Se vienen tiempos de cambio en España. El nuevo Presidente Mariano Rajoy ha enumerado una baterías de medidas con el fin de sacar al país del agujero en el que se encuentra. Pero en materia de viviendas, los cambios no son tantos. Se ha vuelto a favorecer a la fiscalidad de la vivienda nueva por sobre la fiscalidad de la vivienda usada.
Existe una notable diferencia en la fiscalidad de las viviendas nuevas y de las usadas. La ley establece que la venta de una vivienda de nueva construcción conlleva IVA, cuya competencia depende del Ejecutivo central, mientras que las casas usadas aplican el llamado impuesto de transmisiones patrimoniales, de competencia autonómica.
El saliente Ejecutivo socialista decidió rebajar el IVA de las viviendas nuevas del 8% al 4%, una medida que, en principio, caducaba este mes de diciembre. Pero esta ha sido una de las medidas que se mantendrán en el Gobierno de Rajoy, que ya anunció el lunes que mantendrá esta alícuota en el IVA para la vivienda habitual.
¿Donde encontramos la diferencia entonces, si las viviendas usadas no abonan el IVA que las nuevas si? En el impuesto a la transmisión de inmuebles. Y el tipo de este impuesto es mucho mayor que el IVA de las viviendas nuevas.
Asi, los compradores de vivienda tendrán un incentivo fiscal para adquirir una casa nueva frente a una vivienda usada. La mayoría de comunidades -Aragón, Baleares, las dos Castillas, Galicia, Madrid, Murcia, La Rioja y la Comunidad Valenciana- mantienen un tipo del 7% para el impuesto a las transmisiones de inmuebles. Otras comunidades como Cataluña tiene una alicuota del 8% para el gravamen de Transmisiones. Pero eso no es todo, regiones como Asturias y Extremadura establecieron tipos impositivos de hasta el 10% para las viviendas más caras.
Vivienda Usada vs Vivienda Nueva
Planteado el problema, le acercamos una comparativa de impuestos que deberan abonar los compradores de viviendas de acuerdo a los distintos tipos que se abonan en las comunidades autonomas.
El ejemplo a seguir es una vivienda de 200.000 euros, y ese importe lo utilizaremos para comprarar los tributos abonados con la compra de la misma.
A continuacion le acercamos el cuadro comparativo (haga click en la imagen para verlo mejor)
Asi, podemos ver claramente que hay diferencias de hasta 12.000 euros entre lo que abona en concepto de impuestos entre una casa nueva y una usada.
La diferencia es muy evidente, y también muy injusta, ya que esto produce una baja mas pronunciada en los precios de las viviendas usadas que en las nuevas.
Las casas de las inmobiliarias bancarias, afectadas
Una de las mayores oportunidades en cuanto a la compra-venta de casas de hoy en día son las viviendas ofrecidas por las inmobiliarias de bancos, que poseen un amplio stock de inmuebles cuyos dueños no pudieron pagar la hipoteca y les fue quitada.
En este sentido, es importante saber que estos inmuebles son considerados usados, y por ello, deberan tributar el correspondiente gravamen a las transferencias, de acuerdo al lugar donde esten ubicadas.
No son buenas las noticias financieras y económicas de España. El lastre del déficit fiscal se hace insostenible y obliga a realizar recortes de todo tipo en los presupuestos. Pero las cosas en las Comunidades Autonomas no están nada mejor. Catalunya ha anunciado grandes recortes y subidas de impuestos en 2012 para tratar de equilibrar sus cuentas.
El Govern ha presentado su segundo proyecto de presupuestos, que vuelven a incluir recortes de casi un 6% y que incluyen subidas de impuestos y creación de tasas. Muchas de estas subidas de impuestos o tasas autonomicas nuevas la pagaran todos los catalanes, más alla de su clase social o sus ingresos, lo que transforma a estas medidas en altamente regresivas en cuanto a la fiscalidad.
Gracias al debate de investidura ya conocemos la hoja de ruta del nuevo Gobierno para los próximos meses en los que nos esperan importantes cambios en materia fiscal, tanto para el IRPF como para el Impuesto sobre Sociedades.
Lejos de ofrecer una versión descafeinada y difusa de sus intenciones, Mariano Rajoy esgrimió una serie de medidas claras y concisas sobre las medidas que piensa tomar para salir de la crisis y que pasan por un importante ajuste en el gasto, una reforma fiscal para incentivar la contratación y la actividad económica y más cambios en el IRPF como solución para el sector inmobiliario.
Las medidas del Gobierno en materia fiscal pueden considerarse una reforma fiscal en toda regla, por lo menos en parte. Vamos a ver cuáles son.
La vivienda habitual acapara buena parte de las dudas de los contribuyentes acerca del IRPF. Las más habituales están referidas a la adquisición de vivienda o el alquiler, pero también hay quienes preguntan por las deducciones por reforma de la vivienda.
Los planes de pensiones son una de las fórmulas más habituales para pagar menos impuestos declaración de la renta. La fiscalidad de los planes de pensiones es una de sus ventajas que encaja dentro de la política del Gobierno de incentivar el ahorro a largo plazo como complemento a la pensión que ofrece la Seguridad Social.
Además de una ayuda para cuando llegue el momento de la jubilación, la fiscalidad de los planes de pensiones los convierte en un elemento a tener en cuenta a la hora de hacer nuestra planificación fiscal. Su principal ventaja es que las aportaciones están sujetas a desgravaciones. Es decir, es posible deducir las aportaciones de la base imponible de la declaración de la renta, siempre dentro de los límites marcados por la Ley 35/2006.
Ya está, más vale tarde que nunca. Por fin la Agencia Tributaria ha publicado el simulador de la renta 2011, una herramienta con la que podremos calcular cuanto tocará pagar a Hacienda por la renta 2011 o cuánto deberá devolvernos. En cualquier caso, una herramienta indispensable para nuestra planificación fiscal.
Con apenas diez días de margen de maniobra, pero por fin disponemos del Simulador de la renta 2011 de la Agencia Tributaria, al que se puede acceder en este enlace. Se trata de la herramienta que Hacienda pone a disposición de los cuidadanos para que puedan adelantarse al resultado de la declaración de la renta 2011, la que haremos en 2012, y planificar así sus acciones fiscales. Es decir, que gracias a este programa se podrá calcular cuanto habrá que pagar o cuanto nos devolverá la AEAT. Seguir leyendo Ya está disponible el simulador de la renta 2011…
Contrariamente a lo que piensa la mayoría de los ciudadanos, la declaración de la renta no la hacemos en mayo, cuando toca rellenar y presentar el IRPF, sino durante todo el año anterior. Y es que a efectos reales lo que cuenta son nuestras ganancias, inversiones y sobre todo deducciones que hayamos podido realizar durante el ejercicio fiscal o año natural y por las que al año siguiente deberemos rendir cuentas en la declaración de la renta.
Tendemos a confundir los años fiscales y al hablar de la renta 2012 la mayoría de las veces queremos referirnos a la renta 2011. Esto se debe a que hacemos la declaración de un año para otro y por ejemplo en 2012 pagaremos impuestos por nuestros actos en 2011. Por eso mismo, para pagar menos impuestos no debemos esperar a que llegue mayo y el momento de presentar la declaración de IRPF. Hay que ponerse en marcha en 2011 (o el año anterior) y pensar que al final será por lo que hagamos en ese periodo por lo que podremos reducir la factura fiscal, ya que en mayo, nuestras alternativas se limitarán a la forma de rellenar el IRPF.
Inauguramos una nueva sección en la que recogeremos las dudas de la renta más repetidas o más curiosas que nos planteéis y a las que iremos respondiendo de forma algo más extensa a como habitualmente lo hacemos en los comentarios de los post.
Trataremos que esta sección se convierta en una especie de asesoría fiscal que funcione a modo de pregunta-respuesta y donde consigamos reunir las dudas más frecuentes y también casos no tan habituales que nos servirán para entender cómo funcionan determinados productos financieros, inversiones o ingresos a efectos de IRPF.
Cada semana seleccionaremos dos preguntas a las que daremos respuesta. Para que podamos saber a qué se refiere en concreto la pregunta la catalogaremos según el producto o elemento al que haga referencia:
La vivienda habitual constituye uno de los grandes medios para desgravar en la declaración de la renta. La fiscalidad de la vivienda habitual abarca desde las deducciones por compra hasta las deducciones por alquiler, tanto inquilino como propietario. Os las explicamos.
Para aquellas personas y empresas que adeuden alguna cantidad a la Agencia Tributaria existen la posibilidad de aplazar el pago de deudas con Hacienda, aunque deben saber que en función de la cantidad pueden verse obligados a presentar algún tipo de aval.
La Ley General Tributaria permite aplazar prácticamente cualquier tipo de deuda con la Agencia Tributaria. En el caso de las empresas es habitual es posponer el pago trimestral del IVA y las retenciones de IRPF de los trabajadores, aunque en este caso suelen tener que justificar que necesitarán ese dinero para mantener los puestos de trabajo o la capacidad productiva. Pero no sólo las compañías pueden aplazar deudas con Hacienda. Esta también es una posibilidad para los particulares.
A la hora de afrontar el aplazamiento de la deuda, la cuantía servirá para determinar si hace falta presentar algún tipo de aval o bastará con nuestra palabra y firma. La Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril elevó hasta 18.000 euros las cantidades que se pueden aplazar sin aval. Una vez se supera esa cifra será necesario incluir algún tipo de garantía adicional en función de la cantidad a aplazar como una hipoteca, un seguro de caución o un aval.