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Archivos del mes December, 2008

Simulador de la renta 2008

Se acerca el final de año y con él la última oportunidad de reducir la factura fiscal para la declaración de la renta 2008. Quienes todavía no tengan claro cuál será el resultado de su declaración de IRPF ya tiene a su disposición el simulador de la renta 2008 en la página web de la Agencia Tributaria.

Los datos que ofrece el simulador de l renta 2008 de la AEAT no son exactos, aunque sí pueden sevir como aproximación a la declaración de IRPF que habrá que realizar a partir de junio. El ejercicio puede ser interesante para todo el mundo, pero especialmente para aquellos que tienen dudas sobre su resultado final y todavía están a tiempo de hacer algo al respecto para ahorrar en la declaración de la renta.

Pueden acceder al simulador de la renta 2008 de la AEAT pinchando aquí

La reinversión en vivienda habitual: exenciones y deducciones fiscales

La vivienda es protagonista de buena parte de las preocupaciones de nuestros lectores. En este sentido dos de las preguntas más repetidas tienen que ver con la reinversión en la vivienda habitual y la compra de una segunda vivienda que pasa a convertirse en vivienda habitual. El objetivo es siempre reducir la factura fiscal de la operación al máximo optimizando las deducciones que se pueden realizas.

 

El caso más común es el de la reinversión en la vivienda habitual. Es decir, destinar el total o parte del dinero de la venta de la casa antigua a la compra de una nueva. Las deducciones en este apartado afectan a las plusvalías obtenidas en la operación (el dinero que se gana con la venta). En concreto, según explica la Agencia Tributaria, las ganancias obtenidas resultarían exentas si se reinvierten en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de la que va a tener ese carácter.

No obstante, existe una serie de requisitos que deben cumplirse, empezando por el  concepto  de vivienda habitual, que a efectos fiscales es aquella que constituye la residencia durante un plazo continuado de al menos tres años. En el caso de la vivienda recién adquirida, debe ser habitada durante doce meses por el propio contribuyente. Además, existen una serie de plazos para la reinversión del capital obtenido. Con carácter general, la reinversión debe producirse en un periodo de dos años desde la venta o en el año anterior a la misma. Toda venta fuera de ese plazo computaría como una ganancia patrimonial en la declaración de renta y estaría sujeta al pago de impuestos con un gravamen del 18%.

En caso de tener que constituir una nueva hipoteca, se podrá empezar a deducir por la nueva vivienda cuando las cantidades invertidas superen la de las deducciones que se practicaron en la anterior vivienda más la ganancia exenta por la inversión. Así, por ejemplo, una persona que ha vendido su casa tras cuatro años deduciendo un máximo de 9.000 euros anuales por un total de 36.000 euros, podrá comenzar a deducir una vez haya destinado a su nueva vivienda habitual esa cantidad de dinero.

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