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Asesoria Fiscal

¿Necesitas ayuda con tu declaración de la renta? ¿Necesitas asesoría fiscal? ¿Necesita una planificación fiscal de su actividad financiera?

Desde impuestos renta seleccionamos a los mayores expertos en esta temática para poder ofrecerlos a través del portal. ¿Es necesario contratar este servicio?. Depende de cual es tu caso. En el caso de no tener una declaración demasiado compleja, lo mas sencillo será utilizar el borrador que ofrece hacienda. En el caso de tener que declarar inversiones, vivienda, patrimonio, es muy conveniente hacerlo porque esto puede ahorrarte una importante cantidad de dinero, y sobre todo asegurarte de que estas cumpliendo correctamente con Hacienda. . En caso de duda es un servicio que por su importe es recomendable hacer, a parte de facilitarte el tener que cumplimentarla personalmente.

En financialred ponemos a vuestra disposición una serie de expertos en fiscalidad, que os podrán ayudar. Expertos con mas de 10 años de experiencia en temas fiscales. Con el animo de ser lo mas transparentes posibles permitiremos anunciarse en este espacio a todos los profesionales que nos envien un correo a fiscalidad (arroba) financialred.com y esperamos vuestros comentarios sobre el servicio que ofrecen para estar seguros de poder destacar a los mejores profesionales entre todos.

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82 Comentarios »

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  1. Hola,

    Estoy confeccionando mi declaración de la renta con el programa Padre, hasta ahora no he tenido duda, pero ahora hay algo que me gustaría que me informaseis.

    Soy agricultor y las tierras donde tengo mi explotación agricola son arrendadas. Como plantearía las amortizaciones para calcular el rendimiento neto de la actividad.

    Estoy en estimación objetiva.

    Gracias.

    Comentario por Manuel — May 20, 2009 #

  2. Es cierto que desgrava la conexion a internet me refiero a los recibos mensuales???

    Comentario por jose manuel — May 25, 2009 #

  3. buenos dias es que me gustaria saber es que yo en el 2007 estube 6 meses de alquiler pero elaño pasado no declare porque se me paso y no sabia que daban esa ayuda hasta este año habria una posibilidad que valiera la ayuda que dan de los arrendamientos para este año

    Comentario por yaiza — June 15, 2009 #

  4. hola, este año estoy obligado a declarar a hacienda por tener 2 pagadores, resulta que me despidieron el 21 de mayo del 2008 y segun hacienda, mi ex-jefe ha declarado que yo he ganado mucho mas dinero de lo que me pagaba, por transferencia bancaria (demostrable por mi lo contrario). tengo que pagar una burrada por algo que es mentira, porque lo que mi ex-jefe ha hecho ha sido declarar el finiquito que me tuvo que indemnizar en un acto de conciliacion del cmac firmado por su representante legal. se niega a entregarme las nominas para poder demostrarlo, ¿alguien me puede ayudar?

    HOLA JOSE LUIS,

    Mi reconendación en este caso es que contactes con un buffete profesional de abogados para gestionar el tema, ya que si tratando de dialogar no has encontrado solución puede que debas probar otras vías.

    Comentario por JOSE LUIS — June 17, 2009 #

  5. Buenos días, tengo una duda. Este año sólo he trabajado 18 días en enero en un colegio. En el finiquito no me deducieron IRPF. No he tenido paro. Si empiezo a trabajar (funcionaria) a partir de septiembre, me interesa que me deduzcan lo mínimo posible?. He calculado q no llegaría a 13000 euros brutos al año (sería un 2% de IRPF) o para los funcionarios es distinto???. Muchas gracias.

    Comentario por Jeanette — June 18, 2009 #

  6. HOLA BUENOS DIAS MIS PREGUNTAS ES LA SIGUIENTES SI UNA EMPRESA OLVIDO PRESENTAR SU DECLARACION DE RENTA PARA ESTE AÑO, QUE DEBE HACER?¿QUE TIPO DE SANCIONES DEBE PAGAR?¿PUEDE PRESENTARLA AHORA?

    Comentario por sandra torres — September 1, 2009 #

  7. VIVO CON MI MADRE ME DESPIDIERON Y CON LA INDENIZACION HE EMPLEADO PARTE DEL DINERO EN COMPRARME MI PRIMERA VIVIENDA EN OTRA COMUNIDAD Y ENCONTRAR TRABAJO ESTOY PAGANDO HIPOTECA DESDE MARZO 09 AHORA TRABAJO Y SIGO VIVIENDO CON MI MADRE EN BARCELONA DE HECHO SIEMPRE HE VIVIDO Y ESTOY EMPADRONADO EN LA CASA DE MI MADRE ME DICEN QUE PARA TENER DERECHO A LA DEGRABACION DE PRIMERA VIVIENDA TENGO QUE EMPADRONARME EN ALBACETE EL PROBLEMA QUE EL TRABAJO Y COLEGIO DE MI HIJA ESTA AQUI EN BARCELONA HAY ALGUNA SOLUCION GRACIAS UN SALUDO ALFREDO

    Comentario por ALFREDO DOCON MARTINEZ — September 29, 2009 #

  8. Antetodo muchas gracias por este espacio de comunicación y ayuda.
    Bien, mi problema es el siguiente: yo en el 2008 habia hecho unas inversiones en el mercado de divisas y obtenido unas ganancias que he reflejado en mi declaración y por las que me han grabado el 18% resultando que me salió a pagar 56,122.29 Euros y me los han puesto a pagar en 2 plazos, pagué el primer plazo de 33,673.73 el 25 de Junio y teno que pagar el segundo plazo de 22,449.16 el dia 5 de diciembre proximo, mi problema es que para esa fecha me es imposible pagar esa totalidad porque el dinero ganado lo he invertido en mi vivienda y en estos momentos solo pdria pagar 14.000 Euros que son los que me quedan en efectivo. Mi pregunta es … yo podria pedir un aplazamieto de ese pago o me aceptaran en hacienda fraccionarlo en 2 pagos?
    Muchas Gracias por su servicio y muchisimas gracias de antemano por su ayuda.

    Comentario por Jesús García — October 23, 2009 #

  9. ¿se puede considerar como perdida patrimonial (casilla 313, del IRPF de 2008), la indemnización que le dí al inquilino de un local de mi propiedad, porque lo abandonara antes de la finalizacion del contrato?

    HOLA EDU,

    En principio entiendo que no, pero la mejor de resolverlo es formulando una pregunta vinculante a Hacienda (a ver si tienes suerte y lo ven de forma diferente)

    Comentario por Eduardo Marín — November 4, 2009 #

  10. Hola, mi caso como el de muchos compañeros es que en la empresa donde trabajamos estamos desplazados incluso de comunidad antes cobrabamos dietas, ahora no, este dinero de la dieta nos lo pasan a pluses, en definitiva dinero a gravar con el consiguiente aumento del descuento mensual del IRPF, mi contrato es por obras, mi centro de trabajo esta en Badajoz y mi domicilio en cadiz, que puedo hacer para que no me descuenten tanto

    Comentario por Manuel — November 11, 2009 #

  11. Me gustaría consultar una duda.

    Se quiere comprar una casa de los padres. Pero esta compra, no se hará con una hipoteca a un banco. Sino que se hará un contrato que pasará por notaría y registro de la propiedad, etc..
    La cual se pagará una cuantía fija ejm: 700 €/mes a los dueños durante “x tiempo”, pongamos 15 años (sin ningún tipo de interés o actualización ni por arriba ni por abajo). La pregunta es la siguiente. ¿Existe deducción de IRPF? si la comprar de la vivienda es durante 2010.
    Por otra parte con la nueva deducción de vivienda que se modificará, se dice que las compras que se hagan durante 2010 serán 15%. ¿Este 15 % se aplicaría a todos los años hasta pagar la casa completamente (es decir los 15 años)?.
    Y saber que se entiende por comprar realizada. Me refiero ¿El momento que se presenta el contrato en escritura pública? ¿El momento que se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales? ¿Y si hay una complementaria en el ITP? ¿En el momento que entra en el Registro de la propiedad?. Es para saber cuando hacer la comprar pues se quería hacer durante el último trimestre.

    Por otra parte son deducibles las cuantías que se pagen por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales? ¿Y por los gastos de hacer el contrato, notaría, registrador de la propiedad,etc…?.

    Un saludo y muchas gracias

    Comentario por Luis — November 30, 2009 #

  12. Me gustaría aclarar una duda:
    Estoy vendiendo un piso. Tengo dudas en si me va a cambiar la fiscalidad a partir del 1 del 2010 y si a pesar de quedar poco del 2009 me interesa venderlo en este año ya que tengo un comprador interesado aunque la oferta no es todo lo que me gustaría. Sin embargo si en 2010 tengo que pagar más, lo mismo me interesa aceptar la oferta.
    Muchas gracias

    Comentario por Alberto — December 11, 2009 #

  13. Tengo una vivienda en Barcelona arrendada a una pareja menor de 35 años, desde 1/8/2009, los gastos que se desgravan de impuestos tienen que ser proporcionales a esas fechas? IBI, seguros, gastos escalera etc. y por otra parte, donde se tiene que entregar el certificado de los arrendadores y cuando?
    Gracias

    Comentario por PEDRO — January 25, 2010 #

  14. Hola.
    Me gustaría consultar unas dudas.
    Mi mujer tiene una cuenta de ahorro vivienda desde diciembre de 2005. ¿Ha de comprar una casa antes de final de 2010? ¿Puede optar a una vivienda protegida? Nosotros tenemos una vivienda pero está a mi nombre?
    ¿Una aportación a una cooperativa valdría para no perder las deducciones obtenidas en estos años?

    Comentario por ismael — February 19, 2010 #

  15. hola me gustaría hacer una consulta sobre vivienda para la declaración. Hace 2 años compre una vivienda al 50% con otra persona y la he estado declarando como habitual. Ahora la queremos vender porque me he comprado una yo sola. La pregunta es ¿Puedo pasar a declarar como habitual esta nueva vivienda y cuando consiga vender la otra invertirlo en esta nueva? Gracias

    Comentario por carmen — March 15, 2010 #

  16. Me guataría saber que tengo que tributar si este año vendo un piso y dedico un importe menor del obtenido a la compra de otro. Ambos tienen la consideración de primera vivienda.
    Gracias

    HOLA JUAN CARLOS,

    Las cantidades reinvertidas en vivienda estarían libres de tributar como ganancia patrimonial, pero el dinero sobrante sí debería ser incluido tributar como tal a un tipo impositivo del 18%. De todas formas, debes tener en cuenta que sólo tributas por la ganancia patrimonial que obtengas (esta es a groso modo la diferencia entre el precio de compra y el de venta menos los costes de la venta.

    Comentario por Juan Carlos Rodríguez — March 28, 2010 #

  17. desde junio de 2009 pago 100 euros al mes de cotización de hacienda por una empleada del hogar sin que yo sea empresario.
    Que tratamiento fiscal tiene esta situación. Como debo declarar lo que le pago y como tengo que declarar la cotización a la seguridad social.

    Comentario por fran — March 31, 2010 #

  18. EN EL 2009 PEDI UN PRESTAMO PERSONAL Y ME HICIERON CONTRATAR UN SEGURO DEL QUE PAGO UNA PRIMA MENSUAL, ES ESTA DEDUCIBLE? DONDE HABRIA QUE PONERLA?

    HOLA CRIS,

    En principio los préstamos personales no son deducibles salvo los destinados a la vivienda habitual y sólo en determinados casos.

    Comentario por CRIS — April 8, 2010 #

  19. hola,tengo un hijo que nacio en junio de 2009, y tengo entendido aunque no muy bien que el tanto por ciento de iprf que te aplican es menor al tener un hijo,en el trabajo me siguen aplicando en nomina el mismo irpf que antes de nacer.como me afecta a la hora de declarar.me devuelve hacienda todo lo que me ha retenido de mas.es preferible notificarlo al trabajo para que se me aplique o hacienda en el momento de de declarar que tienes un hijo lo hace automaticamente.gracias de antemano

    un saludo gerardo ruiz

    Comentario por GERARDO — April 9, 2010 #

  20. Ante todo gracias, he firmado la compra de una vivieenda en febrero del 2010 y di en diciembre una entrada de 6000€ querria preguntar como desgraba eso a la ora de hacer la declaracion de la renta de este año? gracias por atenderme

    Comentario por VICTOR — April 9, 2010 #

  21. Buenas, mi caso es el siguiente: El año pasado compré un vivienda, solicité una ayuda y me fue concedida la cuantía total de la ayuda fué de 21.000 €, que son contabilizados como rendimiento del trabajo y están sujetos al IRPF, de la cantidad anteriormente citado me ingresaron alrededor de unos 17000 €, ya me ha llegado el borrador para el ejercicio del 2009 y me reclaman el pago de otros 3565 € y donde viene el detalle de la compra de la vivienda y la adjudicación de la ayuda, no expecifica nada de la retención ya realizada en el 2009. Mi pregunta es como puedo comprobar que no me reclaman lo que ya han cobrado y en caso de tener que abonar esa cantidad en cuantos plazos podría aplazarla.

    Gracias de antemano y por vuestra ayuda.

    BUENAS JOSÉ ANTONIO,

    Supongo que en 2009 te harían una retención ‘estandar’ y que ahora al juntar todas tus rentas ha resultado que tu tipo impositivo era mayor. En cualquier caso, el organismo que te concedió la ayuda debería conservar la información al respecto y el detalle de las cantidades que se te concedieron y que efectivamente te entregraron.

    Comentario por José Antonio — April 10, 2010 #

  22. Necesito saber si puedo incluir en mi declaración de la renta los gastos generados por el cambio de entidad de mi hipoteca de vivienda habitual.
    (la hipoteca la formalicé en una entidad y por mejora de condiciones la he subrogado a otra, aunque eso me ha generado unos gastos de notario, registro, comisión de cancelación anticipada y de apertura en el nuevo banco…) ¿puedo incluir estos gastos en la renta?

    HOLA ROCÍO,

    Podrás deducir todos los gastos ocasionados por el cambio de banco, incluídas las comisiones, según nos acaban de informar desde la AEAT.

    Comentario por Rocio gonzalez — April 12, 2010 #

  23. EL AÑO PASADO ME DIVORCIE, Y LE VENDI LA PARTE DE MI CASA A MI EX-MARIDO EL 21/04/2009.CANCELAMOS LA HIPOTECA QUE TENIAMOS JUNTOS, QUE HASTA ESE DÍA LA ESTABAMOS PAGANDO, Y EL ME DIO 10.000 EUROS.
    EL MISMO DIA FORMALICE UNA HIPOTECA CON MI MADRE POR UNA CASA, Y LA VERDAD YA NO SE EN QUE CASILLA PONER CADA COSA.
    MUCHAS GRACIAS

    Comentario por LORENA — April 14, 2010 #

  24. Hola de nuevo tenia otra pregunta , el año 2008 tuve bastantes perdidas en bolsa y a la hora de realizar la declaracion no me compensaron nada de las perdidas , se que cuando hay ganancias te descuentan el 18% , pero cuando hay perdidas no hacen nada , el año 2009 gane solo 350 euros , compensaran perdidas con ganancias , informeme como va este tema o tengo carios años para compensarme si es el caso de que se pueda compensar ,
    1 saludo , muchas gracias de nuevo

    HOLA FRAN,
    En el post Fiscalidad de las Acciones puedes encontrar toda la información al respecto y los plazos para compensar pérdidas en bolsa (son de tres años)

    Comentario por fran — April 14, 2010 #

  25. [...] Asesoría Fiscal [...]

    Pingback por Maternidad y declaración de la renta — April 16, 2010 #

  26. Hola,

    Hoy 16/04/2010 me acaban de conceder mediante resolucion de la Generalitat de Cataluña un grado de discapacidad del 34%, según pone en dicha resolución, este grado de discapacidad tiene efectos 17/06/2008.
    Acabo de aplicar este grado en el borrador online de la declaracion de renta del 2009. La pregunta es, como puedo beneficiarme de la deducción en la declaracion del 2008?, imagino que debo hacer una declaracion complementaria de aquel año, o puedo incluir de alguna manera la compensacion en la declaracion del 2009 ? Que tramite tengo que seguir ?
    Gracias

    HOLA CHEMA,

    Efectivamente deberías hacer una declaración complementaria del IRPF de 2008.

    Comentario por chema — April 16, 2010 #

  27. Hola, queria hacer una consulta:
    He vendido mi piso y para saber si estoy exenta:
    del total de la renta puedo restar la cancelacion de la hipoteca?
    Esta hipoteca no es la inicial (de 75000€) sino una novaciónal 2004 con una ampliacion de capital de 150000€. Si es asi, tengo que justificar para que era la novacion? Gracias

    HOLA MAITE,

    las plusvalías obtenidas por la venta de vivienda sólo están exentas en caso de reinversión en vivienda habitual. Si no es el caso deberás tributar por las ganancias obtenidas (precio de venta - precio de compra a groso modo)

    Comentario por maite — April 27, 2010 #

  28. HOLA:A VER SI ME PODEIS AYUDAR, VIVO DE ALQUILER EN MADRID, Y TAMBIEN TRABAJO AQUI, PERO TENGO UNA CASA EN PROPIEDAD EN SALAMANCA DESDE HACE 4 AÑOS ES LA UNICA VIVIENDA QUE TENGO EN PROPIEDAD, PERO MI DOMICILIO FISCAL LO TENGO AQUI EN MADRID Y SIEMPRE E HECHO LA DECLARACION AQUI, NO PUEDO DESGAVARME EL ALQUILER POR QUE SUPERO EL LIMITE, MI PREGUNTA ES PUEDO DESGARVARME LA VIVIENDA QUE TENGO EN OTRA COMUNIDAD YA QUE ES MI 1ª Y UNICA VIVIENDA, HABER SI PODEIS AYUDARME PORQUE TENGO UN LIO!!
    MUCHAS GRACIAS Y UN SALUDO

    HOLA ELISA,

    En principio no puedes desgravar por la vivienda de Salamanca, ya que no constituye tu vivienda habitual

    Comentario por ELISA — April 27, 2010 #

  29. Buenas a todos, epero que alguien me pueda ayudar.

    A la hora de modificar mi borrador, deseo introducir mi cuenta de ahorro vivienda abierta en 2009. Todo bien hasta que me exigen que les indique la referencia catastral. Soy soltero, tengo 25 años y no tengo vivienda, vivo con mis padres en una porteria que carece de referencia catastral y encima me la exigen, ¿hay alguna solución? ¿no se contemplane ste tipo de casos?

    HOLA VICTOR,
    En teoría, deberías introducir la refrencia catastral de la vivienda de tus padres, que pese a ser una portería debería estar registrada…

    Comentario por Victor — April 28, 2010 #

  30. Hola, espero encontrar ayuda, me divorcie hace 8 años y la vivienda me la quede yo, he seguido pagando la hipoteca yo sola, mi pregunta es: mi ex se puede desgrabar parte de la hipoteca que no ha pagado, no me quiere vender su parte y me exije que venda la vivienda, gracias de antemano.

    HOLA MARIAN,

    El tema es complicado. En principio, si tu ex aparece como titular del pisto deberías desgravar sólo el 50% de las cantidades aportadas. En tu caso, deberás demostrar que sólo pagas tú y además que Hacienda acepte tus explicaciones. Puedes encontrar más información en los siguientes posts: http://impuestosrenta.com/hipoteca-dos-propietarios-y-un-titular/ y http://impuestosrenta.com/hipoteca-un-propietario-y-dos-titulares/

    Comentario por Marian — May 4, 2010 #

  31. Buenos días

    Mi pareja tiene una hija de una relacion anterior.

    Mi presunta es: Como y que cantidad se puede desgravar de la pensión que le pasa mensualmente a la madre??
    En el convenio consta que mensualmente se pagará una pensión de 500€ + los gastos de escolarización, mutuas y otros gastos en general… Así que cada mes, él hace un traspaso de unos 700€. y no nos queda claro en que casilla lo ha de hacer constar, ni que importe puede desgravarse.

    Otra pregunta que tengo es si en la declaración ha de marcar la casilla de hijos a su cargo, o no… ??
    Gracias de antemano

    Comentario por NURIA GONZALEZ — May 13, 2010 #

  32. Hola.
    Una persona ostenta un cargo como director Gerente de una S.L. que está participada en un 80% por una S.A. Y esta misma persona es trabajador por cuenta ajena de la S.A. de quien percibe su nómina.
    ¿cómo se trata fiscalmente?
    ¿puede esta persona desempeñar su labor en la S.L. como trabajador autónomo y a la vez, ser trabajador por cuenta ajena de la S.A.?
    Tiene que hacer dos declaraciones diferentes?..
    Quizá lo he expuesto de forma farragosa, pero no entiendo mucho del tema. Os agradecería una aclaración sencilla.
    Gracias.
    Rosa

    HOLA ROSA,

    En principio no es necesario que realice dos declaraciones, pero sí deberá consignar la parte de la declaración destinada a Actividades Económicas, además, claro, de la de rendimientos del trabajo como trabajador por cuenta ajena.

    Comentario por Rosa — May 14, 2010 #

  33. Buenos días,
    Soy fisioterapeuta, “autónomo”. Desarrollo mi actividad en un centro medico en otro municipio distante unos 15 km. de mi domicilio al que me traslado en vehiculo propio y debo comer fuera de casa.
    Mi rendimiento neto lo determino por el método de estimación directa simplificada.
    La consulta es: ¿Los gastos generados por la comida y locomoción son deducibles en el IRPF?. ¿Si es afirmativo, existe alguna cuantía máxima para cubrir dicho gasto?

    Gracias por su colaboración.

    Comentario por Jesus — May 15, 2010 #

  34. HOLA JESÚS,

    Podrías imputar los gastos de desplazamiento (la gasolina) como gasto en el IRPF, pero no así la comida.

    Comentario por admin — May 18, 2010 #

  35. HOLA NURIA,

    Puedes encontrar la información en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/la-pension-alimenticia-y-compensatoria-en-el-irpf/

    Comentario por admin — May 18, 2010 #

  36. mi duda es la sigueinte:tengo un embargo de nomina por una deuda a caja españa.ahora llevo 6 meses en el paro.me dieron el borrador y me salio negativo..osean que me tiene que devolver…hacienda se peude quedar con ese dinero con el fin de saldar mi deuda con caja españa o me tiene q

    Comentario por romina — May 18, 2010 #

  37. HOLA ROMINA,

    Creo que todavía no se permite embargar el dinero de la declaración de la renta para hacer frente a deudas que no tengan que ver con la administración pública.

    Comentario por admin — May 19, 2010 #

  38. Es cierto que desgrava la conexion a internet me refiero a los recibos mensuales en Galicia??
    gracias!

    Comentario por Eva — May 20, 2010 #

  39. HOLA EVA,

    Podrás desgravar el 30 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en concepto de cuota de alta y cuotas mensuales para el acceso a Internet mediante contratación de líneas de alta velocidad, con el límite máximo de 100 euros, tanto en tributación individual como en conjunta. Aunque existen ciertas condiciones:
    1- La deducción únicamente podrá aplicarse en el ejercicio en que se celebre el contrato de conexión a las líneas de alta velocidad.
    2- La línea de alta velocidad contratada deberá estar destinada a uso exclusivo del hogar y no podrá estar vinculada al ejercicio de cualquier actividad empresarial o profesional.
    3- No resultará aplicable la deducción si el contrato de conexión supone simplemente un cambio de compañía prestadora del servicio y el contrato con la compañía anterior se ha realizado en otro ejercicio. Tampoco podrá aplicarse la deducción cuando se contrate la conexión a una línea de alta velocidad y el contribuyente mantenga, simultáneamente, otras líneas contratadas en ejercicios anteriores.
    4- La práctica de la deducción está condicionada a la justificación documental adecuada del presupuesto de hecho y de los requisitos que determinan la aplicabilidad de la misma.

    Comentario por admin — May 21, 2010 #

  40. Hola buenos días, muchas gracias por dar esta posibilidad.
    Mi pregunta es la siguiente:
    Tenía una hipoteca con mi ex en mi vivienda habitual. Al separarme tuve que constituir un prestamo personal para zanjar mi parte y me fui a otra casa que es ahora mi vivienda habitual. La cuestión es que pago esa casa con el prestamo personal y no se si puedo meterla como hipoteca para desgravarme esa cantidad en la declaración. Muchas gracias, saludos

    Comentario por Sergio — May 21, 2010 #

  41. tengo un piso en propiedad: compre otro hace 3 años para hacerlo mi vivienda habitual y por el que me dresgrave las cantidades entregadas,lo he escriturado en febrero, pero no he podido vender el anterior por lo cual aun no me he traslado al nuevo,en la declaracion de este año no desgravo nada hasta el ejercicio 2010.Cuanto tiempo tengo para trasladarme? deberia hacerme ya el cambio de domicilio fiscal por su influencia en la renta del 2010? o puedo estar hasta fin de año sin cambiarme al nuevo.

    Comentario por maria julia — May 21, 2010 #

  42. HOLA SERGIO,

    En principio no es obligatorio que el préstamos sea hipotecario para poder desgravar, siempre que puedas demostrar que el dinero se utilizó para la compra de tu vivienda habitual.

    Comentario por admin — May 24, 2010 #

  43. HOLA MARIA JULIA;

    Para poder considerarse vivienda habitual -aquí puedes ver en qué consiste- debes habitar la casa en un plazo de 12 meses desde la compra.

    Comentario por admin — May 24, 2010 #

  44. Mi hija compró un piso hace 4 años del que se desgrava en Renta todos los interéses del préstamo.Este año se ha casado y al irse al domicilio de su marido tiene intención de alquilar su piso. para la renta del 2010 ¿podrá seguir desgravando los intereses del prestamo aunque ya declare las ganancias que obtenga de la renta? ¿ y si se lo alquila a un menor de 35 que reuna las condiciones puede desgravarse el 100% de la renta obtenida y también los intereses del préstamo hipotecario.
    Muchas gracias por su atención

    Comentario por maria julia — May 25, 2010 #

  45. Buenas tardes,

    En el año 2008 fui víctima de un ERE. La indemnización consistía en 33 días por año trabajado.
    Al estar exento de tributación 20 días con un máximo de 12 mensualidades, en la declaración del año 2008 tribute el exceso pagando un 40%.

    En Marzo de 2010 he recibido una carta de hacienda para informarme de una modificación en las ERES y al ir a confirmar el borrador me sale un mensaje sobre lo mismo. Mi pregunta es si tengo derecho a la devolución del importe del 40% pagado en el 2008 por tener carácter retroactivo y si es así que casillas tengo que usar.

    Cordiales saludos

    Comentario por Juan — May 25, 2010 #

  46. HOLA MARIA JULIA,

    Supongo que hasta ahora tu hija ha desgravado por el capital aportado, no sólo por los intereses. A partir de ahora, si alquila el piso podrá desgravar los intereses que tenga que pagar por el préstamo. En cualquier caso puedes encontrar toda la información actualizada al respecto en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/deduccion-por-alquiler-de-vivienda-habitual-el-arrendador/

    Comentario por admin — May 26, 2010 #

  47. HOLA JUAN,

    En principio este cambio afecta a los ERE que se produjeron entre marzo y diciembre de 2009, pero su carácter retoactivo no alcanza a los de 2008, así que en entiendo que no tienes derecho a la devolución del importe del 40% pagado en 2008.

    Comentario por admin — May 26, 2010 #

  48. Mi consulta es clara:
    si el tope para no presentar declaracion es de 22000 y mis retribuciones dinerarias de 2009 son de 17000, medio año de paro y medio año en empresa, propietario de vivienda no habitual fuera de la poblacion de residencia. Hacienda envia el borrador a pagar 700. Aunque envie borrador estoy obligado a pagar esa cantidad? Lo que me obliga a presentar la declaracion es el hecho de vivir con los padres y ser propietario de una vivienda o es que las rentas del paro tambien se consideran como 2º pagador porque supera los 1500?

    Gracias de antemano. Saludos.

    Comentario por Armando — May 30, 2010 #

  49. HOLA ARMANDO,

    En tu caso cuentas con dos pagadores y si has recibido más de 1.500 del segundo estarás obligado a declarar.

    Comentario por admin — May 31, 2010 #

  50. Mi duda es la diguiente,en octubre del año pasado consegui vender la vivienda que tenia con mi ex mujer, y queria saber si el dinero que saque de sta venta lo podia invertir en mi nueva vivienda que comparto con mi actual esposa, esta vivienda hace tres años que la compre y queria saber si lo podia invertir sin tener que pagar nada a hacienda?.
    muchas gracias.

    Comentario por Jaime — June 2, 2010 #

  51. HOLA JAIME,

    La legislación no indica en ningún momento que el dinero deba destinarse a la compra de una nueva vivienda, sólo que debe reinvertirse en vivienda habitual y desde ese punto de vista la plusvalía obtenida por la venta sí estaría exenta en caso de utilizarlo para comprar-avanzar la hipoteca de la nueva vivienda…

    Comentario por admin — June 2, 2010 #

  52. Buenas tardes,

    tengo un piso en propiedad desde 2003 fuera de provincia de residencia habitual. Vivo con mis padres y mi duda es si es beneficioso vender primero el piso para la compra de otro junto con mi pareja para ser vivienda habitual o comprarlo sin mas. Hay algo que tenga que pagar por patrimonio o plusvalia si tengo 2 viviendas y vendo la primera para la compra de la segunda? Tengo entendido que es mejor vender el piso y comprar otro si va a ser vivienda habitual para no pagar por patrimonio. Me gustaria que me lo aclarase. Gracias.

    Comentario por Armando — June 3, 2010 #

  53. Mi duda es la siguiente,
    He comprado una vivienda en diciembre de 2009. El mismo día que se hizo la firma de la compra, el 14 de diciembre, la gestoría retiró de mi cuenta la provisión de fondos. Sin embargo, las facturas de gastos de registro, notaria y pago de impuestos me han llegado con fecha de enero de 2010. ¿Puedo poner los gastos de compra en la declaración de 2009?
    Gracias por anticipado.

    Comentario por alberto — June 3, 2010 #

  54. HOLA ALBERTO,

    Lo primero que deberías comprobar es, si pese a estar emitidas con fecha de 2010, en las facturas se hace referencia a que la compra se efectuó en 2009. A partir de ahí, lo que se suele tener en cuenta es el momento en el que se escritura el piso…

    Comentario por admin — June 7, 2010 #

  55. HOLA ARMANDO,

    En principio, el impuesto sobre el patrimonio tiene sólo efectos informativos. En el caso concreto que planteas, si vendes el piso y dedicas el dinero a vivienda habitual estarás exento de tributar por las plusvalías (ganancias) obtenidas. Si simplemente vendes el piso, deberás tributar el 18% de las ganancias obtenidas.

    Comentario por admin — June 7, 2010 #

  56. Buenas de nuevo,

    Siguiendo con el tema de la venta del piso me quedan 2 dudas:
    - si podria comprarme un piso junto con mi pareja antes de vender el otro o no importa
    - como se refleja en la renta o patrimonio que el dinero o plusvalia del piso que vendo de mi propiedad va destinado a vivienda habitual.

    Gracias.

    Comentario por Armando — June 11, 2010 #

  57. Buenas noches,desaria saber si hay algun tiempo por ley,para poder hacer el cambio de domicilio fiscal,una vez se ha cancelado la hipoteca y se ha hecho la nueva escritura de la propiedad.Con gracias anticipadas…….Un saludo.

    Comentario por ANTONIO — June 12, 2010 #

  58. HOLA ANTONIO,

    En principio, el cambio debe de ser inmediato. No es que exista un plazo legal, pero si no haces el cambio a la nueva vivienda no podrás beneficiarte de las ventajas fiscales.

    Comentario por admin — June 14, 2010 #

  59. HOLA ARMANDO,

    En principio puedes comprar el piso antes de la venta del primero. Una vez vendas el primero, la ganancia obtenida quedará exenta siempre que lo dediques a la compra del segundo (por ejemplo a la amortización de hipoteca). En cuanto a la forma de reflejarlo en la declaración de la renta, existe una casilla específica que sólo debes marcar.

    Comentario por admin — June 14, 2010 #

  60. Hola! mi comentario es el siguiente e ido esta mañana hacer la declaracion y cual es mi sorpresa que me dicen que no puedo desgravar el piso , cuando es una vivienda nueva de hace 3 años y e estado declarandola durante este tiempo y no me han dicho nada , es vivienda habitual y yo hice una reinversion de las ganancias del piso que vendi , y ahora me dicen que salio una leyhace 3 años que para poder declarar yo la vivienda tengo que haver amortizado el dinero que yo inverti…no entiendo nada muchas gracias.

    Comentario por ana — June 14, 2010 #

  61. HOLA ANA,

    Efectivamente. No puedes desgravar por un piso nuevo desde el primero momento, sino que debes esperar hasta haber invertido las cantidades que sirvieron de base para las deducciones por tu anterior vivienda. De ahí que en Hacienda te hayan dicho que hasta que no alcances esa cantidad no deberás desgravar.

    Comentario por admin — June 15, 2010 #

  62. Hola, mi pregunta es la siguiente: me han enviado el borrador de la agencia tributaria, y me sale a devolver, pero yo no estoy obligado a presentarla, ya que no llego a los 22.000 euros. Si la presento para percibir ese dinero, estoy obligado a presentarla el resto de los años, aunque no llegue al minimo? 1saludo

    Comentario por Victor — June 16, 2010 #

  63. HOLA VICTOR,

    Presentar la declaración un año no hace que sea obligatorio volverla a presentar al año siguiente.

    Comentario por admin — June 17, 2010 #

  64. Hola, mi pregunta es en el 2004 compre una segunda vivienda sobre plano sin ninguna financiacion, en el 2005 vendi la primera vivienda para trasladarme a la nueva, se pueden reinvertir las ganancias de esta venta en la vivienda comprada en 2004?
    Gracias

    Comentario por Maite Martinez — June 18, 2010 #

  65. HOLA MAITE,

    En principio no veo ningún problema para que no puedas reinvertir las ganancias en la nueva vivienda.

    Comentario por admin — June 21, 2010 #

  66. les agradecería me ayudaran con lo siguiente: desde enero 2009 percibi subsidio de desempleo por hijo dependiente menor de 25 años y ningún otro ingreso; despues mi hijo recibió un legado de un familiar aforado en bilbao (exento al impuesto de sucesiones y donaciones y del cual tenemos documento de autoliquidación de la comunidad foral de Vizcaya, que no sé si debo presentar o no a Hacienda en Madrid). Al recibir mi hijo este legado económico, yo renuncié al subsidio pues la situacion de dependencia de mi hijo cambió al obtener este patrimonio económico. El importe total que yo percibí por prestación fue de 2.108,94 sin retenciones. por otro lado el rendimiento del capital que obtuvo mi hijo derivado del legado hasta finalizar 2009 fue de 7.719,90 ya practicadas las retenciones correspondientes (9.414,52 brutos). No sé si debo presentar declaración de renta con hijo dependiente, del total de mi prestación más sus rendimientos de capital, o si yo no debo presentar declaración y él sí, por sus rendimientos del capital, siendo éste su único ingreso, pues aún es estudiante y no tiene ingresos por trabajo. Gracias por ayudarme con este galimatías. Aclaro que soy cabeza de familia con un único hijo menor de 25.

    Comentario por natalia — June 22, 2010 #

  67. Hola, vivo en Vizcaya, cómo desgravar cuando hay dos titulares en la hipoteca, pero sólo un propietario en escritura de compraventa que es la persona que está pagando todo el crédito, de acuerdo con la Norma Foral 2008 de Vizcaya y el Decreto Foral tb. de Vicaya?

    Comentario por Georgina — June 23, 2010 #

  68. HOLA GEORGINA,

    En teoría, para poder desgravar por adquisición de vivienda hay que ser titular de la hipoteca y del piso y en principio cada titular podrá desgravarse el porcentaje correspondiente. En este caso, en teoría la persona que paga el 100% pero sólo es dueño del 50%, debería desgravar ese 50%. Sin embargo, dado que está pagando el total de la hipoteca, podría presentar una alegación a Hacienda indicando que es él quien hace frente a toda la hipoteca para poder así desgravar el 100%.

    Comentario por admin — June 24, 2010 #

  69. Hola amig@s del foro, estoy teniendo problemas por DEDUCCIONES AUTONOMICAS, resulta que tanto si meto el piso de alquiler como si no, me devuelven lo mismo, añadir que estoy en la Comunidad de Madrid, menor de 35años, soltero.La casilla 698 me da como valor cero, es esto posible? Agradeceria una rápida respuesta dado que tengo que hacer entrega de la declaración inmediatamente. Gracias.

    Comentario por Manu — June 24, 2010 #

  70. HOLA MANU,

    A mi de momento no me ha dado problemas en todas las probaturas que he realizado con el programa. Comprueba si has introducido correctamente todos los datos, incluido el DNI del titular de la vivienda.

    Comentario por admin — June 25, 2010 #

  71. Hola, tengo que confeccionar mi declaración intenté hacerlo bajando el programa Padre pero lo he bajado pero no deja escribir, sale página en blanco. El caso es que tengo que realizar la declaración por el hecho de haber comprado acciones. El banco me hizo un préstamo y como no pude pagar el banco vendió esas acciones para amortizar mi deuda. Pero mis ingresos han sido de 13.087,02, me han retenido 44,07 y las deducciones han sido 652,24. La venta de las acciones fueron de 577,26 y figura como pérdida. Ahora estoy algo desesperada porque al ignorar de esta venta y no saber porqué el borrador no mellegó, fui a Hacienda y me dijeron que tengo que declarar, ahora no sé a donde ir ni quien me puede ayudar en esto y sólo tengo lunes y martes para ello. El año pasado solo trabaje menos de 3 meses el resto de ingresos fue del paro. Me podrían decir quienes se dedican a hacer estas declaraciones para poder ir o si me pueden ayudar ya que ni siquiera conozco el impreso.
    Gracias

    Comentario por Gladys — June 25, 2010 #

  72. Olvidé decirles que tengo a mi cargo un hijo de 17 años estudiante y no aporta nada, y vive conmigo mi madre que recibe una pensión no contributiva de 326 euros mensuales. Si me podéis orientar o indicarme quienes realizan este trabajo lo más urgente posible. Gracias otra vez

    Comentario por Gladys — June 25, 2010 #

  73. HOLA GLADYS,

    La propia Agencia Tributaria ayuda a confeccionar la declaración de la renta, aunque no creo que ya les queden horas libres para atender a más ciudadanos. Otra opción, aunque no gratuita, es la de acudir a una gestoria para que confeccione tu declaración. Además, algunos bancos como Santander ayudan a sus clientes a hacer la declaración (en teoría) y por último, siempre puedes descargar el programa Padre y tus datos fiscales para hacer la declaración por tu cuenta.

    Comentario por admin — June 28, 2010 #

  74. Hola: A ver qué os parece… En 1998, me compré una vivienda de Madrid, de la que me he estado desgravando hasta que la empresa en la que trabajaba me ofreció un trabajo en Canarias ante el cierre de la oficina de Madrid. Allí me compré una segunda vivienda en el 2006 y creyendo tener derecho a la desgravación por ella, cambié el domicilio fiscal a Canarias y declaré la vivienda como residencia habitual. En el 2008 me despidieron del trabajo y volví a Madrid, pero cometí el error de no notificar el cambio de residencia a Hacienda. Ahora me reclaman la devolución que me hicieron en el 2008 (unos 1.300 euros), más lo que tendría que haber pagado por la segunda vivienda (unos 500 euros), más los intereses de demora. Por otro lado he recibido una notificación de un expediente sancionador en el que me reclaman unos 900 euros más. Aunque he presentado alegaciones declarando que mi residencia en el 2008 ha estado en Madrid, han desestimado mis alegaciones, porque según los datos que manejan mi residencia en ese año consta en Canarias. Además, en el 2008 mis ingresos totales entre la parte del año que trabajé y el paro ascendieron a 21.648 euros, o sea, que no estaba obligada a presentar la declaración si no tenía derecho a desgravación por la adquisición de una vivienda habitual.
    Por favor, ¿alguien me puede decir qué puedo hacer para salir lo mejor posible de este problema? ¡Afortunadamente, acabo de salir del paro el mes pasado…!

    Comentario por Mayra — June 28, 2010 #

  75. HOLA MAYRA,

    Por lo que sé, es obligatorio comunicar los cambios de domicilio fiscal, ya que de otra forma no podrás beneficiarte de las deducciones por vivienda, independiente de que haysa o no vivido en la vivienda (lo cual parece tu caso). Por otra parte, recordarte que el límite de 22.000 euros para estar obligada a hacer la declaración se aplica cuando hay un solo pagador o el segundo y siguientes no superan los 1.500 euros (en tu caso en 2008 tuviste dos pagadores, aunque desconozco las cuantías que cobrarste por cada uno de ellos).

    Comentario por admin — June 29, 2010 #

  76. Buenos días,

    Soy una fotógrafa autónoma, creo que en los próximos meses que se avecinan no me va a entrar trabajo y no facturaré. No se si es interesante darme de baja un tiempo, y cuando vuelva a facturar darme de nuevo de alta. Tengo realizadas varias inversiones en equipo que todos los trimestres me deducen. ¿Me interesaría darme de baja?, ¿me repercute en el anual de mayo?.

    Gracias.

    Comentario por Silvia — July 1, 2010 #

  77. Tengo una nomina de 364,05€ me hacen la deducción por aportación del trabajador a la seguridad social pero en las deducciones de IRPF no descuentan ningún valor. Es correcta esta liquidación de nomina.

    Comentario por Sandra Ariza — July 1, 2010 #

  78. por favor que pasa si en mi declaracion renta 2009 meto ami hijo que esta en la unirversidad pero trabajo 2 meses socorrista y le han devuelto 55 euros

    Comentario por salvador — August 4, 2010 #

  79. HOLA SALVADOR,

    Si tu hijo hizo la declaración de la renta en principio no puedes incluirlo en la tuya, siempre que sea mayor de edad.

    Comentario por admin — August 5, 2010 #

  80. HOLA SANDRA ARIZA,

    Con tan pocos datos es complicado dar una respuesta.

    Comentario por admin — August 5, 2010 #

  81. compre un piso en el 2001 como no podia pagar todos los gastos que tenia alquile la vivienda en agosto del 2008 luego en septiembre del 2009 se me fue la inquilina y yo volvi al piso,ahora en agosto del 2011 lo he vendido por motivos de dinero se considera vivienda habitual esos 9 meses que he vuelto al piso. que tendre que pagar hacienda

    Comentario por jordi — August 30, 2010 #

  82. Tengo acciones en la empresa que trabajo desde hace nueve años e inverti 50.000,oo euros, ahora me recompran las acciones por 150.000,00 euros, que me puede suponer esta ganacia patrimonial

    Comentario por Mariano — September 1, 2010 #

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