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¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF?


Un año más llega el momento de cumplir con la Agencia Tributaria (AEAT) y, como siempre, lo primer que cabe preguntarse es si realmente estás obligado a acudir a la cita con Hacienda. En principio todos los contribuyentes están obligados a declarar, pero a la hora de la verdad existen unas cuentas excepciones para librarse de que el fisco nos lea la cartilla. Todo depende de la cuantía de los ingresos, las deducciones y su procedencia.

En concreto, están obligados a declarar a Hacienda todos las personas con derecho a deducciones por inversión en vivienda, cuenta ahorro-empresa doble imposición internacional o que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho durante el pasado año. A estos hay que añadir quienes hayan disfrutado de las deducciones por maternidad y nacimiento o adopción.

Son varios los supuestos en los que el contribuyente está obligado a completar su declaración de la renta, aunque esto no implica que necesariamente tenga que pagar a Hacienda. Esto último dependerá del resultado de su declaración: negativo o positivo, es decir, cobrar o pagar.

En el otro lado de la ‘baraja’ se encuentran quienes este año podrán eludir la declaración del IRPF. En primer lugar se trata de los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. En caso de contar con más de un pagador la sima de las cantidades percibidas del segundo y siguientes no podrá superar los 1.500 euros, es decir, la práctica totalidad de los pluriempleados deberá cumplir con la AEAT. Si se supera esa cifra los ingresos totales por el rendimiento de trabajo deberán ser inferiores a los 10.000 euros. Por ejemplo, una persona que haya cambiado de empresa a mitad de año pero que no supere la renta de 22.000 euros estará casi con total seguridad obligada a declarar.

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Comentarios al artículo

1

Escrito por: Pablo
Fecha: April 14, 2008 at 10:22 am

Hola, muy interesante su blog.

Es probable que no sea el sitio más indicado para hacer preguntas, pero como parecen dominar la materia pues a ello voy:

Tengo mi piso, por el que he desgravado desde que lo compre, alquilado desde mayo del año pasado. Ahora vivo en otro piso con mi mujer y que pertenece a mi suegro. ¿Puedo seguir desgravando por mi piso aunque esté alquilado?

Gracias

2

Escrito por: Manual práctico de renta 2007
Fecha: April 14, 2008 at 10:43 am

[…] el nuevo Manual práctico de renta 2007. Se trata de un documento que servirá para guiar a los contribuyentes a lo largo del complicado proceso de pagar sus impuestos ahora que ya se ha puesto en marcha la […]

3

Escrito por: maxle
Fecha: April 24, 2008 at 5:55 pm

hola, me gustaria saber en que casilla de la renta 2007 y como, debo reflejar un depósito garantizado de 25 meses de duración (creo que tiene una reducción del 40%)

gracias

4

Escrito por: GINA
Fecha: May 14, 2008 at 12:00 am

ME PARECE UNA FORMA MAS FACIL DE INFORMAR A LAS PERSONAS SOBRE EL IMPUESTO DE RENTA

5

Escrito por: Fiscalidad de las hipotecas inversas
Fecha: May 16, 2008 at 3:13 pm

[…] la Ley de IRPF las cantidades recibidas por la hipoteca inversa no se consideran renta a efectos de IRPF, lo que hace que estén exentas de tributación. Además, también disfrutan de la exención de la […]

6

Escrito por: admin
Fecha: May 16, 2008 at 3:15 pm

Hola Pablo,

Sólo podrás desgrabar por el piso si es tu vivienda habitual. Lo que sí puedes es deducir parte del alquiler como arrendatario, como explico en el siguene artículo:
http://impuestosrenta.com/el-alquiler-de-pisos-para-vivienda-en-la-declaracion-de-la-renta-2007/

7

Escrito por: katherine
Fecha: May 21, 2008 at 11:48 am

Hola, quisiera saber si yo estoy obligada a declarar ya que he cambiado de trabajo pero actualmente solo trabajo jornada parcial, solo llego al año a 9000, pero en un mes supere los 1500 algo de 1600 ya que trabajaba por ese mes en dos tabajos , pero sumando todo sólo llego a los 9000, espero su pronta respuesta , gracias

8

Escrito por: José
Fecha: June 22, 2008 at 10:16 am

En el caso en le que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiors a 22.000 € de un solo pagador pero le ha salido positivo, es decir, a pagar a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquello que no han pagado?, etc..

9

Escrito por: José
Fecha: June 22, 2008 at 10:18 am

En el caso en el que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiores a 22.000 € de un sólo pagador, pero le ha salido positivo, es decir, tener que devolver a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquellos que no han pagado?, etc..

HOLA JOSÉ,

Si no estás obligado a declarar no tienes por qué hacerlo incluso si la cantidad es a devolver a Hacienda y no hay ningún tipo de repercusión por ello.

10

Escrito por: José
Fecha: June 23, 2008 at 8:50 pm

Muchas gracias por aclarar esa duda!!!, saludos.

11

Escrito por: marful
Fecha: June 26, 2008 at 1:16 pm

siento molestarle pero me encantaría hacerle una pregunta si es tan amable….era funcionario y a mediados del 2007 pase a jubilación ,es decir soy pensionista con minusvalía declarada 33%,en mi empresa hasta esa época percibí brutos 11.182€ con retenciones practicadas de 1629€,en junio ya percibí paga de pensionista por hacienda donde se me pagó integro 10.624€ y no se me aplico retención alguna…sumando ambas cantidades no llegan a los 22.000€ brutos,pero al hacerme la declaración en hacienda el funcionario me dijo que tenia que pagar 450€,estoy obligado o como no llego a dicha cantidad no tengo porque hacerlo???muchas gracias y un abrazo

12

Escrito por: Rafa
Fecha: July 4, 2008 at 6:20 am

Quería saber si estoy obligado a declarar y si me tendrían que descontar de la nómina el IRPF ya que no me están reteniendo nada. NO llego a los 22.000€ de un sólo pagador pero tengo un piso al 50% con mi novia y la consiguiente hipoteca tb al 50%.
¿Deben retenerme IRPF entonceS?
Muchísimas gracias

HOLA RAFA,

Si no recibes retenciones de IRPF en tu nómina no tienes derecho a esas deducciones. En cuanto al caso que planteas, lo normal es que las empresas practiquen algún tipo de retención, por muy pequeña que sea. Respecto a la hipoteca, mi consejo es que solicites el borrador de la declaración (para 2008 ya, claro).

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