Existen diferentes tipos de impuestos y formas de clasificarlos según su naturaleza, aunque la más común es distinguir entre impuestos directos e indirectos. La división obedece al hecho imponible que gravan.
Los impuestos indirectos se aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica y gravan la producción, el tráfico o el consumo. La principal características de los impuestos indirectos es que, al contrario que los directos, no dependen de las características personales del contribuyente, sino del producto en sí. Es decir, no repercuten directamente sobre la renta del contribuyente, sino sobre sobre el consumo que realice.
Sin embargo, como en el el caso de los impuestos directos, la mejor forma de entender en qué consisten este tipo de tributos es a través de los principales impuestos directos en España:
IVA – Impuesto sobre el Valor Añadido. Es el impuesto indirecto más conocido y quizás el que mejor expone ebn qué consisten los impuestos indirectos. El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. El funcionamiento del IVA es relativamente sencillo: cada una de las empresas de la cadena de producción de un artículo o la concesión de un servicio añade el IVA por su participación y es el consumidor final quien debe hacer frentea al valor agregado. Las empresas después podrán reembolsarse el IVA soportado (el que paga por los servicios que necesita para desarrollar su actividad).
Impuestos especiales. Se trata de impuestos que recaen sobre determinados bienes como son el alcohol y bebidas alcohólicas, hidrocarburos, electricidad, tabaco o la matriculación de medios de transporte. Este tipo de impuesto están regulados por la Ley 38/1992, de 28 de diciembre y el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio
!Por fin! Después de mucho especular con diferentes posibilidadesel Gobierno ha aprobado el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2010 en el que se recogen las principales medidas de la reforma fiscal a la que nos enfrentaremos. Estos presupuestos, que todavía deben ser aprobados por el Parlamento y por lo tanto están sujetos a posibles cambios, esperan obtener unos ingresos adicionales de 10.000 euros, de los cuáles 6.500 tendrán un efecto en caja durante 2010.
En principio, esta subida de impuestos servirá para reducir la deuda del Estado y acercarnos al objetivo de estabilidad presupuestaria del que todavía estamos muy lejos. Sin embargo, lo más importante para la mayoría de ciudadanos es saber cómo le afectará la subida de impuestos y cuáles son los cambios impositivos para 2010.
Impuesto sobre el Valor Añadido – IVA
Era uno de los principales candidatos a subir y así ha ocurrido. Sin embargo, se tocarán más tipos de IVA de los previstos inicialmente. En concreto, el tipo general de IVA subirá dos puntos, del 16% al 18% a partir del 1 de julio. Además, el tipo reducido pasará del 7% al 8%. Este es el que IVA que afecta alimentos en general (excepto los que soportan un IVA superreducido, sin cambios); transporte de viajeros; servicios de hostelería; entradas a espectáculos; servicios funerarios; peluquerías; dentistas; edificios, viviendas y y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
El Ejecutivo estima que la subida del IVA aportará 5.150 millones de euros, aunque existen dudas al respecto. Las últimas veces que se probaron medidas similares se redujo la recaudación. Los expertos precisan que in incremento general del IVA puede servir para contener todavía más el consumo y, sobre todo, dispara el fraude y la economía sumergida.
Rentas de capital (Ahorro e inversión)
Tal y como se preveía, aumentarán los impuestos sobre las rentas de capital, lo que en realidad supone pagar más por el ahorro y la inversión.En la anterior reforma fiscal el Gobierno ya modificó su composición igualando la fiscalidad del ahorro y ahora las rentas de capital, que se refieren a los beneficios obtenidos a través de los productos financieros destinados al ahorro y la inversión vuelven a ser protagonistas. ElProyecto de Presupuestos Generales del Estado 201o contempla un aumento de la tributación de las rentas de capital que afectará a todos los contribuyentes y no sólo a las rentas más altas. Para empezar el tipo aplicables alas plusvalías de fondos, acciones o inmuebles, o intereses de cuentas, renta fija o depósitos subirá en dos tramos. Los primeros 6.000 euros tributarán al 19%, un punto más que antes de la reforma, y el resto al 21%.
Esta medida podría aportar 800 millones de euros adicionales a las arcas del Estado, una cantidad más que modesta teniendo en cuenta la repercusión real sobre las inversiones y el ahorro de los ciudadanos.
Aunque Zapatero asegurase por activa y por pasiva que no pensaba tocar el IRPF, finalmente lo ha hecho para dar marcha atrás en una de sus medidas más polémicas: la deducción de 400 euros en el IRPF aprobada hace poco más de un año. El Ejecutivo suprimirá totalmente esta deducción de 400 euros, lo que a efectos tributarios supone una subida del IRPF equivalente a esa cantidad. En principio se barajó la posibilidad de suprimirlo sólo para las rentas más altas (a partir de 30.000 euros), pero finalmente se desestimó.
Con esta medida el Estado recaudará 5.700 millones de euros adicionales, penalizando a todos contribuyentes por igual y no sólo a las rentas más altas.
Impuesto de Sociedades
A diferencia de la subida que deberán padecer las personas físicas, las empresas gozarán de un recorte impositivo. En principio, y sólo de forma temporal, se reducirá el Impuesto de Sociedades del 25% al 20%para las pyme con menos de 25 empleados que no destruyan empleo.
La medida supondrá 700 euros de ahorro para estas compañías, una cantidad que dejará de ingresar el Estado.
Sociedades de Inversión de Capital Variable – Sicav
Las Sicav han estado en medio de la polémica desde que se planteó la subida de impuestos debido a su posible uso como refugio por parte de las rentas más altas. El Gobierno ha eludido en todo momento pronunciarse respecto a estas sociedades, cuyas ganancias sólo tributan al 1% hasta el momento en que sus socios deciden ejecutar su participación (es decir, retirar el dinero ganado), momento en que tributan ya al 18% habitual como cualquier renta de capital. ERC e IU son las que más beligerantes se han mostrado respecto a las Sicav y no se descarta quehaya cambios durante la negociación parlamentaria.
En cualquier caso, la reforma fiscal planteada en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2010 no es ni mucho menos definitiva ni está completa. Todavía debe pasar por el Parlamento, donde el PSOE necesitará apoyos si quiere sacar adelante los presupuestos, por lo que se espera que haya cambios. La fiscalidad de las Sicav y los 400 euros son los dos principales candidatos. Esto serviría para equilibrar un poco más la reforma, que por el momento penaliza a las rentas medias en lugar de las altas. De hecho, la única medida que afectaría especialmente a estas últimas es el aumento de los tipos sobre las rentas de capital a partir de 6.000 euros, ya que se supone que son estas últimas quienes más invierten y mayores dividendos obtienen a través de los distintos productos financieros.
Además, tampoco hay que descartar medidas fiscales adicionales y, sobre todo, la creación de nuevos impuestos que no tienen por qué aparecer en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado. Y es que durante las últimas semanas el Gobierno también ha dejado caer la posibilidad de crear una serie de tasas verdes. Se trataría de nuevos impuestos que gravarían el nivel de contaminación de determinados productos y empresas al estilo del impuesto de matriculación.
A esta reforma fiscal se pueden sumar las subidas de los impuestos municipales que muchos ayuntamientos ya han emprendido para mejorar la situación de sus arcas ahora que han descendido los ingresos en otras partidas como la urbanística.
La subida de impuestos que planea el Gobierno está centrando buena parte de la actualidad en materia fiscal. El Ejecutivo está recibiendo muchas críticas por su gestión y por la forma en que está gestionando la reforma fiscal, ya que todavía no ha sido capaz de concretar ninguna de las posibles medidas que ha mencionado.
Esta falta de determinación está haciendo que crezcan los rumores y, lo que es más interesante, propuestas alternativas. En este sentido la Fundación Española de las Cajas de Ahorro, Funcas, puesto encima de la mesa la suya, que también está destinada a recaudar los 15.000 millones de euros que busca el Gobierno para estabilizar los niveles de deuda hasta un punto aceptable, según recoge Expansión.
La propuesta de Funcas no difiere tanto de las líneas maestras que ha dejado entrever Zapatero y pasa por suprimir , por lo menos reducir, la deducción en el IRPF por la compra de vivienda (prevista ya para 2011), eliminar la deducción de los 400 euros (anunciada) e incrementar dos puntos el IVA, algo con lo que especulan todos los expertos y sobre lo que el Gobierno todavía no se ha pronunciado. Es decir, de las tres medidas, la primera está previsto que entre en marcha en 2011, la segunda la ha adelantado el propio presidente y la tercera, aunque no se dice nada, se plantea como la única solución viable.
Lo que no han comentado desde Funcas es la otra opción planteada abiertamente desde el Ejecutivo: auentar la presión sobre las rentas del capital. Y es que las cajas de ahorro no terminan de ve con buenos ojos esta posibilidad, que elevaría del 18% al 20% los impuestos sobre los beneficios que generen los productos financieros e inversiones en bolsa, entre otros. También se oponen a elevar el último tramo del IRPF en tres puntos, algo que el Gobierno ni siquiera se plantea pese a asegurar que aumentará la presión fiscal sobre las rentas más altas.
En cifras,el incremento de dos puntos en el IVA permitiría recaudar cerca de 5.000 millones de euros, en tanto que la supresión de los 400 euros de Zapatero añadiría otros 4.500 millones (6.000 millones según las estimaciones del Gobierno). Por su parte, la subida de dos puntos en las rentas de capital aportaría 500 millones según Funcas (el ejecutivo eleva esta cifra a 1.500 millones) y el aumento del último tramo del IRPF otros 1.3000 millones. ¿Será suficiente? No lo parece y por eso también podrían crearse nuevos impuestos verdes destinados a gravar las actividades y productos más contaminantes.
ElPrograma Padrevolverá a ser una herramienta imprescindible para cumplimentar la renta 2009, algo que todos los contribuyentes deberán hacer a partir de mayo de 2010. Como viene siendo habitual, la Agencia Tributaria todavía no ha liberado la versión del programa padre 2009 y si se cumplen los tiempos del anterior ejercicio, no lo hará hasta poco antes de que dé comienzo la campaña de la renta.
Una vez descargado el Programa Padre sólo hay que instalarlo (el propio programa nos guía a través de este proceso) y empezar a probarlo. El programa de ayuda está dispobible para todas las plataformas y permite almacenar hasta 50 declaraciones por módulo.
Confirmar el borrador de la renta es la forma más sencilla y rápida de cumplir con las obligaciones fiscales. Quienes hayan solicitado el borrador de IRPF podrán confirmarse desde el 1 de abril y hasta el 30 de junio.
Existen varias formas de confirmar el borrador de IRPF una vez se haya comprobado que los datos que aparecen en el mismo son correctos. La más sencilla es a través de internet, para lo que hará falta un certificado digital de firma electrónica que se puede obtener a través de CERES (CERtificación Española) y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Con el certificado debidamente instalado en el ordenador, sólo hay que entrar en la página web de la Agencia Tributaria y acceder a la nueva Sede Electrónica que sutituye a la Oficina Virtual. Una vez dentro, en la barra lateral derecha se puede acceder a los trámites disposnibles y en la sección de impuestos/IRPF aparece la opción de borrador de la declaración de la renta.
También se puede utilizar el teléfono llamando al 901 200 345 de lunes a viernes de 9 a 21 horas y comunicando el NIF y el número de justificante.
Otras vías para pagar los impuestos son los cajeros automáticos, banca electrónica y banca telefónica, así como el teléfono móvil enviando un SMS al número 5025 de la Agencia Tributaria indicando en el mismo: RENTA espacio en blanco, número de justificante, espacio en blanco y NIF. Además, por supuesto, siempre se puede acudir a una oficina de Hacienda.
Con cuentagotas vamos conociendo los planes de la subida de impuestos que planea el Gobierno. En su comparecencia ante el Congreso, el presidente José Luis Rodríguez Zapatero ofreció una pincelada más sobre sus objetivos, aunque de nuevo sin concretar en exceso. Lo que sí sabemos es que los Presupuestos Generales del Estado para 2010 plantean un aumento de los impuestos equivalente al 1,5% del Producto Interior Bruto (PIB), lo que supone más de 15.000 millones de euros.
Se trata de una cantidad de dinero que difícilmente puede llegar sólo por medio de la anunciada subida de los impuestos sobre las rentas de capital. Se calcula que cada familia tendrá que pagar entre 850 y 1.000 euros extra por esta subida de impuestos, si bien según el Gobierno la presión fiscal seguirá siendo menor que en 2004.
Por el momento, Zapatero mantiene que “no se tocarán las rentas de trabajo” y sigue sin pronunciarse sobre las Sicav, envueltas en una gran polémica durante las últimas semanas. Así las cosas, lo más factible es que la subida de impuestos (recorte de derechos al margen) llegue por medio de la creación de nuevos tributos (sigue hablándose de una nueva colección de impuestos verdes) y una subida generalizada el IVA. De hecho, esta es la única vía realmente factible para ingresar ese 1,5% vía fiscal. Este aumento del IVA general (ya se rumorea que en dos o tres puntos) supondría una distribución global de esa subida de impuestos y no dirigida a las rentas más altas, como en su día se anunció.
En cualquier caso, España tiene margen para subir el IVA en comparación con el resto de países de la Unión Europea, donde el peso de este impuesto es mayor. Una medida como esta es la forma más transparente de subir los impuestos y, como explican desde El Economista, no implicaría un tratamiento parlamentario de la misma. Esto último también puede ser clave, ya que el propio Zapatero evitó concretar las medidas fiscales por la falta de apoyos, aunque sí adelantó que estas se conocerán cuando se presenten oficialmente el Borrador de los Presupuestos Generales del Estado para 2010.
Según informa El Economista, el Gobierno estaría preparando una revisión a la baja del sistema de módulostrabajadores autónomos. por el que tributan cerca de un millón de Esta medida sería fruto del acuerdo alcanzado con las asociaciones representativas de este colectivo como la ATA (Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos) y la UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos).
La rebaja que plantea el Gobierno estaría ligada a la caída de la recaudación por el sistema de estimación directa y sería proporcional a la misma. Sería una forma de compensar las consecuencias de la desaceleración económica en las cuentas de los trabajadores autónomos. Según los últimos datos del informe mensual de recaudación tributaria, la caída media de la recaudación por estimación directa se sitúa en el 20,1%, que es precisamente la reducción en el impuesto que solicitaría este colectivo.
Todavía debe determinarse el importe real de la caída, que será lo que al final más incida en la cuantía de la rebaja. Estas medidas, destinadas a mantener la actividad empresarial en España, chocan con la política general en temas fiscales y que se traduce en una subida de impuestos ya anunciada y la reforma fiscal sobre la que cada vez vamos sabiendo más cosas.
La base imponible del IRPF, es decir, la cantidad bruta sobre la que se aplicará el impuesto, se compone de las rentas del trabajo (salario y pensiones); las rentas de capital, tanto mobiliario (acciones, inversiones en productos financieros…) como inmobiliario (ingresos por alquiler); las imputaciones de renta (es una renta que se imputa porpor ser propietario o titular de un derecho real de disfrute sobre el bien, que puede ser una casa, por ejemplo); y las ganancias y pérdidaspatrimoniales (las operaciones que producen variaciones en el valor del patrimonio de cada contribuyente).
Sobre esta base impobible se aplicarán las deducciones a las que se tengan derecho para dar lugar a lo que se conoce como base liquidable. Las reducciones y deducciones que disminuyen la base imponible son:
Aportaciones y contribuciones a mutualidades de previsión social.
Primas satisfechas a los planes de previsión asegurados.
Aportaciones realizadas por los trabajadores a los planes de previsión social empresarial.
Primas satisfechas a los seguros privados.
Aportaciones hechas a sistemas de previsión a favor de personas con discapacidad.
Aportaciones para la protección del patrimonio de las personas disminuidas.
Aportaciones a Pensiones Compensatorias.
Mínimo Personal y Familiar (esto son las adecuaciones de la base a las circunstancias de cada contrinuyente y que tienen en cuenta el mínimo por descendiente y ascendiente)
Determinar la cuota
La cuota íntegra del IRPF se realiza a partir de los dos componentes en los que se divide la capacidad económica del contribuyentes: la base liquidable general y la base liquidable del ahorro. Sobre la primera se aplican los tipos progresivos de la escala del impuesto y sobre la segunda los tipos fijos especiales. La integración de ambas dará origen a la cuota íntegra total del impuesto.
Sobre esta cuota íntegra se podrán realizar una serie de deducciones por las actividades que la ley tributaria considere oportunas en ese momento. Existen infinidad de deducciones posibles pero las más habituales son:
Deducciones por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial.
Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa.
Deducción por cuenta ahorro empresa.
Una vez practicadas estas deducciones sólo habrá que aplicar el tipo impositivo a esta cuota íntegra para saber el resultado de la declaración de la renta.
Los tipos de IRPF determinan el porcentaje por el que deberá tributar cada contribuyente de forma general y por cada uno de los apartados previstos en la declaración de la renta. Se trata del baremo general que sirve para saber cuánto debe pagar cada renta y suele ser lo primero que se modifica al emprender una reforma fiscal.
Sin embargo, ahora mismo parece lo único que el Ejecutivo está empeñado en conservar. Como el propio presidente del Gobierno aseguró, los tipos de IRPF no se tocarán, refiriéndose a los tipos generales, y tampoco pparece que vaya a modificarse el ya que tampoco se modificará el Impuesto de Sociedades. Así, la subida de impuestos anunciada por el Ejecutivo llegará por otro lado, el de las rentas de capital.
En la actualidad las rentas de capital tributan a un tipo único del 18% y la previsión de los analistas es que los cambios en los tipos de IRPF de estas rentas, ligadas a los productos de ahorro e inversión, suban hasta el 20%. Este aumento de carga fiscal recaería directamente sobre cualquier plusvalía obtenida a través de cuentas corrientes, inversión en bolsa, fondos de inversión, ETFs y todos los productos financieros que no estén sujetos a una fiscalidad especial.
Si finalmente se concreta esa subida de dos puntos porcentuales (el Gobierno todavía no se ha pronunciado al respecto), la recaudación aumentaría en 30 millones de euros teniendo en cuenta que en 2007 la Agencia Tributaria ingresó 1.080 millones en este concepto.
Existen diferentes tipos de impuestos y formas de clasificarlos según su naturaleza, aunque la más común es distinguir entre impuestos directos e indirectos. Esta división obedece al hecho imponible que gravan.
Los impuestos directosse aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica como la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta, mientras que los impuestos indirectosse aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica, es decir, sobre el consumo y actos de transmisión de bienes.
La mejor forma de aclarar en qué consiste este gravamen es revisar cuáles son los principales impuestos directos en España:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de mayo). Se puede considerar el impuesto por excelencia y de hecho la declaración de la renta es lo que la mayoría de contribuyentes entiende por ‘pagar impuestos’. En este caso lo que se grava son las rentas que ha obtenido una persona durante un ejercicio fiscal, tanto las de trabajo como las de capital y se hace en función de una escala.
Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio). Este impuesto recae sobre la renta obtenida en España por personas que no viven en el territorio nacional.
Impuesto sobre Sociedades(Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio). Es como la declaración de IRPF pero aplicado a las empresas. Este impuesto recae sobre el beneficio neto que obtienen las empresas.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre) Este impuesto recae sobre el dinero que o bienes que se reciben de forma gratuita pero no como contrapestración por un trabajo.
Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio, y Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre)Este impuesto recae sobre la posesión de un patrimonio, que se supone que representa una capacidad económica adicional para quien lo posee. En al actualidad sólo tiene carácter informativo.