Archivos del mes marzo, 2009
Publicado por admin - 16/03/2009 a las 09:16:11
La Agencia Tributaria es la encargada de gestionar y poner a disposición de los contribuyentes el borrador de la declaración de la renta. Desde su página web y más en concreto a través de la nueva Sede Electrónica se puede acceder a los servicios que ofrece y entre los que se encuentra solicitar el borrador de la renta.
El borrador de la Agencia Tributaria es una de las mejores herramientas para enfrentarse a la declaración de la renta. Se trata de una declaración realizada con los datos fiscales que la AEAT dispone de cada contribuyente y practicando las deducciones típicas. Cualquier contribuyente, esté o no obligado a declarar, puede solicitar el borrador de la declaración de IPRF, que además sólo tiene caracter informativo. Es decir, haber pedido el borrador no implica que después haya que presentar efectivamente la declaración.
Para quienes suelen pedir cita en Hacienda para confeccionar su declaración, deben saber que el resultado inicial es siempre el mismo que el del borrador de la AEAT, ya que ambos utilizan el Programa Padre para confeccionar el IRPF.
En los últimos años se ha agilizado enormemente el proceso de solicitud y confirmación del borrador, de forma que se puede hacer todo de manera telemática.
Fecha de publicacion: marzo 16, 2009
Categorias: General
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Publicado por admin - 10/03/2009 a las 12:16:41
La crisis y la caída del mercado inmobiliario han llevado a muchas familias a abandonar la idea de vender su vivienda para comprar una nueva. En algunos casos esta decisión lleva aparejada la necesidad de reformar la vivienda habitual. El actual reglamento de prevé la deducción por reformas de la vivienda siempre y cuando se cumplan algunos requisitos. Y es que no todo el dinero destinado al rehabilitar la vivienda se puede desgravar en la declaración de la renta.
Para poder acceder a la deducción por rehabilitación de la vivienda habitual con financiación ajena deben darse alguno de los siguientes casos:
- ser calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación según Real Decreto 1/2002, de 11 de enero.tener por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y tratamiento de estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las obras exceda del 25% del precio de adquisición si esta se hubiera efectuado en los 2 años anteriores o, en otro caso, del valor de mercado de la vivienda al realizar la rehabilitación.
Es decir, la Agencia Tributaria sólo considera fiscalmente deducibles los gastos en reformas que sirvan para hacer la vivienda habitable.
Según la Ley 35,2006, de 28 de noviembre, también se establece un 20% de deducción por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad, exista o no financiación ajena.
Fecha de publicacion: marzo 10, 2009
Categorias: Vivienda
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Publicado por Jose - 02/03/2009 a las 10:02:01
Desde el 2 de marzo ya es posible solicitar el borrador de la renta correspondiente al ejercicio 2008. La Agencia Tributaria por fin ha ‘liberado’ el apartado específico para la campaña de renta 2008 donde paulatinamente se podrán acceder a todos los servicios que la AEAT ofrece a los contribuyentes y que incluyen desde respuestas a las dudas más comunes hasta un manual de renta pasando por todas diversas tramitaciones que se pueden realizar de forma telemática.
El primero de los servicios que ya está disponible es el de solicitud del borrador de la renta, al que se puede acceder online en este enlace. Como viene siendo habitual se puede solicitar el borrador de forma telemática, es decir, a través de internet, por teléfono llamando al 901 12 12 24 24 horas) o al 901 200 354 (de 9 a 21 horas) o acudiendo a una oficina de Hacienda. EL plazo para solicitar el borrador finaliza el 23 de junio.
Para quienes no hayan solicitado el borrador al cumplimentar la declaración de 2007 este es un buen momento para hacerlo. El borrador es la forma más sencilla de acceder a los datos fiscales que Hacienda tiene de cada contribuyente y de hacerse una idea de cómo será nuestra declaración de IRPF. Además, en caso de estar conforme con los datos, se puede confirmar el borrador de forma sencilla y estar ‘el primero en la lista’ para cobrar.
Fecha de publicacion: marzo 2, 2009
Categorias: Fiscalidad
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