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¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF?

Un año más llega el momento de cumplir con la Agencia Tributaria (AEAT) y, como siempre, lo primer que cabe preguntarse es si realmente estás obligado a acudir a la cita con Hacienda. En principio todos los contribuyentes están obligados a declarar, pero a la hora de la verdad existen unas cuentas excepciones para librarse de que el fisco nos lea la cartilla. Todo depende de la cuantía de los ingresos, las deducciones y su procedencia.

En concreto, están obligados a declarar a Hacienda todos las personas con derecho a deducciones por inversión en vivienda, cuenta ahorro-empresa doble imposición internacional o que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho durante el pasado año. A estos hay que añadir quienes hayan disfrutado de las deducciones por maternidad y nacimiento o adopción.

Son varios los supuestos en los que el contribuyente está obligado a completar su declaración de la renta, aunque esto no implica que necesariamente tenga que pagar a Hacienda. Esto último dependerá del resultado de su declaración: negativo o positivo, es decir, cobrar o pagar.

En el otro lado de la ‘baraja’ se encuentran quienes este año podrán eludir la declaración del IRPF. En primer lugar se trata de los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. En caso de contar con más de un pagador la sima de las cantidades percibidas del segundo y siguientes no podrá superar los 1.500 euros, es decir, la práctica totalidad de los pluriempleados deberá cumplir con la AEAT. Si se supera esa cifra los ingresos totales por el rendimiento de trabajo deberán ser inferiores a los 10.000 euros. Por ejemplo, una persona que haya cambiado de empresa a mitad de año pero que no supere la renta de 22.000 euros estará casi con total seguridad obligada a declarar.

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75 Comentarios »

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  1. Hola, muy interesante su blog.

    Es probable que no sea el sitio más indicado para hacer preguntas, pero como parecen dominar la materia pues a ello voy:

    Tengo mi piso, por el que he desgravado desde que lo compre, alquilado desde mayo del año pasado. Ahora vivo en otro piso con mi mujer y que pertenece a mi suegro. ¿Puedo seguir desgravando por mi piso aunque esté alquilado?

    Gracias

    Comentario por Pablo — April 14, 2008 #

  2. [...] el nuevo Manual práctico de renta 2007. Se trata de un documento que servirá para guiar a los contribuyentes a lo largo del complicado proceso de pagar sus impuestos ahora que ya se ha puesto en marcha la [...]

    Pingback por Manual práctico de renta 2007 — April 14, 2008 #

  3. hola, me gustaria saber en que casilla de la renta 2007 y como, debo reflejar un depósito garantizado de 25 meses de duración (creo que tiene una reducción del 40%)

    gracias

    Comentario por maxle — April 24, 2008 #

  4. ME PARECE UNA FORMA MAS FACIL DE INFORMAR A LAS PERSONAS SOBRE EL IMPUESTO DE RENTA

    Comentario por GINA — May 14, 2008 #

  5. [...] la Ley de IRPF las cantidades recibidas por la hipoteca inversa no se consideran renta a efectos de IRPF, lo que hace que estén exentas de tributación. Además, también disfrutan de la exención de la [...]

    Pingback por Fiscalidad de las hipotecas inversas — May 16, 2008 #

  6. Hola Pablo,

    Sólo podrás desgrabar por el piso si es tu vivienda habitual. Lo que sí puedes es deducir parte del alquiler como arrendatario, como explico en el siguene artículo:
    http://impuestosrenta.com/el-alquiler-de-pisos-para-vivienda-en-la-declaracion-de-la-renta-2007/

    Comentario por admin — May 16, 2008 #

  7. Hola, quisiera saber si yo estoy obligada a declarar ya que he cambiado de trabajo pero actualmente solo trabajo jornada parcial, solo llego al año a 9000, pero en un mes supere los 1500 algo de 1600 ya que trabajaba por ese mes en dos tabajos , pero sumando todo sólo llego a los 9000, espero su pronta respuesta , gracias

    Comentario por katherine — May 21, 2008 #

  8. En el caso en le que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiors a 22.000 € de un solo pagador pero le ha salido positivo, es decir, a pagar a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquello que no han pagado?, etc..

    Comentario por José — June 22, 2008 #

  9. En el caso en el que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiores a 22.000 € de un sólo pagador, pero le ha salido positivo, es decir, tener que devolver a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquellos que no han pagado?, etc..

    HOLA JOSÉ,

    Si no estás obligado a declarar no tienes por qué hacerlo incluso si la cantidad es a devolver a Hacienda y no hay ningún tipo de repercusión por ello.

    Comentario por José — June 22, 2008 #

  10. Muchas gracias por aclarar esa duda!!!, saludos.

    Comentario por José — June 23, 2008 #

  11. siento molestarle pero me encantaría hacerle una pregunta si es tan amable….era funcionario y a mediados del 2007 pase a jubilación ,es decir soy pensionista con minusvalía declarada 33%,en mi empresa hasta esa época percibí brutos 11.182€ con retenciones practicadas de 1629€,en junio ya percibí paga de pensionista por hacienda donde se me pagó integro 10.624€ y no se me aplico retención alguna…sumando ambas cantidades no llegan a los 22.000€ brutos,pero al hacerme la declaración en hacienda el funcionario me dijo que tenia que pagar 450€,estoy obligado o como no llego a dicha cantidad no tengo porque hacerlo???muchas gracias y un abrazo

    Comentario por marful — June 26, 2008 #

  12. Quería saber si estoy obligado a declarar y si me tendrían que descontar de la nómina el IRPF ya que no me están reteniendo nada. NO llego a los 22.000€ de un sólo pagador pero tengo un piso al 50% con mi novia y la consiguiente hipoteca tb al 50%.
    ¿Deben retenerme IRPF entonceS?
    Muchísimas gracias

    HOLA RAFA,

    Si no recibes retenciones de IRPF en tu nómina no tienes derecho a esas deducciones. En cuanto al caso que planteas, lo normal es que las empresas practiquen algún tipo de retención, por muy pequeña que sea. Respecto a la hipoteca, mi consejo es que solicites el borrador de la declaración (para 2008 ya, claro).

    Comentario por Rafa — July 4, 2008 #

  13. [...] http://impuestosrenta.com/%C2%BFquienes-…; [...]

    Pingback por Mejor respuesta » Cuándo y cómo se hacen las declaraciones de impuestos? — August 22, 2008 #

  14. hola,
    me acaban de denegar las becas de mis hijos, por no haber hecho la declaración. en el certificado de retenciones de la empresa, pone que gano 21.579,00
    y por tanto creí que no llegaba al limite para declarar. pero ahora cuando pido un certificado me dicen que estoy obligada a declarar y no lo he hecho. por cierto lo único que tengo es mi sueldo. es un error mio o de hacienda. donde tengo que reclamar?

    HOLA MARIA LUISA,

    Los 21.500 euros que ganas superea el límite y por lo tanto estás obligada a declarar. La mejor opción es que declares fuera de plazo con todas las consecuencias en forma de multa, ya que si es la administración quien te solicita que declares en lugar de hacerlo voluntariamente las sanciones serán mayores.

    Comentario por MARIA LUISA — November 24, 2008 #

  15. [...] ¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF? [...]

    Pingback por Renta 2009. Declaracion de la Renta 2009 — December 9, 2008 #

  16. Buenas noches:

    He leido la informacion, pero no la comprendo muy bien, por lo que, queria exponeros mi caso.
    El dia 29 de este mes, dare a la empresa 15 dias para mi baja voluntaria, por lo que a fecha 12 de Enero ya estare fuera de esta empresa. Y me incorporare a una nueva empresa. El salario bruto anual de la primera empresa es 13.998€ por lo que los 12 dias que trabaje percibire 399,94€ brutos. Y en la nueva empresa mi salario sera de 15.000€. Tengo obligacion de declarar?

    Un saludo, y muchas gracias de antemano.

    HOLA MARTA,

    En la declaración de 2008 que habrá que hacer en 2009 no estás obligada a declarar, ya que el cambio de empresa no es efectivo hasta el próximo año. Es decir, en el ejercicio fiscal 2008 sólo cuentas con un pagador y no alcanzas los rendimientos mínimos para estar obligada a declarar.

    Aprovecho para recordarte que en los cambios de empresa conviene revisar las retenciones de IRPF en la nueva compañía, ya que suelen establecerse en el mínimo que marca la ley y después puede haber una sorpresa a la hora hacer la declaración.

    Comentario por Marta — December 18, 2008 #

  17. Hola..me gustaría saber, en mi caso que debo hacer si primero no soy española y no estoy trabajando ahora. Estoy casada con un español desde hace poco menos de un año y estoy residiendo aquí desde hace 3 años, y no sé si debo pedir algún documento en Agencia tributaria, ya que me case hace poco..Mi marido si trabaja y el si cotiza.
    Gracias

    HOLA ROSANA,

    Si durante 2008 no generaste ninguna renta por trabajo no estás obligada a declarar.

    Comentario por Rosana — January 20, 2009 #

  18. Hola, buenas tardes, tengo una duda que no me deja decidirme a un trabajo.
    La empresa me contrata como AUTONOMO DEPENDIENTE, me paga los autonomos, coche de empresa, telefono y portatil asi como los desplazamientos y dietas.

    Mi sueldo seria de 21000 (+ iva) euros anuales repartidos en doce meses mas 3000 en comisiones a final de año si llego a objetivos, y me gustaria saber mas o menos ¿cual seria la retencion que hacienda me haria en el la Declaracion de la renta?.

    Gracias por responderme

    HOLA OSCAR,

    En principio si es la primera vez que trabajas como autónomo la retención será del 7% (primer y segundo año) y del 15% en caso contrario.

    Comentario por oscar — January 23, 2009 #

  19. muchas gracias amigo

    Comentario por oscar — January 27, 2009 #

  20. Hola, buenas tardes. Tengo una duda sobre la declaración de la renta y he visto que a lo mejor aquí me lo podéis resolver.
    El 1 de Noviembre de 2008 entre a trabajar en una empresa con un bruto de 21.000€. En las dos nóminas que he percibido me han retenido solo un 2% de IRPF. El problema es que en 2008 tengo otro pagador que supera los 10.000€ brutos, no se si tengo que declarar y en tal caso si tendría que pagar algo.
    Además este año, ese pagador me devuelve una retención de 1400€ brutos y mi empresa me sigue reteniendo solo un 2%. En este caso, si tengo que declarar ya en 2010 si que sería bastante dinero a pagar por mi parte o me equivoco?
    Muchas gracias

    HOLA JAVIER,

    Al tener dos pagadores y superar los 10.000 euros de ingresos estarás obligado a declarar. Para saber el resultado de la declaración lo primero que puedes hacer es utilizar el simulador de la Agencia Tributaria y solicitar el borrador de la declaración de la renta.

    Comentario por javier — January 31, 2009 #

  21. Hola buenos dias, te expongo mi caso, yo trabajo simultaneamente en dos empresa, entre las dos tengo un sueldo aproximado de 1200 euros al mes,estoy soltera y no tengo hijos ni vivienda, pague el año pasado unos 600 euros a hacienda, me podrias indicar si para este año 2009 va a ver alguna deduccion a la hora de declarar

    HOLA MARÏA,

    Sin más datos es complicado responder a las deducciones a las que podrás acogerte.

    Comentario por MARIA — February 16, 2009 #

  22. Hola Buenos días:

    Te expongo mi caso también, durante la primera mitad del pasado año, trabajé en una empresa que me descontaba el 11% de IRPF, teniendo yo una minusvalía reconocida superior al 33% e inferior al 60%, esa retención “de más” que me han realizado se puede reclamar? Como habria que hacerlo?

    Muchas gracias.

    HOLA CARLOS,

    No te preocupes por el dinero de esa retención, ya que no se pierde, sino que es un capital que ya has depositado en Hacienda y que por lo tanto debería servirte bien para pagar menos en la declaración de este año o para que el resultado sea a devolver.

    Comentario por Carlos — February 18, 2009 #

  23. Hola,
    Mi consulta es la siguiente: Ganos 18.000€ anuales, no tengo piso ni nada a mi nombre, me retienen un 8%. como no tengo obligacion a hacer la declaracion, puedo pedir a mi empresa que me retengan sólo un 3%?

    Gracias por vuestra respuesta

    Hola Rosa,

    Puedes solicitar que bajen las retenciones al mínimo que permita tu situación personal.

    Comentario por rosa — February 24, 2009 #

  24. Hola.
    Veo q es muy interesante esta pagina.
    Tengo una duda,mi novio tiene dos pagadores es funcionario y por otro lado coductor,fue a pedir un certificado e no declarar hacienda y le soltaron que el estaba obligado a hacer la declaraciondesde hace 5 años atras ,como pede ser eso,el tiene esos dos trabajos hace poco menos de 3 años.como va hace una declaracion de hace 5 años si antes el era militar.que puede pasar??hacienda puede reclamar todos esos años?
    Gracias.

    Hola Rocío,

    Sí efectivamente superaba los límites mínimos y estaba obligado a declarar durante esos tres años en los que tenía dos trabajos deberá hacerlo y pagar la multa correspondiente. Lo mismo ocurre con los otros dos ejercicios hasta cumplir los cinco años siempre y cuando estuviese obligado a declarar.

    Comentario por rocio — February 26, 2009 #

  25. Escribe aquí tu comentario.De antemano saludos por la informacion que nos daia gracias,mi pregunta es la siguiente yo el año pasado no hice la declaracion por no estar obligado,pero este año he decidido hacerla porque creo q tengo derecho a la devolucion mis ingresos brutos son de unos 14500 euros anuales de un solo pagador soy asalariado,mi situacion familiar vivo con mi suegro mayor de 65 años y mi mujer que no trabaja me retienen un 3 por cien mensual lo cual me suma al año sobre unos 400 euros mi pregunta es puedo solicitar esos 400euros??puedo pedir el borrador y como lo hago gracias de antemano y saludos me urge contestacion

    HOLA FELIPE,

    Puedes pedir el borrador y después no hacer la declaración en caso de no estar obligado. Solicitar el borrador es muy sencillo y puedes ver los pasos a seguir en el siguiente post: Solicitar el borrador de la renta

    Comentario por felipe — March 2, 2009 #

  26. Escribe aquí tu comentario.GRACIAS POR LA RAPIDEZ DE LA CONTESTACION Y UN CORDIAL SALUDO

    Comentario por felipe — March 3, 2009 #

  27. Hola, el año pasado tuve que pagar bastante ya que mi empresa me retenía muy poco. Este año mi situación ha cambiado. En 2008 trabajé un mes, que con el finiquito ascendía a unos 1800 €, el resto del año he estado cobrando desempleo, unos 950 € mensuales. Soy soltera y no tengo hipoteca ni nada que desgrave, pero me gustaría saber si por estar desempleada me van a aplicar un porcentaje menor o voy a tener que volver a pagar bastante dinero, porque en ese caso no entiendo por qué no me han desgravado más, si es el Estado el que me da el subsidio y después lo voy a tener que devolver y además no sé de donde lo voy a sacar, si estoy desempleada

    HOLA SONIA,

    La prestación por desempleo se consideran rendimientos del trabajo a efectos fiscales y por lo tanto están sujetos a retención.

    Comentario por Sonia — March 8, 2009 #

  28. Mi pregunta es la siguiente. Soy autónomo y socio de una cooperativa, llevamos varios meses( 4) sin percibir el salario y el futuro no es muy alentador. Quisiera saber si la empresa tiene obligacion de pagar las retenciones de los socios y empleados si no se cobra.
    Muchas gracias

    Comentario por José — March 11, 2009 #

  29. hola

    mis ingresos son de 15.000 euros brutos, por lo que he leido no tengo la obligación de declarar porque no tengo nada a mi nombre.
    he pedido el borrador por internet, para solo efectos informativos, ¿Si lo he epedido el borrador estoy obligada a declarar aunque tenga renta infeirores a 22.000 euros?
    un saludo y gracias

    HOLA ELIZABETH,

    Haber pedidoel borrador no implica estar obligada a declarar.

    Comentario por elizabeth — March 13, 2009 #

  30. [...] llega el momento de cumplir con Hacienda y lo primero que debe preguntarse todo contribuyente es quienes están obligados a declarar el IRPF. Y es que existen varias excepciones por las que es posible no presentar la declaración de la [...]

    Pingback por ¿Quién debe hacer la declaración de la renta? — March 23, 2009 #

  31. Hola, la consulta es la siguiente: El pasado mes de noviembre de 2008 pedi la baja voluntaria con efecto 30.11.2008, al percibir la nomina que coincidia con el més, se abono completa (tengo prorrateadas las pagas dentro de la nomina) no se me practico la retencion irpf habitual. Es normal o bien la empresa ha incumplido con sus obligaciones ante Hacienda, si es así pueda incluir en mi renta de este año, la parte correspondiente de retención como si hubiese tenido que practicarse. Gracias por tu ayuda.

    HOLA PETER,

    Si la empresa no practicó la retención después no puedes rellenar los datos de la declaración como si lo hubiese hecho.

    Comentario por Peter — March 27, 2009 #

  32. Hola,tengo una duda.
    He hecho el borrador de la declaracion y me sale negativo.q esta muy bien jejeje
    no llego a los 22.000€ minimos pero he tenido 4 pagadores en 2008…
    al salir negativa m da = hacerla pero kisiera saber si a partir del primer año q la haces estas obligado a hacerla para siempre…aunq no llegue al minimo.
    Gracias

    HOLA ANA,

    Ese es uno de los mitos más comunes sobre la declaración de la renta pero resulta falso. En caso de que no cumplas los requisitos para estar obligada a declarar ers tú la que eliges si hacerlo o no cada año.

    Comentario por Ana — March 31, 2009 #

  33. Hola! tengo una duda oara ti!
    Comencé mi primer trabajo en julio, por lo que, aunque mi sueldo anual establecido es de unos 22.000 €, he percibido aproximadamente la mitad este año. la retención que me hacían hasta 2009 era muy baja, supongo que porque no tenia que declarar…
    tengo que presentar la declaración?
    es posible que me salga a devolver?
    muchas gracias

    HOLA CARMEN,

    Si esos son tus únicos rendimientos del trabajo en principio no estarías obligada a hacer la declaración. En cuanto al resultado, lo más sencillo es que solicites el borador para conocerlo. Ten en cuenta que solicitar el borrador no te obliga a tener que declarar después.

    Comentario por Carmen — April 1, 2009 #

  34. hola buenos dias, mi duda:
    empece 2008 trabajando y me descontaban un 9,82% de IRPF, en septiembre se me acabó el trabajo (me dieron el finiquito) y comencé a cobrar el paro, 950€.Durante 2008 también trabajaba de monitor, que sólo ganaba 70€ al mes y me descontaban el 2%.Total, que ahora me llega el borrador y me pone que debo ingresar 450€.¿estoy obligado?madre que mal momento…
    muchas gracias!

    HOLA ENRIQUE,

    Dependerá de las cantidades percibidas. Si has percibido más de 1.500 euros del segundo pagador (como es el caso, ya que Hacienda cuenta como tal) tus ingresos totales en 2008 no podrán superar los 10.000 euros. En caso contrario estás obligado a declarar.

    Comentario por Enrique — April 2, 2009 #

  35. QUISIERA SABER SI ESTOY OBLIGADA A DECLARAR IRPF 2008. EN EL 2008 ESTUVE EN DOS EMPRESAS MAS 4 MESES DESEMPLEADA POR LO QUE ME DICEN QUE ES COMO SI HUBIESE ESTADO EN 3 EMPRESAS.
    PARA MAS EXACTITUD TENGO RETRIBUCIONES PRIMER EMPLEO 2.417,00 EL SEGUNDO 9123,00 Y EL TERCERO DESEMPLEADO RETRIBUCIONES 3.525,00.
    QUISIERA SABER SI ESTOY OBLIGADA YA QUE HE PEDIDO EL BORRADOR Y ME SALE A PAGAR CASI 500,00 EUROS, ASI QUE IMAGINEN ENCIMA DE DESEMPLEADA TENGO QUE PAGAR 500 EUROS QUE HABER DE DONDE LOS SACO.
    AYUDITA PORFA¡¡¡¡¡¡¡
    GRACIAS DE ANTEMANO¡¡¡¡¡¡

    HOLA MARÍA

    Sí estás obligada a hacer la declaración, ya que has cobrado más de 1.500 euros de uno de los pagadores y el total de tus rentas supera los 10.000 euros.

    Comentario por maria — April 5, 2009 #

  36. Soy Autónoma y en el año 2008 solo tuve un ingreso de apenas 600€. Por ser autónomo ¿tengo que hacer la declaración por esa cantidad tan pequeña?. En principio no la pensaba hacer, pero me gustaría que me ayudaran por si acaso.
    Muchas gracias.

    Comentario por Natalia — April 7, 2009 #

  37. Hola, buenos días, mi consulta:

    Durante el 2008 (y actualmente) he trabajado en un estudio de arquitectura, según un convenio de prácticas con mi país de origen (no con COIE), percibo 1500€ mensuales netos y me retienen un 2%. En el (primer) Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que me ha dado la empresa, las únicas cantidades están en las siguientes casillas: Retribuciones correspondientes al ejercicio: Retenciones: 371,34
    Imp. íntegro satisfecho: 18.568,32

    en mi situación, ¿estoy obligado a declarar? si es así… ¿serían los 371,34? ¿a pagar o cobrar?

    muchas gracias de antemano

    HOLA GABRIEL,

    Sólo con esos datos no puedo responder, pero en principio no superas el límite de 22.000 euros con un sólo pagador, por lo que no estarías obligado a declarar. Si quieres conocer cuál sería el resultado de la declaración lo mejor es que solicites el borrador o descargues el programa PADRE, aunque con esta información todo parece indicar que el resultado sería a pagar.

    Comentario por Gabriel — April 10, 2009 #

  38. hola, comento mi situación a ver si aclaro dudas.
    Empeze a trabajar en mayo del 2008, he ganado un total de 16000 brutos, de los cuales me han retenido 1600, el borrador me llegoque tengo que pagar 2000 E. ya se que no estoy obligada a declarar, pero no me tendrian que devolver? me han retenido el 8% cada mes aproximadamente.
    gracias por aclarar mis dudas

    HOLA DEVORA,

    El tipo general de IRPF hasta los 17.101 euros es del 15,66% así que por eso el resultado es a pagar.

    Comentario por devora — April 11, 2009 #

  39. hola!

    soy autónoma y como el año pasado era mi primer año como tal, la empresa que contrata mis servicios ha estado reteniendo un 7%. al fin del año, tuve unos ingresos brutos de aproximadamente 32 mil euros. me tocará pagar más?

    gracias de antemano, litza

    HOLA LITZA,

    Lo más probable es que sí, pero para averiguarlo lo mejor es que descargues el programa PADRE o solicites el borrador de la declaración.

    Comentario por litza — April 13, 2009 #

  40. hola, quisiera saber si estoy obligado a hacer la declaracion, en 2008 he tenido 4 pagadores uno de ellos el inem del que percivi 1.136.28€, en otra a 11.728€, otra 7.462€ y otra 912€ en total suman 21.000€ Un saludo

    Comentario por Robe — April 15, 2009 #

  41. Buenos días.
    Mi duda es la siguiente:
    En el 2008 trabajé en 2 empresas. De la primera solo obtuve 431€ (aproximadamente); y de la segunda 9.100€.
    Tenía entendido que si tenías dos pagadores estabas obligado a declarar; mi pregunta es, si con las cantidades que yo he cobrado, estoy obligada a declarar?
    Muchas gracias!!

    Comentario por Cristina — April 20, 2009 #

  42. Durante el año 2008 cobré menos de 22000€ de un solo pagador, pero jugué en bolsa logrando unas plusvalías de menos de 1000€. Debería hacer la declaración de la renta?

    Comentario por Andrés — April 21, 2009 #

  43. Hola, en septiembre del pasado año me pues de baja por maternidad y por ese motivo tengo dos pagadores, mi empresa y la seguridad social, no estoy obligada a declarar nunca por ingresos pero este año tengo duda de si lo estaré por este motivo de dos pagadores.

    Comentario por Uxía Martínez — April 22, 2009 #

  44. Hola espero me ayuden, yo percibi el 2008, 16.960E, teoricamente no estoy en la obigacion de declarar, pero de todas maneras hice el borrador y me sale en la casilla 770 505E a pagar. No entiendo x q debo pagar si estoy por debajo de los 22000E, trabajando primero en una empresa luego me retire e ingrese a otra empresa, es decir no al mismo tiempo. Entnces debo pagar si o si, es mi primera vez, gracias

    HOLA LUIS,

    Si trabajaste en dos empresas y tuviste dos pagadores el límite se reduce a 11.000 euros en caso de que hayas ingresado más de 1.500 euros del segundo pagador. Es decir, posiblemente estés obligado a declarar. Por otra parte, el límite de los 22.000 euros no quiere decir que toda cantidad por debajo de esa cifra vaya a dar como resultado una devolución por parte de Hacienda. Eso dependerá de las retenciones que te hayan practicado.

    Comentario por LUIS — April 23, 2009 #

  45. Muchisimas gracias x responder rapidin, disculpame pero sigo sin entender muy bien, las retenciones q me hicieron de la primera empresa son 765 y dela sgunda 266, osea entre ambas 1031, y los gastos deducibles suman 1056, entonces mi rendimiento neto 15904 y mi reduccion general 2652..y haciendo una diferencia de las retenciones 1031 de la cuota resultante de autoliquidacion salen los 505 q debo pagar. perdon x ser tan pesado pero necesito saberlo ok? muchisimas gracias nuevamente

    Comentario por LUIS — April 23, 2009 #

  46. hola , mi pregunta es la siguiente :no llego a los 22000 anuales requeridos ,no tengo ningun tipo de bien ni siquiera alquilo .puedo solicitar que me bajen el irpf ?he escuchado que se puede hasta un 3 por ciento , es cierto esto? a quien debo de solicitarlo , a mi empresa? gracias

    Comentario por hernan — April 24, 2009 #

  47. hola me soy julio he empezado a trabajar en una empresa de seguros como agente a comision.nunca he estado como autonomo y tengo una minusvalia del 73%.
    mi empresa me ha dicho que me van a retener cada mes de mis comisiones un 15% irpf.puedo decir que me corresponde menos retencion.agradeceria me respondiera gracias de antemano

    Comentario por julio — April 25, 2009 #

  48. el año pasado cobré el subsidio por desempleo. Tengo obligación de declararlo o es una renta exenta

    HOLA ALFREDO,

    El subsidio por desempleo computa como rendimiento del trabajo, así que tendrás que ver si estás o no obligado a hacer la declaración en función de los ingresos recibidos

    Comentario por alfredo — April 27, 2009 #

  49. Hola, quisiera saber si tengo que hacer la delcaracion de hacienda. Estuve en una emrpesa y me cambie a la otra en el mismo año 2008, de la 1º me sale 4940 y en la que estoy ahora 20320 en dinerias, segun eso, estoy obligado?, gracias.

    Comentario por juan — April 28, 2009 #

  50. Buenas tardes… tengo una duda…

    Mi madre lleva desde 2005 trabajando en una empresa. En julio de 2008 la empresa cambió de nombre, aunque el gerente sigue siendo la misma persona, ella ha continuado haciendo lo mismo y se le ha mantenido la antigüedad, además no ha cobrado finiquito ni nada… en definitiva, ella sigue trabajando en el mismo sitio solo que la empresa ha cambiado de nombre. ¿Está obligada a presentar la declaración? Le ha llegado el borrador y le sale a pagar bastante por este motivo, porque sale como si hubiera cobrado de 2 sitios distintos…

    Gracias de antemano

    HOLA JUANJO,

    Efectivamente, al cambiar la empresa de nombre es como si fuese otro pagador a efecto fiscales. En este sentido si después del cambio ha percibido más de 1.500 euros y su retribución total supera los 11.000 euros, estará obligada a declarar.

    Comentario por Juanjo — April 28, 2009 #

  51. Buenas tardes, soy pensionista y en mi declaración individual en la que no llego a los 22.000 euros, pero sin embargo he percibido durante el año 2008 un alquiler de un local comercial que en el computo del año no llega a los 1.000 euros, tengo obligación a presentar declaración

    Comentario por FULGENCIO — April 28, 2009 #

  52. GRACIAS POR LA RESPUESTA

    Comentario por alfredo — April 28, 2009 #

  53. hola queria que me sacaran de una duda yo el 2008 trabaje 3meses ,mi marido hace la declaracion ,la tenemos que haces conjunta o individual , y eso de los 400 euros no entiendo como hay que solicitar porque mi marido esta en el paro de octubre del 2008 y tambien tenemos 3 hijas como se solicita la deduccion por hijo a cargo.

    gracias saludos

    Comentario por gloria — May 6, 2009 #

  54. vendi el pasado año un piso que compre en 2004. El precio de compra de escritura fueron 39000 y el de venta 96000. He de pagar este año a hacienda el 18 % de beneficio este año o el siguiente ( no voy a reinvertir ) QUe es eso de que ya no hay impuesto de patrimonio? se refiere a esto que tengo que pagar? ya no tengo que pagarlo??

    muchas gracias y saludos

    Comentario por miguel angel — May 6, 2009 #

  55. Tengo una duda. Mi hermana tiene unos ingresos anuales de 18032 euros de un unico pagador. A medias con su pareja de hecho (no están casados) tiene en propiedad la vivienda habitual y una segunda vivienda no arrendada por la que se le imputan de rentas inmobiliarias 193 euros. ¿Tiene obligacion de declarar?

    Gracias por vuestra ayuda.

    HOLA ANGEL,

    En principio no estaría obligada puesto que no supera los 22.000 euros anuales de un pagador y sus rentas inmobiliarias no alcanzan los 1.000 euros.

    Comentario por Angel — May 7, 2009 #

  56. Si he trabajado en 2008 para dos organismos de la Administración Regional de Murcia con distinto CIF (Un Org. Autónomo y un Consejería, pero la misma admón. al fin y al cabo)¿Estoy en el caso del límite de los 1500 € por el segundo pagador?

    Esto me parecería un atropello de Hacienda, porque otros compañeros han cambiado como yo, pero entre organismos con el mismo CIF (Consejerías)y habiendo ingresado lo mismo que yo hasta el último céntimo, se sujetan al límite de los 22000 €.

    ¿No se puede evitar con algún recurso esa descarada violación del principio de capacidad económica para tributar?

    -Gracias-

    Comentario por Javier — May 7, 2009 #

  57. Buenos dias
    Los ingresos anuales de 2008 de un sólo pagador en el certificado de IRPF se refleja en la casilla importe integro satisfecho 14.527,28 euros, en retenciones practicadas esta por 902.39 euros y en importe de los gastos 1.018.63 euros.

    De acuerdo con lo anterior, estaria obligado a declarar o tendria que aplicar el 15.66% por el importe total y restar el ya aplicado?

    Mil gracias por su información.

    HOLA JOSÉ

    En principio no estarías obligado a declarar, ya que con un solo pagador no superas los 22.000 euros.

    Comentario por Jose Wilson — May 7, 2009 #

  58. Hola: Mi empresa me da un certificado de retenciones que en ningún caso coincide con las rendimientos del trabajo ni con las retenciones IRPF que me aparecene n mis nóminas. Entonces cantidades debo poner en la declaración de la renta ¿las del certificado de retenciones o las efectivas que me aparecen en las nominas del 2008? Gracias de antemano.

    HOLA ANA CELIA,

    Lo que deberías hacer es consultar con tu empresa el por qué de estas incongruencias.

    Comentario por ANA CELIA — May 8, 2009 #

  59. buenos dias tengo una pregunta me acaba de llegar el borrador de hacienda y me dicen alli que tengo que pagar 1.135 y he cobrado 23000 en bruto estoy obligado a pagar o que?gracias

    HOLA SERGIO,

    Lo primero que debes hacer es revisar el borrador para asegurarte que los datos que incluye son correctos y después comprobar si te están realizando las deducciones a las que tengas derecho (vivienda habitual, planes de pensiones…) A partir de ahí el resultado dependerá por una parte de tu situación personal y por otra de las retenciones de IRPF que se te hayan practicado durante el año anterior.

    Comentario por sergio — May 11, 2009 #

  60. Hola en 2008 trabaje en una empresa de trabajo temporal subcontrata de zara y cobre unos 210 euros en unos dias de julio q trabaje. Despues trabaje para una gasolinera de campsared durante agosto, septiembre y parte de octubre cubriendo vacaciones y noviembre y diciembre cubriendo una baja.En total no creo q superase los 6000 euros en total incluyendo el finiquito del contrato de vacaciones. Mi duda es si tengo q hacer la declaracion y si fuese asi si sabrias mas o menos y asi a ojo si me saldria a pagar…

    Comentario por Adonis — May 12, 2009 #

  61. Ah tambien tengo pero no se si influira 36 acciones del santander q bajaron muchisimo de precio y en total no llegan ni a 400 euros y gran parte de lo q ahorre trabajando unos 3000 euros lo tengo ahorrado en un pias de una caja de ahorros pro q abri a mediados de diciembre cn 2000 euros.

    Comentario por Adonis — May 12, 2009 #

  62. Hola, te comento mi situacion:

    Mis ingresos en 2008 fueron inferiores a 22000 €
    Los ingresos de mi esposa superan los 22000 €
    Y tengo una hija de 23 años que ingreso 1700 € y la retuvieron el 15 por ciento que pretende recuperar si es posible.
    Como tendria que hacer>
    Yo> no declarar
    Mi esposa> declarar
    Mi hija> declar con mi esposa o independiente.
    gracias

    Comentario por JAVIER — May 13, 2009 #

  63. Buenos dias, me acabar de llegar del borrador de la declaración de la renta de hacienda. En este borrador, la declaración se hace conjunta con mi marido. Aparece los ingresos de mi marido, estoy cobrando el paro de momento desde octubre y estos ingresos aparecen tambien. Lo que no aparecen, son los ingresos que tuve desde enero 2008 hasta septiembre 2008. He supuestado de que la empresa donde yo trabajaba no ha presentado las retenciones de la IRPF practicadas en mi nomina. Quisiera saber como declarar estos ingresos a hacienda para que no se me penalice. También a quien reclamaría hacienda estas retenciones que no han sido pagadas y si tendré que aportar unos documentos a hacienda para probar que estuve trabajando en esta empresa. Muchas Gracias.

    Comentario por Joelle — May 14, 2009 #

  64. hola, una preguntita haber si me haceis el favor de contestar por favor. tengo 19 años no he hecho nunca la declaracion pero en 2008 estuve en el paro y en abril empece en una empresa y mi sueldo bruto al año era de 13000 euros yo estoy obligado ha hacerla????porque al no estar un año en la segunda empresa no llegue a cobrar mas de 10000 euros, Porfavor contestadme… gracias.

    HOLA JUAN ANTONIO,

    Lo que debes hacer es sumar los rendimiento del trabajo, es decir, lo que cobraste del paro y de la empresa donde trabajas desde abril. Si entre ambas sumas más de 11.000 euros, estás obligado a declarar.

    Comentario por juan antonio — May 14, 2009 #

  65. Soy una trabajadora inmigrante tratando de integrarme y se que debo taqnbien hacer la declaracion de renta por mi situacion no se como y si debo hacerlo estuve trabajando reemplazando vacacines o bajas en una empresa de limpieza casi 5 meses entre idas y benidas actualmente trabajo por horas segun baya saliendo el trabajo no tengo uno fijo para poder pagar el alquiler del piso que son 600 euros estoy en el paro pero por mi situacion talvez me vea obligada a darme de alta en la seguridad social como empleada discontinua en fin que lo que gano es para pagar gastos gano aproximadamente 800 euros promedio debo hacer la declaracion?

    Comentario por MARIA ELENA — May 16, 2009 #

  66. Soy trabajador por cuenta ajena y tengo unos ingreso de 50.000 €. Mi mujer trabaja exporádicamente y ha generado unos ingresos de 8.275€. Por los trabajso realizados por cuenta ajena ha cobrado6.125 € y el resto del INEM. Quiero hacerla declaración conjunta,¿Debo de reflejar los ingresos de mi mujer ó al no superar los 11.200€ puedo omitirlos?
    Muchas gracias

    Comentario por ANIBAL VIDAL — May 17, 2009 #

  67. Buenas tardes, disculpando las molestias y esperado tener respuesta… les pregunto lo siguiente… Llegué a españa en setiembre del 2008, por contrato de trabajo de cuenta ajena, entré a trabajar en una empresa y en mi nómina figuraba una retención del 3% del IRPF, para entonces recibía en líquido (depósito final en mi cuentaria) algo de 1235 euros mas o menos; pero desde enero del 2009 me doy con la sorpresa que ahora me retienen el 11% que viene hacer más de 100 euros, los cuales son significativos para mí, pues solo llego a recibir en líquido ahora unos 1123 euros exactos. No sé si esto está bien… o no… Leí por arriba que se puede pedir que se baje la retención… pero después habrá algún problema…? me lo pregunto porque si pido que me bajen, talvez me resulten diciendo que hay algún monto al que se debe llegar y si me lo reduce ahora más adelante debo completarlo y entonces me perjudique más… Quién debe determinar en sí entonces estas retenciones…? y porq me aumentó si mi nómina no aumentó…? Gracias…!

    Comentario por DIANA C. — May 21, 2009 #

  68. Mi mujer trabaja en la misma empresa pero el año pasado cambio de nombre y por lo tanto nos viene como dos pagadores en la declaracion no llega a los 22.000 euros y tiene que pagar 220 euros a hacienda ¿ esta obligada a declarar y pagar si es la misma empresa con la misma gerencia y haciendo lo mismo de siempre?

    HOLA ANTONIO,

    Si la empresa cambió de nombre, denominación social, etc se computa como un pagador distinto a efectos fiscales, por lo que si recibió más de 1.500 euros después del cambio y los rendimientos del trabajo superan los 11.000 euros, estará obligada a declarar.

    Comentario por antonio — May 23, 2009 #

  69. mi madre es viudad de un minero, mi padre fallecio en abril del año pasado en la pension de viudedad mas un plus que le dieron por muerte por enfermedad laboral de mi padre suman 20800 euros aparte mi madre tiene una pension de viudedad de belgica de 375 euros mensuales tiene que hacer la declaracion?

    Comentario por covi — May 25, 2009 #

  70. Hola.
    Tengo una oferta de trabajo. Profesionalmente es muy buena pero económicamente no sé si mejora o empeora mi situación actual, porque ahora soy asalariado en nómina y la oferta implica ser autónomo. Mi pregunta es: Si como asalariado el sueldo es de 60.000 brutos, ¿cuánto tendrían que ofrecerme como autónomo para tener el mismo neto? Ya sé que hay muchas variables, y que los autónomos se desgravan más cosas pero tienen menos coberturas, etc. Yo sólo querría saber en neto cuánto queda en cada caso. Muchas gracias.

    HOLA ANTONIO,

    Al margen de las deducciones de IVA que te puedas practicar, el mínimo que deberás pagar como autónomo en concepto de Seguridad Social es de 250 euros, a lo que debes añadir el 16% de IRPF sobre la cantidad total, por lo que la cantidad neta que percibas dependerá también de las coberturas que desees tener. En GestionPyme puedes encontrar más información al respecto.

    Comentario por antonio — June 3, 2009 #

  71. BUENOS DÍAS,

    TENGO UNA CONSULTA Y AUNQUE ME QUEDO UN POCO CLARA DESPUÉS DE LEER LOS COMENTARIOS ANTERIORES, PREFIERO ASEGURARME.

    DURANTE EL AÑO 2008 HE TRABAJADO EN UNA EMPRESA HASTA EL MES DE OCTUBRE. EN DICHO MES ME HE CAMBIADO A OTRA. EN EL RESUMEN DEL BORRADOR DE HACIENDA ME SALE UN TOTAL DE 14.000 EUROS QUE ES LO QUE HE COBRADO EN EL AÑO 2008 DE LAS DOS EMPRESAS. EN MI SEGUNDA EMPRESA (Y LA ACTUAL) NO HE SUPERADO NUNCA LOS 1500 EUROS EN NOMINA (NI EN BRUTO NI EN NETO). HE SOLICTADO EL BORRADOR Y ME SALE A INGRESAR 350 EUROS.

    ALGUIEN ME PUEDE CONFIRMAR QUE NO ESTOY OBLIGADO A PAGAR AUNQUE HAYA SOLICITADO DICHO BORRADOR??????? SI ESTOY CONFUNDIDO QUE ALGUIEN ME LO DIGA.

    GRACIAS!!!!

    Comentario por OSCAR — June 8, 2009 #

  72. BUENAS TARDES:
    He trabajado en dos empresas, del primer pagador he cobrado 16.213,66 e y del segundo pagador 4.996,26 e estoy obligada a presentar la declaración? por favor contestarme vale? un cordial saludo muchas gracias.

    Comentario por MARIA JESÚS — June 8, 2009 #

  73. Primero de todo un saludo y mi enhorabuena por la pagina, es de gran ayuda.

    Mi pregunta es la siguiente: El pasado año trabaje en una compañia de seguros con contrato laboral, esa misma compañia ademas de mi sueldo en nomina me pagoa unas cantidades en concepto de rappels sobre ventas de los agentes a mi cargo con el 15% de retención…todos los años solicito el borrador a Hacienda pero este año me dicen que no me lo dan porque tengo actividades economicas.
    ¿No se pueden sumar estas cantidades a las obtenidas en nomina??? El pagador es la misma empresa y yo no soy autonomo…

    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

    HOLA JOSE,

    Al practicarse retención de IRPF lo lógico es que las incluyas como rendimiento de actividades económicas por más que no estés dado de alta en el IAE, aunque mi recomendación es que lo consultes directamente con Hacienda.
    Jose

    Comentario por Jose — June 11, 2009 #

  74. Buenas noches,

    He recibido el borrador de la renta 2008 y en rendimientos de trabajo me aparecen dos pagadores. La seguridad social por mi jubilación por un importe de 9550 € y otro mi fondo de pensiones (opté por cobros periódicos) por un importe de 2.400.

    Mi pregunta es si los planes de pensiones cuentan como un pagador más, con lo cual tendré la obligación de hacer la declaración al superar los 11.200 € y me sale positiva o bien dichos planes tienen una consideración especial y puedo acogerme al límite de los 22.000 € para no hacer la declaración.

    Muchas gracias.

    Comentario por javier — June 12, 2009 #

  75. Hola:

    Estoy jubilada y mi pensión fue de 15.350 euros brutos en el año 2008. Mis ahorros me generaron unos intereses de 2.750 euros y la venta de unos fondos de inversión me dieron 900 euros de beneficio. En total 19.000 euros ¿estoy obligada a hacer la declaración del 2008?

    Muchas gracias

    Comentario por Maria — June 13, 2009 #

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