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¿Quieres saber qué parte te corresponde de la deduccion de los 400 euros del IRPF?


 La Agencia Tributaria finalmente ha cumplido con los plazos previstos y ha puesto a disposición de empresas y contribuyentes un programa para calcular las retenciones de 2008 una vez aplicada la deducción fiscal de 400 euros sobre el IRPF. Y es que para quien todavía no lo sepa este mes de junio se pone en marcha la primera parte de la reducción de las retenciones. Así, en la nómina de este mes los trabajadores podrán deducirse de forma lineal un máximo de 200 euros que dejarán de engrosar las arcas de Hacienda. En cualquier caso, la cantidad estará fijada en función de la la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida.

En la página oficial de la Agencia Tributaria ofrecen además una carta destinada a los retenedores (es decir, las empresas), pero que también puede ser de utilidad para el resto de contribuyentes. En este documento se explica que la deducción de 400 euros se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF, mientras que la anticipación de sus efectos económicos a 2008 se lleva a cabo mediante la reducción de las retenciones de trabajo de trabajadores y pensionistas y del los pagos fraccionados por actividades económicas en el caso de los trabajadores autónomos. Básicamente, indica que los primeros 200 euros se deducirán de forma lineal y que a partir de julio de 2008 los otros 200 se recibirán la disminución de las retenciones hasta alcanzar lo 400 euros se producen por medio de la reducción del tipo de retención aplicable.

Además, establece que esta deducción afectará todas las rentas del trabajo bajo el procedimiento general para determinar el importe de la retención, a excepción de aquellas para las que esté establecido el tipo mínimo (2% o 15%) en la medida que el tipo obtenido resulte inferior a ese mínimo. Por otra parte, esta disminución del tipo de retención será independiente de si el empleado trabajo en otra empresa y la compañía no está en este sentido obligada a afectar ninguna comunicación. Sin embargo,el empleado sí que puede solicitar por escrito la aplicación de un tipo de retención superior, aplicándose dicho tipo como mínimo hasta final de año y en los ejercicios sucesivos, salvo renuncia por escrito.

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Comentarios al artículo

1

Escrito por: Maria
Fecha: June 4, 2008 at 10:37 am

hola, soy una persona residente en navarra desde hace un año y desconozco si la mediada de la reforma fiscal de los 400 euros se va a aplicar an este territorio, alguien puede resolver mi duada??’ y en caso de estar desempleado y cobrando prestacion que sucede??? gracias.

2

Escrito por: jesus
Fecha: June 8, 2008 at 5:42 pm

y al año que viene que. me toca pagar por los 400 euros de este año o voy me desgravo de todo

3

Escrito por: isabel
Fecha: June 9, 2008 at 3:16 pm

¿en qué afecta la devolución de los 400€ en la declaración del año que viene?

HOLA ISABEL

Junto con esta ayuda se ha procedido a una reforma de los grupos de tributación. Sin embargo, al haber ganado más dinero neto la devolución será menor y el importe a pagar mayor.

4

Escrito por: vicente
Fecha: June 11, 2008 at 8:29 am

No está nada claro el tema de los 400 euros. Necesito una aclaración. Si durante este año 2008 me retienen de menos 400 euros, cuando haga la renta en el próximo año 2009 los tendré que pagar entonces, debido a que he pagado menos de lo que realmente tenía que pagar. ¿Cómo explican esto?

5

Escrito por: Mª Carmen
Fecha: June 15, 2008 at 6:45 pm

En octubre de 2007 fuí trasladada a un centro de trabajo de otro municipio y por ello recibí una indemnización de 6000 euros.
En el certificado anual de retenciones la empresa no la ha tenido en cuenta como rendimiento de trabajo a pesar de que tengo entendido que debo tributar por ello con una reducción del 40%.
¿ Debo declararlo aunque la empresa no lo haya declarado a Hacienda como tal ?
Gracias.

HOLA Mª CARMEN,

Aunque la empresa no haya computado este ingreso debes declararlo.

6

Escrito por: Pablo
Fecha: June 26, 2008 at 6:32 am

Para los que tengan dudas sobre esta medida, les remito a este sitio web http://www.devolucion400euros.com

7

Escrito por: Paty
Fecha: June 28, 2008 at 1:41 pm

EN LUGAR DE ESTAR REGALANDO LOS 400 EUROS DEBERIAN DE INVERTIR EN EDUCACION Y SANIDAD PORQUE HOY EN DIA HAY MUCHA GENTE QUE TIENE QUE ESPERAR MESES PARA IR AL MEDICO

8

Escrito por: Carlos
Fecha: July 2, 2008 at 8:47 am

Hola, me han despedido el 31 de mayo pasado y ahora estoy en paro. Me corresponde algún proporcional por la nómina de mayo?

HOLA CARLOS;

Si en el paro te practican algún tipo de retención de IRPF sí te correponderíal.

9

Escrito por: JESUS
Fecha: July 2, 2008 at 4:19 pm

Aquel que teniendo una pension por incapacidad exenta de retenciones….¿ no percibe los 400 euros….?

10

Escrito por: Carolina
Fecha: July 4, 2008 at 7:47 pm

si yo cobro 829€ y me quitan un 4% de IRPF cuanto me tienen que devolver? porque en el mes de junio,que en teoria todos devemos cobrar 200€ solo me an devuelto 40€,esto es correcto?
GRACIAS.

HOLA CAROLINA,

Como vengo indicando la deducción que te practican es correcta. Los 160 euros restantes los irás cobrando hasta diciembre junto con los 200 euros. Si no alcanzases los 400 euros tendrías que esperar a la declarción de la renta para cobrarlos.

11

Escrito por: javi
Fecha: July 6, 2008 at 3:28 pm

Es una medida ineficaz, la cual devuelve dinero de IRPF a la gente que más gana y no a los que realmente lo necesitan. La opción más fácil hubiera sido que todo el mundo cobrara los 400 euros en la declaración de la renta en un apartado específico de la misma, y además se tendría a todo el mundo “fichado en Hacienda” y quién no hiciera la renta se entendería que renuncia a los 400 euros.

12

Escrito por: javi
Fecha: July 6, 2008 at 3:33 pm

Además esta medida te da 400 euros pero luego realmente pagas más en Hacienda porque te retienen menos y encima si te devuelven te devolveran menos.
En nómina de junio si p.ej te retienen 150 euros de IRPF(lo máximo que te dan son 200), el total de cantidad que te retienen te lo suman al total de la nómina y te lo dan limpio pero el problema es que en junio no retienes nada de IRPF.
En nominas de julio a diciembre te retienen menos porcentaje de IRPF y cobras un poco más cada més con el máximo de 33.33 €/mes pero te retienen menos cada mes con lo que luego es peor en Renta.

13

Escrito por: javi
Fecha: July 6, 2008 at 3:38 pm

Disculpar también serian 28,50€ si se incluyen 2 pagas.

14

Escrito por: conchi
Fecha: July 17, 2008 at 2:01 pm

HOLA BUENAS TARDES, A MI ME RETIENEN UN 2% EN MI NOMINA, MI JEFE ME DICE QUE NO TENGO DERECHO A COBRAR, LOS 400 E . ES VERDAD?
GRACIAS

HOLA CONCHI,

Depende de más factores pero puede ser.

15

Escrito por: kaltze
Fecha: July 20, 2008 at 8:18 pm

En las declaraciónes de Renta que he hecho hasta la fecha, me han devuelto todo lo retenido.
El año que viene estando en la misma situación, al haberme retenido 400 euros menos, me devolveran 400 menos.
Por lo tanto, lo que recibo ahora lo estoy adelantando yo.
Hay alguna solución?

16

Escrito por: agata
Fecha: July 22, 2008 at 3:10 pm

Hola, buenas tardes.

Tengo unas cuantas dudas respecto a los 400€ de Zapatero. La verdad que muy bien no lo han explicado, parece que detras hay algo mas escondido xq no han ampliado ni facilitado bien la informacion a los usuarios. No sabemos si estas cantidades despues, en la renta 2008 tendremos luego que pagar, puesto q en mi caso al tener un piso con hipoteca no me vendria muy bien tener q abonar dinero. Ademas, no se si la empresa en al que trabajas tiene algo q ver a la hora de beneficiarse de estas cantidades xq me han comentado q tu empresa lo tiene q solicitar para sus trabajadores. Eso es cierto?
Estas son unas cuantas dudas q tengo.

En fin, me gustaria saber si yo me tengo que beneficiar de esta deduccion xq a dia de hoy no he recibido nada. Ademas ahora mismo me encuentro en situacion de baja desde el pasado mes de Junio y esta ultima nomina todavia no la he visto pero x la cantidad q he cobrado e visto q no me han ingresado ninguna cantidad “extra” fuera del sueldo q cobro mensualmente. En mis nominas tengo un importe bruto de 900-950 euros dependiendo del mes y un porcentaje del 5% IRPF por lo q en total vengo a cobrar un liquido de 825-850 euros. Tambien decirte que en estas cantidades van prorrateadas las pagas, tengo 12 pagos nada mas. En lo q vamos de año, me estan quitando unos 45-55 euros de IRPF, y si lo multiplicamos x 6 meses (hasta Junio 2008) que es la fecha q creo q estan pagando ahora, a mi me retienen una cantidad superior a 200 euros, entonces no entiendo bien como se benefica una persona de esta deduccion, si es x este calculo q hago yo o se miran otras variantes. Por ello mis dudas, y como no se exactamente como se calcula esta deduccion recurro a vosotros.
Con estas cantidades querria saber si tengo derecho a cobrar esa deduccion, o si es que no cumplo el minimo establecido para obtenerlo y de serlo asi, que cantidad me corresponderia cobrar y de que manera ya que en la renta anterior (2007) me salio a devolver x tener hipoteca, solo me devolvieron la cantidad retenida en la nomina de unos 300 euros.

Espero que me podais ayudar a resolver esta duda.

Muchas gracias de antemano. Saludos

HOLA AGATA,

En tu caso tendrías derecho a los 400 euros. En primer lugar durante el mes de junio deberían haberte devuelto los 45-55 euros de IRPF y durante los sigueintes meses deberán ir rebajanado tu retención de IRPF hasta alcanzar 400 euros. De todas formas, la empresa no está obligada a realizar esta operación y en cualquier caso te beneficiarías de la medida una vez presentes la declaración de la renta, aunque en tu situación, debido a la hipoteca, en principio no debería afectarte, ya que te devolverán el dinero de todas formas.

17

Escrito por: gema
Fecha: July 23, 2008 at 9:46 pm

Escribe aquí tu comentario.
hola a mi en mi nómina no me retienen nada, tengo derecho a los 400 Euros?

HOLA GEMA,

Si la retención es del 0% no hay posibilidad de que te deduzcas los 400 euros.

18

Escrito por: ELISA
Fecha: August 5, 2008 at 5:29 pm

HOLA ELISA

Así es. De todas formas podrás beneficiarte de esos 400 euros en el momento de hacer la declaración de la renta.
E
Hola!.
Estoy hecha un lio, por favor si me podeis aclarar mis dudas os lo ageracederia.
trabajo de dependienta en en una panaderia y gano 689 al mes incluidas las pagas, ha principio de año me dijeron que si queria no me tenian que retener nada por no llegar al minimo exigido. Yo decidi que me retuvieran el 4% para asi en la declaracion de renta me saliera a devolver y tener una pequeña paguita para el verano. Bien en el mes de junio he recibido 30 euros del plan de los cuatrociento euros, pero en la nomina de julio ya no he recibido nada, he consultado con la gestora de la empresa y me ha dicho que ya no me toca nada mas de los 400 euros, y ademas me siguen descontando el 4% que yo solicite en su dia. Es esto correcto? no me toca nada mas de los 400? si me toca cuando y como los percibire?
Gracias por adelantado.

19

Escrito por: CSL
Fecha: August 8, 2008 at 7:32 pm

Hola,
En mi nomina solo me descuentan el 2%, y en el mes de junio, de deduccieron todo el importe, pero este mes de julio no… deberian habermelo quitado verdad?? es que he leido que a los del 2% no se lo deducen y no se en base a que…

gracias…

Si sólo te deducen el 2% la empresa no está obligada a reducir todavía más la retención.

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