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Archivos del mes junio, 2010

Como tributan las opciones y futuros

Aunque en otras ocasiones ya hemos abordado la fiscalidad de las acciones, algunos usuarios siguen mostrando dudas sobre como tributan otros activos de inversión como los warrants y las opciones y futuros. En estos casos no se aplica la misma normativa que con las acciones ordinarias (ver tipos de acciones).

En realidad, con las operaciones con opciones y futuros hay que diferenciar el tipo de operación del que se trata: si es especulativa o como cobertura de riesgos.

Como cobertura

Si la operación se realiza para cubrir riesgos y no con carácter puramente especulador, los resultados tendrán esa calificación a efectos fiscales y por lo tanto tendrán el carácter de actividades económicas.

Como especulación

Esta es la opción más habitual, ya que quienes operan con opciones y futuros suelen hacerlo no tanto para cubrir riesgos, sino para aprovechar algunas de sus ventajas como producto financiero de inversión. En este caso, se consideran ganancias o pérdidas patrimoniales y se integran junto al resto de productos derivados en la base imponible del ahorro, que se refleja entre las casillas 360 a 385 de la declaración de la renta.

Al igual que en el caso de las acciones, las pérdidas se podrán compensar durante cuatro años con saldos positivos.

ExpansionPro en Orbyt: un nuevo concepto en información

Todo el trabajo se nos hace más fácil cuando contamos con buenas herramientas, y una gran fuente de información son los medios de comunicación. En esta oportunidad queremos acercales el nuevo concepto en información ExpansionPRO en Orbyt, presentado días atrás por el diario Expansion.

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Así con ExpansiónPRO en Orbyt, Expansion.com espera revolucionar el mercado de información por internet, presentándo esta nueva propuesta como un salto de calidad.

Con esta iniciativa habrá dos formas de informarse en la web de Expansión:

- El medio abierto Expansión.com: que además, a partir de ahora presenta mejoras en sus contenidos e incorpora nuevas herramientas para los inversores. A partir de ahora Expansión.com se transforma. Será una web más visual, más dinámica y flexible, en la que el lector podrá seguir al minuto todas las noticias económicas del día.

- El medio ExpansiónPRO en Orbyt, una nueva plataforma informativa con la que se podrá acceder, paralelamente, a todos los contenidos del día del periódico, consultar la hemeroteca, leer análisis en profundidad especializados en sectores claves de la economía, así como leer los mejores reportajes de medios especializados líderes, como Financial Times,The Economist y The Banker.

Puestos a pensar en cuánto costará esta interesante y completa herramienta, pocos supondrá que la suscripción a ExpansiónPRO en Orbyt cuesta 14,99 Euros al mes, lo que equivale a 0,80 Euros al día. Si pensamos que un diario en papel cuesta 1,6 euros, el valor de acceso a esta plataforma de contenidos exclusivos no resulta caro.

Además ha desarrollado Expansión.com Invest, en el que el usuario, además de disponer del seguimiento minuto a minuto de los mercados financieros mundiales, encontrará un sinfín de posibilidades para gestionar y analizar sus inversiones.

Aquí os dejamos un video de presentación, pero para más informción basta con acudir a sus páginas.

Subida de Impuestos Asturias

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No solo es un rumor, En Asturias la subida del IRPF ya es una realidad.

En el día de ayer aprobó el anteproyecto de ley de contención del déficit que establece un incremento generalizado de impuestos, además en línea con el gobierno nacional, establece una reducción salarial de entre el 1,95% y el 7,31% para los funcionarios autonómicos y del 5% para su personal laboral.

La subida del tramo autonómico del IRPF se fija en dos puntos para rentas anuales de más de 100.000 euros, hasta el 45%, y de tres puntos hasta el 46%, para las de más de 175.000.

Pero hay más…

Además sube un punto el impuesto de Sucesiones en las herencias de más de 400.000 euros y dos puntos para las que superen los 800.000.

El impuesto de Transmisiones Patrimoniales se eleva al 8%, mientras que el canon de saneamiento se incrementa un 10% y el que se aplica a los vehículos sube del 14,5% al 16% para todoterrenos y los coches más contaminantes.

Así, los cambios en el IRPF, que afectarán a 6.700 contribuyentes, darán unos 17,7 millones de euros más de ingresos en 2011, mientras que el de Patrimonio recaudará 18 millones más y afectará a unas 50.000 operaciones jurídicas.

Con los cambios en el de Sucesiones se prevé recaudar 1,4 millones más entre 190 contribuyentes, con el canon de saneamiento 2,7 millones y con la fiscalidad en los vehículos contaminantes, 300.000 euros de 1.200 contribuyentes.

Parece que debemos acostrumbrarnos a pensar que estamos en crisis, y que nos van a “ahogar” financieramente hasta lo último…

Imagen: google

Subida de impuestos a las rentas más altas

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Finalmente hoy se conoció que el llamado nuevo Impuesto a las Altas Rentas, será aprobado con vigencia para 2011.

Si bien no es una buena noticia, permite en la medida de lo posible, alguna meejor planeación fiscal, asi como una mejor preparación financiera para aquellos que vayan a tributarlo.

El proyecto que el Ministerio de Economía y Hacienda hará público a finales de septiembre, incluirá un nuevo tramo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a partir de 200.000 euros de ingresos anuales con un tipo impositivo mayor del 43% actual, algunos medios hablan que podría llegar hasta el 50%.

En la actualidad, el tipo máximo del IRPF está situado en el 43% y se aplica a las rentas de 53.407 euros anuales en adelante.

Así tal como lo están anunciando por estas días las distintas comunidades autónomas, el gobierno nacional, también “tocará” el IRPF para hacerse de dinero.

Junto al incremento del tipo máximo del IRPF, el proyecto de ley de Presupuestos para el año que viene llevará otra subida: la del tipo para las rentas del capital. Éste subirá entre dos o tres puntos porcentuales y pasará a situarse en el 23% o el 24%. Recordemos que durante 2010 este tipo ya sufrió un aumento del 3%, cuando pasó del 18% al 21%, para las plusvalías superiores a 6.000 euros anuales.

Subida de Impuestos Andalucía

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Como dijimos cada comunidad autónoma está emprendiendo su ajuste del déficit fiscal, y como suele ocurrir la primer medida a tomar es aumentar los impuestos. Así que ni bien Catalunya dio a conocer su iniciativa, las demás comunidades decidieron imitarla.

Andalucía ha propuesto una serie de reformas impositivas, a saber:

- IRPF: propone elevar el IRPF para las rentas más altas y ha definido el límite para ser considerado alta renta en 80.000 euros anuales. En esta comunidad también se prevé un aumento según distintas escalas, entonces quienes ganen entre 80.000 y 100.000 euros tributarán al 22,5%, entre 100.000 y 120.000 al 23,5% y a partir de 120.000 al 24,5%.

- Creación del nuevo impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito: será para quienes operen físicamente en la región. Así tributarán este impuesto, quienes cuenten con hasta de 150 millones de euros a una alícuota del 0,3%, hasta los 600 millones será de un 0,4% y a partir de esa cifra un 0,5%. Para compensar, serán deducibles de la cuota del impuesto los préstamos, créditos e inversiones que se destinen a proyectos públicos y privados de la estrategia de Andalucía Sostenible y la Obra Social de las cajas de ahorros.

- Tasas verdes: se anunció un impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso a razón de 10 céntimos por bolsa, así como un incremento del tipo aplicable en el impuesto de residuos radiactivos, que pasará de 7.000 a 10.000 euros por metro cúbico de residuo de baja y media actividad y un impuesto especial sobre medios de transporte “altamente contaminantes”, con un aumento del tipo del 14,75% al 16% para quads y motos náuticas; y del 12% al 13,2% para embarcaciones y buques de recreo.

- Céntimo sanitario: tendrá los siguientes tramos del impuesto sobre ventas minoristas de hidrocarburos:
24 euros por cada 1.000 litros para gasolinas, gasóleo y queroseno de uso general;
2 euros por cada 1.000 litros para gasóleo de usos especiales y calefacción;
1 euro por tonelada para fuelóleo.

Para completar el bloque de medidas para incrementar los ingresos, el presidente andaluz anunció una revisión de los beneficios fiscales en los impuestos de competencia de la comunidad autónoma “con criterios de progresividad y no duplicidad”, así como la “intensificación y reforzamiento de las medidas de lucha contra el fraude fiscal”, que harán hincapié en la coordinación institucional mediante el uso del censo compartido y en la “concienciación sobre los efectos del fraude y el carácter insolidario de los defraudadores”.

El afán recaudatorio es alta en estos momentos, y parece que habrá muchas novedades impositivas en los próximos meses…

Subida de Impuestos Cataluña

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El plan de ajuste fiscal no solo será impuesto por el gobierno, las comunidades autónomas, también tienen en la mira reacomodar sus cuentas.

Así Cataluña ha dado el puntapié inicial anunciando una subida de impuestos, que según promesa, afectará solo a las rentas más altas.

Ahora bien, las rentas más altas para el gobierno de Cataluña, son aquellas superiores a 120.000 euros, que representan el 0,5% de los catalanes, unos 20.000 contribuyentes.

Según se ha anunciado, la subida será de manera progresiva y en dos tramos del IRPF, el primero de ellos a partir de los 120.000 euros de renta, cuyos contribuyentes se verán afectados en dos puntos, pasando a tributar del 21,5% al 23,5%. El segundo tramo es para las rentas a partir de los 175.000 euros anuales, que se gravarán con cuatro puntos adicionales, pasando a tributar del 21,5% al 25,5%.

El compromiso asumido por el Govern es presentar antes del 30 de junio un anteproyecto de ley que estipule esta subida, para que rija desde 2011. Este ajuste al IRPF se estima que solo servirá para recaudar unos 75 millones de euros al año, por lo tanto no debe sorprender que se tomen otras medidas tendientes a achicar el déficit en unos 2.000 millones.

Como se imaginarán no es Cataluña la única comunidad que impondrá este tipo de subidas, le iremos acercando los planes de los demás gobiernos autonómicos.

Imagen: google

Declaración de Hacienda

 
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Estamos a medio camino, y como siempre, muchos dejarán su declaración de renta para último momento. Es entendible, nadie quiere hacerla! Pero es una obligación.

Así que recordemos que no nos queda tanto tiempo, a través del siguiente cronograma:

- Petición del borrador de la Renta y los datos fiscales: desde el 5/04/2010 hasta el 23/06/2010.

- Confirmación del borrador de la Renta: desde el 5/04/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25/06/2010 si se domicilia el pago.

- Presentación de la Declaración: desde el 03/05/2010 hasta el 30/06/2010, o hasta el 25 si se decide domiciliar el pago.

- Petición de cita previa para la confección de la Declaración o modificación del borrador de la Renta: se puede solicitar del 5/04/2010 hasta el 29/06/2010.

Pero hay algunas ayudas que debemos tener en cuenta y que nos harán más sencilla la tarea, como lo es el programa PADRE, que intenta simplificar el trabajo y el cual puede descargarse desde la página de la Agencia Tributaria, apartado Campaña de la Renta 2009 y, desde ahí, en “Tramitación de los servicios de ayuda disponibles”, pinchar en Descarga programa de ayuda Renta 2009-PADRE.

Además para el cumplimiento de su obligación el contribuyente cuenta con asistencia de la Agencia Tributaria, a través de:

- Internet: en el portal de Internet de la Agencia Tributaria el contribuyente que cuenta con el DNI electrónico o un certificado digital y a través de la misma se puede consultar, modificar y confirmar el borrador, pedir cita previa, anularla o cambiarla, consultar sus datos fiscales, pedir el borrador o los datos, presentar la declaración, pagarla en el caso de que salga con resultado positivo, suscribirse al servicio de recepción de alertas SMS y consultar el estado de los trámites.

Quienes no cuenten con DNI electrónico o certificado digital, pero sí con una referencia enviada por la Agencia Tributaria al móvil o por carta (es un código con números y letras que la Agencia asocia a cada contribuyente que lo ha solicitado), se pueden realizar todas las operaciones anteriores, menos pedir el borrador o los datos fiscales, presentar la declaración y pagarla, en su caso.

Otra opción que permite acceder a los servicios de la Agencia Tributaria es contar con la casilla de la base imponible de la Declaración de la Renta 2008. Si se tiene el dato, a través de Internet se puede pedir cita previa con un asesor, anularla o cambiarla, solicitar los datos fiscales o el borrador y suscribirse al servicio de alertas con mensajes al móvil.

Con la casilla de la Declaración de la Renta de 2009, sólo se puede consultar el estado de tramitación de la declaración a través de Internet.

- Servicios telefónicos: la Agencia Tributaria cuenta con un servicio de atención automático en el número de teléfono 901 12 12 24, que funciona 24 horas. A través de este teléfono, el contribuyente tiene acceso a solicitar el borrador, confirmar su borrador a devolver, solicitar cita previa de atención presencial en una oficina de la Agencia, solicitar certificados de renta y etiquetas y consultar el estado de tramitación de devoluciones.

También puede hablar con un operador, a los siguientes teléfonos:

901 20 03 45: disponible de 9 a 21 horas. Se puede solicitar, modificar y confirmar el borrador.

901 22 33 44: disponible de 9 a 20 horas, desde el 15 de abril, permite solicitar cita previa para que un asesor de la Agencia Tributaria atienda al contribuyente en una de las oficinas repartidas por toda España.

901 33 55 33: disponible de 9 a 20 horas, proporciona información tributaria con carácter general.

- SMS: Mediante el envío de un mensaje SMS al 7743, se pueden confirmar los borradores con resultado a devolver.

- Oficinas de la Agencia y colaboradores: a través de las oficinas de la Agencia se pueden modificar y confirmar los borradores, así como hacer una declaración del IRPF personalizada.

- Entidades financieras: en cajeros automáticos de determinados bancos y cajas de ahorros también es posible confirmar el borrador si sale a devolver. De igual manera, en la banca telefónica y telemática de algunas entidades se puede confirmar el borrador. Algunas disponen de una pasarela de pago en la presentación de declaraciones por Internet.

- Colaboradores de la Agencia Tributaria: la Agencia tiene firmados convenios con asociaciones y colectivos profesionales para presentar declaraciones por vía telemática (asesores, gestores y sindicatos).

Alternativas de presentación y ayudas hay muchas, solo es cuestión de ponerse con anticipación a hacer la declaración, para que si surgen dudas o errores esten a tiempo de solucionarlo.

Borrador de la declaración de la renta 2015

Todos sabemos que el impuesto a la renta, el IRPF, debe pagarse todos los años. Obviamente no todas las personas lo pagan, pero aquellos que si lo hacen, deben estar preparadas desde antes. Si bien aun falta mucho para el vencimiento de la Declaración de Renta 2015, es bueno estar preparado desde antes.

La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un Borrador Renta 2015, donde constan todos nuestros datos fiscales que el organismo tiene a su disposición y a su vez nos envía una liquidación de IRPF 2015, según sus propios cálculos.

En este sentido, conviene recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que es habitual que contenga errores, casi siempre por la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador.

De hecho, el borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.

El borrador de la renta 2015 se puede solicitar a través de la anterior declaración de la renta o bien se puede pedir a través de la página web de la Agencia Tributaria.

Borrador de la declaración de la renta 2015

Todos sabemos que el impuesto a la renta, IRPF, debe pagarse todos los años. Pero no todas las personas lo deben abonar, para aquellas que si deben realizarlo, deben tener en cuenta algunos aspectos para poder estar preparadas desde antes. Si bien aun falta mucho para el vencimiento de la Declaración de Renta 2015, es bueno tenerlo en cuenta desde ahora.

Como todos los años, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un Borrador Renta 2015, en el mismo figuran todos nuestros datos fiscales que el organismo tiene a su disposición. Asimismo nos envía una liquidación de IRPF 2015, según sus propios cálculos.

A su vez, cabe recordar que siempre es necesario revisar el documento antes de confirmar el borrador, ya que es habitual que el mismo contenga errores, en la mayoría de lo s casos por  la información incompleta con la que cuenta el organismo recaudador.

El borrador de la Agencia Tributaria no sirve para quienes operan en bolsa o trabajan como autónomos.

La Agencia Tributaria facilita la obtención del borrador de la renta 2015 ya que se puede acceder al mismo a través de la página web que tiene la Agencia Tributaria. También puede ser solicitado en la declaración de la renta anterior.

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