Fiscalidad. Archivos de la categoría ‘Fiscalidad’

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La exención por reinversión en vivienda no obliga a ser propietario

Nos llega a través de Cinco Días una noticia que choca frontalmente con la normativa que hasta ahora venía aplicándose en la exención por reinversión en vivienda habitual.

Para comenzar, recordaremos como funciona la exención por reinversión en vivienda habitual, que se aplica cuando compramos una segunda vivienda para que sea nuestra residencia habitual y vendemos la primera. En condiciones normales, al vender una vivienda hay que pagar a Hacienda la parte correspondiente de impuestos por la ganancia patrimonial que hemos registrado. Estos son la diferencia entre el precio de venta y de compra aplicando algunos modificador, de forma que si compramos por 10 y vendimos por 12, habrá que pagar impuestos sobre dos (de forma muy esquemática).

Existe, eso sí, una excepción a esta regla general y esta es cuando se reinvierte el dinero en la compra de otra vivienda habitual. En ese caso Hacienda nos libra de tener que pagar impuestos por esa ganancia. Es precisamente sobre esta salvedad sobre la que ahora el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña contradice la doctrina de Hacienda.
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Las imputaciones de rentas inmobiliarias


La vivienda es uno de los pilares de la declaración de la renta, pero más allá de la deducción por vivienda habitual es necesario incluir la casa en el IRPF y pagar ella siempre que no sea la residencia habitual. Es lo que se conoce como imputación de rentas inmobiliarias. Os explicamos en qué consiste.

A la hora de hacer la declaración de la renta todo el mundo busca fórmulas para rebajar la factura fiscal y aquí es donde buena parte gira la cabeza hacia la vivienda como vehículo para pagar menos a Hacienda. La hipoteca aparece como el vehículo ideal para deducir por vivienda, pero lo cierto es que la fiscalidad de la vivienda en el IRPF va mucho más allá de esta.

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Dos hipotecas en el IRPF

¿Que ocurre cuando cambiamos de vivienda durante el año fiscal? ¿Podemos deducir por dos hipotecas en el IRPF? Hacienda prevé este tipo de situaciones en la declaración de la renta en la que existen diferentes hipotecas para un mismo ejercicio fiscal. Os explicamos como actuar.

A raíz de una cuestión planteada por Juan Diego y que resolvimos en el apartado de “Las preguntas de la semana” decidimos abordar la cuestión sobre como incluir dos hipotecas en el IRPF, algo que puede ocurrir cuando se cambia de vivienda habitual durante un ejercicio fiscal, de forma que se ha estado pagando por dos viviendas, siendo ambas las habituales.

Lo primero que conviene aclarar es que en términos generales la fiscalidad de la vivienda habitual no permite deducir por dos hipotecas al mismo tiempo. Es decir, si por un casual contamos con dos préstamos hipotecarios simultáneos sólo podremos desgravar por uno, que además deberá ser el referido a la vivienda habitual. El ejemplo más característico es el de una persona que ha comprado una nueva residencia que será la habitual pero mantiene la antigua, sobre la que sigue pagando la hipoteca hasta que consiga venderla. En este caso sólo podrá desgravar al mismo tiempo por una de las hipotecas, que debe ser la que corresponda a su vivienda habitual.
Lo que sí nos permite la Ley de IRPF es deducir por las cantidades invertidas en adquisición de la anterior vivienda siempre que el contribuyente no se lucre mediante las deducciones. En concreto, esta es la redacción del texto al respecto:

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Dos pagadores en el IRPF

No es lo más habitual, pero cada vez se ven más casos de contribuyentes con dos pagadores en el IRPF. Aunque a priori puede parecer baladí, el número de pagadores es muy importante a la hora de declarar y sobre todo a la hora de establecer quien está exento de hacer la declaración de IRPF.

En este sentido, los contribuyentes que cuenten con más de un pagador están sujeto a una normativa diferente a la hora de establecer quienes deben hacer la declaración de la renta. De esta forma, si el límite general es de 22.000 de ganancias salariales, este se reduce a 11.200 euros anuales para los contribuyentes con más de un pagador, siempre y cuando el segundo y posteriores, superen los 1.500 euros. Por ejemplo: una persona que haya trabajado hasta marzo de 2009 en una empresa y a partir de entonces en otra estará obligado a declarar si en total ganó más de 11.200 euros y percibió de la segunda más de 1.500 euros.

¿Cuándo hay un segundo pagador?

En términos generales todo cambio de CIF en el pagador supondrá que es un nuevo y diferente del anterior, aunque  existen excepciones para las subrrogaciones empresariales. Por eso mismo, el paro tiene consideración de pagador en el IRPF, lo que afecta a la obligatoriedad de declarar y al resultado de la declaración. En este caso concreto, además, al prácticamente no hacer retención de IRPF sobre las cantidades que entrega, inclina la balanza a favor de Hacienda. Es decir, si hemos cobrado el paro es muy posible que después tengamos que pagar en la declaración de la renta.

Una de las preguntas más habituales y también una de las quejas más generalizadas es que cuando hay un segundo pagador de por medio casi siempre es obligatorio declarar y con un resultado negativo para el contribuyente. Aunque en un principio pueda parecer algo aleatorio, lo cierto es que esta configuración tiene su lógica y esta se basa en cómo está estructurado el IRPF. La declaración de la renta es un impuesto progresivo, que aumenta su gravamen cuando mayor es la renta del contribuyente en función de unas tablas de IRPF que Hacienda publica todos los años.

 

El problema reside en que cada pagador realiza el cálculo de la retención de IRPF en función del salario que paga al trabajador de forma individual y no en su conjunto. Así, suele ocurrir cuando se tienen dos trabajos que al sumar dichos salarios la retención o la escala del IRPF debía ser mayor.  Por eso mismo, muchas veces el resultado del IRPF es a pagar cuando hay más de un pagador.

Algo parecido ocurre cuando este segundo pagador no es derivado por dos trabajos simultáneos, sino por un cambio, sólo que en este caso, la ley permite reducir las retenciones al mínimo. Por eso mismo, también se establecen unos límites tan bajos. Y es que puede darse el caso de una persona que, al cambiar de trabajo en marzo, haya percibido la mayor parte de sus retribuciones del segundo pagador pero con una retención muy baja., en cuyo caso el resultado de la declaración será, lógicamente, a pagar.

Para evitar este tipo de situaciones lo mejor es adquirir un poco de cultura fiscal en primer lugar y sobre todo planificar. Debemos recordar que en la declaración de la renta pagamos por las ganancias obtenidas en el ejercico anterior. Así, en 2011 vivimos la campaña de la renta 2010. Por eso, no debemos esperar a que llegue el momento de cumplimentar la declaración, sino adelantarnos.

Subida del IVA en 2013


Esta parece ser la última medida fiscal del Gobierno. Sin mencionar la palabra IVA, el ministro de economía Luis de Guindos ha hablado de un aumento de los impuestos al consumo en 2012, siendo el IVA su principal exponente. En concreto, lo que el Ejecutivo ha planteado a través del Plan de Estabilidad 2012-2015 es lograr unos ingresos adicionales de 8.000 euros a través de varios impuestos, algo que sólo el IVA es capaz de ingresar.

Conscientes de que volver a subir el IVA tras el último aumento de 2010 que modificó al alza los tipos de IVA , desde el Ejecutivo han rechazado hablar abiertamente del Impuesto sobre el Valor Añadiro. Sin embargo, cuando atendemos a su Plan de Estabilidad 2012-2015 vemos una partida adicional de 8.000 millones de euros en forma de ingresos que sólo pueden llegar por medio de los impuestos indirectos, que además del IVA sonlos que gravan el alcohol, la gasolina o el tabaco, por poner los ejemplos más notables.
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El simulador de la Renta 2012

Todavía falta mucho para que debamos afrontar la campaña de la renta 2012, pero la base de una buena gestión financiera pasa por la planificación y en el caso de los impuestos no es diferente. Cualquier movimiento que queramos hacer más vale que sea a lo largo de 2012, porque una vez termine el año el margen demaniobra será mucho menor.

En este sentido, una herramienta fundamental para una buena planificación fiscal será el simulador de la renta 2012. Se trate en cierto sentido de una versión simplificada del Programa Padre que permite introducri los datos fiscales y probar cuál sería el resultado de la declaración de la renta 2012 bajo diferentes supuestos. Evidentemente, no es tan completo como el Programa Padre, pero debería servir como elemento orientativo. la ventaja es que es mucho más sencillo de utilizar y requiere invertir mucho menos tiempo.
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¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF?

Un año más llega el momento de cumplir con la Agencia Tributaria y, como siempre, lo primero que cabe preguntarse es si realmente estás obligado a acudir a la cita con Hacienda. En principio todos los contribuyentes están obligados a declarar, pero a la hora de la verdad existen unas cuentas excepciones para librarse de que el fisco nos lea la cartilla. Todo depende de la cuantía de los ingresos, las deducciones y su procedencia.

La Ley de IRPF dicta en su artículo8 que son contribuyentes por el Impuesto de la renta todas “las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español”, así como “las personas físicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de esta Ley. Y es que a priori, todo trabajador, pensionista y cualquier persona que obtenga algún tipo de renta, debe tributar por este impuesto. Sin embargo, la realidad es diferente y existen varias salvedades a esta obligación general. De hecho, la obligatoriedad dependerá de los ingresos que se obtengan y su procedencia, así como de las deducciones que se pueda practicar cada contribuyente.
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Programa Padre

El Programa Padre se ha convertido en una herramienta indispensable para afrontar la declaración de IRPF. El Programa de Ayuda Declaración de la Renta (de ahí su nombre) es un software creado por la Agencia Tributaria para facilitar el cumplimiento de la declaración de la renta a los contribuyentes y que puede descargarse de la propia página web de Hacienda para después instalarlo de forma sencilla en el ordenador.

En realidad, el Programa Padre en cualquiera de sus versiones, Programa Padre 2010, Programa Padre 2011 o Programa Padre 2012 es un simulador de Hacienda que en cierto sentido replica el resultado que ofrece el borrador de la declaración de la renta con la ventaja de que permite alterar los datos y hacer pruebas bajo diferentes supuestos. Así, por ejemplo, los matrimonios pueden comparar el resultado de la declaración si la hacen de forma conjunta o individual.
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Desgravar por la vivienda habitual

Es la estrella de la declaración de la renta para la mayoría de los contribuyentes y una de las principales fórmulas para pagar menos a Hacienda. La deducción por vivienda habitual permite desgravar por la compra la compra de un piso, siempre que cumpla con unos requisitos. Pero es que además también se puede desgravar por el alquiler, tanto el inquilino como el arrendador, por rehabilitación y por el dinero depositado en las cuentas vivienda. Os las explicamos todas al detalle

Entre las diversas fórmulas de abaratar la factura fiscal la desgravación por la vivienda habitual es una de las más comunes. España es un país comprador y buena parte de la población está endeudada con una hipoteca para poder tener su vivienda, pero no sólo es posible pagar menos cuando se compra la casa.
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Cita con la Agencia Tributaria 2012

Cada año Hacienda pone en manos de los contribuyentes nuevas herramientas de ayuda para hacer la declaración de la renta. Desde el Programa Padre hasta el Borrador de la Renta pasando por el Programa Reno. Sin embargo, esto no impide que todos los años se agoten las horas para solicitar la cita para la renta con la Agencia Tributaria para que sean los propios funcionarios quienes nos ayuden a confeccionar la declaración de la renta y, sobre todo, a resolver sus dudas. Aquí os explicamos como y donde pedir esta cita previa con la AEAT.

Hoy en día hacer la declaración de la renta es más fácil que nunca. Por un lado, se puede descargar el Programa Padre, en el que sólo será necesario introducir los datos fiscales para que el propio programa nos guíe y nos de el resultado de el IRPF. Y por otro existe la opción de solicitar el borrador de la renta, modificarlo y confirmarlo sin necesidad de pisar una oficina de la Agencia Tributaria. Aún así, existen millones de contribuyentes que necesitan ayuda adicional y esta se puede conseguir a través de Hacienda solicitando una cita con la Agencia Tributaria para 2012.

Pese a todo, cada año se repite la misma historia y millones de contribuyentes buscan ayuda adicional y sobre todo un asesoramiento más personal. Para lograrlo de forma gratuita (siempre quedarán los asesores) Hacienda es la única solución. Y es que la Agencia Tributaria atiende a los contribuyentes de forma personal y les ayuda con su declaración, pero para ello es necesario pedir cita con Hacienda.  En 2102 se puede pedir la cita previa desde el 19 de abril hasta el 29 de junio.

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