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Abierto el plazo para solicitar el borrador de la renta 2008

 Desde el 2 de marzo ya es posible solicitar el borrador de la renta  correspondiente al ejercicio 2008. La Agencia Tributaria por fin ha ‘liberado’ el apartado específico para la campaña de renta 2008 donde paulatinamente se podrán acceder a todos los servicios que la AEAT ofrece a los contribuyentes y que incluyen desde respuestas a las dudas más comunes hasta un manual de renta pasando por todas diversas tramitaciones que se pueden realizar de forma telemática.

El primero de los servicios que ya está disponible es el de solicitud del borrador de la renta, al que se puede acceder online en este enlace. Como viene siendo habitual se puede solicitar el borrador de forma telemática, es decir, a través de internet, por teléfono llamando al 901 12 12 24 24 horas) o al 901 200 354 (de 9 a 21 horas) o acudiendo a una oficina de Hacienda. EL plazo para solicitar el borrador finaliza el 23 de junio.

Para quienes no hayan solicitado el borrador al cumplimentar la declaración de 2007 este es un buen momento para hacerlo. El borrador es la forma más sencilla de acceder a los datos fiscales que Hacienda tiene de cada contribuyente y de hacerse una idea de cómo será nuestra declaración de IRPF. Además, en caso de estar conforme con los datos, se puede confirmar el borrador de forma sencilla y estar ‘el primero en la lista’ para cobrar.

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8 Comentarios »

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  1. [...] Abierto el plazo para solicitar el borrador de la renta de este año, en ImpuestosRenta. [...]

    Pingback por Artículos destacados, Febrero de 2009 | cambrico.net — March 6, 2009 #

  2. Hola, nunca he hecho la declaración y este año no estoy obligada a hacerla pero seguramente me convenga, asi que mi pregunta es si puedo solicitar el borrador a pesar de no estar obligada a hacer la declaración.

    HOLA ELENA,

    Solicitar el borrador no implica estar obligada a presentar la declaración. Puedes hacerlo sin ningún problema

    Comentario por Elena — April 1, 2009 #

  3. He cobrado 5 meses de la famosa ayuda del alquiler.
    Tengo que declararla en la declaración de la renta? Se sabe qué porcentaje se quedan de esos 210 euros? me compensará con la deducción del alquiler o aun saldré perdiendo?
    Gracias!

    HOLA SANDRA,

    Deberás incluir esos datos en la declaración de la renta.

    Comentario por sandra — April 7, 2009 #

  4. <

    He recibido el borrador de la Declaración de Renta año 2008. En mi caso no hay error en retenciones sobre el trabajo. Me han puesto las que me han consignado en la Seguridad Social.
    Salvo las operaciones del impuesto (todavía no facilitan el impreso, todo está bien, excepto los donativos que he hecho y de los cuales, recupero el 25%. Falta poner 100 euros que di a Fundación “Siempre Adelante” y 90 Euros a Proyecto Hombre de Valladolid. Deseo que me le envíen rectificado. No sé cómo puedo pedirlo, pues en la carta indica ponga mi nombre, mi Nif y el número de referencia que Vds. me envían en la carta,pero no sé dónde ponerlo.

    Comentario por Milagros Zapico Gómez — April 9, 2009 #

  5. Me parece estupendo que nos envíen el borrador. Si hago la Declaración, puedo comprobar si está bien hecha. No sé si me le volverán a enviar, con la rectificación de las dos omisiones con que venía.

    Muchas gracias

    Comentario por Milagros Zapico Gómez — April 9, 2009 #

  6. Buenas tardes, tengo una duda, siempre me ha llegado el borrador, tengo este año que solicitarlo o llega automaticamente, gracias, saludos cordiales.

    HOLA JUAN MIGUEL,

    Eso dependerá de si el año pasado marcaste en tu declaración que te lo remitiesen también este ejercicio. La mejor forma de comprobarlo es acceder a la zona de petición y confirmación del borrador de la página web de la Agencia Tributaria.

    Comentario por juan miguel rguez cairos — April 13, 2009 #

  7. Hola!
    Este año he recibido el borrador incompleto.Avisando-me que hace falta el nr de registro catastral,pero yo he vivido y sigo viviendo en el mismo piso que le alquile…..hace unos 5 años.Este dato que falta el año pasado no me lo han pedido.Porque y para que sirve?si yo pago el alquiler?? tengo 30 años.
    Un saludo!

    Comentario por monica — April 22, 2009 #

  8. MI MARIDO Y YO ESTAMOS CASADOS EN REGIMENES DE GANANCIALES. REALIZAREMOS DECLARACION INDIVIDUAL DE IRPF. EL CONTRATO DE ALQUILER ESTA A SU NOMBRE. DESEARIA SABER SI EL LIMITE DE 24000 QUE SE ESTABLECE PARA LA DEDUCCION ESTATAL ES TENIENDO EN CUENTA SOLO SU BASE IMPONIBLE O DEBEMOS CONSIDERAR LOS INGRESOS DE AMBOS. TAMBIEN SI ÉL PUEDE DEDUCIR EL 100% DEL IMPORTE O CADA CONYUGUE DEBE DEDUCIR EL 50% OBLIGATORIAMENTE. GRACIAS

    HOLA CRISTINA,

    Si hacéis la declaración individual el límite se establece para cada uno de los dos miembros. Por otra parte, dado que el alquier está a nombre de tu marido será él quien deba deducir el 100% del importe del alquiler.

    Comentario por CRISTINA — April 27, 2009 #

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