sea, puedo ir compensando beneficios (por venta de un inmueble por ejemplo) con todas las perdidas que vaya teniendo (por venta de acciones por ejemplo)?

5

Escrito por: Como tributan las ganancias en Bolsa
Fecha: March 31, 2008 at 7:34 am

[…] Por otra parte, hay que tener en cuenta que ya no es posible compensar pérdidas patrimoniales en el IRPF con el resto de rendimientos del capital mobiliario integrables en la renta del ahorro y que incluye los intereses de cuentas corrientes o depósitos, aunque sí es posible compensar las ganancias. […]

6

Escrito por: Zapatero promete menos cargas fiscales
Fecha: April 8, 2008 at 3:52 pm

[…] su promesa de devolver 400 euros en el IRPF al tiempo que ha confirmado la eliminación del Impuesto de Patrimonio y la modificación del Impuesto sobre Sucesiones, al que ya no estarán obligadas a tributar […]

7

Escrito por: tinin76
Fecha: April 27, 2008 at 3:56 pm

Tengo una duda que la ley no me aclara. Supongamos que se produce la siguiente situación:

SITUACION 1
Compramos 150 Fersas el 02/05/07, coste de adquisición 1780,5 euros.
Compramos 150 Fersas el 04/07/07, coste de adquisición 600 euros.
Compramos 150 Fersas el 13/08/07, coste de adquisición 1200 euros.
Vendemos 450 Fersas el 20/08/07 por 3465 euros.
La pérdida por la operación sería de 115,5 euros.

¿Esta pérdida podría indicarla en la declaración?

SITUACION 2
Como las Fersas y las energias renovables parecía interesante realizo las siguientes operaciones
Compramos 100 Fersas el 17/09/07, coste de adquisición 716,43 euros.
Compramos 100 Fersas el 17/09/07, coste de adquisición 717,43 euros.
Vendemos 200 Fersas el 27/09/07, coste de transmisión 1524,29 euros.
Obtengo un beneficio por la operación de 90,43 euros.

¿tendría que informarlo en la declaración?

Por último:
SITUACION 3
Compramos 500 Fersas el 20/11/07, coste de adquisición 3363,51 euros.
Compramos 250 Fersas el 14/12/07, coste de adquisición 1636,95 euros.
Vendemos 750 Fersas el 18/12/07, coste de transmisión 4478,42 euros.

La pérdida por la operación sería de 522,04 euros.

¿Esta pérdida podría indicarla en la declaración?

El tema de los plazos de los 2 meses no lo tengo nada claro y tampoco lo especifica claramente en la ley, por lo que os agradecería mucho si pudierais comentarme vuestra opinión.

Por último, dos simples casos de acciones y futuros.

Compramos 40 Brinks (Mercado Internacional) el 10/01/07, coste de adquisición 1998,75 euros.
Vendemos 40 Brinks el 25/01/07, valor de transmisión 1868,79 euros.

La pérdida por la operación sería de 129,96 euros.

¿Esta pérdida podría indicarla en la declaración?

Compramos 1 Mini-Ibex el 02/04/07, coste de adquisición 14805 euros.
Vendemos 1 Mini-Ibex el 03/04/07, valor de transmisión 14705 euros.

La pérdida por la operación sería de 100 euros.

¿Esta pérdida podría indicarla en la declaración?

Perdonad son diversos casos, pero con las fechas no tengo claro lo que se puede compensar y lo que no. También sería adecuado decir que fondos de inversión a lo largo del año he tenido ingresos por 1353 euros, pero me gustaría saber si puedo incluir o no las diferentes pérdidas que he tenido. Los ingresos por supuesto que Hacienda los ha reconocido rápidamente pero de las pérdidas en el borrador simplemente me dice que “no son trasladables”.

Por último, una pregunta una duda. Mi conyuge ha cobrado de dos pagadores 9777 euros, por lo que en teoría no debería hacer la declaración. Por tanto, yo la estoy haciendo como UNIDAD FAMILIAR (que es como me sale más rentable), pero no estoy incluyendo sus ingresos ya que no tiene obligación fiscal de informarlos ¿o sí?. Tengo ciertas dudas en este caso.

Por favor, la última pregunta. Un préstamo que estoy pagando por haber cambiado (rehabilitado) mi cocina, lo puedo incluir en la parte de Deducción por Inversión en Vivienda Habitual en el punto B o si no ¿dónde podría incluir los intereses y capital pagados durante el año 2007?

Espero que me podais ayudar y os sea interesante el comentario. La verdad es que mi declaración de la renta es de examen de Master ya que cambié 5 veces de trabajo, estuve como autónomo, dí clases,……

Muchas Gracias.
Enhorabuena por vuestro trabajo e interés.
Un saludo.

8

Escrito por: JOSE MARIA
Fecha: April 28, 2008 at 8:14 am

Escribe aquí tu comentario.
POR LA VENTA DE UNOS TERRENOS PRODUCTIVOS QUE IMPUESTO ME APLICARAN EN LA DECLARACION DEL2008

9

Escrito por: francisco
Fecha: May 20, 2008 at 3:42 pm

Pueden compensarse la perdida en la venta de unas acciones adquiridas hace mas de un año, con unos rendimientos de letras del tesoro?

10

Escrito por: anabel martin
Fecha: May 31, 2008 at 9:27 pm

Cómo se puede calcular la ganancia patrimonial obtenida por la venta de un inmueble rústico que primero se adquirió la nuda propiedad y años después el pleno dominio.

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