¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF?
Publicado por Jose - 09/04/08 a las 02:04:39 pmActualizado a 14 de abril de 2010
Un año más llega el momento de cumplir con la Agencia Tributaria (AEAT) y, como siempre, lo primero que cabe preguntarse es si realmente estás obligado a acudir a la cita con Hacienda. En principio todos los contribuyentes están obligados a declarar, pero a la hora de la verdad existen unas cuentas excepciones para librarse de que el fisco nos lea la cartilla. Todo depende de la cuantía de los ingresos, las deducciones y su procedencia.
En concreto, están obligados a declarar a Hacienda todos las personas con derecho a deducciones por inversión en vivienda, cuenta ahorro-empresa doble imposición internacional o que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho durante el pasado año. A estos hay que añadir quienes hayan disfrutado de las deducciones por maternidad y nacimiento o adopción.
Son varios los supuestos en los que el contribuyente está obligado a completar su declaración de la renta, aunque esto no implica que necesariamente tenga que pagar a Hacienda. Esto último dependerá del resultado de su declaración: negativo o positivo, es decir, cobrar o pagar.
En el otro lado de la ‘baraja’ se encuentran quienes este año podrán eludir la declaración del IRPF. En primer lugar se trata de los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. En caso de contar con más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientes no podrá superar los 1.500 euros, es decir, la práctica totalidad de los pluriempleados deberá cumplir con la AEAT. Si se supera esa cifra los ingresos totales por el rendimiento de trabajo deberán ser inferiores a los 11.200 euros. Por ejemplo, una persona que haya cambiado de empresa a mitad de año pero que no supere la renta de 22.000 euros estará casi con total seguridad obligada a declarar si ha cobrado más de 1.500 euros de la segunda empresa y ha percibido más de 11.200 euros en todo el ejercicio. En este punto, conviene aclarar que los pagos de Seguridad Social tienen la consideración fiscal de segundo pagador.
El Manual de la renta aborda en sus primeras páginas quienes deben hacer la declaración con información fácil de entender y ejemplos concretos.
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Bienvenidos a ImpuestosRenta.com. ImpuestosRenta.com es el blog deFinancial Red donde podremos encontrar artículos sobre fiscalidad, que nos serán muy útiles a todos los que nos enfrentamos con los impuestos..






Hola, muy interesante su blog.
Es probable que no sea el sitio más indicado para hacer preguntas, pero como parecen dominar la materia pues a ello voy:
Tengo mi piso, por el que he desgravado desde que lo compre, alquilado desde mayo del año pasado. Ahora vivo en otro piso con mi mujer y que pertenece a mi suegro. ¿Puedo seguir desgravando por mi piso aunque esté alquilado?
Gracias
Comentario por Pablo — April 14, 2008 #
[...] el nuevo Manual práctico de renta 2007. Se trata de un documento que servirá para guiar a los contribuyentes a lo largo del complicado proceso de pagar sus impuestos ahora que ya se ha puesto en marcha la [...]
Pingback por Manual práctico de renta 2007 — April 14, 2008 #
hola, me gustaria saber en que casilla de la renta 2007 y como, debo reflejar un depósito garantizado de 25 meses de duración (creo que tiene una reducción del 40%)
gracias
Comentario por maxle — April 24, 2008 #
ME PARECE UNA FORMA MAS FACIL DE INFORMAR A LAS PERSONAS SOBRE EL IMPUESTO DE RENTA
Comentario por GINA — May 14, 2008 #
[...] la Ley de IRPF las cantidades recibidas por la hipoteca inversa no se consideran renta a efectos de IRPF, lo que hace que estén exentas de tributación. Además, también disfrutan de la exención de la [...]
Pingback por Fiscalidad de las hipotecas inversas — May 16, 2008 #
Hola Pablo,
Sólo podrás desgrabar por el piso si es tu vivienda habitual. Lo que sí puedes es deducir parte del alquiler como arrendatario, como explico en el siguene artículo:
http://impuestosrenta.com/el-alquiler-de-pisos-para-vivienda-en-la-declaracion-de-la-renta-2007/
Comentario por admin — May 16, 2008 #
Hola, quisiera saber si yo estoy obligada a declarar ya que he cambiado de trabajo pero actualmente solo trabajo jornada parcial, solo llego al año a 9000, pero en un mes supere los 1500 algo de 1600 ya que trabajaba por ese mes en dos tabajos , pero sumando todo sólo llego a los 9000, espero su pronta respuesta , gracias
Comentario por katherine — May 21, 2008 #
En el caso en le que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiors a 22.000 € de un solo pagador pero le ha salido positivo, es decir, a pagar a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquello que no han pagado?, etc..
Comentario por José — June 22, 2008 #
En el caso en el que el contribuyente no esté obligado a declarar por tener unos ingresos inferiores a 22.000 € de un sólo pagador, pero le ha salido positivo, es decir, tener que devolver a Hacienda una cantidad… ¿Hay alguna repercusión?…¿Cómo formar parte de una lista de aquellos que no han pagado?, etc..
HOLA JOSÉ,
Si no estás obligado a declarar no tienes por qué hacerlo incluso si la cantidad es a devolver a Hacienda y no hay ningún tipo de repercusión por ello.
Comentario por José — June 22, 2008 #
Muchas gracias por aclarar esa duda!!!, saludos.
Comentario por José — June 23, 2008 #
siento molestarle pero me encantaría hacerle una pregunta si es tan amable….era funcionario y a mediados del 2007 pase a jubilación ,es decir soy pensionista con minusvalía declarada 33%,en mi empresa hasta esa época percibí brutos 11.182€ con retenciones practicadas de 1629€,en junio ya percibí paga de pensionista por hacienda donde se me pagó integro 10.624€ y no se me aplico retención alguna…sumando ambas cantidades no llegan a los 22.000€ brutos,pero al hacerme la declaración en hacienda el funcionario me dijo que tenia que pagar 450€,estoy obligado o como no llego a dicha cantidad no tengo porque hacerlo???muchas gracias y un abrazo
Comentario por marful — June 26, 2008 #
Quería saber si estoy obligado a declarar y si me tendrían que descontar de la nómina el IRPF ya que no me están reteniendo nada. NO llego a los 22.000€ de un sólo pagador pero tengo un piso al 50% con mi novia y la consiguiente hipoteca tb al 50%.
¿Deben retenerme IRPF entonceS?
Muchísimas gracias
HOLA RAFA,
Si no recibes retenciones de IRPF en tu nómina no tienes derecho a esas deducciones. En cuanto al caso que planteas, lo normal es que las empresas practiquen algún tipo de retención, por muy pequeña que sea. Respecto a la hipoteca, mi consejo es que solicites el borrador de la declaración (para 2008 ya, claro).
Comentario por Rafa — July 4, 2008 #
[...] http://impuestosrenta.com/%C2%BFquienes-…; [...]
Pingback por Mejor respuesta » Cuándo y cómo se hacen las declaraciones de impuestos? — August 22, 2008 #
hola,
me acaban de denegar las becas de mis hijos, por no haber hecho la declaración. en el certificado de retenciones de la empresa, pone que gano 21.579,00
y por tanto creí que no llegaba al limite para declarar. pero ahora cuando pido un certificado me dicen que estoy obligada a declarar y no lo he hecho. por cierto lo único que tengo es mi sueldo. es un error mio o de hacienda. donde tengo que reclamar?
HOLA MARIA LUISA,
Los 21.500 euros que ganas superea el límite y por lo tanto estás obligada a declarar. La mejor opción es que declares fuera de plazo con todas las consecuencias en forma de multa, ya que si es la administración quien te solicita que declares en lugar de hacerlo voluntariamente las sanciones serán mayores.
Comentario por MARIA LUISA — November 24, 2008 #
[...] ¿Quiénes están obligados a declarar el IRPF? [...]
Pingback por Renta 2009. Declaracion de la Renta 2009 — December 9, 2008 #
Buenas noches:
He leido la informacion, pero no la comprendo muy bien, por lo que, queria exponeros mi caso.
El dia 29 de este mes, dare a la empresa 15 dias para mi baja voluntaria, por lo que a fecha 12 de Enero ya estare fuera de esta empresa. Y me incorporare a una nueva empresa. El salario bruto anual de la primera empresa es 13.998€ por lo que los 12 dias que trabaje percibire 399,94€ brutos. Y en la nueva empresa mi salario sera de 15.000€. Tengo obligacion de declarar?
Un saludo, y muchas gracias de antemano.
HOLA MARTA,
En la declaración de 2008 que habrá que hacer en 2009 no estás obligada a declarar, ya que el cambio de empresa no es efectivo hasta el próximo año. Es decir, en el ejercicio fiscal 2008 sólo cuentas con un pagador y no alcanzas los rendimientos mínimos para estar obligada a declarar.
Aprovecho para recordarte que en los cambios de empresa conviene revisar las retenciones de IRPF en la nueva compañía, ya que suelen establecerse en el mínimo que marca la ley y después puede haber una sorpresa a la hora hacer la declaración.
Comentario por Marta — December 18, 2008 #
Hola..me gustaría saber, en mi caso que debo hacer si primero no soy española y no estoy trabajando ahora. Estoy casada con un español desde hace poco menos de un año y estoy residiendo aquí desde hace 3 años, y no sé si debo pedir algún documento en Agencia tributaria, ya que me case hace poco..Mi marido si trabaja y el si cotiza.
Gracias
HOLA ROSANA,
Si durante 2008 no generaste ninguna renta por trabajo no estás obligada a declarar.
Comentario por Rosana — January 20, 2009 #
Hola, buenas tardes, tengo una duda que no me deja decidirme a un trabajo.
La empresa me contrata como AUTONOMO DEPENDIENTE, me paga los autonomos, coche de empresa, telefono y portatil asi como los desplazamientos y dietas.
Mi sueldo seria de 21000 (+ iva) euros anuales repartidos en doce meses mas 3000 en comisiones a final de año si llego a objetivos, y me gustaria saber mas o menos ¿cual seria la retencion que hacienda me haria en el la Declaracion de la renta?.
Gracias por responderme
HOLA OSCAR,
En principio si es la primera vez que trabajas como autónomo la retención será del 7% (primer y segundo año) y del 15% en caso contrario.
Comentario por oscar — January 23, 2009 #
muchas gracias amigo
Comentario por oscar — January 27, 2009 #
Hola, buenas tardes. Tengo una duda sobre la declaración de la renta y he visto que a lo mejor aquí me lo podéis resolver.
El 1 de Noviembre de 2008 entre a trabajar en una empresa con un bruto de 21.000€. En las dos nóminas que he percibido me han retenido solo un 2% de IRPF. El problema es que en 2008 tengo otro pagador que supera los 10.000€ brutos, no se si tengo que declarar y en tal caso si tendría que pagar algo.
Además este año, ese pagador me devuelve una retención de 1400€ brutos y mi empresa me sigue reteniendo solo un 2%. En este caso, si tengo que declarar ya en 2010 si que sería bastante dinero a pagar por mi parte o me equivoco?
Muchas gracias
HOLA JAVIER,
Al tener dos pagadores y superar los 10.000 euros de ingresos estarás obligado a declarar. Para saber el resultado de la declaración lo primero que puedes hacer es utilizar el simulador de la Agencia Tributaria y solicitar el borrador de la declaración de la renta.
Comentario por javier — January 31, 2009 #
Hola buenos dias, te expongo mi caso, yo trabajo simultaneamente en dos empresa, entre las dos tengo un sueldo aproximado de 1200 euros al mes,estoy soltera y no tengo hijos ni vivienda, pague el año pasado unos 600 euros a hacienda, me podrias indicar si para este año 2009 va a ver alguna deduccion a la hora de declarar
HOLA MARÏA,
Sin más datos es complicado responder a las deducciones a las que podrás acogerte.
Comentario por MARIA — February 16, 2009 #
Hola Buenos días:
Te expongo mi caso también, durante la primera mitad del pasado año, trabajé en una empresa que me descontaba el 11% de IRPF, teniendo yo una minusvalía reconocida superior al 33% e inferior al 60%, esa retención “de más” que me han realizado se puede reclamar? Como habria que hacerlo?
Muchas gracias.
HOLA CARLOS,
No te preocupes por el dinero de esa retención, ya que no se pierde, sino que es un capital que ya has depositado en Hacienda y que por lo tanto debería servirte bien para pagar menos en la declaración de este año o para que el resultado sea a devolver.
Comentario por Carlos — February 18, 2009 #
Hola,
Mi consulta es la siguiente: Ganos 18.000€ anuales, no tengo piso ni nada a mi nombre, me retienen un 8%. como no tengo obligacion a hacer la declaracion, puedo pedir a mi empresa que me retengan sólo un 3%?
Gracias por vuestra respuesta
Hola Rosa,
Puedes solicitar que bajen las retenciones al mínimo que permita tu situación personal.
Comentario por rosa — February 24, 2009 #
Hola.
Veo q es muy interesante esta pagina.
Tengo una duda,mi novio tiene dos pagadores es funcionario y por otro lado coductor,fue a pedir un certificado e no declarar hacienda y le soltaron que el estaba obligado a hacer la declaraciondesde hace 5 años atras ,como pede ser eso,el tiene esos dos trabajos hace poco menos de 3 años.como va hace una declaracion de hace 5 años si antes el era militar.que puede pasar??hacienda puede reclamar todos esos años?
Gracias.
Hola Rocío,
Sí efectivamente superaba los límites mínimos y estaba obligado a declarar durante esos tres años en los que tenía dos trabajos deberá hacerlo y pagar la multa correspondiente. Lo mismo ocurre con los otros dos ejercicios hasta cumplir los cinco años siempre y cuando estuviese obligado a declarar.
Comentario por rocio — February 26, 2009 #
Escribe aquí tu comentario.De antemano saludos por la informacion que nos daia gracias,mi pregunta es la siguiente yo el año pasado no hice la declaracion por no estar obligado,pero este año he decidido hacerla porque creo q tengo derecho a la devolucion mis ingresos brutos son de unos 14500 euros anuales de un solo pagador soy asalariado,mi situacion familiar vivo con mi suegro mayor de 65 años y mi mujer que no trabaja me retienen un 3 por cien mensual lo cual me suma al año sobre unos 400 euros mi pregunta es puedo solicitar esos 400euros??puedo pedir el borrador y como lo hago gracias de antemano y saludos me urge contestacion
HOLA FELIPE,
Puedes pedir el borrador y después no hacer la declaración en caso de no estar obligado. Solicitar el borrador es muy sencillo y puedes ver los pasos a seguir en el siguiente post: Solicitar el borrador de la renta
Comentario por felipe — March 2, 2009 #
Escribe aquí tu comentario.GRACIAS POR LA RAPIDEZ DE LA CONTESTACION Y UN CORDIAL SALUDO
Comentario por felipe — March 3, 2009 #
Hola, el año pasado tuve que pagar bastante ya que mi empresa me retenía muy poco. Este año mi situación ha cambiado. En 2008 trabajé un mes, que con el finiquito ascendía a unos 1800 €, el resto del año he estado cobrando desempleo, unos 950 € mensuales. Soy soltera y no tengo hipoteca ni nada que desgrave, pero me gustaría saber si por estar desempleada me van a aplicar un porcentaje menor o voy a tener que volver a pagar bastante dinero, porque en ese caso no entiendo por qué no me han desgravado más, si es el Estado el que me da el subsidio y después lo voy a tener que devolver y además no sé de donde lo voy a sacar, si estoy desempleada
HOLA SONIA,
La prestación por desempleo se consideran rendimientos del trabajo a efectos fiscales y por lo tanto están sujetos a retención.
Comentario por Sonia — March 8, 2009 #
Mi pregunta es la siguiente. Soy autónomo y socio de una cooperativa, llevamos varios meses( 4) sin percibir el salario y el futuro no es muy alentador. Quisiera saber si la empresa tiene obligacion de pagar las retenciones de los socios y empleados si no se cobra.
Muchas gracias
Comentario por José — March 11, 2009 #
hola
mis ingresos son de 15.000 euros brutos, por lo que he leido no tengo la obligación de declarar porque no tengo nada a mi nombre.
he pedido el borrador por internet, para solo efectos informativos, ¿Si lo he epedido el borrador estoy obligada a declarar aunque tenga renta infeirores a 22.000 euros?
un saludo y gracias
HOLA ELIZABETH,
Haber pedidoel borrador no implica estar obligada a declarar.
Comentario por elizabeth — March 13, 2009 #
[...] llega el momento de cumplir con Hacienda y lo primero que debe preguntarse todo contribuyente es quienes están obligados a declarar el IRPF. Y es que existen varias excepciones por las que es posible no presentar la declaración de la [...]
Pingback por ¿Quién debe hacer la declaración de la renta? — March 23, 2009 #
Hola, la consulta es la siguiente: El pasado mes de noviembre de 2008 pedi la baja voluntaria con efecto 30.11.2008, al percibir la nomina que coincidia con el més, se abono completa (tengo prorrateadas las pagas dentro de la nomina) no se me practico la retencion irpf habitual. Es normal o bien la empresa ha incumplido con sus obligaciones ante Hacienda, si es así pueda incluir en mi renta de este año, la parte correspondiente de retención como si hubiese tenido que practicarse. Gracias por tu ayuda.
HOLA PETER,
Si la empresa no practicó la retención después no puedes rellenar los datos de la declaración como si lo hubiese hecho.
Comentario por Peter — March 27, 2009 #
Hola,tengo una duda.
He hecho el borrador de la declaracion y me sale negativo.q esta muy bien jejeje
no llego a los 22.000€ minimos pero he tenido 4 pagadores en 2008…
al salir negativa m da = hacerla pero kisiera saber si a partir del primer año q la haces estas obligado a hacerla para siempre…aunq no llegue al minimo.
Gracias
HOLA ANA,
Ese es uno de los mitos más comunes sobre la declaración de la renta pero resulta falso. En caso de que no cumplas los requisitos para estar obligada a declarar ers tú la que eliges si hacerlo o no cada año.
Comentario por Ana — March 31, 2009 #
Hola! tengo una duda oara ti!
Comencé mi primer trabajo en julio, por lo que, aunque mi sueldo anual establecido es de unos 22.000 €, he percibido aproximadamente la mitad este año. la retención que me hacían hasta 2009 era muy baja, supongo que porque no tenia que declarar…
tengo que presentar la declaración?
es posible que me salga a devolver?
muchas gracias
HOLA CARMEN,
Si esos son tus únicos rendimientos del trabajo en principio no estarías obligada a hacer la declaración. En cuanto al resultado, lo más sencillo es que solicites el borador para conocerlo. Ten en cuenta que solicitar el borrador no te obliga a tener que declarar después.
Comentario por Carmen — April 1, 2009 #
hola buenos dias, mi duda:
empece 2008 trabajando y me descontaban un 9,82% de IRPF, en septiembre se me acabó el trabajo (me dieron el finiquito) y comencé a cobrar el paro, 950€.Durante 2008 también trabajaba de monitor, que sólo ganaba 70€ al mes y me descontaban el 2%.Total, que ahora me llega el borrador y me pone que debo ingresar 450€.¿estoy obligado?madre que mal momento…
muchas gracias!
HOLA ENRIQUE,
Dependerá de las cantidades percibidas. Si has percibido más de 1.500 euros del segundo pagador (como es el caso, ya que Hacienda cuenta como tal) tus ingresos totales en 2008 no podrán superar los 10.000 euros. En caso contrario estás obligado a declarar.
Comentario por Enrique — April 2, 2009 #
QUISIERA SABER SI ESTOY OBLIGADA A DECLARAR IRPF 2008. EN EL 2008 ESTUVE EN DOS EMPRESAS MAS 4 MESES DESEMPLEADA POR LO QUE ME DICEN QUE ES COMO SI HUBIESE ESTADO EN 3 EMPRESAS.
PARA MAS EXACTITUD TENGO RETRIBUCIONES PRIMER EMPLEO 2.417,00 EL SEGUNDO 9123,00 Y EL TERCERO DESEMPLEADO RETRIBUCIONES 3.525,00.
QUISIERA SABER SI ESTOY OBLIGADA YA QUE HE PEDIDO EL BORRADOR Y ME SALE A PAGAR CASI 500,00 EUROS, ASI QUE IMAGINEN ENCIMA DE DESEMPLEADA TENGO QUE PAGAR 500 EUROS QUE HABER DE DONDE LOS SACO.
AYUDITA PORFA¡¡¡¡¡¡¡
GRACIAS DE ANTEMANO¡¡¡¡¡¡
HOLA MARÍA
Sí estás obligada a hacer la declaración, ya que has cobrado más de 1.500 euros de uno de los pagadores y el total de tus rentas supera los 10.000 euros.
Comentario por maria — April 5, 2009 #
Soy Autónoma y en el año 2008 solo tuve un ingreso de apenas 600€. Por ser autónomo ¿tengo que hacer la declaración por esa cantidad tan pequeña?. En principio no la pensaba hacer, pero me gustaría que me ayudaran por si acaso.
Muchas gracias.
Comentario por Natalia — April 7, 2009 #
Hola, buenos días, mi consulta:
Durante el 2008 (y actualmente) he trabajado en un estudio de arquitectura, según un convenio de prácticas con mi país de origen (no con COIE), percibo 1500€ mensuales netos y me retienen un 2%. En el (primer) Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que me ha dado la empresa, las únicas cantidades están en las siguientes casillas: Retribuciones correspondientes al ejercicio: Retenciones: 371,34
Imp. íntegro satisfecho: 18.568,32
en mi situación, ¿estoy obligado a declarar? si es así… ¿serían los 371,34? ¿a pagar o cobrar?
muchas gracias de antemano
HOLA GABRIEL,
Sólo con esos datos no puedo responder, pero en principio no superas el límite de 22.000 euros con un sólo pagador, por lo que no estarías obligado a declarar. Si quieres conocer cuál sería el resultado de la declaración lo mejor es que solicites el borrador o descargues el programa PADRE, aunque con esta información todo parece indicar que el resultado sería a pagar.
Comentario por Gabriel — April 10, 2009 #
hola, comento mi situación a ver si aclaro dudas.
Empeze a trabajar en mayo del 2008, he ganado un total de 16000 brutos, de los cuales me han retenido 1600, el borrador me llegoque tengo que pagar 2000 E. ya se que no estoy obligada a declarar, pero no me tendrian que devolver? me han retenido el 8% cada mes aproximadamente.
gracias por aclarar mis dudas
HOLA DEVORA,
El tipo general de IRPF hasta los 17.101 euros es del 15,66% así que por eso el resultado es a pagar.
Comentario por devora — April 11, 2009 #
hola!
soy autónoma y como el año pasado era mi primer año como tal, la empresa que contrata mis servicios ha estado reteniendo un 7%. al fin del año, tuve unos ingresos brutos de aproximadamente 32 mil euros. me tocará pagar más?
gracias de antemano, litza
HOLA LITZA,
Lo más probable es que sí, pero para averiguarlo lo mejor es que descargues el programa PADRE o solicites el borrador de la declaración.
Comentario por litza — April 13, 2009 #
hola, quisiera saber si estoy obligado a hacer la declaracion, en 2008 he tenido 4 pagadores uno de ellos el inem del que percivi 1.136.28€, en otra a 11.728€, otra 7.462€ y otra 912€ en total suman 21.000€ Un saludo
Comentario por Robe — April 15, 2009 #
Buenos días.
Mi duda es la siguiente:
En el 2008 trabajé en 2 empresas. De la primera solo obtuve 431€ (aproximadamente); y de la segunda 9.100€.
Tenía entendido que si tenías dos pagadores estabas obligado a declarar; mi pregunta es, si con las cantidades que yo he cobrado, estoy obligada a declarar?
Muchas gracias!!
Comentario por Cristina — April 20, 2009 #
Durante el año 2008 cobré menos de 22000€ de un solo pagador, pero jugué en bolsa logrando unas plusvalías de menos de 1000€. Debería hacer la declaración de la renta?
Comentario por Andrés — April 21, 2009 #
Hola, en septiembre del pasado año me pues de baja por maternidad y por ese motivo tengo dos pagadores, mi empresa y la seguridad social, no estoy obligada a declarar nunca por ingresos pero este año tengo duda de si lo estaré por este motivo de dos pagadores.
Comentario por Uxía Martínez — April 22, 2009 #
Hola espero me ayuden, yo percibi el 2008, 16.960E, teoricamente no estoy en la obigacion de declarar, pero de todas maneras hice el borrador y me sale en la casilla 770 505E a pagar. No entiendo x q debo pagar si estoy por debajo de los 22000E, trabajando primero en una empresa luego me retire e ingrese a otra empresa, es decir no al mismo tiempo. Entnces debo pagar si o si, es mi primera vez, gracias
HOLA LUIS,
Si trabajaste en dos empresas y tuviste dos pagadores el límite se reduce a 11.000 euros en caso de que hayas ingresado más de 1.500 euros del segundo pagador. Es decir, posiblemente estés obligado a declarar. Por otra parte, el límite de los 22.000 euros no quiere decir que toda cantidad por debajo de esa cifra vaya a dar como resultado una devolución por parte de Hacienda. Eso dependerá de las retenciones que te hayan practicado.
Comentario por LUIS — April 23, 2009 #
Muchisimas gracias x responder rapidin, disculpame pero sigo sin entender muy bien, las retenciones q me hicieron de la primera empresa son 765 y dela sgunda 266, osea entre ambas 1031, y los gastos deducibles suman 1056, entonces mi rendimiento neto 15904 y mi reduccion general 2652..y haciendo una diferencia de las retenciones 1031 de la cuota resultante de autoliquidacion salen los 505 q debo pagar. perdon x ser tan pesado pero necesito saberlo ok? muchisimas gracias nuevamente
Comentario por LUIS — April 23, 2009 #
hola , mi pregunta es la siguiente :no llego a los 22000 anuales requeridos ,no tengo ningun tipo de bien ni siquiera alquilo .puedo solicitar que me bajen el irpf ?he escuchado que se puede hasta un 3 por ciento , es cierto esto? a quien debo de solicitarlo , a mi empresa? gracias
Comentario por hernan — April 24, 2009 #
hola me soy julio he empezado a trabajar en una empresa de seguros como agente a comision.nunca he estado como autonomo y tengo una minusvalia del 73%.
mi empresa me ha dicho que me van a retener cada mes de mis comisiones un 15% irpf.puedo decir que me corresponde menos retencion.agradeceria me respondiera gracias de antemano
Comentario por julio — April 25, 2009 #
el año pasado cobré el subsidio por desempleo. Tengo obligación de declararlo o es una renta exenta
HOLA ALFREDO,
El subsidio por desempleo computa como rendimiento del trabajo, así que tendrás que ver si estás o no obligado a hacer la declaración en función de los ingresos recibidos
Comentario por alfredo — April 27, 2009 #
Hola, quisiera saber si tengo que hacer la delcaracion de hacienda. Estuve en una emrpesa y me cambie a la otra en el mismo año 2008, de la 1º me sale 4940 y en la que estoy ahora 20320 en dinerias, segun eso, estoy obligado?, gracias.
Comentario por juan — April 28, 2009 #
Buenas tardes… tengo una duda…
Mi madre lleva desde 2005 trabajando en una empresa. En julio de 2008 la empresa cambió de nombre, aunque el gerente sigue siendo la misma persona, ella ha continuado haciendo lo mismo y se le ha mantenido la antigüedad, además no ha cobrado finiquito ni nada… en definitiva, ella sigue trabajando en el mismo sitio solo que la empresa ha cambiado de nombre. ¿Está obligada a presentar la declaración? Le ha llegado el borrador y le sale a pagar bastante por este motivo, porque sale como si hubiera cobrado de 2 sitios distintos…
Gracias de antemano
HOLA JUANJO,
Efectivamente, al cambiar la empresa de nombre es como si fuese otro pagador a efecto fiscales. En este sentido si después del cambio ha percibido más de 1.500 euros y su retribución total supera los 11.000 euros, estará obligada a declarar.
Comentario por Juanjo — April 28, 2009 #
Buenas tardes, soy pensionista y en mi declaración individual en la que no llego a los 22.000 euros, pero sin embargo he percibido durante el año 2008 un alquiler de un local comercial que en el computo del año no llega a los 1.000 euros, tengo obligación a presentar declaración
Comentario por FULGENCIO — April 28, 2009 #
GRACIAS POR LA RESPUESTA
Comentario por alfredo — April 28, 2009 #
hola queria que me sacaran de una duda yo el 2008 trabaje 3meses ,mi marido hace la declaracion ,la tenemos que haces conjunta o individual , y eso de los 400 euros no entiendo como hay que solicitar porque mi marido esta en el paro de octubre del 2008 y tambien tenemos 3 hijas como se solicita la deduccion por hijo a cargo.
gracias saludos
Comentario por gloria — May 6, 2009 #
vendi el pasado año un piso que compre en 2004. El precio de compra de escritura fueron 39000 y el de venta 96000. He de pagar este año a hacienda el 18 % de beneficio este año o el siguiente ( no voy a reinvertir ) QUe es eso de que ya no hay impuesto de patrimonio? se refiere a esto que tengo que pagar? ya no tengo que pagarlo??
muchas gracias y saludos
Comentario por miguel angel — May 6, 2009 #
Tengo una duda. Mi hermana tiene unos ingresos anuales de 18032 euros de un unico pagador. A medias con su pareja de hecho (no están casados) tiene en propiedad la vivienda habitual y una segunda vivienda no arrendada por la que se le imputan de rentas inmobiliarias 193 euros. ¿Tiene obligacion de declarar?
Gracias por vuestra ayuda.
HOLA ANGEL,
En principio no estaría obligada puesto que no supera los 22.000 euros anuales de un pagador y sus rentas inmobiliarias no alcanzan los 1.000 euros.
Comentario por Angel — May 7, 2009 #
Si he trabajado en 2008 para dos organismos de la Administración Regional de Murcia con distinto CIF (Un Org. Autónomo y un Consejería, pero la misma admón. al fin y al cabo)¿Estoy en el caso del límite de los 1500 € por el segundo pagador?
Esto me parecería un atropello de Hacienda, porque otros compañeros han cambiado como yo, pero entre organismos con el mismo CIF (Consejerías)y habiendo ingresado lo mismo que yo hasta el último céntimo, se sujetan al límite de los 22000 €.
¿No se puede evitar con algún recurso esa descarada violación del principio de capacidad económica para tributar?
-Gracias-
Comentario por Javier — May 7, 2009 #
Buenos dias
Los ingresos anuales de 2008 de un sólo pagador en el certificado de IRPF se refleja en la casilla importe integro satisfecho 14.527,28 euros, en retenciones practicadas esta por 902.39 euros y en importe de los gastos 1.018.63 euros.
De acuerdo con lo anterior, estaria obligado a declarar o tendria que aplicar el 15.66% por el importe total y restar el ya aplicado?
Mil gracias por su información.
HOLA JOSÉ
En principio no estarías obligado a declarar, ya que con un solo pagador no superas los 22.000 euros.
Comentario por Jose Wilson — May 7, 2009 #
Hola: Mi empresa me da un certificado de retenciones que en ningún caso coincide con las rendimientos del trabajo ni con las retenciones IRPF que me aparecene n mis nóminas. Entonces cantidades debo poner en la declaración de la renta ¿las del certificado de retenciones o las efectivas que me aparecen en las nominas del 2008? Gracias de antemano.
HOLA ANA CELIA,
Lo que deberías hacer es consultar con tu empresa el por qué de estas incongruencias.
Comentario por ANA CELIA — May 8, 2009 #
buenos dias tengo una pregunta me acaba de llegar el borrador de hacienda y me dicen alli que tengo que pagar 1.135 y he cobrado 23000 en bruto estoy obligado a pagar o que?gracias
HOLA SERGIO,
Lo primero que debes hacer es revisar el borrador para asegurarte que los datos que incluye son correctos y después comprobar si te están realizando las deducciones a las que tengas derecho (vivienda habitual, planes de pensiones…) A partir de ahí el resultado dependerá por una parte de tu situación personal y por otra de las retenciones de IRPF que se te hayan practicado durante el año anterior.
Comentario por sergio — May 11, 2009 #
Hola en 2008 trabaje en una empresa de trabajo temporal subcontrata de zara y cobre unos 210 euros en unos dias de julio q trabaje. Despues trabaje para una gasolinera de campsared durante agosto, septiembre y parte de octubre cubriendo vacaciones y noviembre y diciembre cubriendo una baja.En total no creo q superase los 6000 euros en total incluyendo el finiquito del contrato de vacaciones. Mi duda es si tengo q hacer la declaracion y si fuese asi si sabrias mas o menos y asi a ojo si me saldria a pagar…
Comentario por Adonis — May 12, 2009 #
Ah tambien tengo pero no se si influira 36 acciones del santander q bajaron muchisimo de precio y en total no llegan ni a 400 euros y gran parte de lo q ahorre trabajando unos 3000 euros lo tengo ahorrado en un pias de una caja de ahorros pro q abri a mediados de diciembre cn 2000 euros.
Comentario por Adonis — May 12, 2009 #
Hola, te comento mi situacion:
Mis ingresos en 2008 fueron inferiores a 22000 €
Los ingresos de mi esposa superan los 22000 €
Y tengo una hija de 23 años que ingreso 1700 € y la retuvieron el 15 por ciento que pretende recuperar si es posible.
Como tendria que hacer>
Yo> no declarar
Mi esposa> declarar
Mi hija> declar con mi esposa o independiente.
gracias
Comentario por JAVIER — May 13, 2009 #
Buenos dias, me acabar de llegar del borrador de la declaración de la renta de hacienda. En este borrador, la declaración se hace conjunta con mi marido. Aparece los ingresos de mi marido, estoy cobrando el paro de momento desde octubre y estos ingresos aparecen tambien. Lo que no aparecen, son los ingresos que tuve desde enero 2008 hasta septiembre 2008. He supuestado de que la empresa donde yo trabajaba no ha presentado las retenciones de la IRPF practicadas en mi nomina. Quisiera saber como declarar estos ingresos a hacienda para que no se me penalice. También a quien reclamaría hacienda estas retenciones que no han sido pagadas y si tendré que aportar unos documentos a hacienda para probar que estuve trabajando en esta empresa. Muchas Gracias.
Comentario por Joelle — May 14, 2009 #
hola, una preguntita haber si me haceis el favor de contestar por favor. tengo 19 años no he hecho nunca la declaracion pero en 2008 estuve en el paro y en abril empece en una empresa y mi sueldo bruto al año era de 13000 euros yo estoy obligado ha hacerla????porque al no estar un año en la segunda empresa no llegue a cobrar mas de 10000 euros, Porfavor contestadme… gracias.
HOLA JUAN ANTONIO,
Lo que debes hacer es sumar los rendimiento del trabajo, es decir, lo que cobraste del paro y de la empresa donde trabajas desde abril. Si entre ambas sumas más de 11.000 euros, estás obligado a declarar.
Comentario por juan antonio — May 14, 2009 #
Soy una trabajadora inmigrante tratando de integrarme y se que debo taqnbien hacer la declaracion de renta por mi situacion no se como y si debo hacerlo estuve trabajando reemplazando vacacines o bajas en una empresa de limpieza casi 5 meses entre idas y benidas actualmente trabajo por horas segun baya saliendo el trabajo no tengo uno fijo para poder pagar el alquiler del piso que son 600 euros estoy en el paro pero por mi situacion talvez me vea obligada a darme de alta en la seguridad social como empleada discontinua en fin que lo que gano es para pagar gastos gano aproximadamente 800 euros promedio debo hacer la declaracion?
Comentario por MARIA ELENA — May 16, 2009 #
Soy trabajador por cuenta ajena y tengo unos ingreso de 50.000 €. Mi mujer trabaja exporádicamente y ha generado unos ingresos de 8.275€. Por los trabajso realizados por cuenta ajena ha cobrado6.125 € y el resto del INEM. Quiero hacerla declaración conjunta,¿Debo de reflejar los ingresos de mi mujer ó al no superar los 11.200€ puedo omitirlos?
Muchas gracias
Comentario por ANIBAL VIDAL — May 17, 2009 #
Buenas tardes, disculpando las molestias y esperado tener respuesta… les pregunto lo siguiente… Llegué a españa en setiembre del 2008, por contrato de trabajo de cuenta ajena, entré a trabajar en una empresa y en mi nómina figuraba una retención del 3% del IRPF, para entonces recibía en líquido (depósito final en mi cuentaria) algo de 1235 euros mas o menos; pero desde enero del 2009 me doy con la sorpresa que ahora me retienen el 11% que viene hacer más de 100 euros, los cuales son significativos para mí, pues solo llego a recibir en líquido ahora unos 1123 euros exactos. No sé si esto está bien… o no… Leí por arriba que se puede pedir que se baje la retención… pero después habrá algún problema…? me lo pregunto porque si pido que me bajen, talvez me resulten diciendo que hay algún monto al que se debe llegar y si me lo reduce ahora más adelante debo completarlo y entonces me perjudique más… Quién debe determinar en sí entonces estas retenciones…? y porq me aumentó si mi nómina no aumentó…? Gracias…!
Comentario por DIANA C. — May 21, 2009 #
Mi mujer trabaja en la misma empresa pero el año pasado cambio de nombre y por lo tanto nos viene como dos pagadores en la declaracion no llega a los 22.000 euros y tiene que pagar 220 euros a hacienda ¿ esta obligada a declarar y pagar si es la misma empresa con la misma gerencia y haciendo lo mismo de siempre?
HOLA ANTONIO,
Si la empresa cambió de nombre, denominación social, etc se computa como un pagador distinto a efectos fiscales, por lo que si recibió más de 1.500 euros después del cambio y los rendimientos del trabajo superan los 11.000 euros, estará obligada a declarar.
Comentario por antonio — May 23, 2009 #
mi madre es viudad de un minero, mi padre fallecio en abril del año pasado en la pension de viudedad mas un plus que le dieron por muerte por enfermedad laboral de mi padre suman 20800 euros aparte mi madre tiene una pension de viudedad de belgica de 375 euros mensuales tiene que hacer la declaracion?
Comentario por covi — May 25, 2009 #
Hola.
Tengo una oferta de trabajo. Profesionalmente es muy buena pero económicamente no sé si mejora o empeora mi situación actual, porque ahora soy asalariado en nómina y la oferta implica ser autónomo. Mi pregunta es: Si como asalariado el sueldo es de 60.000 brutos, ¿cuánto tendrían que ofrecerme como autónomo para tener el mismo neto? Ya sé que hay muchas variables, y que los autónomos se desgravan más cosas pero tienen menos coberturas, etc. Yo sólo querría saber en neto cuánto queda en cada caso. Muchas gracias.
HOLA ANTONIO,
Al margen de las deducciones de IVA que te puedas practicar, el mínimo que deberás pagar como autónomo en concepto de Seguridad Social es de 250 euros, a lo que debes añadir el 16% de IRPF sobre la cantidad total, por lo que la cantidad neta que percibas dependerá también de las coberturas que desees tener. En GestionPyme puedes encontrar más información al respecto.
Comentario por antonio — June 3, 2009 #
BUENOS DÍAS,
TENGO UNA CONSULTA Y AUNQUE ME QUEDO UN POCO CLARA DESPUÉS DE LEER LOS COMENTARIOS ANTERIORES, PREFIERO ASEGURARME.
DURANTE EL AÑO 2008 HE TRABAJADO EN UNA EMPRESA HASTA EL MES DE OCTUBRE. EN DICHO MES ME HE CAMBIADO A OTRA. EN EL RESUMEN DEL BORRADOR DE HACIENDA ME SALE UN TOTAL DE 14.000 EUROS QUE ES LO QUE HE COBRADO EN EL AÑO 2008 DE LAS DOS EMPRESAS. EN MI SEGUNDA EMPRESA (Y LA ACTUAL) NO HE SUPERADO NUNCA LOS 1500 EUROS EN NOMINA (NI EN BRUTO NI EN NETO). HE SOLICTADO EL BORRADOR Y ME SALE A INGRESAR 350 EUROS.
ALGUIEN ME PUEDE CONFIRMAR QUE NO ESTOY OBLIGADO A PAGAR AUNQUE HAYA SOLICITADO DICHO BORRADOR??????? SI ESTOY CONFUNDIDO QUE ALGUIEN ME LO DIGA.
GRACIAS!!!!
Comentario por OSCAR — June 8, 2009 #
BUENAS TARDES:
He trabajado en dos empresas, del primer pagador he cobrado 16.213,66 e y del segundo pagador 4.996,26 e estoy obligada a presentar la declaración? por favor contestarme vale? un cordial saludo muchas gracias.
Comentario por MARIA JESÚS — June 8, 2009 #
Primero de todo un saludo y mi enhorabuena por la pagina, es de gran ayuda.
Mi pregunta es la siguiente: El pasado año trabaje en una compañia de seguros con contrato laboral, esa misma compañia ademas de mi sueldo en nomina me pagoa unas cantidades en concepto de rappels sobre ventas de los agentes a mi cargo con el 15% de retención…todos los años solicito el borrador a Hacienda pero este año me dicen que no me lo dan porque tengo actividades economicas.
¿No se pueden sumar estas cantidades a las obtenidas en nomina??? El pagador es la misma empresa y yo no soy autonomo…
Muchas gracias de antemano por su respuesta.
HOLA JOSE,
Al practicarse retención de IRPF lo lógico es que las incluyas como rendimiento de actividades económicas por más que no estés dado de alta en el IAE, aunque mi recomendación es que lo consultes directamente con Hacienda.
Jose
Comentario por Jose — June 11, 2009 #
Buenas noches,
He recibido el borrador de la renta 2008 y en rendimientos de trabajo me aparecen dos pagadores. La seguridad social por mi jubilación por un importe de 9550 € y otro mi fondo de pensiones (opté por cobros periódicos) por un importe de 2.400.
Mi pregunta es si los planes de pensiones cuentan como un pagador más, con lo cual tendré la obligación de hacer la declaración al superar los 11.200 € y me sale positiva o bien dichos planes tienen una consideración especial y puedo acogerme al límite de los 22.000 € para no hacer la declaración.
Muchas gracias.
Comentario por javier — June 12, 2009 #
Hola:
Estoy jubilada y mi pensión fue de 15.350 euros brutos en el año 2008. Mis ahorros me generaron unos intereses de 2.750 euros y la venta de unos fondos de inversión me dieron 900 euros de beneficio. En total 19.000 euros ¿estoy obligada a hacer la declaración del 2008?
Muchas gracias
Comentario por Maria — June 13, 2009 #
Hola buenas tardes.
Mi hija comenzó a trabajar en septiembre 08 y ha tenido unos ingresos brutos de 7.525 €. Además por la venta de unas acciones de Altadis ha tenidos unos ingresos de 2800 €.
¿Está obligada a declarar por la venta de la acciones?
Muchas gracias.
Comentario por Pedro Perez — June 15, 2009 #
Hola
Si estoy jubilado cobrando una pension de Belgica.
Debo de hacer la declaracion en España (resido en España)????
Gracias
Comentario por Jose — June 24, 2009 #
hola.
mi pregunta es la siguiente, tengo cita para hecer la declaracion de la renta, me han pedido el contrato de alquiler y el certificado de retenciones de la empresa, mi sueldo anual de el 2008 no supero los 11.000 euros, pero el año anterior osea el 2007 tuve dos trabajos en uno de ellos dure 4 meses y al mismo tiempo tenia el otro que estuve todo el año entre los dos trabajos gane un total de 12.000 euros al año yo queria saber si ese año tenia que haber declarado al tener dos trabajos, y si eso puede afectar a la declaracion de la renta de el 2008 osea que tenga que pagar.
Comentario por marcela — June 28, 2009 #
Hola, voy a trabajar en 2009 durante 7 meses para un solo pagador y recibiendo en total unos 13000€ brutos. Actualmente me están reteniendo sobre un 5% de IRPF.
Por no llegar al mínimo, al año que viene no estoy obligado a hacer la declaración, ¿puedo solicitar a mi empresa que me retengan lo mínimo posible (2%) y asi evitarme pagar esa diferencia de retención innecesariamente? ¿sin que tenga ninguna consecuencia?
Ya que igualmente al año que viene no voy a declarar, no tendria que devolverlo ¿no?
Gracias. Miguel.
Comentario por MiguelMolina — June 30, 2009 #
hola,me gustaria saber si presentar el iva(a devolver,840euros )fuera de plazo (6 meses)tiene alguna sancion,y si me devolveran dicho importe.Asu vez quisiera saber que responsabilidad tiene mi gestor ante este asunto. GRACIAS
Comentario por antoniopc — July 14, 2009 #
Hola, soy Diana!!
Justo a mitad de año cambié de trabajo. En los primero seis meses de trabajo con la primera empresa gané unos 4900 euros brutos y en el segundo trabajo supero con creces los 1500 euros brutos mensuales, aunque como el segundo trabajo es temporal (para unos cuatro meses) no suma en total más de 22000 euros brutos los dos trabajos conjuntos, aproximadamente unos 17000 euros brutos. En los dos trabajos me han retenido el 2% y en noviembre posiblemente tendré que solicitar el paro.
Mí pregutna es sí me saldrá una declaración positiva para el año que viene.
HOLA DIANA,
Con los datos que me das es más que posible que tu declaración sea positiva, principalmente por al retención del 2% que te están aplicando. Además debes tener en cuenta que al contar con dos trabajos y superar los 1.500 euros de ingresos por el segundo y los 11.000 euros en rendimientos del trabajo lo más seguro es que estés obligada a declarar a no ser que cambien la ley actual.
Comentario por Diana — July 21, 2009 #
Hola soy Anabel:
A principios de este año 2009 me quede parada en la empresa donde trabajaba cobrando entre los dias que estuve y el finiquito unos 5.300 euros, a continuación solicité el desempleo y empecé a cobrar 800 euros al mes. Ahora en el mes de agosto empezare a trabajar en otra empresa pero solo por 20 días y voy a decir que se me ponga las deducciones que me pertenezcan, nunca el 2%, pero es que tambien me llama de vez en cuando y cuando estoy desempleado para dias sueltos de una empresa temporal que me dice que no me interesa quitar mas retención del 2% por ser muy pocos días que eso interesaría si fuera por mas tiempo. Una vez que termine estos 20 días volvere a reanudar el paro.
Mi pregunta es teniendo en cuenta que tengo un hijo y una hipoteca ¿crees que me saldrá en estas circunstancias la declaración positiva? Y ¿Me interesa en estos contratos tener mas retencion qu el 2%?
Espero que me contestes por favor porque ya me paso un año que por trabajar en tres empresas de trabajo temporal reteniendome un 2% tuve que pagar 750 euros y casi que no pude afrontarlo por estar en ese momento desempleada. Muchas gracias de antemano.
HOLA ANABEL,
Si sólo te retienen el 2% es posible que termines teniendo que pagar a Hacienda (dependerá en parte de las deducciones por adquisición de vivienda). Sin embargo, en lugar de pedir que te retengan más puede tomártelo como una posibilidad para sacar rendimiento de ese dinero que en lugar de quedárselo el Estado en previsión de tus impuestos, ahora tienes a tu disposición. Una alternativa sencilla sería tomar la diferencia enter el 2% que te retienen y el, pongamos 15%, que te debería retener (deberás hacer el cálculo) y destinarlo a una cuenta remunerada, por ejemplo.
Comentario por ANABEL — August 6, 2009 #
HOLA,TENGO UN TRABAJO POR LA MAÑANA EN EL QUE ME DESCUENTAN UNA CUOTA DE IRPF DE 13,32,HE COMENZADO EN UN TRABAJO POR LA TARDE DE MEDIA JORNADA EN EL QUE GANO 800€,ESTÁN OBLIGADOS A DESCONTARME ALGO?SI NO ME DESCUENTAN NADA,QUE PROBLEMAS PUEDO TENER?QUE CUOTA SERÍA NORMAL QUE ME DESCONTASEN? MUCHAS GRACIAS UN SALUDO
Comentario por MARÍA S. GONZÁLEZ — August 6, 2009 #
Hola, me ha llegado una carta de hacienda reclamando la declracion del 2006 que no hice en su dia por pensar que no llegaba al minimo, pero habiendo trabajado en 2 lugares y superar en uno 1500 € me han dicho que debo declarar, me ha llegado la resolucion y debo pagar la declaracion + interes, pero Ahora me ha llegado tb una multa por no declarar, se puede recurrir? nunca antes habia hecho la declaracion. Hay alguna forma de reclamar o reducir la multa que en su totalidad son 215€? gracias
Comentario por axa — August 13, 2009 #
Hols, tengo una duda que espero me puedan aclarar. Mi marido trabaja como oficial peluquero y en este año no le estan descontando nada a cuenta del IRPF, siendo su salario mensual 943,32 euros brutos mensuales. ¿Deberían descontarle? En caso afirmativo, ¿tendría algún tipo de problema por no habersele descontado antes? Pienso que no, puesto que no sabíamos que estuviera obligado a descontarsele (trabaja por cuenta ajena). Espero me puedan ayudar. Gracias.ç
HOLA MAYTE,
Deberían descontarle el IRPF que le corresponda para evitar posteriores sustos a la hora de hacer la declaración de la renta. El porcentaje de IRPF que se retiene en las nóminas no es más que un dinero que el Estado se queda en previsión a los impuestos que después deberá pagar cada contribuyente.
Comentario por MAYTE — August 30, 2009 #
hola, y gracias de antemano, queria saber si deberia hacer la declaracion de la renta, soy Militar y cobro 1.439€, y tengo 2 pagas anuales, y creo que no llego a los 22.000€, y me gustaria poder hacer el borrador para saber si tengo que pagar para poder pagar y ir bien con hacienda, gracias espero su respuesta!!
un saludo, Alejandro
HOLA ALEJANDRO,
Si no alcanzas los 22.000 euros brutos anuales no estarías obligado a hacer la declaración. Esto no impide que puedas solicitar el borrador de la declaración de la renta para saber cual sería el resultado.
Comentario por alejandro — October 1, 2009 #
hola, de antemano gracias por la ayuda.
te comento mi marido y yo hacemos la declaracion conjunta, yo no trabajo pero cobro el subsidio de desempleo. el cobro el año pasado 21000 euros, tenemos 2 hijos. teniamos que haber declarado el subsidio, si no me retienen rpf. me interesara mas hacerla individual. no tenemos hipoteca. gracias.
Comentario por pepi — October 28, 2009 #
Cobro 1005 euros brutos y me retienen unos 50. Ahora me ha salido un segundo trabajo alguna tarde a la semana por la que me van a pagar unos 160 euros brutos mensuales.
El segundo trabajo es sin contrato, para un ente publico, me hacen presentarle una factura con mi nombre y DNI y me retienen el 15 % de lo que me pagan.
Sumando los dos ingresos no supero los 22000 brutos y este segundo pagador no superará los 1500 … puedo entender que el año que viene no tendré la obligacion de declarar ??
Si yo no soy autonomo … es correcto la relacion laboral que me han propuesto desde el ente publico ?? (yo me he fiado de ellos)
Y por otro lado …. me convendría decirles que me retuvieran menos del 15% ??
Gracias de antemano.
HOLA RAFAEL
El límite para no tener que hacer la declaración cuando hay un cambio laboral o un segundo empleo es de 11.000 euros. Por otra parte, respecto al tema de la factura, dependerá de la actividad concreta a la que te dediques. En principio, si la actividad no es regular no haría falta que te hagas autónomo, aunque igual sí convendría que te dieses de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Lo mejor que puedes hacer es contactar con la Seguridad y explicarles el caso concreto.
Comentario por Rafael — November 18, 2009 #
Quería realizar una consulta de carácter urgente. Estamos tramitando la ayuda de la ley de dependencia para nuestra hija que posee una minusvalía del 87 %. Me ha llegado una carta de la Comunidad de Madrid donde me intima en un plazo máximo de 10 días a presentar la declaración de la renta del 2008, declaración que no hemos presentado debido a que no hemos generado ningun tipo de ingreso durante el transcuerso de ese año. El caso es que como mi marido es autónomo me han notificado que está obligado a realizar dicha declaración. Me podría indicar que hacer en ésta caso? Muchas Gracias de antemano
HOLA NATALIA,
Efectivamente, tu marido está obligado a hacer la declaración por ser trabajador autónomo. Lo que tendrías que hacer es realizar la declaración ahora como si estuviese dentro de plazo (en principio te expones a una posible sanción y poco más)
Comentario por Natalia — November 19, 2009 #
estoy trabajando jornada completa, con contrato con certificado de minusvalía. Este mes he empezado a trabajar en un segundo empleo, media jornada. Tengo obligación de declarar o solo si me paso de ciertos ingresos. Gracias
HOLA MIGUEL ANGEL,
Sólo estás obligado a declarar si superas los límites indicados en el artículo.
Comentario por miguel angel garcía — December 7, 2009 #
Hola, este año he estado con una beca desde marzo hasta finales de noviembree, y a partir de ahí contratado en una empresa. ¿Cuenta el tiempo de beca (y dinero recibido) para hacer o no hacer la declaración? Gracias.
Comentario por Javier — January 12, 2010 #
Hola, me gustaría saber si tendría que declarar teniendo ingresos de unos 13.000 euros anuales y con otros ingresos por intereses bancarios que suman unos 1.000 euros. Entiendo que tendrían que superar los 1500 euros no? o no aplica en este caso?
Influiría en algo que los intereses bancarios vengan por ejemplo 500 euros de una entidad bancaria y otros 500 de otra distinta o es indiferente?
Si al abonarme los intereses bancarios me retienen automaticamente un 18% podría darse el caso de que si sumando todos mis ingresos las retenciones totales fueran superiores a lo establecido para esa cantidad de ingresos me tengan que devolver parte? O es una retención fija ese 18%?
Ya por último tengo una duda, imaginemos que mi empresa me retiene durante todo el año una cantidad muy inferior a la que me tocaría y al hacer la declaración me sale a pagar mucho dinero pero no estoy obligado a declarar por tener ingresos de un solo pagador y de menos de 22M euros, y no pago por no estar obligado como dije,eso no supondría una multa para mi empresa por no retenerme en funcion a mis ingresos?? Le reclamaría entonces hacienda a mi empresa no??
Comentario por Sebas — January 13, 2010 #
Buenas tardes
Me gustaria exponeros una duda a la que me enfrento y no encuentro una solucion clara. Mi empresa me despide con el correspondiente finiquito. Es el legal luengo este no tributa en mi declaracion; sin embargo y es aqui donde aparece mi duda. Quizas en 6 meses me vuelve a contratar, y mi pregunta es: El finiquito tributa en tal caso?
gracias
Comentario por david — January 13, 2010 #
Hola me llamo jose Antonio me acabo de jubilar me gustaría saber que retención de IRPF me corresponde pues tengo una minusvalía del 65%
Comentario por jose Antonio — January 26, 2010 #
hola,queria saber una cosilla…
en 2009 solo trabaje hasta mediados de marzo,desde mayo soy padre y desde entonces estoy en el paro,y desde noviembre cobrando los 420€¿Tendre que pagar la renta este año o creeis que me tendran que pagar?
muchas gracias y un saludo
Comentario por sergio jimenez — February 16, 2010 #
Hola, hace mucho tiempo lei que podias decirle a la empresa que no retubiera cantidad alguna a cuenta del irpf, indistintamente de lo que ganaras, esto continua asi o ya ha cambiado.
S2.- y Gracias por vuestra amabilidad.-
HOLA ANTONIO,
La empresa está obligada a llevar a cabo unas retenciones mínimas en función del salario y las circunstancias personals de cada trabajador.
Comentario por Antonio — February 17, 2010 #
quería saber si yo tengo que hacerla declarar hacienda, si yo tengo un contrato mercantil y cobraría por factura que me envía la empresa ,aproximadamente una factura de 200 euros por mes, mi trabajo sería recibiendo llamadas y ganaría según las llamadas que recibiera, (sería una línea de tarificación adicional) .Que tengo que hacer? Es que he mirado en internet y no me queda claro.
Comentario por Yaiza — February 23, 2010 #
Hola, trabajo por ETT con contrato fin de obra desde hace 4 años y no parece que esto vaya a cambiar. Mis nóminas (12 pagas anuales) rondan los 1400 euros brutos mensuales aunque suelen incrementarse un 15% (unos 3 meses del año) al hacer horas extras. Dos cuestiones:
1. ¿Qué valor de mis nóminas me indica si estoy obligado a declarar? La suma de los 12 sueldos brutos u otro valor? y cuál puede ser ese umbral para este año?
2. Voy en mi coche 120Km diario, más alquiler de piso, préstamo del coche y demás, no me da para mucho. ¿Puedo pedir a mi ETT que me ponga el 2% mínimo de retención con miras a no declarar al final de año? ¿esto es legal?
HOLA RONALD,
Lo que debes tener en cuenta no es la suma de las nóminas, sino los ingresos totales a lo largo del año. Es decir, todo lo que ganas y esto será lo que determine si llegas o no al límite para desgravar. Por otra parte, indicarte que la retención no tiene nada que ver con la obligación de declarar, sólo es el dinero que hacienda retiene en previsión de lo que después tendrás que pagar. Lo que quizás si podrías pedir es agluna ayuda o complemento por movilidad.
Comentario por Ronald — March 4, 2010 #
Hola mi caso es el siguiente durante el año pasado estube trabajando casi todo el año completo para un pagador(precisamente hasta el 20 de diciembre que rescindi mi contrato) de este primer pagador percibia unos ingresos brutos de unos 15000€ anuales y por otro lado el dia 22 de diciembre de ese mismo año empeze a trabajar en otro sitio donde sigo trabajando actualmente,por los 9 dias que trabaje en diciembre con este pagador(donde estoy actualmente)percibi brutos unos 400€.Por lo que la suma global de ingresos de los dos pagadores en el año completo es aprox de unos 15500€ ;
Ahora mi pregunta es la siguente ¿estaria obligado a hacer la declaracion de la renta si solo he trabajado 9 dias con el segundo pagador? Se que es algo complicado pero agradeceria una respuesta muchas gracias
Comentario por jorge — March 6, 2010 #
¿El subsidio por desempleo se considera como segundo pagador?
En 2009 estuve trabajando hasta septiembre (unos 17000 euros aproximadamente). Los tres meses restantes cobré el paro. ¿Tendré que hacer la declaración?
Gracias
Comentario por Carmen — March 8, 2010 #
Perdona mi torpeza, pero no me queda claro lo siguiente:
Actualmente gano 23000 euros brutos anuales, que se traducen en 1500 mensuales (me retienen algo más del 15%)
Si pidiera que me bajaran el sueldo a 22000, como no tendría que declarar, me podrían reducir la retención al mínimo y ganaría más de 1700 mensuales… esto es asi?
gracias
HOLA CARLOS,
La obligación o no de delcarar no está relacionada con la cantidad que te retienen. Es decir, aunque te bajases el sueldo y no estuvieses obligado a declarar, la empresa te seguiría reteniendo por encima del mínimo por las cantidades que cobras.
Comentario por carlos — March 16, 2010 #
perdona tengo una duda cobro 11000 al año y estoy viviendo en un piso de alquiler, tendria que declar a hacienda?¿ no lo tengo muy claro. Y si declarara me devolverian dinero o tendria q pagar?¿.
gracias y espero una respuesta si no es muxa molestia.
Comentario por ruben — March 16, 2010 #
Hola en 2009 no llege al limite de 22000 euros de obligacion para hacer la declaracion. Mi empresa cambio de nombre y de N.I.F. aunque la actividad, el lugar de trabajo, el puesta de trabajo,el salario, la sede de la empresa es la misma, todo sigue igual salvo el nombre, ¿tengo obligacion de declarar por que en mis datos fiscales vienen dos pagadores?
Comentario por ANDRES J. GUTIERREZ — April 7, 2010 #
Hola, mi situación es la siguiente, en 2009 trabajé de enero a marzo en una empresa me retenían 2% y a partir de abril en la misma empresa me retenian un 6% mas o menos, el sueldo bruto en esta empresa es de 1100 %, pero simultaneamente imparti 2 cursos para 2 academias diferentes en una cobré 650 % brutos y en la otra 1100 en ambas me retenian un 2%, lo que supone que tengo 3 pagadores en total y un bruto total de unos 17.000 euros no llega. Mi pregunta es si tendré que pagar mucho a hacienda porque si es asi no seguiré este año dando esos cursos a la academia y la verdad estoy bastante preocupado, si alguien conoce el tema y me puede ayudar.
Muchas gracias.
Comentario por jose — April 7, 2010 #
hola soy ana trabajo y soy la encargada de hacer las nominas en mi trabajo, he recibido una carta de hacienda porque por lo visto me equivoque a la hora de la retencion de uno de los trabajadores y me dicen que tengo que abonar 500 euros que no le retuve, he hablado con el trabajador y me comenta que el sabia que tenia que pagar pero que como no tenia obligacion de hacer la declaracion porque no llegaba al minimo pues que no la hizo, ¿puedeo exigir al trabajador que reembolse la cantidad que tenemos que pagar a hacienda ya que el se ha beneficiado de esta situacion cobrando un dinero que no debia? o simplemente debo pagar y no hacer mas.
un saludo y muchas gracias
Comentario por ana — April 8, 2010 #
Gracias de antemano por vuestra ayuda, Mi caso es que cobré 5700 euros del finiquito de la empresa en enero 2009 y del paro 9000 e. Tengo un hijo pero no estoy casado y convivo con la madre. Llevo en el paro desde entonces y en el simulador me sale a pagar unos 900 euros. ¿Tengo obligación de hacer la declaración? ¿Qué ocurre si no tengo dinero, como es el caso, para pagarlo?. Gracias.
HOLA ROBERTO,
En principio estarías obligado a hacer la declaración al tener más un pagador. Si no puedes pagar podrías solicitar un aplazamiento a Hacienda hasta que tu situación mejore.
Comentario por ROBERTO — April 14, 2010 #
Hola, en 2009,cobré muy por debajo de los 22000 euros,por lo cual no tendría obligación de presentar la declaración.Pero mi duda es por lo siguiente; resulta que en el 2009, mi madre me incluyó como cotitular con ella en una cta bancaria, y dicha cuenta ha producido unos ints.cercanos a 10.2oo euros,entonces esta circunstancia me obliga a presentar la declaración? ó bien puede ella misma declarar por la totalidad los citados ints.ya que en realidad el dinero es suyo. Gracias.
Comentario por angel — April 15, 2010 #
Hola:
Resulta que mi esposo trabajó hasta mitad del més de septiembre en una empresa, allí tenia una nómina de 1000€ y le retenian entre un 5.05 y un 6.73% de IRPF, luego se pasó a otra empresa donde tiene una nómina de unos 1180€ y le empezaron reteniendo el 8% los 2 primeros meses y ahora le retienen el 11%, lo que no tiene claro es si por el cambio tiene obligación de declarar, sus ingresos fueron un total de 13000€ o un poco más, no tenemos deudas pero somos casados y el ve por mi. agrdezco tu pronta respuesta.
Comentario por Karla — April 16, 2010 #
Hola !
Estoy Jubilado desde noviembre 2008, sin embargo continuo siendo socio de una empresa, a la cual y por necesidad de esta, me vi obligado en hacer una aportación de 10.000 euros, cantidad que tuve que pedir prestada, de un Credito personal e hipotecario abierto con La Caixa, el pasado año 2009.
Todo y que mis ingresos son inferiores a 19.000 euros, mi declaración ha salido ” a ingresar “, mi pregunta es la siguiente : Existe algun concepto por el cual yo pueda desgravar en mi declaración de IRPF, la aportación de los 10.000 euros que ingresé a la empresa ? Si lo hay, podria indicarme en que casilla de la declaración deberia figurar este concepto ? Muchas gracias.
Comentario por manu — April 20, 2010 #
[...] parte del ejercicio 2009 y cuando llega el momento de cumplir con Hacienda se encuentran con que están obligados a declarar al haber tenidos dos pagadores -el paro se computa como un pagador más y el dinero recibido como [...]
Pingback por Aplazar el pago del IRPF — April 22, 2010 #
Hola: Queria saber si estoy obligada a hacer la declaracion de la Renta: Tengo unos ingresos brutos de 15700€. Tengo un piso en una comunidad distinta de donde resido por la cual estoy pagando una Hipoteca, pero no la puedo desgravar como vivienda habitual por no vivir en el ya que vivo con mis padres. Hice unos arreglos en dicho piso y en el año 2009 el ayuntamiento donde tengo el piso me pagó una subvencion de 9000€ por las obras realizadas. Mi pregunta es esa, como no llego a los ingresos minimos para hacer la declaración si estoy obligada a hacerla. Hacienda me ha mandado el borrador y no me incluye nada de la subvencion y me sale a devolver 60€. Gracias y un saludo: ANa
Comentario por Ana — April 22, 2010 #
Hola! una consulta..
me a llegado el borrador de la declaracion y me sale a pagar.Este año mi empresa me cambio a otra con las mismas condiciones y sin perder antiguedad puede ser que por eso tenga yo que pagarles a ellos? ami no me han liquidado nada al cambiar de una empresa a otra. Como va esto? tngo que pagarlo? mi salario es de 12.000 al año.
HOLA SUSANA,
Si cambia el CIF de la empresa, por mucho que te mantengan la antiguedad, se considera que es un segundo pagador a efectos fiscales y eso influye en la obligatoriedad de declarar.
Comentario por Susana — April 22, 2010 #
Muy buenas, antes de nada darte la enhorabuena por el blog.
Mi situacion es la siguiente:
- Ingresos 2009 = 21.700€ de un solo pagador
- He cobrado todo el año los 100€ mensuales por maternidad de un nene que nació en 2008.
- NO tengo nada más.
¿Estoy obligada a declarar?
Mi marido tiene una situación muy distinta ya que tiene hipoteca y cobra unos 25.000 y SI hace la declaraicón. ¿Podría él desgravarse al niño al completo y yo no hacer la declaración que me saldría a pagar?
Muchas gracias, estoy un poco apurada por este tema por mi gran desconocimiento
Comentario por Belencita — April 22, 2010 #
y eso no lo tendria que pagar la empresa? que es la culpable porque yo sigo en la misma tienda, que culpa tengo yo que ellos cambien de cif.Gracias por molestarte en contestar.
Comentario por Susana — April 24, 2010 #
Hola. Tengo 22 años y he trabajado en dos campañas temporales de trabajo este año, una en verano que duró 30 días y otra en navidad que duró dos meses. Entre ambos trabajos no cobré más de 2000 euros, pero tengo curiosidad por saber cuánto me devolverían, así que he pedido el borrador. ¿No estoy obligada a declarar, verdad? Otra pregunta, me han dicho que si declaro mis padres tendrían que dejar de declarar por mí y que ya no podrían beneficiarse de las ventajas de ser familia numerosa y demás, ¿eso es así?
Tengo otra cuestión que no tiene que ver conmigo. Mi novio vive con sus padres y cobra 15mil euros al año, y este es el segundo año que declara, pero es la primera vez que le han llamado para pedirle el número del registro catastral. ¿Qué es, qué significa que te lo pidan, y qué consecuencias tiene para su declaración?
Muchas gracias.
Comentario por Cristina — April 25, 2010 #
Hola, estuve 4 meses en paro y 2 trabajando y 4 meses cobrando subsidio, y en el borrador me da a pagarles 564 euros y el año pasado que estuve trabajando todo el año tuve que pagarles 640 e, me parece que hay un gran error, me lo podria a clarar alguien, y ¿el subsisdio cuenta?
Gracias..
Comentario por Yesica — April 26, 2010 #
que ocurre si juego y gano 40000 euros y luego me gasto jugando 45000 euros declaro, pues he tenido perdida como se justifica esto el premio me vino de malta segui jugando y perdi mas de lo que gane
HOLA PATRICIA,
Tendrás que tributar por el premio independientemente de las pérdidas -al estado no le importa en qué hayas invertido es dinero, es decir, seguir jugando, gastarlo en un viaje…-
Comentario por patricia sosa — April 28, 2010 #
Una cuestion.
El año pasado me despidieron en Septiembre, con lo cual coticé hasta septiembre y cobre los meses del octubre, noviembre y diciembre el desempleo…
¡TENDRIA QUE HACER LA DECLARACION DE LA RENTA EN ESE CASO?
Aunque no superase con la suma los 22.00 euros.
¡¡¡Por ciento!!!
En el borrador de hacienda me sale a pagar, la no despreciable cifra de 350 euros. ¡¡¡ENCIMA!!!
Gracias
Comentario por Mikhael — April 29, 2010 #
Hola. Mi hija vive con nosotros y no superó los 22000 € de ingresos. Si hacemos la declaración desgravándola como hija, ¿debemos declarar sus ingresos como aportación a la unidad familiar? Gracias.
Comentario por Javier — May 3, 2010 #
Buenas tardes.
Yo tengo (mejor dicho tenia) un sueldo bruto anual de 18000 euros.
En el año 2009 trabaje hasta mediados septiembre en que me despidieron…
Luego empece a cobrar el paro en octubre…
MI PREGUNTA ES SI TENGO QUE HACER LA DECLARACION, PUES CON LA SUMA DE LO QUE COBRE MAS EL PARO COBRADO, NO LLEGO AL MINIMO DE 22.000 EUROS.
Muchas gracias
Comentario por Miguel Angel — May 3, 2010 #
Hola
El año pasado nos casamos. Yo gano 25000 euros y tengo hipoteca y mi mujer 18000 sin hipoteca. Me sale mejor hacer la declaración separada. Dado que mi mujer tiene un único pagador estaría obligada a declarar??? ya que le sale a pagar.
Un saludo,
Comentario por juan — May 4, 2010 #
Hola, me han despedido legalmente este pasado mes de abril y tengo el certif. de empresa para ir al INEM y empezar a cobrar el paro, pero, desde el año pasado estoy colaborando en una empresa dando clases por las tardes. Para cobrar de esta empresa les hago facturas (+/- 4000 euros cada tres meses), según me indicaron ellos, con el 18% de retención, a lo que ellos me abonan lo neto resultante después de retenerme el 18% para hacienda. No estoy dada de alta como autónoma ¿Es compatible cobrar el paro y seguir dando estas clases (emitiendo las facturas)? ¿puedo seguir así y cobrar el paro? ¿es legal, ilegal o alegal?
HOLA CLAUDIA,
El cobro del paro es incompatible con cualquier actividad económica de autoempleo. Es decir, no puedes emitir facturas y cobrar el paro.
Comentario por Claudia — May 4, 2010 #
Hola, muchas gracias por la ayuda que proporcionas. Te cuento mi caso:
El año pasado, empece a trabajar con una beca en una empresa, gane unos 1000€ en total, luego me fui a otra, y gané como unos 14000 € en el año. En esta ultima, me han estado quitando entre un 2% y un 5% de IRPF, ahora me sale a pagar unos 700€. ¿Como es eso posible? ¿Estoy obligado a pagarlos?
Comentario por Antonio — May 4, 2010 #
Hola,
El año pasado aplicaron un E.R.E. en mi empresa por lo que he cobrado del paro y la nómina. En el año 2009 el INEM me pagó aproximadamente unos 800.-€ y mi sueldo anual no supera los 22.000.-€. Tendré que pagar??
Comentario por Marisa — May 5, 2010 #
Espero recibir ayuda porque estoy perdida, le cuento mi caso: Tengo una vivienda en propiedad en Valladolid y por razones de trabajo me he tenido que trasladar a Huelva tengo alquilada una casa pero sin contrato, entonces la AEAT me pide otra referencia catastral distinta de la de Valladolid, he dado la referencia pero al tener dos viviendas no salgo muy beneficiada y en consultas a la AEAT me aconsejan quitar la de valladolid y poner sólo la de huelva y desgravarme por la hipoteca. ¿Qué hago?
Muchas gracias.
Comentario por ANA — May 6, 2010 #
El pasado año nacio mi primer hijo y cobre de mi empresa 13.902,81 € y de la seguridad social 6.156,64.en total 20.059,45 y me sale a pagar en el borrador 1500€. ¿estoy obligada a pagar? si tengo que pagar ¿puedo deducir algo mas de lo que me pone en el borrador?.
Comentario por Monica — May 6, 2010 #
Hola:
Gracias de antemano. Mi duda es la siguiente. El año pasado realizé la venta de la parte de mi piso a la otra persona con la que convivía, con escritura y de forma legal ante notario, todavía no he cobrado el dinero de esa venta. Este año me ha venido el borrador indicándome con los datos que tienen no están completos, porque aparece los datos de la notaría pero claro en el banco no existe ingreso de esa venta. Sé que en el caso de la venta hay que pagar el impuesto de la plusvalía pero no sé mucho más.
Saludos
Comentario por Marta — May 6, 2010 #
Hola, el año pasado en octubre cambié de trabajo y pasé de ganar 12.500 euros brutos (800 netos al mes) a 14860, es decir unos 1000, he solicitado el borrador de la declaración y me sale a pagar una cantidad bastante elevada, ¿estoy obligada a pagar?
Muchisimas gracias.
Comentario por Ana — May 9, 2010 #
Tengo una duda sobre esto de la Renta.
Un amigo tiene ingresos de la empresa por 21 mil, con lo que no estaría obligado.
Tiene luego un ingreso por 2.500 y pico de los de 210 euros mensuales de la renta básica para emancipación (para el alquiler).
Estos me parece que no estan sujetos a retención en origen, ustedes lo sabrán mejor ;-),así pues ¿esta obligado a declarar o no?
Comentario por Gregorio — May 9, 2010 #
hola. he estado leiendo y mas o menos entiendo mi problema, pero me parece excesivo tener que pagar 1000 euros. he trabajado en 3 sitios primero de e.t.t y luego por la enpresa, i tanbien he estado desenpleado en el primero gane 7.665. en el segundo 3.723. y desenpleado 4.227, en total 15.615 euros. sienpre man descontao el minimo de irpf un 2%, mi pregunta es si es posible tener que pagar 1020 euros y supongo que estoi obligao acer la declaracion?
HOLA DAVID,
Según los datos que expones estarías obligado a hacer la declaración. El resultado a pagar se debe a que el INEM apenas realiza retenciones a la prestación por desempleo y a que en el segundo trabajo dentro de un mismo año las retenciones también suelen ser mínimas.
Comentario por David — May 11, 2010 #
Hola, yo tuve dos pagadores en 2009, por lo que tengo que hacer la declaración. Mi marido cobra subsidio por desempleo y no tiene que hacerla. Mi pregunta es ¿si hago la declaración conjunta, tendría que declarar el subsidio de mi marido?
Saludos
Comentario por Lola — May 14, 2010 #
Buenas tardes, empecé a trabajar el año pasado (unos 7 meses) y mis ingresos no han llegado a 22000 euros brutos por lo que en el borrador me pone que no estoy obligada a hacer la declaración, sin embargo recibí una ayuda del gobierno en forma del plan 2000E. Mi duda es si ahora sí estoy obligada a declarar o no. Gracias
Comentario por María — May 17, 2010 #
HOLA MARÍA,
Puedes encontrar información al respecto en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/el-plan-2000e-y-otras-ayudas-estatales-en-la-declaracion-de-la-renta/
Comentario por admin — May 18, 2010 #
Estoy obliado hacer la declaracion, si tengo dos pagadores y estoy de baja laboral?
Comentario por Carla — May 18, 2010 #
Hola, resido desde hace 5 años, he estado en el regimen de hogar durante mas de un año, y desde octubre del 2009 cotizo en el regimen general, antes el IRFP era del 2% ahora es 7.7%,tengo una nomina de 1.140 euros mensuales, tengo una niña de 10 años, soy casada y pago alquiler. Mi pregunta es estoy obligada a declarar
Comentario por Esmeralda Blanco — May 18, 2010 #
trabajo en guipuzcoa pero mis sentimientos y simpatias estan en Burgos donde podria empadronarme para hacer la declaración allí ¿es esto posible?
Comentario por javier — May 19, 2010 #
Hola
El año pasado nos casamos. Yo gano 25000 euros y tengo hipoteca y mi mujer 18000 sin hipoteca. Me sale mejor hacer la declaración separada.
Dado que mi mujer tiene un único pagador estaría obligada a declarar??? ya que le sale a pagar. Además estamso enbarazados y no quiero tener problemas con las ayudas. Le sale a pagar 50 euros.¿Que debo hacer?
Un saludo,
Comentario por juan — May 19, 2010 #
hola,tengo una pension por invalidez y cobro 450 € y aparte trabajo en una empresa y tengo una nomina de 1400€ y solo me quitan el 2% de irpf por lo que tengo que pagar bastante a hacienda ,es normal que la empresa me quite tan poco de irpf¿ en algunas nominas me quitaban un 12% pero ahora solo un 2%,gracias
Comentario por manuel — May 20, 2010 #
hola,sou pensionista de FRANCIA y mis rendimientos integros no superan los 22000e,mi esposa lo mismo no supera los 22000e,no tenemos ninguna retención,estamos obligados a hacer la declaración de la renta?.en el caso de que si como nos seria mas rentable ,conjunta o separada.
gracias por su respusta
Comentario por javier — May 21, 2010 #
Buenos días: creoq ue tengo un problemón porquer mi empresa no me ha retenido nada en concepto de IRPF durante el 2009 y me han pagado 12.484,32€ segun importe integro satisfecho del certificado de empresa ( 681,36€ de gastos fisclamente deducibles 19.2) Yo he ido cobrando los 100 € mensuales de deducción por maternidad de una hija menor de 3 años,¿¿Ahora tendría que devolver esos 1.200 €??¿¿tendría obligación de declarar??. En su dia yo comente a la empresa que me retuviera lo que me correpondía pero según la empresa es 0%¿eso puede ser así??Gracias.
Comentario por MONICA — May 26, 2010 #
Perdón,soy ANGEL de nuevo; creo que en la consulta anterior he introducido un error. Quería decir que los beneficios que hemos oibtenido mi hermana y yo superan los 1600 €, que es el límite para estar obligado a declarar en estos casos.
Saludos y gracias de nuevo.
Comentario por ANGEL — May 29, 2010 #
Hola.
He cobrado durante el año 2009 un total de 21600 euros brutos de dos pagadores.El segundo pagador fue el servicio público de empleo estatal con un total de 1255 euros brutos.
En el borrador me sale a pagar.Con estos datos,¿estoy obligada a presentar la declaración?
Gracias
Comentario por Lau — May 29, 2010 #
Hola,
Me han denegado la beca este año, fui a la Agencia tributaria para informarme de ¿porque? ya que solo trabaja mi padre y no llega a 20000€, me dijeron que por tener conjunta una cuenta con mi madre que superaba los rendimientos de capital. Alli me dijeron que para poder solicitarla tenia que presentar yo una declaración aparte de mis padres de este año y el anterior. Queria saber si puedo hacer mi declaración del año pasado, si modifica la de mis padres, y si es legal que yo haga mi declaración habiendo percibido 2000 euro en rendimientos dinerarios. Gracias
Comentario por Abel — May 30, 2010 #
Hola, yo no estoy obligada hacer la declaracion de la rente porq no llego a los minimos.
Si este año hiciera la declaracion porq me sale a cobrar…. ¿el año que viene la tengo q hacer obligatoriamente por haber echo ya una?
gracias
Comentario por lorena — June 2, 2010 #
hola .. queria sacarme una duda.. mi marido trabajo en una empresa 7 meses y despues quedo en el paro unos 4 meses y cobra al año 12000 euros y tenemos una hija de 8 años .. y en mi borrador dice que tengo que devolver 600 euros pero que no es obligatorio .. ahora mi pregunta es.. que gastos tengo que tener para que hacienda me devuelva a mi? por que yo solo tengo un alquiler ..y los gastos de la niña y la comida… qe mas puedo declarar hacia mmi favor???’
Comentario por yesi — June 2, 2010 #
[...] mayoría de las dudas acerca de la obligación de hacer la declaración llegan por parte del número de pagadores de cada contribuyente. Y es que el famoso límite de [...]
Pingback por ¿Cuando se considera que existe un segundo pagador? — June 7, 2010 #
Hola, tengo una duda: el año pasado hice declaración porque superaba los mínimos. Pero este año no llego al mínimo. ¿Cómo la presenté el año pasado, este año estoy obligada a hacerla? He oído comentar que si haces la declaración un año, ya tienes que hacerla todos, da igual si te sale a pagar o a devolver. ¿Es así?
Gracias
Comentario por Any — June 9, 2010 #
Hola, buenos dias.
Tengo aqui una duda…
el año pasado, estuve trabajando, pero el dia 31 de diciembre 2009, mi empresa cerro, con lo cual, desde el dia 4 de enero, que ingrese en la lista de parados.
El año pasado, hice la declaracion, este año, ¿tambien estoy obligado a declarar?
Gracias, os pediria si me pudierais responder a mi email.
Gracias de nuevo, y un saludo.
Comentario por Kuruk — June 9, 2010 #
Hola, si una persona tiene como único ingreso un alquiler de 200 euros por mes, es decir 2400 euros por año,
¿ Tiene obligacion a declararlo?
Comentario por fred — June 11, 2010 #
hola, mi padre tiene 68 años y está trabajando para una empresa, el a su edad ¿todavía está obligado a declarar la renta?, cobra 1120 euros al mes.
Muchas gracias y saludos
Comentario por Erika — June 16, 2010 #
HOLA ERIKA,
No existe una edad máxima para dejar de hacer la declaración de la renta. De hecho, las personas jubiladas también tienen que declarar.
Comentario por admin — June 17, 2010 #
Hola a todos.
Tengo una duda que quizá sea demasiado evidente, pero todavía estoy un poco verde en el tema irpf. El tema es siguiente; me he propuesto hacer la declaración de un familiar, pensionista, a la que no se le practica ninguna retención, en concreto, sus retribuciones dinerarias ascienden a 7680,82€. Está obligada a presentar declaración puesto que tienen más de dos inmuebles en propiedad.
Pues bien, cuando cubro los datos a través del programa PADRE, me encuentro con que, al no cubrir la casilla correspondiente a retenciones (pues no se le practica ninguna), la declaración no tiene ningún resultado, ni positivo ni negativo.
Sois tan amables de ayudarme?
Muchas gracias.
Comentario por MARTA — June 17, 2010 #
soy jubilada,gano 19.000 euros al año,
tengo unas retenciones,de 150euros al mes
pagas incluidas, estoy obligada a hacer la
declaracion?
Comentario por paula — June 19, 2010 #
Hola:
A ser posible, me gustaria poder aclarar un asunto algo rocambolesco. El borrador enviado por hacienda en el 2008 estaba equivocado puesto que no incluia a una empresa y sus correspondientes rendimientos de trabajo y deducciones, y el resultado era a cobrar, pero sin embargo al contar con la empresa que no habia sido incluida en la que me retenian desde un 8% a un 11%,porque al mirar las nominas he visto que durante unos meses me retenia el 10%, luego el 8%, luego el 11%; me salio a pagar 400 euros. Pueden explicarme el motivo de esta diferencia, cuando se me retenia ya un % considerable y no un minimo.
Comentario por Bibiana — June 23, 2010 #
hola tengo unas dudillas por si podriais ayudarme a resolverlas.
empiezo.
este verano doblare,es decir tendre dos pagadores en uno de ellos cobrare entre 900 y 1000 e y en el segundo entre 1500 y 1600. siendo no personal indefinido me retienen un 2%.mis preguntas son;
¿tendre que pedir que me retengan mas y cuanto?tendre que pagar hacienda por estos 2 meses de trabajo?y sobre cuanto?
siempre me han devuelto unos 100e pero no estaba obligada a declarar pero al trabajar en dos sitios ya nose que me espera.
espero que me ayudeis
un saludo
Comentario por keka105 — June 27, 2010 #
HOLA KEKA,
Vamos por partes. La legislación actual establece diferentes límites a las cantidades que se pueden cobrar sin estar obligado a declarar y que de forma general son: 22.000 euros con un solo pagador y 11.200 con dos pagadores siempre que se haya recibido del segundo y siguientes más de 1.500 euros en total. Dicho esto, la retención de IRPF que suele establecerse por defecto a partir del segundo pagador es del 2% (la mínima), aunque el trabajador puede solicitar a la empresa que la suba. Esto es importante porque la retención de IRPF es un dinero que Hacienda resta del sueldo en previsión de lo que después habrá que pagar en la declaración de la renta. Es decir, que si las retenciones están bien practicadas no habrá que pagar e incluso Hacienda deberá devolver pero si nos retienen por debajo de lo que nos corresponde (por ejemplo un 2% cuando debería ser un 15% -y no digo que sea tu caso-) la declaración saldrá a pagar.
Comentario por admin — June 28, 2010 #
hola:
en las dos empresas me van a retener un 2%,entonces lo que quiero saber en base a tu respuesta es a cuento debo subir la retencion del irpf.
un saludo
Comentario por keka105 — June 28, 2010 #
HOLA KEKA,
Las retenciones dependen de varios factores: salario y situación personal. En el siguiente post puedes ver cómo se articulan y el grupo que te correspondería: http://impuestosrenta.com/retencion-irpf-2010/
Comentario por admin — June 28, 2010 #
Buenos días, yo hago la declaración conjunta con mi hija, que es estudiante y no trabaja; este año me han devuelto unos 900 euros más que no me hubieran devuelto si la hubiera hecho individual. El caso es que ahora mi hija quiere comenzar a trabajar de manera puntual por sacarse algo de dinero para salir y demás. Me preguntaba de qué manera afectaría que mi hija trabajase de vez en cuando dándose de alta en la seguridad social al firmar un contrato a mi declaración.
Comentario por María Isabel — July 1, 2010 #
Hola.Acabo de finalizar un contrato temporalde 5 meses, en el cual he recibido 7000€ brutos y en el cual me han aplicado una retencion minima del 2%.Ahora me surge la duda si solicitar el paro o no. Porque en caso de solicitarlo casi seguro superare los 11200€ y estare obligado a presentar la declaracion el proximo curso y como me han retenido lo minimo me saldra a pagar (digo yo), ¿es esto correcto?
Un saludo y gracias.
Comentario por raul — July 9, 2010 #
HOLA NECESITO AYUDA NECESITO ORIENTARME HACE YA CINCO AÑOS MI ABUELA MURIO Y A LOS TRES MESES MURIO MI PAPA PERO MI ABUELA DEJO UNA CASA QUE ES UNA RECIDENCIA TIENE 17 CUARTOS Y NO DECLARAMOS AL FISCO ME GUSTYARIA TENER INFORMACION DE TODO ESTO POR FAVOR RESPONBDA ESCON URGENCIA Y ME GUSTARIASABER Q SI POR NO HACER ESO HAY Q PAGAR UNA MULTA
Comentario por YANDE — July 26, 2010 #
Buenas tardes:
Que blog más interesante. Por anticipado agradecer vuestra ayuda.
Yo tengo una cuestión. Voy a dar una clases, que en principio solo seran 8 horas, me han dicho que el 7% se retiene por Irpf, y no habra retención de IVA, yo soy licenciada en derecho, y quería saber, si debo de darme de alta en hacienda, declarar IVA e IRPF, y en el caso que no lo hiciera que podría suceder.
Gracias por la ayuda.
Comentario por inma — July 27, 2010 #
HOLA INMA,
Algunas profesiones pueden llevar a cabo actividades de autoempleo sin necesidad de estar dadas de alta como autónomas y creo que el caso de la educación es una de ellas. Lo que sí deberías hacer es darte de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) para por lo menos poder emitir facturas, si es que vas a trabajar por cuenta propia, como parece el caso.
Comentario por admin — August 1, 2010 #
hola, soy inquilino y en el ejercicio 2008 no fuè incluido, se puede reclamar a dìa de hoy????
Comentario por javier — August 4, 2010 #
HOLA JAVIER,
Puedes tratar de hacer una declaración complementaria incluyendo ese hecho…
Comentario por admin — August 5, 2010 #
hola,
tengo una duda referente a la declaracion de hacienda: si estoy trabajando en el principado de andorra y cobro 20300 euros brutos anuales, no me retienen nada.
Estoy obligada a hacer la declaración de hacienda.
En españa tengo figuro que vivo de alquiler.
Comentario por esther — August 7, 2010 #
Tengo una duda. Me he dado de alta en el IAE porque tengo que facturar un trabajo que me solicitaron. ¿Qué IRPF debo retener?, ¿el 15% o el 7% por inicio de actividades?, no estoy dada de alta como autónomos ya que me comentaron que al no ser habitual, que es únicamente para este trabajo, no es necesario. Gracias por vuestra ayuda
Comentario por MARTA — August 10, 2010 #
HOLA MARTA,
En principio puedes retener cualquiera de los dos porcentajes, aunque ten en cuenta que después tendrá sus consecuencias a la hora de hacer la declaración. Por otra parte, sólo determinadas actividades están exentas de facturarse sin tener que ser autónomo (pej las colaboraciones periodísticas y otros elementos de formación).
Comentario por admin — August 11, 2010 #
Hola, veo que tenéis la seriedad para responder a las personas que solicitan su ayuda, así que agradecería si me podeís responder.
Tenía un bar a mi nombre y lo he cerrado hace un año, como es posible que mi administrador me diga que hay que pagar todavia a hacienda impuestos ???es posible eso?
Comentario por Elizabetha Lemond — August 12, 2010 #
hola nunca he hecho la declaracion de la renta sobre las plusvalias de la compra venta de acciones y quisiera saber si a la hora de hacerla se puede x ejemplo tengo 1000 acciones de santander a 10e luego compro otras 500de san a 8e y estas 500 las vendo x 9e teniendo plusvalias. mi pregunta es ¿si al hacer la declaracion puedo meter esas 500 acciones como una minusvalia de 1 euro x titulo y asi tener perdidas y no pagar nada en la declaracion o ese paquete le tengo q meter en las de 8e hacienda se entera de cual es el pauete al ser de la misma compañia?
muchas gracias
Comentario por martin — August 20, 2010 #
Buenas tardes,
me gustaría consultar el siguiente caso:
para la próxima renta 2010 me encuentro en una situación en la que no logro entender si tendré que hacer la declaración o estaré exenta:
Ingresos:
-Un pagador: 712+800: 1512
-Fogasa: 6200 (Salarios de tramitación, es decir, que sí que cuenta)
-Renta Básica Emancipación: 2500 (sé que el importe se suma, pero no sé si contaría como un tercer pagador)
-Préstamo Renta Universidad: se trata de un préstamo para estudiantes de máster y doctorado que hay que devolver a 0 intereses, así que creo que esto no tributa (aunque fue formalizado ante notario).
Muchas gracias de antemano por su ayuda,
Elotro
Comentario por Elotro — August 20, 2010 #
Buenas noches,
A mi pareja le han despedido (de forma improcedente), le han dado un finiquito de unos 46000 e. Me podría decir más o menos la cantidad que le corresponde pagar a hacienda con respecto a esa cantidad, ya que además le tocará pagar algo más por comenzar a trabajar en otra empresa.
Muchas gracias por todo
Comentario por Ruth — August 29, 2010 #
HOLA RUTH,
Puedes encontrar más información en el siguiente post: http://impuestosrenta.com/las-indemnizaciones-en-la-declaracion-de-la-renta/
Comentario por admin — September 1, 2010 #